Magistrado con funciones de control de garantías de Medellín decidió, en primera instancia, no restituir 12 predios a un grupo de campesinos del Urabá antioqueño tras considerar que no probaron el despojo ni la situación de zozobra que los llevó a vender a bajo precio.
El litigio jurídico entablado dos años atrás por la Subunidad Élite de Persecución de Bienes de la Fiscalía, en el que se alegaba que pobladores de la vereda Guacamayas, de Turbo, Urabá antioqueño, fueron desplazados forzosamente por grupos paramilitares y luego intimidados para que vendieran sus tierras a bajos precios a la Sociedad Guacamayas Ltda. culminó dándole la razón a los empresarios, calificando de “mentiroso” y “falaz” a uno de los reclamantes y concluyendo que las compras celebradas entre los años 1996 y 1998 se ajustaron a la ley.
Así lo determinó Olimpo Castaño, magistrado con función de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, quien luego de un extenso y complejo proceso judicial en el que se escucharon más de 50 testimonios, negó las solicitudes de restitución formuladas por la Fiscalía en representación de siete campesinos de esta vereda, entre ellos Carlos Páez Díaz y Alfranio Solano, representantes de la organización Tierra y Vida, que acoge a víctimas del despojo de tierras en todo el país, quienes pedían les fueran devueltos 12 predios negociados, según ellos, bajo amenazas e intimidaciones.
Además de no acceder a la pretensión de restitución, Castaño ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue por presunto falso testimonio a Carlos Páez Díaz, así como a Iván Darío Vélez Correa, uno de los testigos presentados por la Fiscalía durante la etapa de juicio.
Breve recuento
En junio de 2012, la Subunidad Élite de Persecución de Bienes de la Fiscalía presentó solicitud de restitución de las fincas Villa Fanny, La Fabiola, Carmen Alicia, Santa María, Santafé, No hay como Dios, Deja que digan, El Descanso, Fundación, Fundación 1, Fundación 2 y La Candelaria, ubicadas en la vereda Guacamayas. (Ver: Guacamayas, ¿otro caso de despojo en Urabá?)
En su presentación, este despacho señaló que para los hermanos Castaño Gil resultaba fundamental apoderarse del corredor conformado por los corregimientos Blanquizet, Macondo y Nuevo Oriente de Turbo; Barranquillita, de Chigorodó; y Belén de Bajirá, de Mutatá. La vereda Guacamayas quedaba como paso obligado en este trayecto.
Para llevar a cabo esta empresa se realizó una reunión a principios del año 1996 en Montecasino, la fastuosa residencia que los hermanos Carlos y Vicente Castaño poseían en Medellín. Según le declararon testigos a la Fiscalía, en ella participaron Raúl Emilio Hasbún, alias ‘Pedro Bonito’; Elkin Jorge Castañeda Naranjo, alias ‘Hermógenes Maza’; y ganaderos de la región, entre ellos Juan Fernando Mejía e Iván Darío Vélez. Allí se planeó la incursión a Guacamayas, se distribuyeron tareas y se asignaron tributos para garantizar el éxito de la incursión armada.
El operativo comenzó en abril de ese mismo año. Para esa fecha, 45 hombres, liderados por alias ‘Pedro Bonito’ llegaron a los cascos urbanos de los corregimientos reseñados y una vez bajo su dominio lanzaron desde allí la ofensiva hasta las zonas rurales más apartadas. Hasbún designó a Darson Lopez Simanca, un ex militante de los Comando Populares conocido por aquel entonces con el alias de ‘Lázaro’ o ‘Monopecoso’, para que comandara el operativo de ingreso a la vereda Guacamayas.
