Extradición de alias ‘Julián Bolívar’, en manos del presidente Santos

      
Corte Suprema decidió que Rodrigo Pérez Alzate debe responder por narcotráfico ante la justicia de Estados Unidos, sentando un precedente para otros procesos contra exjefes paramilitares. El exparamilitar cuestiona decisión.

Rodrigo Pérez Alzate, alias ‘Julián Bolívar’, se desmovilizó en 2005 de manera colectiva con el Bloque Central Bolívar bajo los acuerdos con el gobierno nacional.

Respondiendo a una solicitud de captura con fines de extradición expedida por una Corte Federal de Estados Unidos en septiembre de 2014, la Corte Suprema de Justicia aprobó la extradición de Rodrigo Pérez Alzate, alias ‘Julián Bolívar’, uno de los exjefes paramilitares del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidasde Colombia (Auc). La decisión final ahora está en manos del presidente Juan Manuel Santos. (Ver: Solicitud de extradición enreda libertad de ‘Julián Bolívar’ )

A pesar de que la Misma Corte Suprema de Justicia aceptó en mayo de 2014 que el desmovilizado fuera juzgado por delitos de narcotráfico dentro de la Ley de Justicia y Paz, en este fallo aseguró que los delitos por los que ya fue sentenciado en Colombia no son los mismos por los que está siendo requerido en Estados Unidos.

“En cuanto a los hechos por los cuales el tribunal extranjero reclama al señor Pérez Alzate son diversos de aquellos por los cuales se emitió condena en su contra en el proceso de justicia y paz”, enfatizó el magistrado ponente, José Luis Barceló.

La defensa de alias ‘Julián Bolívar’ insiste en que se trata de los mismos delitos y que se estaría incurriendo en un doble juzgamiento, “Lo que allá llaman conspiración, el delito por el que es requerido, es el mismo concierto para delinquir por el que ya fue condenado en Colombia. En las versiones de Justicia y Paz Alzate ya aceptó y contó todo acerca de su participación en el negocio del narcotráfico”, le dijo a VerdadAbierta.com Alberto Ruiz uno de sus abogados defensores.

En un comunicado a la opinión pública expedido desde la cárcel de máxima y mediana seguridad de Itagüí, una vez conoció la decisión, Pérez Alzate aseveró que “jamás he delinquido desde mi estado de reclusión de esto tiene prueba fidedigna la justicia colombiana” y reiteró que continuará cumpliendo con los compromisos a los que está obligado como postulado a la Ley de Justicia y Paz.

“Quiera Dios que el desconcierto, la confusión y la incertidumbre que generan estos visos de inseguridad jurídica, no incidan sobre quienes hoy requieren del imperativo de la confianza del Estado y la justicia, para hacer la paz”, agregó el exjefe paramilitar. ( Ver comunicado)

El postulado ya cumplió ocho años recluido en la cárcel de Itagüí, tiempo por el que fue condenado en Justicia y Paz, razón por la que ya podría solicitar su libertad. Sin embargo, su suerte está en manos del Presidente de la República, quien finalmente debe dar el último visto bueno a la solicitud de extradición.

Lo que se decida en el caso de ‘Julián Bolívar’ sentará un precedente sobre lo que puede ocurrir con otros exjefes paramilitares que aceptaron el delito de narcotráfico en Justicia y Paz y que también son requeridos por las autoridades de Estados Unidos, entre ellos Freddy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, y Diego Cobos Téllez, alias ‘Diego Vecino’.

A quien ya la Presidencia de la República autorizó la extradición fue a Daniel Rendón Herrera, alias ‘Don Mario’, quien ya fue expulsado del proceso de Justicia y Paz por delinquir después de su desmovilización. La firma del decreto ocurrió el 12 de diciembre de 2014, pero incluyó un condicionamiento: la entrega se diferirá “hasta tanto el requerido rinda las versiones que estén pendientes de tramitarse, con el fin de amparar de este modo los derechos de las víctimas”. (Ver: ¿Por qué ‘Don Mario’ está a un paso de ser extraditado?

Los argumentos de la Corte
Aunque la justicia colombiana ya condenó a Pérez Alzate por narcotráfico, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia aprobaron la extradición porque, según ellos, los cargospor los cuales fue solicitado por la justicia estadounidense son diferentes.

