¿Por qué se enredó la libertad de ‘El Alemán’?

      
Cuando todo estaba previsto para que este exjefe paramilitar saliera de la cárcel, una juez de ejecución de sentencias determinó que todavía no había cumplido los ocho años previstos en la Ley de Justicia y Paz. La defensa apeló la decisión y será el Tribunal Superior de Bogotá el que dirima la controversia jurídica.

0-aleman-prisionFredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, seguirá en prisión pese a que ya cumplió la pena alternativa que le dictó la justicia transicional. Foto: archivo Semana.

El camino a la libertad de Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’, se convirtió en un tramo sinuoso y espinoso. Cuando todo estaba previsto para que saliera en los próximos días por pena alternativa cumplida, una juez de ejecución de sentencias determinó que este exjefe paramilitar no había satisfecho las condiciones de la Ley de Justicia y Paz; por tanto, decidió no concederle la libertad a prueba y, por el contrario, expidió una orden de captura en su contra.

La juez basó sus decisiones en dos aspectos específicos: de un lado, consideró que siete procesos penales que actualmente tiene la justicia ordinaria deben incorporarse al expediente del exjefe paramilitar en los estados de Justicia y Paz, lo que en derecho se llama acumulación, esto con el fin de que no queden expedientes sin tramitar ante la justicia transicional, por tal razón remitió al postulado y a su abogada a los magistrados de conocimiento en Medellín, para que se hiciera ese trámite, pues ella no era la competente para adelantarlo.

De otro lado, la juez consideró que alias ‘El Alemán’ no había cumplido con el requisito de la pena alternativa de ocho años que estipula la Ley de Justicia y Paz para aquellos excombatientes desmovilizados de grupos armados ilegales que hayan sido postulados por el gobierno nacional para obtener beneficios jurídicos. (Ver: ‘El Alemán’, el primer ‘peso pesado’ condenado en Justicia y Paz)

Rendón Herrera se desmovilizó el 15 de agosto de 2006, con cientos de sus hombres pertenecientes al Bloque Elmer Cárdenas, en Necoclí, Antioquia. Está en prisión desde el 21 de agosto de ese año, cuando se presentó voluntariamente al centro de reclusión especial de La Ceja, Antioquia, atendiendo el llamado que les hiciera a los máximos jefes paramilitares el entonces presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, quien los instó a recluirse allí en aras de atender a la justicia.

No obstante, para la juez los cerca de nueve años que lleva Rendón Herrera detenido no están debidamente contabilizados en el proceso transicional. Desde su perspectiva, este exparamilitar solo ha estado poco menos de cuatro años bajo la tutela de Justicia y Paz, que contabiliza a partir de la primera medida de aseguramiento, que fue proferida por un magistrado con función de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín el 9 de septiembre de 2009. Así las cosas, el período que va desde agosto del 2006 hasta un día antes de esta medida, estuvo preso por cuenta de la justicia ordinaria, lo que no cuenta, según la juez, para obtener beneficios jurídicos.

La decisión fue apelada por la abogada Victoria Eugenia Ayala, defensora de alias ‘El Alemán’. Según ella, su apoderado ya cumplió los 8 años en prisión, que comenzaron a correr desde el 27 de febrero de 2007, cuando el Ministerio del Interior y de Justicia notificó a la Fiscalía General de la Nación de la postulación del exparamilitar a la Ley de Justicia y Paz, momento en el cual, según jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia, empiezan a descontar los años previstos y acordados en los acuerdos de desmovilización y dejación de armas con las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), firmados en 2003.

Decisiones previas
Decisiones anteriores a la de la juez de ejecución de sentencias permitían inferir que la salida de alias ‘El Alemán’ de la cárcel sería un hecho. La primera la tomó Olimpo Castaño, magistrado de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, el pasado jueves, quien consideró que, previa revisión de los requisitos de las normas transicionales, no había ningún impedimento para sustituir la medida de aseguramiento en centro carcelario por medidas no privativas de la libertad.

En esa audiencia, el Fiscal 48 de Justicia y Paz, Andrés Echeverría, no se opuso a la solicitud presentada por el exparamilitar a través de su abogada ni presentó ninguna objeción, y aseveró que “es evidente que se cumplen a cabalidad los requisitos de la ley para alcanzar la sustitución de medida de aseguramiento por libertad a prueba”.

Destacó el funcionario la participación de alias ‘El Alemán’ en diligencias de exhumación de cadáveres, la asistencia a todas las versiones programadas por su despacho y los testimonios que condujeron a la investigación penal y condena de algunos políticos de Antioquia y Choco en el proceso que se conoce como la parapolítica. “Además de ello no cabe duda que hizo entrega de bienes para reparar a las víctimas y no tenemos conocimiento que haya cometido delitos después de la desmovilización”, concluyó.

Por su parte Jenny Muñoz Murillo, representa judicial de víctimas adscrita a la Defensoría del Pueblo, tampoco presentó objeción alguna a la solicitud, pero si solicitó que al exparamilitar se le garantiza la asistencia al proceso judicial para satisfacer de esa manera los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y a la no repetición.

