Jueces de restitución, inconformes con decisión del Consejo Superior de la Judicatura

      

Los actuales jueces podrán ser reemplazados por colegas que ganaron un concurso convocado en 2012. Expertos advierten que la situación plantea retos para las víctimas del conflicto armado que fueron despojadas de sus predios.

<imgsrc=”images/2016/septiembre/jueces-tierras-1.jpg” alt=”jueces tierras 1″ style=”margin: auto;” />En Colombia, 55 togados toman decisión judicial sobre los procesos de restitución de tierras. De ellos, 15 son magistrados y están nombrados en su cargo en propiedad. Los otros 40 son jueces, que están en el cargo en provisionalidad. Foto archivo Semana. Los 40 jueces de restitución que estudian las demandas de abandono y despojo de tierras en el país serán reemplazados en cualquier momento. Quienes asuman sus cargos tendrán que ponerse al día en qué sucede en los territorios, cómo funciona la Ley 1448 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, cuáles son las complejidades de estos procesos: si el caso corresponde a una reclamación campesina; si lo es de una comunidad étnica; si hay “segundos ocupantes”; si las tierras reclamadas se traslapan con títulos mineros o proyectos económicos; si los predios están protegidos por ser zonas de reserva forestal…

La situación se deriva de una decisión tomada por la Consejo Superior de la Judicatura, la institución que administra a la Rama Judicial. Según una carta enviada por varios jueces a la agencia de cooperación estadounidense USAID, el Consejo ofertó sus cargos entre el listado de vacantes disponibles para Juzgados Civiles del Circuito con Conocimiento en Laboral. Aunque los jueces valoran las calidades de sus colegas y reconocen la importancia del concurso judicial, expresaron preocupación no solo porque serán relevados de su cargo sino porque durante cinco años se capacitaron y han adquirido experiencia para poner a marchar los procesos de restitución.

Aunque el Consejo Superior de la Judicatura reconoce que no ha hecho un concurso para elegir a los jueces de restitución y los recientes listados corresponden a una convocatoria realizada en 2012, la institución considera que esta es una decisión “ética”, que valora “los méritos” y garantiza “la independencia judicial”, según explicó el magistrado Néstor Raúl Correa, coordinador de Restitución de Tierras de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Él asegura que no habrá problema en que los nuevos jueces se actualicen en esta ley de justicia transicional, pues cuentan con módulos de formación para ello.

Más allá de los argumentos presentados por los jueces y el Consejo, lo que plantea la situación son varias reflexiones sobre cómo el Estado debe asumir el funcionamiento del andamiaje institucional de la justicia transicional; y si el empalme con nuevos jueces retrasará en tiempo y aprendizajes el proceso de restitución, clave en la reparación a las víctimas del conflicto armado. VerdadAbierta presenta los argumentos de las partes, y las voces de varios expertos sobre los retos que vienen.

“Lo aprendido es fundamental”: jueces

jueces tierras 4Los jueces especializados en restitución de tierras no solo tuvieron que capacitarse en la aplicación de la Ley 1448 de 2011, sino en cómo resolver las complejidades de la informalidad de la propiedad rural, los errores históricos de la institucionalidad agraria y la violencia que persiste en muchos territorios. Foto archivo Semana.Cuando en el 10 de junio de 2011 fue aprobada la Ley de Víctimas y Restitución de tierras, en Colombia no había un solo juez especializado en restitución de tierras. Era lógico, pues era la primera vez que una ley creaba juzgados especializados para devolverles a las víctimas los predios y territorios que abandonaron o les fueron despojados por el conflicto. Fue así  como el Estado solo tuvo seis meses para decidir quiénes asumirían ese reto, considerando que los más idóneos eran los jueces civiles.

Para entonces no hubo ningún concurso que realizara tal selección. Los tribunales y juzgados civiles nominaron desde las regiones y bajo su criterio a juristas que consideraban idóneos. Según un juez consultado por este medio, “para esa época a pocos les sonaba la idea, pues había miedo de tener que tomar decisiones  sobre casos que involucraban a distintos actores armados, sobre todo, en territorios donde estaba vivo el conflicto”, dijo uno de los togados que prefirió reservar su nombre.

Los jueces fueron nombrados entonces en provisionalidad, pero el Consejo Superior de la Judicatura, la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, la Universidad Nacional, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (Usaid), la Misión de Apoyo al Proceso de Paz (Mapp) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y centros de estudios jurídicos y sociales como Dejusticia sumaron esfuerzos para capacitar a los jueces. “Han sido cinco años de constante capacitación; de asistencia a congresos y reuniones cada mes que nos han permitido poner en marcha los procesos de restitución”, indicó otro togado que solicitó la reserva de su identidad.

