Los 31 magistrados, que ya están en funciones plenas, tienen la ardua tarea de diseñar las reglas y los procedimientos que regirán el nuevo modelo de justicia transicional a la que deberán comparecer aquellos que participaron directamente en la confrontación armada. Aún queda un largo y tortuoso camino, con proceso electoral de por medio, antes de que el país pueda comenzar a conocer la verdad judicial sobre los graves crímenes cometidos durante décadas de guerra.
Implementación de la JEP: persiste la deuda con las víctimas).
Si bien una treintena de magistrados ya trabajan en las nuevas tareas que les asigna la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), son múltiples los procedimientos que aún hacen falta para que ese nuevo sistema de justicia transicional empiece a juzgar a los excombatientes de las Farc y a los agentes estatales armados que participaron en la comisión de crímenes de lesa humanidad, graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de guerra. (Lea más:Por ahora, los togados cuentan con los lineamientos generales contenidos en el Acuerdo final para la terminación del conflicto, firmado entre el gobierno nacional y la guerrilla de las Farc el 24 de noviembre de 2016 en el Teatro Colón de Bogotá, y con el Acto Legislativo 01 de 2017, que integra a la Constitución el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, este último avalado y sustancialmente modificado por la Corte Constitucional.
Sin embargo, aún están a la espera de lo que decida la misma Corte sobre la Ley Estatutaria de la JEP, promulgada por el Congreso de la República a finales de la pasada legislatura y duramente cuestionada por imponer nuevas inhabilidades a los magistrados, quienes fueron seleccionados por el Comité de Escogencia. (Lea más: ¿Corte Constitucional dejó a medias la justicia transicional?).
A la fecha, el nuevo sistema también tiene asignación presupuestal para 2018: 200 mil millones de pesos; de ellos, la JEP destinará 67 mil millones al rubro de inversión y 133 mil millones a gastos de funcionamiento, de los cuales 106 mil son para el pago de los funcionarios del Tribunal para la Paz, las salas de justicia, la Secretaría Judicial, la Secretaría Ejecutiva y de la Unidad de Investigación y Acusación.
No obstante, aún falta dotar por completo la sede principal de la JEP en Bogotá, así como contratar y poner en funcionamiento los equipos de trabajo de los magistrados. Esa última labor se hará paulatinamente y estará lista a mediados de este año, según le dijo una fuente de la JEP a este portal. Pero al margen de esas tareas, los togados tienen dos desafíos de gran dimensión: redactar el proyecto de ley de procedimiento que el gobierno nacional deberá tramitar ante el Congreso y diseñar su reglamento interno.
La ley de procedimiento
Preocupación por implementación de la JEP llega a la Corte Penal Internacional).
Dado que el 1 de diciembre de 2017 se venció el procedimiento legislativo especial que agilizaba los trámites de las leyes necesarias para la implementación de los acordado con las Farc, conocido como ‘Fast Track’, el gobierno nacional deberá gestionar de manera ordinaria ante el Congreso lo que quedó pendiente, entre ellas la ley de procedimiento de la JEP, que contendrá en detalle las normas procesales que regularán la nueva jurisdicción. (Lea más:El proyecto deberá estar listo el próximo 15 de marzo, un día antes de que empiece la nueva legislatura. De acuerdo con la fuente de la JEP consultada por este portal, “un grupo de magistrados trabaja en el diseño del proyecto desde la semana pasada. A lo que se le está apuntando es a mantener una comunicación fluida con los ministerios de Justicia y del Interior, de tal manera que cuando le entreguemos el proyecto al Presidente de la República, el gobierno ya conozca los términos y lo pueda presentar rápidamente ante el Congreso”.
Son múltiples los elementos que deberá contener el proyecto. El componente principal son las normas procesales penales que, de acuerdo con el Acto Legislativo 01, deberán garantizar varios principios, entre ellos la imparcialidad, la independencia judicial, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la participación de las víctimas como intervinientes en los procesos, “según los estándares nacionales e internacionales y los parámetros establecidos en el Acuerdo Final”. Allí se incluyen, además, los criterios de selección y priorización de casos, según explicó la presidenta de la JEP, Patricia Linares, el pasado 15 de enero.
El acto legislativo también específica que la ley deberá contener parámetros para determinar cuándo se incumplen las condiciones del sistema y qué consecuencias tendrán esos incumplimientos. Asimismo, tendrá que determinar cuáles fases del proceso serán reservadas, “con el fin de garantizar los derechos fundamentales al buen nombre y a la intimidad de todos aquellos cuyas conductas sean competencia de la JEP”.
La ley estatutaria, que no está vigente hasta tanto se pronuncie la Corte Constitucional, ordena, además, que el proyecto de ley incluya procedimientos especiales para el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, precise funciones para la Unidad de Investigación y Acusación, determine un procedimiento para verificar “caso a caso y de manera rigurosa” el cumplimiento del régimen de condicionalidad creado en esa ley para el acceso de los excombatientes a los tratamientos penales especiales y detalle la manera de graduar las sanciones ordinarias para quienes no reconozcan verdades o responsabilidades en ninguna fase del procedimiento.
