Se trata de la Compañía Nacional de Chocolates y Galletas Noel, del Grupo Nutresa, señaladas de aportar “ayudas” a una estructura armada ilegal que operó en varias regiones de Antioquia. La decisión judicial también involucra a Gaseosas Postobón, de la Organización Ardila Lulle, y a una planta de producción de cerveza del conglomerado Bavaria.
En una sentencia de primera instancia, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue las versiones sobre posibles aportes económicos voluntarios de esas cuatro empresas al Bloque Héroes de Granada de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Con ponencia del magistrado Juan Guillermo Cárdenas, la extensa decisión (de 1.909 folios), fechada el pasado 21 de febrero de este año, contiene la reconstrucción de lo que fue esta letal estructura armada ilegal, que operó en varias zonas del departamento de Antioquia bajo el mando de Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’.
El fallo judicial, dado a conocer de manera completa hace unas semanas, involucra a doce exmiembros de este grupo paramilitar, quienes fueron postulados y se acogieron al proceso de justicia transicional de la Ley 975 (de Justicia y Paz), garantizando así beneficios como una pena carcelaria alternativa máxima de ocho años.
En uno de los apartados de la voluminosa sentencia se hace referencia a la manera como se financió este grupo paramilitar y ahí es cuando entran a colación las compañías de alimentos y de bebidas de los tres grandes grupos económicos del país, que estarían bajo la lupa de la Fiscalía de ratificarse la decisión en segunda instancia.
“De igual forma, el Bloque ‘Héroes de Granada’, comenzó a recibir ayuda por parte de empresarios y ganaderos del sector, a cambio de recibir protección”, se lee en la decisión. En esa perspectiva, tanto la Nacional de Chocolates y Galletas Noel, del Grupo Nutresa; como Postobón, de la Organización Ardila Lulle; y Pilsen, al parecer haciendo referencia a la planta de producción de esta marca del conglomerado Bavaria, cuyas instalaciones quedan en el municipio de Itagüí (Antioquia), fueron nombradas por Mónica María Castaño Acevedo, exintegrante del Bloque Héroes de Granada.
Tras advertir que alias ‘Don Berna’ había dado la orden de no afectar a las comunidades con cobros extorsivos para contrarrestar las acciones de las milicias insurgentes en aquellas zonas donde operaban, la exparamilitar sostuvo que la política trazada por la “organización” era que “ningún miembro de las autodefensas extorsionara a los comerciantes y que el aporte de éstos fuera voluntario”.
Asimismo, declaró que tanto alias ‘Don Berna’ como Daniel Alberto Mejía Ángel, alias ‘Danielito’, su segundo al mando del Bloque Héroes de Granada, eran “amigos” de empresarios, aunque no precisó las identidades, quienes “favorecieron económicamente la organización criminal, aportando ganado, dinero en efectivo, víveres para efectuar ‘celebraciones’, así como cerdos, novillos, alimentación y licor”.
De acuerdo con la versión dada por Castaño Acevedo, el mismo Murillo Bejarano, acompañado de Elkin de Jesús Loaiza, alias ‘el Negro Loaiza’, uno de sus lugartenientes, “se encargaban de recoger ‘ciertas ayudas’ que en muchas ocasiones le suministró empresas como “Nacional de Chocolates, Pilsen, Noel o Postobón’”, registra el fallo judicial.
El asunto que se pone a consideración de la Fiscalía con las compulsas de copias es que se investigue a esas empresas para determinar si, efectivamente, esas “ayudas” se dieron y, ser ciertas, si fueron voluntarias o forzadas.
La versión dada por la exparamilitar, quien perdió todos los beneficios ofrecidos por la Ley de Justicia y Paz tras resultar condenada en un proceso penal en el que resultó involucrada por un homicidio perpetrado cinco días después de su desmovilización, el 1 de agosto de 2005, es de alguna manera consecuente con varias afirmaciones que hizo alias ‘Don Berna’ a fiscales y jueces de los tribunales de Justicia y Paz.
Una de esas declaraciones, que dejó entrever la situación, fue dada el 23 de julio de 2009 desde una cárcel de Estados Unidos, a donde llegó desde mayo de 2008, tras ser extraditado por autorización del entonces presidente de la República Álvaro Uribe (2002-2010. Aquel día alegó que “no existen las condiciones de seguridad para mi familia que no permiten (sic) contar todas las relaciones con la clase política, los empresarios y militares de todos los rangos, en la medida que esto sea solucionado, podré declarar sin presiones”.