La llegada de los paramilitares a esta vereda elevó los niveles de violencia. Los registros presentados por la Fiscalía señalaban que al terminar el año 1996 se contabilizaron 26 homicidios; se registraron 5 desapariciones forzadas; y se presentaron 43 hechos de desplazamientos forzados masivos, todo ello atribuido al grupo de hombres liderado por alias ‘Pedro Bonito’ y que, posteriormente, pasó a llamarse Frente Arlex Hurtado, adscrito al Bloque Bananero de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Los testimonios recopilados por el Ente investigador apuntaron a que una vez sembrado el terror y controlada la vereda por esta facción paramilitar, aparecieron varios comisionistas quienes recurrieron a amenazas e intimidaciones para forzar a decenas de labriegos desplazados y a otros que quedaron allí, para que vendieran sus tierras a bajos precios. Uno de los comisionistas fue Jairo Lopera, reconocido zootecnista de la región que murió baleado en Medellín el 24 de junio de 1997 y a quien los campesinos señalaban como “amigo de las Auc”.
Lopera sería el gestor de un ambicioso proyecto ganadero en esta vereda. Argumentando contar con tierras aptas, el zootecnista se dio a la tarea de contactar inversionistas con músculo financiero. Fue así como aparecieron en escena Humberto Duque Peláez, Rubén Darío Ruíz Pérez, y Luis Alberto Vallejo, quienes constituyeron la Sociedad Guacamayas S.A. mediante escritura número 730 del 21 de agosto de 1997.
Tras el asesinato de Lopera, la Sociedad decidió vincular a Juan Fernando Mejía, otro comisionista de la región, para que continuara con la adquisición de predios para el proyecto, tal como lo venía haciendo su antecesor. Al momento de iniciar en firme con el proyecto ganadero, la Sociedad Guacamayas disponía de poco más de mil hectáreas. Entre ellas estaban las 12 fincas objeto de reclamación. Mediante escritura pública del 29 de diciembre de 2005, todos los activos de la Sociedad Guacamayas S.A fueron absorbidos por la firma Inversiones e Inmobiliaria ASA S.A.
Para la Fiscalía era claro que la actuación de los inversionistas de la Sociedad Guacamayas S.A. no podía considerarse como de “buena fe exenta de culpa” dado que, de acuerdo con las pruebas presentadas en su momento, “los integrantes de la Sociedad estaban en capacidad de prever que los predios adquiridos para el desarrollo del proyecto ganadero eran propiedad de campesinos víctimas del conflicto armado que azotaba a la región, quienes a su vez negociaron a bajos precios con el fin de sobrevivir al desplazamiento forzado”.
Con todas las de la ley
Sin embargo, de acuerdo con lo sentenciado por el magistrado Castaño, ni la Fiscalía ni los labriegos lograron probar que hubieran sido intimidados y amenazados por los comisionistas con quienes negociaron sus predios sino que, por el contrario, se trató de una transacción comercial “de carácter consciente, voluntaria, libre de todo apremio en el que primó el acuerdo de voluntades y el consenso entre las partes contratantes” y, por tanto, no se configuró ningún despojo. A su juicio, tampoco se demostró nexo alguno entre los compradores de tierras con integrantes de los grupos paramilitares que operaron en Mutatá, región de zona de influencia sobre la vereda Guacamayas para mediados de la década de los noventa, tal como lo alegaron los reclamantes.
“Nunca se demostró la relación entre los directivos de Inversiones Inmobiliaria ASA S.A. con los grupos paramilitares que operaron en la vereda Guacamayas”, manifestó el magistrado en su fallo, quien también señaló que “hay que reiterar que las amenazas nunca existieron. Y los precios pagados por los compradores, en la suma promedio 200 mil pesos por hectárea, de acuerdo con las condiciones del mercado inmobiliario en la zona para los años 1996-1998, era un precio que se consideraba razonable aunque se estimaba bajo pero sobre el cual debe considerarse que se trataba de tierras sin vías de penetración, sin servicios públicos, sin infraestructura”.
