Solicitud de extradición enreda libertad de alias ‘Julián Bolívar’

      
A doce días de presentar su solicitud de libertad, el exjefe militar del Frente Sur del Bloque Central Bolívar fue notificado de una orden de captura con fines de extradición pedida por autoridades judiciales norteamericanas en junio pasado. Corte Suprema de Justicia deberá resolver el asunto.

Rodrigo Pérez Alzate, alias ‘Julián Bolìvar’.Una solicitud de captura con fines de extradición expedida por una Corte Federal de Estados Unidos le enredará la solicitud de libertad que dentro de doce días presentará el exjefe paramilitar Rodrigo Pérez Alzate, alias ‘Julián Bolívar’. La medida se conoció a finales de la semana pasada, lo que significa que deberá continuar detenido hasta que la Corte Suprema de Justicia avale o no ese pedido judicial, decisión que puede tomar desde 8 hasta 24 meses.

“Es una herramienta muy inteligente para evitar su salida”, consideró su abogado defensor, el jurista Alberto Ruiz, al hablar con VerdadAbierta.com sobre la nueva situación que afronta su apoderado, quien tuvo por varios años el mando militar del Frente Sur de Bolívar del Bloque Central Bolívar (Bcb) de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), con presencia armada en los departamentos de Bolívar, Cundinamarca, Boyacá, Antioquia y Santander, en el eje del río Magdalena.

Sustentado en una decisión de una Corte Federal del Distrito Sur de La Florida, el gobierno estadounidense solicitó la detención provisional con fines de extradición de ‘Julián Bolívar’ a través de una nota diplomática fechada el pasado 4 de junio. La medida fue autorizada por el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, el 10 de julio y le fue notificada al exparamilitar en su sitio de reclusión en el patio de Justicia y Paz de la cárcel La Picota, de Bogotá.

De acuerdo con su abogado, la justicia estadounidense le imputa a su defendido el cargo de conspiración para traficar estupefacientes hacia ese país desde Colombia, delito que surgió del proceso por el cual fue procesado y condenado en ese país el también exparamilitar Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias ‘Macaco’, quien fue el jefe máximo del Bcb, organización de las Auc que alcanzó a tener por lo menos 7 mil integrantes que operaron, bajo diversas facciones, en por lo menos 11 departamentos y dejaron sus armas en diferentes actos colectivos durante el año 2005 amparados en los acuerdos del gobierno nacional con el Estado Mayor de las Auc de junio de 2004.

Alias ‘Macaco’ fue extraditado a Estados Unidos el 7 de mayo de 2008 por orden del entonces presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, y se convirtió en el primer exjefe paramilitar enviado a ese país para que respondiera por delitos asociados al tráfico de drogas, lo que le valió una pena de 33 años de prisión. Una semana después seguirían ese mismo camino una docena de exparamilitares más, entre ellos a Guillermo Pérez Alzate, hermano de ‘Julián Bolìvar’. (Ver Condenan a alias ‘Macaco’ en EE.UU)

De acuerdo con Ruiz, el proceso contra Pérez Alzate se desprende de la Acusación N. 07 – 20794- CR – LENARD, proferida el 2 de octubre de 2007 contra alias ‘Macaco’, en la que se le imputan 21 cargos, entre ellos concierto para importar cinco kilogramos o más de una sustancia controlada (cocaína), lavado de dinero y posesión con la intención de distribuir cinco kilogramos o más de una sustancia controlada (cocaína) “la cual se encontraba a bordo de una embarcación sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos”.

“El cargo número 21 hacía alusión a conspiración con fines de importar sustancias estupefacientes a Estados Unidos y en él se nombraba a Rodrigo Pérez Alzate, pero nunca enviaron comunicación al respecto ni nota verbal diplomática solicitando la captura con orden de extradición. Sabíamos que estaba mencionado y la Fiscalía también conocía de esa mención”, precisó el abogado defensor y agregó que de la solicitud de extradición solo se vino a saber doce días antes de cumplirse el tiempo de los ocho años para solicitar su libertad.

