Proceso de Justicia y Paz

      
Para darle respaldo legal a la negociación entre el gobierno de Álvaro Uribe y las Autodefensas Unidas de Colombia, el Congreso aprobó la Ley de Justicia y Paz (975). Luego de las precisiones que le hizo la Corte Constitucional, la ley contempló penas alternativas de máximo ocho años de cárcel a aquellos paramilitares que confesaran sus crímenes, ayudaran a esclarecer la verdad de lo sucedido, devolvieran los bienes robados o adquiridos ilegalmente y, en general, contribuyeran a la reparación de las víctimas.

Aquellos paramilitares que no habían cometido delitos graves o de lesa humanidad quedaron en libertad. Los ex jefes paramilitares debían postular a quienes sí los cometieron para que entraran en el proceso judicial de Justicia y Paz y se pudieran beneficiar con las penas bajas. Muchos postulados han dicho que no reconocen haber cometido estos crímenes y sus jefes los hicieron firmar sin saber. Otros que sí cometieron los delitos nunca fueron postulados. Pero entre los 3.000 postulados, sí ha habido muchos que participaron en las acciones de los paramilitares.

La Fiscalía General de la Nación creó la Unidad de Justicia y Paz que hoy tiene 58 fiscales. Su tarea ha sido conducir el proceso jurídico de los desmovilizados de las Auc, que incluyen una confesión o versión libre del postulado. Cada fiscal tiene a cargo invetigar uno o varios bloques o estructuras de las Auc y han organizado las versiones libres de cada postulado en tres etapas:

1. El desmovilizado cuenta su rol y la estructura del grupo paramilitar, el mando, las funciones, finanzas, cómo utilizaban los recursos, los bienen a nombre de los jefes o sus integrantes y anuncia los hechos que va a confesar.

2. La Fiscalía lo interroga sobre los hechos delictivos en los que estuvo involucrado, los lugares, las víctimas y sus cómplices(otros paramilitares, civiles, militares y funcionarios públicos). La Fiscalía recopila la información para después confirmar los hechos. Durante las versiones que sean necesarias responde cuestionamientos de las víctimas o sus familiares.

3. La Fiscalía le pregunta sobre crímenes que han sido investigados, en los que supuestamente participó y sobre los que el paramilitar no se ha autoinculpado. En esta etapa se le da la posibilidad de confesar. Las víctimas también tienen la oportunidad de preguntar sobre crímenes no confesados.

La Fiscalía investiga los hechos confesados y formula los cargos (imputación) contra el versionado ante el Magistrado de control de garantías de Justicia y Paz. En audiencia pública éste, vigila que no se haya violado el debido proceso y, si el desmovilizado acepta los cargos, el magistrado abre un incidente de reparación integral en el que las víctimas o sus representantes legales o el Ministerio Público debe expresar qué tipo de reparación pretenden.

Pueden conciliar esta reparación con el desmovilizado, y luego de que juez falle cómo se reparará a las víctimas, y le fija una condena al procesado. Ésta pena se suspende si se considera que el desmovilizado ha cumplido los postulados de la ley y merece la pena accesoria, entre cinco y ocho años. Si no lo considera apto para el beneficio, su caso pasará a la justicia ordinaria.

VERDADADBIERTA presenta las versiones periodísticas de las confesiones de algunos postulados, así como de las primeras imputaciones de cargos que ya se han formulado contra unos.