Las compulsas de copias también implicaron a varios propietarios de vehículos de servicio público de pasajeros afiliados CONATRA, de Copacabana, en Antioquia, quienes estarían comprometidos en la muerte de por lo menos un transportador ilegal que les hacía la competencia.
Además, se pide investigar a quien fungió como gerente de la empresa Sociedad Transportes Guarne S.A. en marzo del 2005 porque según versiones de exmiembros del Bloque Héroes de Granada habría tenido incidencia en la muerte de Albeiro de Jesús Calderón Ochoa, ocurrida el 14 de marzo de ese año.
Asimismo, a Juan Alberto García Duque, exalcalde de San Carlos, Antioquia, y esposo de la actual mandataria local, por su “presunta participación en el homicidio de Manuel Antonio Ospina Hernández, quien para el año 2003 fungía como conductor de la volqueta que servía al municipio”.
También se solicitó indagar por Nicolás Guzmán, exalcalde de San Carlos, Antioquia, en el periodo atípico de marzo de 2005 y diciembre de 2007, porque, según denunciaron algunos exparamilitares, como candidato habría presionado para que contrarrestaran la oposición que le venía haciendo la líder campesina María Isabelina Daza Ríos, quien fue asesinada. También lo vinculan con el homicidio de y la desaparición forzada de Ricardo de Jesús Loaiza Loaiza y del contratista Juan de Jesús Gómez Cifuentes.
Se agregan a la lista de compulsas, el comandante de la Policía del municipio San Vicente, Antioquia, para el 2003 para la época de los hechos, quien no fue identificado, por su presunta participación en los homicidios de Marco Tulio Cardona Cardona y Ernesto de Jesús Cardona Henao, ocurridos el 30 de octubre de aquel año.
De confirmarse esta sentencia, la Fiscalía también tendría que investigar a varios comerciantes, así como a varios investigadores de la Sijin y el Gaula de la Policía Nacional, quienes estarían comprometidos en actos delictivos ligados con el Bloque Héroes de Granada.
En tal sentido, precisa la magistratura, la Fiscalía deberá “en todos los eventos, de los cuales tenga conocimiento, desplegar los mecanismos tendientes a investigar y acusar a los autores y partícipes de violaciones sistemáticas, como ocurre con los grupos armados delincuenciales y aquellos que apoyaron su política e ideología; con ello no solo se pone fin a una situación de impunidad, sino que se evita que este tipo de infracciones se sigan presentando”.
Con respecto a las acciones perpetradas por quienes conformaron el Bloque Héroes de Granada, la magistratura asevera que “de los hechos confesados por los postulados y la narrativa que de manera particular hicieron quienes fungen como víctimas, se logró vislumbrar el accionar delincuencial excesivo en gran parte del departamento antioqueño”, y, a renglón seguido, indica que esa situación “no solo fue desarrollada por quienes engrosaban las filas de la estructura paramilitar, sino que también contaron con personas, empresarios, funcionarios que favorecieron su ‘esquema delincuencial’, motivados por intereses personales y económicos, lo que conllevó a dejar un sinnúmero de víctimas que hoy claman reparación, restitución y satisfacción”.
Para agilizar esas investigaciones y aclarar si a quienes señalan los exparamilitares en sus versiones son responsables o no de acciones criminales, en esta sentencia se exhorta a la “Procuraduría General de la Nación para que conforme una agencia especial, así como a la Delegada de la Fiscalía General de la Nación, y se efectué de manera pronta y eficaz un verdadero seguimiento a las compulsas de copias efectuadas, ello en aras de garantizar una correcta impartición de justicia y la investigación efectiva de todos los implicados con el conflicto armado interno, así como los derechos de las víctimas y la sociedad”.
Postobón, de nuevo
No es la primera vez que la empresa Postobón, una de las firmas más prestigiosas de la Organización Ardila Lulle, es referenciada por exparamilitares en los estrados transicionales de Justicia y Paz.
Ya en el 2009 este portal daba cuenta de las versiones del excomandante del Frente Arlex Hurtado de las Auc, Raúl Hasbún, quien ante fiscales dijo que la empresa productora de gaseosas le aportaba recursos a la estructura paramilitar que operaba en el Urabá antiqueño. (Leer más en: Hasbún asegura que Postobón le dio plata a las Auc)
En aquella ocasión, Hasbún dijo que el “pacto de colaboración” entre las Auc y Postobón comenzó cuando un grupo de paramilitares retuvo varios camiones de la compañía en zona rural de Apartadó, Antioquia, con el objetivo de que la empresa enviara a la zona a una persona con capacidad de negociar.
