Más de 30 mil hectáreas del municipio chocoano de Sipí le serán revocadas a la empresa, después de un largo litigio interpuesto por el Consejo Comunitario de Acadesan. La comunidad negra señala de ilegal un título que se traslapa con su territorio. Sin embargo, líderes de esa comunidad resaltan la dilación e inacción del ente estatal en el proceso.
Entre memorandos, oficios, traslados y requerimientos de respuesta se desarrolla el Auto de revocatoria publicado el pasado 16 de noviembre por la Agencia Nacional de Tierras (ANT). El documento expone el extenso proceso por el que pasó la verificación de la existencia de una resolución de adjudicación de tierras que supuestamente había expedido el extinto Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA) en 1990 en el municipio de Sipí, ubicado al sur del departamento de Chocó.
El problema radica en que aquellas 32.450 hectáreas que, hipotéticamente, la autoridad de tierras del país le había entregado a Elvar Córdoba Delgado, un vallecaucano desconocido en todo el municipio, se traslapan con el título colectivo del Consejo Mayor Comunitario General del San Juan (Acadesan). El temor de que se pudiera cercenar su territorio ancestral hizo que la comunidad negra buscara respuestas en el Estado y que la ANT decidiera de fondo sobre esa propiedad. Así empezó el proceso.
Unos años atras, en VerdadAbierta.com investigamos esa disputa de tierras y encontramos varias irregularidades en las características de la adjudicación de baldíos, según la legislación agraria del momento, y advertimos cómo el título terminó en las manos del ciudadano canadiense Daniel Alexander White, tras seguirle la pista a una maraña de empresas, abogados y empresarios en Colombia, Panamá, Estados Unidos y Canadá. (Conozca la investigación completa en Despojo invisible de una selva chocoana)
Durante cerca de cinco años, se llevó un proceso administrativo para revisar la situación de esas tierras. Requerimientos de jueces y procuradores judiciales de restitución de tierras, así como de Acadesan, dan cuenta de la presión que recayó sobre la ANT para dar respuesta a un interrogante: ¿Hace 33 años el Estado colombiano había titulado cerca de una cuarta parte de Sipí a una persona que no había poseído ni trabajado esa inmensidad de tierra en el municipio?
El 16 de noviembre del año pasado, la Subdirección de Acceso a Tierras por Demanda y Descongestión, a cargo de Rosa Dory Chaparro Espinosa, resolvió la solicitud de revocatoria directa presentada contra el acto administrativo con el que se había adjudicado el extenso baldío: la resolución 01326 del INCORA.
Sin embargo, la comunidad negra recuerda que no fue un trabajo de oficio de la ANT, sino que es resultado de una larga lucha. “Lo que menos puede decir la ANT es que ahorita, después de todo lo que hemos hecho, la revocatoria del título es de oficio (sin necesidad de actividad de parte interesada), porque no es así”, dicen voceros de Acadesan.
Acadesan está próxima a ganar el pleito, pero aún espera tener el acto de revocatoria en sus manos para, al fin, celebrar. Una victoria agridulce pues aunque es un logro en la defensa territorial del pueblo negro, la guerra casada entre el Ejército de Liberación Nacional (Eln) y las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (Agc), desatada desde 15 de agosto de 2021, mantiene en riesgo la vida y permanencia del consejo comunitario y el resto de comunidades étnicas asentadas en el sur de Chocó (Leer más en Desde hace dos años, comunidades del San Juan padecen guerra entre Eln y Agc).
Actualmente el consejo comunitario adelanta reuniones con distintas instituciones del Estado por otra lucha que sigue dando: las medidas de protección colectiva. Hasta el momento se han concretado 54 medidas que están en proceso de implementación, ejecución y cumplimiento.
Detrás del título
Acadesan se enteró de la existencia de un título que reñía con la propiedad colectiva de la comunidad negra en 2012, cuando el empresario antioqueño Luis Enrique Betancur Hernández, se presentó ante los líderes del pueblo negro. Al paisa lo acompañaban un comisionista y uno de los propietarios del predio en discordia: Evelio Arias Marín. Pero Arias no fue el primer dueño y mucho menos el último.