En la práctica, los jueces han tenido que asumir varios retos: comprender la complejidadde los territorios donde hay presencia de guerrillas, bandas criminales, narcotraficantes o minería ilegal; analizar los contextos y entender cómo las tierras fueron transferidas; emitir órdenes complementarias a la restitución para que las distintas instancias del Estado garanticen la reparación de las víctimas; proteger con medidas cautelares a territorios étnicos en riesgo de seguir siendo violentados; revisar las solicitudes que presentan oposición por parte de particulares y empresas, y que pasarán a una segunda instancia; sin contar que han tenido que aprender cómo actuar si en un caso hay segundos ocupantes o el territorio está protegido ambientalmente. (Lea: Segundos ocupantes, la otra cara de la restitución; Restitución postergada)

Adicionalmente, varios de ellos han afrontado amenazas, pues sus sentencias han “levantado ampollas” en terreno, sumándole que han advertido varias fallas en los esquemas de seguridad brindados por la Unidad Nacional de Protección. (Lea: La dura realidad de los jueces de restitución; Jueces de tierras se quedan sin esquema de seguridad; Jueces de restitución exigen atención del presidente Santos)

Ahora, el Consejo Superior confirmaque probablemente varios de estos jueces sean reemplazados por otros colegas que se presentaron a un concurso -convocado en enero de 2012 y cuyos resultados fueron publicados el 2 de septiembre de 2016- para vacantes en Juzgados Civiles del Circuito con conocimiento en laboral.

Varios de los actuales jueces de restitución aseguran que no desmeritan la capacidad y menos el esfuerzo que han realizado sus colegas para ganar un concurso de méritos; pero están preocupados por la dinámica que ya han adquirido los procesos de restitución tras cinco años consecutivos de la formación y experiencia. Además, advierten que la justicia transicional de restitución está proyectada para 10 años con posibilidad de prórroga de 10 años más, y que su ejercicio ya suma por lo menos la mitad del tiempo vigente de la ley.

“La homologación que el Consejo Superior ha realizado de los Juzgados Civiles del Circuito Especializados en Restitución de Tierras y los Juzgados Civiles del Circuito con Conocimiento en Laboral no solo atenta contra la especialidad, la inversión económica hecha en la formación de los que hoy nos encontramos ocupando los cargos, sino que además las personas que concursaron y se prepararon para conocer trámites civiles y laborales no estarían conociendo tales procesos sino uno para el que nunca se prepararon ni concursaron, esto es el trámite de restitución de tierras y derechos territoriales”, se lee en la misiva enviada a USAID.

“Decisión garantiza la independencia judicial”: Consejo

consejo superior judicaturaFoto: archivo Semana.Néstor Raúl Correa, coordinador de Restitución de Tierras de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, aseveró que en la Rama Judicial debe privilegiarse que los cargos sean asumidos por profesionales de “carrera”, es decir, juristas que se presentan a un concurso público y ganan un examen que evalúa su trayectoria y conocimientos. Para el magistrado, éste es el mecanismo que permite que los cargos sean asignados “por méritos”, garantizando “la independencia judicial”.

Sobre lo advertido por los jueces de restitución en la carta a la agencia norteamericana, Correa reiteró que no debe existir preocupación sobre la dinámica en los procesos de restitución, pues los jueces civiles que ganaron el concurso tienen las aptitudes y el conocimiento para asumir la especialidad: “Juez Civil es el sustantivo; Especializado en Restitución es calificativo”, indicó y agregó que “cuando entraron ninguno era especialista en restitución de tierras; si ellos aprendieron, sus herederos también… El Consejo Superior de la Judicatura cuenta con 17 módulos de formación para su capacitación”.

El magistrado Correa reconoce que el concurso convocado en 2012 solo tuvo resultados hasta este año, pues “estos procesos terminan frenados por tutelas”, señalando que esto es una debilidad institucionalidad en la diligencia que requiere asignar juristas en propiedad en las distintas jurisdicciones. “Para las 685 vacantes que hay disponibles en la jurisdicción civil, solo resultaron 118 candidatos elegibles. Hay más vacantes que candidatos; y de estas vacantes, 40 son para los juzgados especializados. No se sabe cuántos de estos candidatos quieran asumir las plazas de restitución”, afirmó.

Frente al argumento de que los actuales jueces llevancinco años capacitándose y aprendiendo sobre el proceso, el magistrado Correa aseguró que “más de la mitad solo lleva un año en el cargo pues han rotado ampliamente”. El togado concluye que la decisión del Consejo es justa y ética, y no desestabilizará el proceso de restitución.