El magistrado fue más allá al cuestionar la versión del éxodo forzado alegado por los campesinos de la vereda Guacamayas, surgido a raíz de la violencia paramilitar en la zona y tras el cual fueron forzados a vender sus tierras a bajos precios: “agotado el estudio de los medios probatorios puede afirmarse que la Fiscalía, como solicitante, y los representantes de las víctimas no lograron probar que los hoy reclamantes fueron desplazados de la zona por amenazas directas de los grupos armados al margen de la Ley que hacían presencia en la vereda Guacamayas para los años 1996-1998”.
De igual manera, negó lo afirmado Iván Darío Vélez, testigo presentado por la Fiscalía durante la etapa de juicio, según el cual para principios del año 1996 se llevó a cabo una reunión en Montecasino, la residencia que los hermanos Castaño poseían en Medellín, en la que participaron Raúl Hasbún, Elkin Jorge Castañeda Naranjo y ganaderos de la región, entre otros, Jairo Lopera, Juan Fernando Mejía y él, donde se planeó el ingreso de los paramilitares a la vereda Guacamayas.
“No hay prueba alguna que indique la existencia de tal reunión, toda vez que el postulado Raúl Emilio Hasbún negó de manera contundente la realización de la misma. Y se comprueba aún más lo falaz de esta declaración en cuanto menciona a uno de los participantes al señor Elkin Jorge Castañeda Naranjo (…) y que allí afirmó su intención de tener el control territorial sobre Mutatá. Afirmación que se cae sobre su propio peso, pues para la fecha de la supuesta reunión, como lo señaló el postulado Hasbún Mendoza, el señor Elkin Jorge Castañeda no integraba las Autodefensas”.
El magistrado recordó algunas de las versiones dadas por Hasbún Mendoza ante tribunales de Justicia y Paz y por su segundo al mando, López Simanca, durante la etapa de juicio. Ambos precisaron que jamás intimidaron, amenazaron u obligaron a los campesinos de la vereda Guacamayas para que vendieran o desocuparan sus tierras, así como tampoco se les conminó a que se desplazaran.
“Ninguna razón válida tiene esta magistratura para dudar de la veracidad y seriedad de lo declarado por los postulados Raúl Emilio Hasbún Dalson López Simanca, pues no obstante su condición de exintegrantes de un grupo armado al margen de la ley, sus deponencias fueron claras y se acoplan bien con otros medios de convicción ya valorados”, aseveró el magistrado y agregó que “no existe razón válida ni suficiente para pensar que los postulados han mentido al negar su participación en los pregonados despojos de tierras”.
Y con respecto a los reclamantes, fue drástico al calificar las declaraciones de Páez Díaz, representante legal de la organización Tierra y Vida, y del testigo Vélez Correa: “A la magistratura le preocupan las diversas aseveraciones hechas por los señores Carlos Páez Díaz e Iván Darío Vélez Correa, las que luego de hacer las respectivas valoraciones probatorias de rigor se consideraron falaces en grado sumo. Tal situación no puede ser pasada por alto, por lo que se ordena compulsar copias a la ejecutoria de esta decisión con destino a la Fiscalía General de la Nación a efectos que se inicien las investigaciones de rigor con el fin de establecer si ello configura la comisión de alguna conducta punible. Es decir, para el despacho es claro que mintieron ante este estrado judicial”.
Los reparos del magistrado también alcanzaron a la Subunidad Élite de Persecución de Bienes de la Fiscalía, a la que cuestionó por no valorar bien los casos a presentar ante los jueces: “Previo a elevar esta clase de solicitudes, se haga una ponderación o un análisis más exhaustivo de la información suministrada por la parte opositora, pues en este evento se le dio una absoluta credibilidad a los dichos de los reclamantes, sin que se llevara a cabo un mínimo juicio reflexivo de contradicción a los mismos, prestándose la Fiscalía para hacer reclamaciones totalmente infundadas”.