Supuestamente el 10 de enero de 1990, el INCORA regional de Cali expidió la resolución de adjudicación 01326 a favor de un completo desconocido en el sur de Chocó: Elvar Córdoba Delgado. Con ese acto administrativo se suponía que se le habían entregado 32.450 hectáreas del municipio de Sipí. Años después, Jorge Andrés Córdoba Carvajal y Evelio Arias Marín compraron el título y se atrevieron a presentarse ante Acadesan para reclamar el predio.
La tierra quedó registrada bajo el Folio de Matrícula Inmobiliario 184-9929, pero las coordenadas del lote no sólo se sobreponen con una parte del territorio colectivo de Acadesan, sino también con parte del resguardo indígena Río Garrapatas, del pueblo Embera Chamí, que también tiene parte su territorio en Sipí.
De ser cierta la controvertida adjudicación de 01326, al INCORA se le pasó que desde el 26 de marzo de 1980, mediante la Resolución 021, se constituyó como reserva indígena el territorio embera chamí, el cual posteriormente fue formalizado como resguardo el 1 de junio de 1987 a través de la Resolución 043.
La lucha de Acadesan se centra en que desde principios de este siglo, gran parte del territorio de Sipí se encuentra dentro del título colectivo de esta comunidad negra, junto con los municipios de Istmina, Medio San Juan, Nóvita y Litoral del San Juan. Con la Resolución 02702 del 21 de diciembre de 2001, el INCORA entregó 683.591 hectáreas en las que hoy viven 72 comunidades negras que ocupan colectivamente el título bajo las tres características fundamentales que establece la Ley 70 de 1993: inalienables, imprescriptibles e inembargables. O eso se suponía.
La situación preocupó a las autoridades de la comunidad negra porque el título que supuestamente el Estado le entregó a Elvar Córdoba se lo habría adjudicado más de 11 años antes que a Acadesan. Sin embargo el acto administrativo viola la legislación agraria vigente para el momento.
Como este portal lo denunció en Despojo Invisible de una selva chocoana, el Estado no podía titular esa cantidad de tierra en el Pacifico a una sola persona. Según la norma vigente del momento, la Ley 135 de 1961, para la región el máximo tamaño de adjudicación era de 450 hectáreas. Además el predio debía haber sido ocupado y trabajado con años de anterioridad, pero a ese hipotético e inmenso latifundio y a su dueño nadie los conoció en la región.
Otro asunto que llama la atención es el registro del título en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP). Aunque la adjudicación del INCORA se realizó, supuestamente, en 1990, la inscripción se hizo hasta el 31 de marzo de 2005, es decir, 15 años después de expedida la supuesta resolución por parte de la entidad de tierras. En su momento VerdadAbierta.com buscó a Cordoba para preguntarle por el registro y otras irregularidades del título, pero no fue posible ubicarlo.
Hoy se conoce, con el reciente auto de la ANT de revocatoria de estas tierras, que Elvar Cordoba Delgado, oriundo del municipio de Yumbo, Valle del Cauca, falleció el 30 de agosto de 2021, según la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Las comunidades negras del San Juan aseguran que desde que llegó Luis Betancur a la región sus intenciones les resultaron confusas. Inicialmente, el empresario adelantó conversaciones con los directivos de Acadesan para pactar alianzas. Sin embargo, el 26 de junio de 2013, a espaldas de Acadesan, la empresa a la que Betancur representaba, Desarrollo e Inversiones Progreso Verde S.A.S, compró el título que se traslapaba con su territorio ancestral. A pesar de eso, la comunidad negra continuó por unos años la relación con el empresario, pero por el mismo título acabaron.
Por algunos años, el empresario paisa siguió en la región y fue para 2016 que Betancur se acercó, estratégicamente, a la comunidad de Santa Rosa, en Sipí, para proponer proyectos económicos. La razón es sencilla: ese caserío, asentado en las riberas del río Garrapatas, es la comunidad negra más cercana al polígono de las 32.450 hectáreas que había comprado Betancur a nombre de la sociedad Progreso Verde (hoy, Eightfold Colombia). (Leer más en: ¿Y para qué quieren las tierras?)