Según el Indictment, nombre de la acusación de la justicia estadounidense, desde 1997 hasta el 19 de agosto de 2010 miembros del Bloque Central Bolívar “tenían aseguradas áreas en Colombia usadas para cultivar, producir, transportar y enviar la droga”. Además, el escrito asegura que Pérez Alzate participaba directamente del negocio, no solo cobrando impuestos a los narcotraficantes, sino que usaba sus laboratorios para producir su propia base de cocaína, controlaba las pistas de aterrizaje clandestinas y se le proporcionaba espacio en las aeronaves para hacer los envíos.

De acuerdo con el fallo proferido en segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia en mayo de 2014, a ‘Julián Bolívar’ lo condenaron por haber financiado el Bloque Central Bolívar con recursos provenientes de los cobros que hacía a los narcotraficantes y la seguridad que les prestaba.

De manera que para la Corte, “en el proceso de Justicia y Paz (…) la única relación del acusado con el narcotráfico estuvo dada por permitir que en los territorios bajo su dominio terceros realizaran esas actividades, brindándoles seguridad, por lo cual cobraba un porcentaje. Los cargos del tribunal extranjero, por el contrario, señalan que el señor Pérez Alzate formaba parte de una organización que directamente se dedicaba a producir cocaína para enviarla a los Estados Unidos”.

El segundo argumento de la Corte es que en Estados Unidos la fecha de la acusación va hasta agosto de 2010, época en la que ‘Julián Bolívar’ ya estaba en la cárcel de Itagüí y hacia parte del proceso de justicia transicional en Colombia. “Aún más contundente, las pruebas anexas a la acusación señalan que el señor Pérez Alzate ayudó a administrar la organización de narcotráfico, incluso, durante el periodo de su reclusión en Colombia”, dice el fallo de Corte.

El defensor le dijo a los magistrados que esas pruebas a las que se refieren son los testimonios que en 2010 rindieron el fiscal y una investigadora que llevan el caso en Estados Unidos, con el fin de que se no precluyera el delito. Pero que las pruebas no se refieren a que Pérez Alzate haya seguido delinquiendo desde la cárcel.

Ante ese argumento, los magistrados de la Corte dieron una respuesta contúndete: el juez natural para revisar las pruebas no está en Colombia, debe ser la justicia norteamericana la que tome una decisión.

¿Entra o no el narcotráfico en Justicia y Paz?
Esta decisión se da apenas nueve meses de que la misma Corte Suprema de Justicia fallara a favor del postulado y aceptara que fuera juzgado por narcotráfico en Justicia y Paz. (Ver: exparamilitares podrán ser juzgador por delitos de narcotráfico ).

Oponiéndose a lo dicho por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, la Corte Suprema de Justicia determinó en esa ocasión que los delitos asociados al tráfico de sustancias ilegales sí podrían ser juzgados en los distintos tribunales de Justicia y Paz siempre y cuando tuvieran conexión con la lucha contrainsurgente.

El Alto Tribunal aclaró que uno de los requisitos de elegibilidad contemplados en la Ley 975 para acceder a los beneficios de la justicia transicional era que el grupo armado organizado al margen de la ley, en este caso el Frente Sur de Bolívar, no se “haya organizado para el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito” o que el postulado, individualmente hablando, no haya tenido dicha finalidad. (Ver: Corte Suprema depura Justicia y Paz de “narcos puros”)

En aplicación de ese concepto del enriquecimiento individual fueron excluidos del proceso de justicia transicional los narcotraficantes Francisco Javier Zuluaga Lindo, alias ‘Gordolindo’ y Juan Carlos ‘El Tuso’ Sierra, a quienes la Corte Suprema consideró “narcotraficantes puros”. Ambos fueron extraditados a Estados Unidos en mayo de 2008 por autorización expresa del entonces presidente de la República Álvaro Uribe Vélez.

La decisión favorable de la Corte Suprema sobre la extradición de alias ‘Julián Bolívar’ abre un nuevo capítulo en la aplicación de las normas de justicia transicional, pues tal medida supone que delinquió después de la desmovilización, razón por la cual tendría que ser excluido del proceso de Justicia y Paz, para lo cual la Fiscalía deberá probar que así ocurrió y exponer las pruebas ante los tribunales colombianos.

Además, lo dicho por el alto tribunal deja en vilo varios de los procesos que están a punto de culminar en este escenario transicional, en particular de aquellos que confesaron su participación en actividades relacionadas con el tráfico de drogas ante fiscales y jueces como parte de la verdad exigida convencidos de que no iban a ser extraditados a Estados Unidos.