En definitiva, según conceptuó el magistrado, lo que imperó en este negocio jurídico fue la libertad de las partes y si bien reconoció que los campesinos pudieron haber vendido motivados por el miedo que generaba la presencia paramilitar en la zona, “este no es causal de nulidad. El solo temor reverencial hacia una situación determinada no basta para viciar el consentimiento en un negocio de compraventa”; por tanto, resolvió que no había lugar a la restitución jurídica y material de los predios reclamados.
No es la primera vez que el magistrado Castaño falla en ese sentido. En abril de 2012, sentenció que la reclamación presentada por Víctor Manuel Correa Montalvo de un predio también ubicado en la vereda Guacamayas y también en posesión de Inversiones Inmobiliaria ASA S.A., era improcedente y, tal como en este caso, compulsó copias para que investigaran al campesino y lo obligó a pagar los costos del proceso. La decisión fue ratificada en segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia. (Ver: Justicia niega restitución y Corte niega restitución)
Reacciones
Tras conocer el fallo, Alfranio Solano, uno de los campesinos reclamantes e integrante de la organización Tierra y Vida, manifestó su desazón con la determinación tomada por el magistrado, pues consideró que este le dio total credibilidad a la versión de los paramilitares y desconoció por completo las observaciones hechas por las víctimas a lo largo de la etapa de juicio.
“Me parece muy negativo por parte de la magistratura porque le da credibilidad total a los postulados, dándole valor a lo que ellos dicen y desconoce lo que señalaron las víctimas. Además, está mandando el mensaje que las víctimas, para poder reclamar, debe tener unas secuelas muy directas y si eso es así, en este país se reducirán en un 50 por ciento las víctimas del conflicto”, manifestó Solano.
Para Gerardo Vega, director de la Fundación Forjando Futuros y quien representó a varias de las víctimas en la etapa de juicio, es claro que fallos como el presente pone de manifiesto la desventaja que tienen las víctimas que pretenden recuperar sus bienes en los tribunales de Justicia y Paz. “La mayoría de las sentencias proferidas en el marco de la Ley 1448 (Restitución de Tierras) han ordenado la restitución demostrando que hubo un clima de violencia generalizada. Aquí se probó que hubo violencia generalizada, permanente y constante. Sin embargo, se plantean otras exigencias para la restitución”, dijo el activista.
Opinión de la que difiere Víctor Alonso Pérez, abogado representante de Inversiones e Inmobiliaria ASA S.A, quien precisamente rescató la profundidad del análisis realizado por el magistrado con función de control de garantías de Justicia y Paz, pues a su juicio “no es simplemente venir a decir que porque en una zona hubo conflicto armado automáticamente toda venta que se haya realizado en ese lugar y en ese tiempo deba ser invalidada”.
Para el abogado Pérez, el fallo del magistrado probó varias cosas importantes: “primero, que no existía ninguna relación entre los paramilitares que operaron en esta zona, particularmente el señor Raúl Emilio Hasbún, que no tuvieron como política despojar de tierras a los campesinos, como sí ocurrió en otros frentes y bloques de las autodefensas; segundo, que nunca existió relación entre los compradores, es decir la empresa Guacamayas Ltda., con grupos paramilitares”.
A juicio del jurista, lo más destacable del fallo es que no solo se trató de compras de buena fue sino que se hicieron en el marco de la legalidad. “Todas esas ventas las personas tuvieron la opción de no hacerlas por una sencilla razón: por la misma forma en que se celebraron las compraventas, que fueron todas documentadas, un paramilitar no actúa como actuaron los compradores en este caso, es decir haciendo promesas de compraventa, pagando a plazos, pagando intereses, pagando incluso por el arriendo de las fincas”.
La decisión en primera instancia fue apelada tanto por la Fiscalía como por los apoderados de los campesinos y será ahora la Corte Suprema de Justicia la que decida si, efectivamente como lo señaló el magistrado con función de control de garantías, se trató de un negocio ajustado a todas las normas jurídicas o, tal como lo aleganlos reclamantes, fue un caso de despojo.