Betancur se fue de la región y de la empresa. Después llegaron otros misioneros de Eightfold pregonando proyectos verdes y una lucrativa ganancia para las comunidades, pero detrás de todos ellos había una maraña empresarial que se extendía hasta Panamá, pasaba por Estados Unidos y llegaba hasta Canadá. VerdadAbierta.com pudo establecer que el empresario canadiense Daniel Alexander White es la persona detrás de todos los hilos y quién, al final, es el dueño del inmenso predio en discordia, a través de una de sus tantas empresas. (Leer más en El hombre detrás de las tierras de Sipí)
¿Dilación de la ANT?
A pesar de que el auto que formaliza el inicio del proceso de revocatoria fue fechado el pasado 16 de noviembre, Acadesan sólo fue notificado de la decisión hasta el 27 de noviembre vía correo electrónico. El consejo comunitario aspiraba que con el gobierno de Gustavo Petro la interlocución sobre este caso fuera más fluida y pronto se llegara a una decisión sobre el título, pero no fue así.
“Hay inoperancia del Estado, de las instituciones. La podemos entender como una forma de violencia y de revictimización a las personas que son víctimas de las comunidades negras e indígenas”, señala María Paula Cabrera, miembro del equipo jurídico de Acadesan.
Desde hace cinco años la comunidad negra empezó a alertar sobre el problema alrededor de la posesión de una gran porción de su territorio y las primeras acciones las adelantó directamente ante la ANT. El equipo jurídico de la comunidad negra le solicitó a la institución el expediente del supuesto título, pero la entidad de tierras no lo encontraba.
Para la fecha, los Territorios Colectivos Étnicos del Litoral del San Juan (afrodescendientes e indígenas) se encontraban protegidos bajo el auto interlocutorio 040 de 2018, mediante el cual el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado de Restitución de Tierras de Quibdó concedió medidas cautelares por el recrudecimiento del conflicto armado en la región.
Por esa razón, en 2019, en una audiencia de seguimiento sobre una medida cautelar el consejo comunitario pidió que se revisara el título en discordia. Así la juez Primera Civil Especializada en Restitución de Tierras de Quibdó, Natalia Adelfa Gámez Torres, vinculó a la ANT para que diera respuestas frente al predio. “Volvimos a insistir en que necesitábamos el expediente administrativo de la titulación del tercero, para revisar cómo se llegó a la titulación teniendo en cuenta que existen irregularidades de tipo legal en el título”, cuenta una fuente experta cercana al proceso que pidió la reserva de su identidad.
El juez Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Quibdó le solicitó, en mayo de 2019, a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) el expediente que, supuestamente, le otorga propiedad sobre las 32.450 hectáreas del municipio de Sipí a la sociedad Eightfold, pero esta entidad nunca lo entregó. Según la ANT, el expediente no aparecía.
Sólo fue hasta junio de 2021 que se vinculó el predio en disputa al proceso de restitución. “Lo que gana ahí la comunidad es poner en el centro de la discusión el tema del despojo porque antes de eso la medida cautelar no hablaba de despojo, hablaba de abandono, el contexto de conflicto armado, desplazamiento forzado; pero no hablaba de despojo”, cuenta la voz experta.
A partir de una sentencia del 3 de mayo de 2021, proferida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Buenaventura en respuesta a una tutela interpuesta por Acadesan, la ANT entregó la documentación que tenía, pero estaba lejos de ser un expediente de titulación de tierras, pues la carpeta no contenía el mapa del predio ni tampoco la solicitud de adjudicación.
La empresa ALMARCHIVOS S.A. fue contratada por la ANT para buscar la resolución de adjudicación del INCORA de 1990 con la que supuestamente se había titulado el predio a Elbar Córdoba. El 6 de mayo de 2021, tras realizar la búsqueda, concluyó que no pudo encontrar esa documentación. El 15 de julio de ese año, la empresa certificó que tampoco encontró el expediente de ese acto.
La Subdirección Administrativa y Financiera de la ANT emitió una certificación el 4 de agosto de ese año, mediante la cual aclaró que no pudo ubicar copia del expediente que dio origen a la Resolución Nro. 01326 del 10 de febrero de 1990. Días después, al fin la ANT tomó cartas en el asunto: la Oficina Jurídica de la agencia de tierras presentó denuncia ante la Fiscalía General de la Nación el 20 de agosto de 2021 por la pérdida del expediente de adjudicación.