De acuerdo con la defensa de alias ‘Julián Bolívar’, los pormenores de las actividades del tráfico de drogas en las que incurrió su apoderado y el grupo bajo su mando fueron dados a conocer durante las diversas versiones libres que rindieron ante fiscales de Justicia y Paz durante su proceso de juzgamiento bajo normas transicionales.

“Nosotros, dentro de la presentación que hicimos en Justicia y Paz, no podíamos callar y no pretendíamos tampoco ocultar una realidad que es absolutamente diáfana, que era ese fenómeno del narcotráfico”, indicó Ruíz y advirtió que esa actividad ilícita se constituyó en “una fuente principal de ingresos para abastecer el requerimiento del ejercicio de cualquier forma de guerra, de cualquier actor armado del conflicto en este país”.

Cálculos de investigadores judiciales determinaron que el Frente Surde Bcb, bajo el mando de ‘Julián Bolívar’, se financió desde 1998, cuando se consolidó su conformación, hasta 2005, cuando se desmovilizó, en un 80 por ciento con ganancias del tráfico de cocaína que era enviada a los mercados internacionales, especialmente a Estados Unidos.

Corte se enfrentará a sí misma
Los hechos relacionados con el tráfico de cocaína para financiar la guerra cometidos por el grupo armado que comandó este exparamilitar, junto con otras acciones como masacres, homicidios selectivos y desplazamiento forzado, fueron presentados para su legalización ante los magistrados de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, autoridad judicial que emitió el 30 de agosto de 2013 sentencia condenatoria contra ‘Julián Bolívar’ a la pena alternativa de 8 años de prisión.

En esa decisión, el tribunal no legalizó los cargos por narcotráfico y lavado de activos tras considerar que ambos delitos no eran susceptibles de ser juzgados bajo las normas de la Ley 975 y normas posteriores, entre ellas la Ley 1592 de 2012; además, respaldó su decisión en procesos de justicia transicional de países como Argentina, Chile y Perú, donde delitos comunes y narcotráfico no fueron contemplados en las sentencias; y alegó que las leyes que cubren este proceso fueron claras al establecer que no se utilizarían para “lavar” el pasado de narcotraficantes y evadir sus responsabilidades. Por tanto, estos hechos los debía procesar la justicia ordinaria.

Esa decisión fue apelada por la Fiscalía y por la defensa del postulado, razón por la cual el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, instancia que determinó que, contrario a lo dicho por el Tribunal Superior de Bogotá, los delitos asociados al tráfico de sustancias ilegales sí podrían ser juzgados en los distintos tribunales de Justicia y Paz siempre y cuando tuvieran conexión con la lucha contrainsurgente adelantada, en este caso, por las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), organización a la que perteneció el Bloque Central Bolívar y de la cual hizo parte alias ‘Julián Bolívar’. (Ver Exparamilitares podrán ser juzgados por narcotráfico en Justicia y Paz)

Con ponencia de la magistrada María del Rosario González Muñoz, fechada el 30 de abril de 2014, la Corte estableció que de acuerdo con algunos artículos de las leyes transicionales a través de las cuales se juzga y procesa a los exmiembros de las Auc, “en Justicia y Paz es posible abordar cualquier conducta punible, siempre que haya sido cometida durante y en ocasión de la pertenencia al grupo”.

El Alto Tribunal aclaró que uno de los requisitos de elegibilidad contemplados en la Ley 975 para acceder a los beneficios de la justicia transicional era que el grupo armado organizado al margen de la ley no se “haya organizado para el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito” o que el postulado, individualmente hablando, no haya tenido dicha finalidad, y en ese sentido consideró que ‘Julián Bolívar’ cumplió con ese requisito.

En relación al lavado de activos, la Corte concluyó que este exparamilitar “adquirió directamente y por interpuesta persona varios bienes con el producto de diversos delitos ejecutados como miembro del Bloque Central Bolívar, circunstancia que viabiliza legalizar el cargo por cuanto se cumple la condición de haber sido ejecutado el lavado de activos durante y con ocasión de la pertenencia al grupo organizado al margen de la ley”.