En igual sentido se pronunció Doris Noreña, representante de la Procuraduría General de la Nación en la audiencia, quien, además, destacó el proceso de resocialización que adelantó el postulado durante sus años de detención que le permitieron concluir el bachillerato.

Interpretaciones jurídicas
El exjefe del Bloque Élmer Cárdenas de las Auc, durante una de sus versiones libres ante la Fiscalía de Justicia y Paz. Foto: archivo Semana.

Un abogado experto en la Ley 975, que pidió la reserva del nombre, le explicó a VerdadAbierta.com que la primera razón esbozada por la juez de ejecución de sentencias se subsana sin ningún problema, toda vez que habría que llevar los siete casos de justicia ordinaria que faltan por acumular ante los magistrados de conocimiento de la Sala de Justicia y Paz de Medellín y de esa manera estaría cumpliendo con esa exigencia.

Pero lo que más llama la atención de la decisión tomada por la juez es el momento que fijó para empezar a descontar los 8 años de prisión como pena alternativa, una vez se haya proferido sentencia contra el postulado, lo que va en contravía de lo conceptuado por la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, que han aclarado que el tiempo comienza a correr para el detenido una vez haya sido postulado por el gobierno nacional a los beneficios que contempla la Ley 975.

En un pronunciamiento de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, fechado el 5 de junio de 2013, quedó claro que “el lapso de ocho años de privación de la libertad para que dentro del proceso transicional el postulado tenga derecho a la sustitución de la medida de aseguramiento impuesta, no debe ser subsiguiente a la desmovilización individual, sino a partir del momento que este hecho adquiere relevancia jurídica en el proceso transicional, esto es, cuando el Gobierno nacional postula al desmovilizado a ser beneficiario de la pena alternativa de la Ley 975 de 2005”.

En igual sentido se pronunció la Corte Constitucional en la Sentencia C-015 del 23 de enero de 2014: “Es evidente que en ningún caso los ocho años de permanencia en un establecimiento carcelario pueden contarse antes de que la persona haya sido postulada para acceder a los beneficios de la Ley 975 de 2005”.

Un tercer concepto fue expresado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 28 de agosto de 2014 al resolver un recurso de apelación presentado por el postulado Gustavo Adolfo Peña Rojas, a quien se le negó la libertad. En esta decisión, el alto tribunal, basado en conceptos anteriores, aseveró que “independiente de la forma en que se produjo la desmovilización, esto es si individual o colectiva, en libertad o privado de ella, lo cierto es que el lapso de ocho años en todos los eventos se cuenta a partir de la postulación, momento a partir del cual se accede a todos los beneficios de la Ley de Justicia y Paz”.

Las quejas de ‘El Alemán’
VerdadAbierta.com habló con el exjefe paramilitar Rendón Herrera varias horas después de que se decidiera que, por ahora, no saldría de la cárcel de máxima y mediana seguridad de Itagüí, donde se encuentra recluido. Su extrañeza era notable.

Frente al argumento de la acumulación de los siete procesos que aún tiene la justicia ordinaria, este exjefe paramilitar recordó que se refieren a hechos cometidos durante y con ocasión de la pertenencia a esos grupos, lo que no debería significar ningún problema para que sean incorporados a su expediente en Justicia y Paz previa decisión de los magistrados de la Sala de Conocimiento en Medellín.

Sobre la fecha en que deben comenzar a descontarse los ocho años de la pena alternativa, Rendón Herrera considera que está interpretando mal la Ley 975: “La Corte ha dicho que es a partir de la postulación que hace el gobierno nacional, pero la juez lo interpreta de otra manera, es decir, alega que debe empezar a contar a partir de la primera medida de aseguramiento en Justicia y Paz. Así las cosas, yo solo llevo poco menos de cuatro años”.

A su juicio la juez de ejecución de sentencias está ajustando la decisión a la justicia ordinaria y desconociendo las normas transicionales. “En esto debe hablar el gobierno, que el Ministro de Justicia ratifique qué fue lo que se acordó con nosotros. Ya la Corte ha dicho que es a partir de la postulación que corren los ocho años, no se le pueden sacar otras interpretaciones. Si cada juez va a resolver las medidas interpretando a su manera la ley y el gobierno no mete la mano en esto, se va a complicar todo”, reiteró alias ‘El Alemán’.

Uno de los reclamos de este exparamilitar es qué va a pasar con esos años, casi cuatro que pasó en la cárcel, sin ser vinculado a procesos de Justicia y Paz según la juez que le acaba de negar la libertad. “¿Entonces, pasé ese tiempo detenido de manera ilegal? Si es así, el Estado me tendrá que indemnizar”, advierte ‘El Alemán’.

La decisión final sobre a partir de qué fecha se debe empezar a descontar la pena la debe tomar la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá en las próximas semanas. Por lo pronto, hay quienes se preguntan qué estará pensando la guerrilla de las Farc, pues lo ocurrido con alias ‘El Alemán’ podría extenderse no solo a varios de excompañeros de armas, sino a los que vendrán en futuros procesos de reinserción. “La única manera que haya una verdadera reconciliación en este país es que exista una verdadera justicia”, concluye el exparamilitar.