Pero la ANT se quedó corta en empezar de oficio a investigar la legalidad del título y, de ser el caso, anular el cuestionado acto administrativo de adjudicación. No bastó el hecho de que la extensión misma del predio violara las normas agrarias vigentes en la época para que empezara el estudio de esos papeles.
La voz experta explica que por la estructura y funcionamiento de la ANT no es común que ante un proceso judicial de restitución de tierras, la Agencia inicie de oficio el estudio y la revocatoria de títulos fraudulentos. Eso lo ha criticado por mucho tiempo Acadesan, pues como explica la fuente que pidió mantener en reserva su identidad, “la ANT debe usar su competencia para hacer el procedimiento así se esté llevado un proceso judicial de restitución porque es tan obvia la ilegalidad en este caso, que la misionalidad y competencia legal de la ANT lo permite hacer”.
Durante varios momentos del proceso la ANT no cumplió a cabalidad los requerimientos judiciales. Tal como se observa en el reciente auto de esa institución, el juez de Restitución de Tierras ordenó, en julio de 2022, iniciar incidente de responsabilidad contra la autoridad de tierras por el incumplimiento de lo ordenado en el proceso de medidas cautelares.
Con el cambio de gobierno, Acadesan empezó una gira de incidencia en la que buscó hablar con varias instituciones del Estado sobre la medida cautelar, medidas de protección y el riesgo de despojo. Una de esa instituciones fue la autoridad de tierras.
Habiendo sido designado Gerardo Vega como director de la ANT, en septiembre del año pasado, representantes del consejo comunitario pidieron una cita con funcionarios de la ANT para contextualizar a la nueva Dirección frente a la solicitud de revocatoria directa que querían conseguir. Por su parte, la ANT le señaló a Acadesan que la medida cautelar interpuesta sobre el predio imposibilitaba dar trámite a una revocatoria directa del título desde la autoridad de tierras.
De todas maneras, el consejo comunitario radicó la solicitud de revocatoria ante la ANT, lo que implicaba que esa agencia tuviera que reconstruir el expediente. “Lo que se hace es buscar en todas partes, en todos los sistemas, en otras entidades que tengan información que nos permita volver a construir el expediente”, explica la experta.
Así mismo, Acadesan le solicitó a la juez autorizar que la ANT iniciara el proceso de revocatoria. Tras mucho insistir, finalmente, en julio de este año, la juez de restitución de Quibdó profirió un auto en el que autorizaba a la ANT resolver la solicitud y le ordenaba hacerlo en un término de tres meses. La ANT arguyó por varios meses que no podía iniciar el proceso de revocatoria del predio por la medida cautelar ordenada por la juez mediante la providencia 149 del 25 de junio de 2021. Sin embargo, entre julio y septiembre de este año, este juzgado levantó esa medida.
Sólo hasta el 27 de junio de este año, la ANT al fin declaró la imposibilidad de reconstrucción del expediente de adjudicación del predio en discordia. “Se emitirá la respectiva certificación de imposibilidad de reconstrucción, y, en consecuencia, se remitirá la actuación administrativa adelantada a la Secretaría General de la Agencia Nacional de Tierras para que expida el acto administrativo que concluya con el procedimiento de reconstrucción del expediente”, se lee en el reciente auto de esa entidad.
Con esto, el 26 de octubre de 2023, el Juzgado Primero de Restitución de Tierras de Quibdó “ordenó a la Agencia Nacional de Tierras adelantar y decidir el procedimiento de revocatoria en contra de la resolución Nro. 1326 del 10 de febrero de 1990 en el término de tres (3) meses siguientes a la referida diligencia; decisión que fue notificada en estrados”.
En el procedimiento de revocatoria, Acadesan pidió que se vinculara al Resguardo Indígena del Cañón Río Garrapatas de la comunidad Embera Chamí, al saber que ese territorio étnico también se veía afectado por el predio que hoy posee Eightfold Colombia.
Finalmente, hace un par de semanas la ANT anunció que iniciaría “de oficio” el procedimiento de revocatoria directa de la Resolución 01326 del 10 de febrero de 1990. Para eso, el equipo catastral de la agencia buscará establecer si existe traslape entre el predio en discordia con el Resguardo Indígena Chamí y el territorio colectivo de la comunidad negra de Acadesan.