Al respecto, el abogado Ruiz reconoció que la decisión de la Corte Suprema de Justicia lo tomó por sorpresa. “La verdad, llegamos a pensar que los magistrados no nos iba a avalar el contenido de la apelación”, dijo, pero se mostró satisfecho con la decisión por cuanto el alto tribunal desligó a su defendido de aquellos que sí son considerados “narcotraficantes puros” como Francisco Javier Zuluaga Lindo, alias ‘Gordolindo’, y a Miguel Ángel Mejía Múnera, alias ‘El Mellizo’, ya excluidos de Justicia y Paz luego de considerar que intentaron protegerse en las Auc para evadir sus responsabilidades como traficantes de drogas. (Ver A alias ‘Gordo Lindo’ le crearon un bloque para desmovilizarlo y ‘El Mellizo’ no será juzgado por narcotráfico en Justicia y Paz)

Al respecto, el apoderado de ‘Julián Bolívar’ hizo dos consideraciones: de un lado, aseveró que con la sentencia parcial de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá ya se condenó a su cliente por concierto para delinquir, decisión que recoge el delito de narcotráfico, por lo tanto no puede ser juzgado nuevamente por esos hechos, en aplicación a la norma del Derecho que dice que nadie puede ser procesado por el mismo hecho dos veces.

Y de otro, recordó lo establecido por la Corte en relación con los requisitos de exclusión de un postulado de Justicia y Paz, particularmenrte aquellas normas que establecen que para que una persona pueda ser excluida de los beneficios de la justicia transicional se le tiene que encontrar responsable de un delito posterior a la desmovilización, que en este caso sería después del 2005, y ser condenado por ello, “situación que no es la de mi defendido porque contra él no hay absolutamente nada”, indicó.

Al evaluar lo que sucede con su defendido y contrastarlo con la decisión de la Corte, el abogado Ruiz se preguntó “¿con qué argumentación va a establecer la Corte un viraje conceptual en el caso de mi cliente si ya se pronunció y dijo que el narcotráfico sí es un elemento esencial dentro de la problemática del conflicto interno y es el combustible que alimenta la guerra?”.

Si bien el alto tribunal ha negado la extradición de exparamilitares como Edwar Cobos Téllez, alias ‘Diego Vecino’, y Fredy Rendón Herrera, argumentando que primero deben responderle a la víctimas en Colombia, el defensor de ‘Julián Bolívar’ consideró que su caso es distinto y reiteró que “los hechos por los que ha sido solicitado en extradición ya fueron juzgados en el país, fue condenado y pagó su pena alternativa de 8 años, él ya cumplió”

A su juicio, si se aplicase la regla que impone la justicia norteamericana en relación con el delito de conspiración para traficar drogas e introducirlas en su país, son cientos de exmiembros de los grupos armados ilegales que tendrían que ser extraditados. “Bajo ese concepto, ¿cuántos se salvan? Muy pocos”, afirma este abogado. “Si miramos la realidad, están comprometidos desde el patrullero que custodia los cultivos, hasta aquel que ayuda al transporte del alcaloide y todos aquellos que intervienen en la actividad del narcotráfico, todos incurrieron en lo mismo”.

La Corte se enfrenta ahora a sus propias decisiones, pues tendrá que resolver si permite o no la extradición de Pérez Alzate a Estados Unidos. Si el concepto es favorable, pasará a sanción presidencial, quien autoriza finalmente si el postulado se remite a las autoridades judiciales de ese país.

Lo que se decida, en un sentido u otro, sentará un precedente no solo con los exparamilitares que están pendientes de cumplir sus penas alternativas en las próximas semanas y meses, algunos de los cuales tienen cuentas pendientes con la justicia norteamericana, sino con los subversivos en un posible escenario de desmovilización si se firman los acuerdos de paz con las guerrillas de las Farc y el Eln. El dilema es de hondo calado.