La presión parece que dio resultado y a la región fue enviado un mayor retirado de la Armada, de quien se dijo era el jefe de seguridad de la compañía, con quien se habrían logrado dos acuerdos: la imposición de “impuesto de guerra” por envase de gaseosa distribuido y el compromiso de que Postobón cesaría cualquier otro pago a la guerrilla como, a juicio del exjefe paramilitar, lo venía haciendo hasta ese momento. En adelante, no hubo más problemas con esa compañía.
Quien también hizo referencia a los pagos que Postobón habría hecho a las Auc fue el otrora poderoso jefe paramilitar Salvatore Mancuso desde una cárcel en Estados Unidos, a donde fue extraditado en mayo de 2008.
Postobón también fue referenciada en la sentencia contra Edwar Cobos Tellez, alias ‘Diego Vecino’, y Uber Enrique Banquéz, alias ‘Juancho Dique’, exjefes paramilitares del Bloque Héroes de Montes de María, proferida el 29 de junio de 2010 por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá con ponencia de la magistrada Uldi Teresa Jiménez.
En esa decisión, cuando se describe el modelo de financiación de esa estructura de las Auc se pone como ejemplo a la compañía de gaseosas y se afirma que pagaban 10 millones de pesos mensuales, pero se tipifica como extorsión.
En una extensa entrevista concedida a Caracol Radio en mayo de 2012, hizo un amplio resumen de sus intervenciones ante los estrados de Justicia y Paz, precisando que tanto empresarios como narcotraficantes financiaron a las Auc y desvirtuó que muchos de los aportes hechos por empresarios regionales fueron producto de extorsiones o amenazas. (Leer más en: El repaso de Mancuso)
“Dentro de mis diligencias judiciales he explicado cómo la Chiquita Brands y Delmonte, entre otras, de la región del Urabá, nos aportaban tres centavos de dólar por cada caja de banano exportada y cómo se distribuía cada centavo de dólar tanto para Casa Castaño, otro para el ala militar. También hablamos del caso de Postobón. De todos estos casos he hablado ante la justicia”, le declaró el exjefe paramilitar en aquella ocasión.
Para precisar el tema, Mancuso hizo alusión a una versión libre dada en noviembre de 2009 en la que le puso cifras al acuerdo logrado con Postobón y dijo que se habría reunido con directivos de esa compañía y se acordó un pago de 10 millones de pesos mensuales para las Auc, a fin de que se dejaran distribuir sus productos en zonas de control paramilitar.
Empresarios en Justicia y Paz
Un reciente estudio del Centro Internacional de Toledo para la Paz y de la Universidad Javeriana, titulado La verdad en las sentencias de justicia y paz (Bogotá, 2019), concluyó que “uno de los aportes más destacados del proceso de Justicia y Paz, en cumplimiento de las obligaciones del Estado colombiano en materia del derecho de las víctimas a la verdad, es el relativo a todos los niveles en que los grupos armados funcionaron y contaron con estructuras de apoyo que hicieron posibles y facilitaron sus actuaciones”.
A juicio del equipo de investigación que adelantó este estudio, “la identificación de empresas o de particulares dedicados a la actividad empresarial que participaron en las actuaciones de los grupos paramilitares en alguna de las formas señaladas, resulta ser en sí misma uno de los logros más notables del proceso de Justicia y Paz”.
Tomando una muestra de 51 sentencias proferidas en Justicia y Paz, en 20 de ellas se identificaron un total de 187 empresas y empresarios señalados como parte de las redes de apoyo a grupos paramilitares. Los señalamientos se concentran en el sector comercial, seguido por el sector ganadero, el sector de transporte y el sector arrocero.
“En solo 17% de los señalamientos registrados en los hechos judicializados en las sentencias de Justicia y Paz no se dio —o no se especificó— información sobre el sector económico al que pertenecían las empresas o los empresarios señalados”, se afirma en el estudio.
Teniendo como base los 187 señalamientos a empresas o empresarios que quedaron registrados en las sentencias analizadas, se pudo establecer que esas relaciones se dieron, en mayor proporción, en el departamento de Antioquia, “mientras que en menor proporción se registra el origen de la relación en Norte de Santander, Tolima, Chocó o Córdoba”.
Uno de los hallazgos interesantes de esta investigación académica es que tomando como referencia los 187 señalamientos contra empresas o empresarios, en solo 58 casos los magistrados ordenaron compulsas de copias para que se adelantaran las investigaciones pertinentes; en 25 más se redujeron a exhortaciones; y en 104 no se promovió ningún tipo de investigación.