Tal como consta en el Acuerdo final para la terminación del conflicto, en el acto legislativo y en la ley estatutaria, buena parte de esos elementos deberán tener en cuenta la prevalencia de las víctimas y los enfoques diferenciales.
Aunque los magistrados y el gobierno nacional logren tener el proyecto listo para el próximo 16 de marzo, la iniciativa enfrenta un duro escenario en el Congreso, teniendo en cuenta que senadores y representantes, en su última legislatura, estarán dedicados a las campañas electorales para elegir nuevo Presidente de la República, cuya primera vuelta será el 27 de mayo.
Santiago Virgüez, investigador del proyecto Congreso Visible, del Departamento de Ciencia Política de la Universidad de los Andes, apunta que “en los periodos electorales la actividad legislativa disminuye considerablemente, por lo que si el Presidente no le pone mensaje de urgencia al proyecto es muy difícil que salga adelante en esta legislatura, que culmina el 20 de junio”. Una decisión presidencial en ese sentido obligaría al Congreso a priorizar en la agenda el trámite del proyecto y permitiría que aquel fuera debatido en comisiones conjuntas.
Ya desde la segunda legislatura de 2017, el Ejecutivo enfrentó serios obstáculos para conseguir la aprobación de proyectos trascendentales para la implementación de los acuerdos pactados con las Farc, particularmente por las fracturas entre los partidos que conforman la llamada Unidad Nacional y por la oposición de Cambio Radical a varias de las iniciativas, a tal punto que en octubre pasado esa colectividad se vio obligada a abandonar la coalición de gobierno tras negarse a respaldar la ley estatutaria de la JEP. (Lea más: El duro paso de la paz por el Congreso).
El reglamento interno
El otro tema fundamental que deberán definir los magistrados es el reglamento interno que regirá la jurisdicción, cuya creación se incluyó en el Acto Legislativo 01. Un segundo equipo de magistrados trabaja en este documento, que contendrá las normas de organización y funcionamiento de la JEP; detallará las funciones de la Presidente y del Secretario Ejecutivo; creará un mecanismo para garantizar el cumplimiento de las resoluciones y sentencias; definirá procedimientos para la ejecución de las funciones; y especificará mecanismos de rendición de cuentas.
Sobre ese último punto, Linares declaró que los 200 mil millones de pesos con que contará la JEP en 2018, provenientes de Fondo Paz, “serán ejecutados y administrados con plena diligencia, transparencia, eficiencia y responsabilidad, acogiendo las buenas prácticas sobre manejo de recursos públicos”.
El reglamento también incluirá mecanismos de articulación y coordinación con la Jurisdicción Especial Indígena, así como la manera y los tiempos en que se trasladarán a la JEP las decisiones que hayan tomado las autoridades tradicionales en relación con conductas de competencia del nuevo sistema de justicia transicional.
La ley estatutaria, cuya decisión de constitucionalidad podría estar lista en mayo próximo, detalla otros aspectos que contendría el reglamento. Entre ellos se encuentran los procedimientos a seguir en los casos de recusaciones e impedimentos de magistrados; los parámetros para la organización de la Unidad de Investigación y Acusación, a cuyo cargo estará su director, Giovanni Álvarez; el procedimiento para elegir a los miembros del Órgano de Gobierno de la JEP; y el mecanismo para la integración de la sección que, tras el cierre del Tribunal, garantizará la “estabilidad y eficacia” de las resoluciones y sentencias.
Asimismo, de acuerdo con esa ley, el reglamento especificaría las condiciones y requisitos para los aspirantes a todos los cargos de la JEP; los periodos de desempeño del Presidente, el Secretario Ejecutivo y el Director de la Unidad de Investigación; el procedimiento para elecciones sucesivas por distintas causas; y el régimen jurídico bajo el que actuarán los juristas extranjeros que prestarán sus servicios como amicus curiae. Más aún, el documento incluiría el régimen disciplinario que se aplicaría a todos los servidores de la JEP, con excepción de los magistrados.
Además de la ley de procedimiento y del reglamento interno, a la JEP aún le falta organizar la infraestructura y la logística que se requieren para atender a las miles de víctimas que se espera acudan a ella para ser reparadas, así como a civiles, organizaciones sociales y funcionarios públicos interesados o responsables de suministrar información. Ello incluye espacios para la atención al público, salas de audiencias y personal para la recepción de informes, que se espera sean remitidos por la Justicia Penal Militar, la Fiscalía, la Procuraduría, la Jurisdicción Especial Indígena y las organizaciones no gubernamentales defensoras de derechos humanos.
Así las cosas, el juzgamiento de los responsables de crímenes graves no empezará antes de junio próximo. El inicio de los juicios dependerá en buena medida de lo que ocurra en el último periodo legislativo del actual Congreso, agitado por las elecciones presidenciales, así como de la celeridad con la que los magistrados consigan llevar a cabo las fases de alistamiento que se requieren para poner en marcha este escenario de justicia transicional, a través del cual el gobierno nacional y las Farc prometieron resolver la situación jurídica de los excombatientes, sancionar a los máximos responsables, reparar judicialmente a las víctimas y develar la verdad de lo ocurrido en medio siglo de confrontación armada.