“La curva de aprendizaje”: expertos

reclamantes tierrasSegún datos de la Unidad de Restitución de Tierras, hasta abril de 2016 los magistrados y jueces especializados en restitución de tierras habían proferido 1.678 sentencias en todo el país. Foto archivo Semana.Varios académicos, que investigan y trabajan sobre la aplicación de la justicia transicional y hacen seguimiento a la política pública de restitución de tierras, coinciden en que el reto tendrá que ver con la “curva de aprendizaje” de quienes asuman los juzgados especializados de restitución, en caso de que llegue a ser así.

Rocío del Pilar Peña Huertas, investigadora del Observatorio de Restitución y Regulación de Derechos de la Propiedad Agraria, dijo que la formación de los jueces de restitución ha sido un reto y un camino recorrido de casi cuatro años que debe valorarse.

“El tema hay que analizarlo desde varias aristas, porque quienes ganaron el concurso están en su derecho legítimo. Lo quehay que mirar es si el tiempo que implica preparar a quienes asuman el cargo afectará la ‘fila’ que hay en los procesos de restitución. No solo hay una ‘fila’ en el trámite de solicitudes que debe atender la Unidad de Restitución sino también en los juzgados de las demandas que deben estudiar y fallar. Hay que buscar maneras de morigerar el cambio”, explico Peña.

Por su parte Laura Gutiérrez, investigadora en justicia transicional y restitución de Dejusticia, aclaró que no se referirá a la discusión sobre la carrera judicial y el concurso, pero sí sobre los interrogantes que quedan abiertos frente a la especialidad ya adquirida por los jueces de restitución: “Puedo dar testimonio que el proceso de formación ha sido largo, pues requiere de tiempo y discusiones extensas. Las diferentes organizaciones e instituciones que hemos estado involucradas en la formación de jueces especializados en restitución, hemos desarrollado unas metodologías que han contribuido a que los jueces cambien el chip de la justicia ordinaria a la transicional, cosa que no siempre es fácil”.

Gutiérrez consideró, además, que si nuevos jueces asumen la especialidad de restitución tendrán el reto de empaparse de los contextos de cada territorio, pero también de conocer qué precedentes hay en las sentencias hasta ahora proferidas.

“La complejidad de la jurisdicción de restitución es que produce precedentes horizontales pues carece de un tribunal u órgano de cierre de jurisprudencia. En la justicia ordinaria, en la que hay Altas Cortes que deciden en última instancia, la jerarquía permite acceder a jurisprudencia ya sentada que debe guiar las decisiones de jueces de menor jerarquía. La horizontalidad de un proceso judicial como el de restitución hace que los precedentes sean múltiples y de igual valor. Esto no es malo per se, pero de cara a la renovación de todos los jueces actuales, es un obstáculo que no se puede perder de vista”, indicó esta especialista.

Juan Felipe García y Claudia Medina, del Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax) y quienes vienen realizado un seguimiento a la implementación del proceso de restitución, consideran que, al igual que el Consejo Superior de la Judicatura, los ciudadanos aspiran a que sea fortalecida la carrera judicial como garantía de transparencia y prevalencia del criterio de mérito en la rama.

No obstante, precisaron que “está faltando una herramienta jurídica que le permita permanecer -o concursar en igualdad de condiciones por los cargos en propiedad- a aquellos jueces que en provisionalidad han hecho la tarea con calificaciones excelentes y han asumido una misión, incluso heroica, llevando los más complejos casos de restitución de tierras”.

Según estos investigadores, “el punto está en que los nombramientos en provisionalidad pueden ser en muchos casos irregulares y deberían sustituirse por nombramientos en propiedad para los jueces de tierras que provienen de la carrera judicial y aprobaron concursos anteriores”.

Tanto García como Medina explicaron que si bien la Corte Suprema había dicho en mayo de 2012 que se trataba de cargos transitorios por la temporalidad de la Ley (10 años prorrogables una vez), en la sentencia T-319/14 la Corte Constitucional aclaró que los cargos para jueces y magistrados creados en cumplimiento de la Ley 1448 son permanentes y, por tanto, los nombramientos deben hacerse en propiedad si se cumple con los requisitos, pues de lo contrario se estaría frente a una vulneración del debido proceso. “La pregunta es ¿a través de quémecanismo puede hacerse la corrección en los casos en que proceda?”, plantearon estos investigadores.

El Consejo Superior de la Judicatura tendrá que resolver los interrogantes planteados por los jueces especializados y restitución, así como las reflexiones planteadas por varios investigadores. Esto de cara no solo a la preparación y diligencia que exige el compromiso de restituir tierras a las víctimas, sino también a la justicia transicional acordada con la guerrilla de las Farc en La Habana.