La Corte Suprema de Justicia ordenó por primera vez excluir de los beneficios de Justicia y Paz a Edinson Valencia Arias, un desmovilizado que militó en las filas del Bloque Central Bolívar, por más de diez años.
El ex paramilitar Edinson Valencia fue condenado por el Juzgado 16 Penal del circuito de Cali, el 27 de junio de 1996, a 28 años y 6 meses de prisión, como autor del delito de homicidio.
Durante una versión libre en mayo pasado, Valencia le contó a la Fiscalía que para la época en la que cometió este crimen se encontraba en Cali desarrollando labores de inteligencia al servicio de la facción paramilitar a la que pertenecía. Además explicó que un grupo de sus compañeros lo ayudaron a fugarse de la cárcel donde purgaba la pena impuesta.
Para la Fiscalía este homicidio “no fue ejecutado ‘con ocasión’ de la pertenencia de éste al grupo paramilitar. La justicia determinó que este episodio de una riña suscitada al calor del licor y en las afueras de un establecimiento abierto al público”.
Agregó además, “que lo narrado por Valencia en su diligencia de versión libre resultaba poco creíble, entre otras razones, porque el Frente Nordeste Antioqueño del Bloque Central Bolívar de las autodefensas, con el cual se desmovilizó, no tuvo radio de acción en las ciudades en las cuales dijo él que operó a su servicio”.
Para el ente investigador resultó “particular” que el desmovilizado no recuerde quiénes integraban su grupo o los datos pertinentes de los lugares frecuentados, para no hablar del hecho de que los miembros desmovilizados del Frente no lo señalan como su compañero.
Estos argumentos fueron presentados por la Fiscalía ante Sala de Justicia y Paz de Bogotá para lograr que Valencia Arias fuera excluido del proceso. Sin embargo, el día 9 de diciembre el Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud.
Por eso la Fiscalía interpuso un recurso de apelación y el caso llegó hasta la Sala Penal de la Corte Suprema, donde con ponencia del magistrado Sigifredo Espinosa Pérez, se determinó que por este homicidio Valencia Arias debía perder los beneficios de Justicia y Paz.
El Alto Tribunal explica que “el fallo condenatorio proferido en contra de Valencia Arias, por ninguna parte dice que esté adscrito a cualquier grupo armado ilegal, y mucho menos determinó que lo ocurrido sea consecuencia de una tal militancia”.
Por lo tanto, esto implica que deberá pasar en prisión más de los ocho años que tiene contemplada la ley, y pagar el resto de la condena impuesta por el Juzgado de Cali, que no informó la fecha cuando se fugó de la cárcel.
Advierte la Corte que a pesar de esta decisión, Valencia continúa en el proceso de Justicia y Paz, hasta que la Fiscalía solicite una nueva audiencia ante la Sala de Justicia y Paz en la que demuestre que el postulado está mintiendo sobre su pertenecaa a las autodefensas.
Publicado por Colprensa