Estos resultados, se reseña en el estudio, “puede explicarse por las dificultades de la justicia ordinaria para adelantar investigaciones por nexos con grupos armados contra empresas o empresarios. A los impedimentos procesales con respecto a la investigación de ‘empresas’ por responsabilidad penal, se suman las dificultades probatorias para demostrar móviles relacionados con su actividad comercial para la presunta pertenencia a redes de apoyo a grupos paramilitares”. (Descargar estudio)
Máquina de guerra
Entre el 1 diciembre de 2003 y el 1 agosto de 2005, cuando esta estructura armada desmovilizó a 2 mil de sus integrantes en el corregimiento Cristales, de San Roque, Antioquia, perpetró decenas de homicidios, masacres y desapariciones forzadas bajo la supuesta convicción de estar desarrollando una guerra contrainsurgente.
De acuerdo con la sentencia, tuvo injerencia en 17 municipios del Oriente antioqueño (San Carlos, San Rafael, El Santuario, Marinilla, Cocorná, Granada, La Ceja, Rionegro, La Unión, El Retiro, Abejorral, El Peñol, Guatapé, Concepción, Alejandría, Guarne, San Vicente); en 2 del suroeste (Santa Bárbara, Montebello); en 2 del nordeste (San Roque, Caracolí); en 1 del norte (San Pedro) y en Medellín y su área metropolitana.
Con recursos provenientes de aportes voluntarios, extorsiones, hurto de hidrocarburos y dineros del narcotráfico, establecieron en poco menos de dos años una máquina de guerra que vulneró los derechos fundamentales de cientos de víctimas en sus zonas de injerencia.
“Los postulados del Bloque Héroes de Granada confesaron que entre las formas de control de la población civil estaban las siguientes estrategias o tenían las siguientes estrategias: matar a sus víctimas frente a la población civil con sevicia, amenazar a la población civil, desplazar la población civil, dejar los cadáveres puestos para que la población civil los viera, realizar ajusticiamientos, desaparecer personas de la población civil, mantener presencia uniformada y armada frente a la población civil, exhibir las armas largas y cortas ante la población, realizar masacres, descuartizar los cadáveres”, se lee en el fallo judicial.
A los sentenciados con este fallo se les relacionó con cinco patrones de macrocriminalidad, consistentes en homicidio, con 126 casos; desaparición forzada, con 27 casos; reclutamiento ilícito, con 3 casos; desplazamiento forzado, con 40 casos; y violencia basada en género (no se establecieron cifras al respecto).
Con respecto a los homicidios, que abarcan la mayor cifra de hechos delictivos, la magistratura conceptuó que demuestran que “este tipo de delito fue cometido por los militantes del Bloque Héroes de Granada, no como hechos aislados e insulares, sino como una conducta masiva, repetida, indiscriminada y generalizada, pues se dirigió a gran escala, en contra de una multiplicidad de personas de la población civil ajena al conflicto armado”.
“En estas diligencias”, continúa la magistratura, “de manera aterradora, se conoció que los ataques a la población y específicamente la gran cantidad de homicidios a personas de los territorios sometidos, se debió a que mandos medios, patrulleros y urbanos pertenecientes al Bloque Héroes de Granada, debían cumplir una ‘cuota’ diaria y semanal de ejecuciones, impuesta por los comandantes”.
A la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín no le cabe duda que toda esa criminalidad ejercida por el Bloque Héroes de Granada, atendió a “un plan orquestado concebido en una política de embate bélico en contra de grupos de guerrilla, con un contenido expansionista, cuyo objetivo principal era ganar la pugna territorial con los grupos revoltosos y lograr el control social, económico y criminal de las zonas disputadas, a costa de una multitudinaria victimización, desoyendo y omitiendo todas las normas nacional e internacionales de protección a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario”.
Lo que viene ahora es la decisión en segunda instancia de esta sentencia. De confirmarse en todos sus aspectos, la Fiscalía entonces tendrá la obligación que iniciar las investigaciones que determinen si aquellas empresas nombradas por exparamilitares hicieron parte, con sus “ayudas”, de esta barbarie cometida en un amplio territorio antiqueño.
Nota del editor: Cuatro días después de haberse publicado este artículo, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín le aclaró a este portal que la sentencia había quedado en firme. De acuerdo con lo comunicado, “el fallo no fue impugnado, quedando ejecutoriado en la data, por lo que la decisión pasa a cumplimiento de sus determinaciones por parte de las diferentes entidades involucradas y al seguimiento correspondiente a las mismas a cargo de la Juez de Ejecución de Sentencias para las Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional”.