La Corte Suprema de Justicia revocó la absolución por la muerte de 36 personas a dos antiguos miembros del Bloque Sur Andaquíedes de las Autodefensas.
En segunda instancia, un Tribunal de Florencia, Caquetá, había absuelto a alias ‘Iván Darío’ y alias ‘Tolima’, por una masacre mientras eran miembros de las Autodefensas en ese departamento.
Su argumento era que la persona que los había involucrado por los hechos, un paramilitar desmovilizado, estaba recibiendo dinero por parte del gobierno por estar incluido en un programa de reinserción a la vida civil, y que por lo tanto su testimonio perdía credibilidad.
La Corte tumbó ese argumento y por el contrario encontró que el paramilitar desmovilizado que había rendido sus declaraciones y conello había involucrado en la masacre de 36 personas en diferentes momentos, tenía cómo probar lo dicho, al mostrarle a las autoridades la ubicación exacta de lasfosas comunes.
Eso sin contar con que al menos cuatro paramilitares más habían involucrado a alias ‘Tolima’ e ‘Iván Darío’ con el Bloque Sur de las Autodefensas, como comandantes de diferentes frentes.
El Bloque Sur Andaquíes de Caquetá operó en ese departamento entre en año 2000 y el 2002. Entre los municipios en los que delinquían, estaba también Belén.
La Corte determinó que los miembros de las Auc llevaban a los sospechosos de ayudar a las Farc a la finca La Coquera o a Puerto Torres, “los entregaban a otros comandantes, quienes los torturaban para obtener información, los descuartizaban, los asesinaban y finalmente los enterraban en fosas comunes, conocidas como ‘apartamentos'”.
Dentro de ese departamento, en la vereda Puerto Torres, el desmovilizado que involucró a ‘Iván Darío’ y a ‘Tolima’, dijo que habían sido torturadas y masacradas 36 personas, acusadas de ser informantes de la guerrilla. Ambos paramilitares habían además admitido haber estado adscritos a ese bloque, el primero como comandante de una escuadra y el segundo como ‘caletero’.
Pero los testigos los identificaron directamente con la comandancia de frentes que cumplían órdenes militares impartidas por alias ‘Jhon’.
La Corte, con ponencia de la magistrada María del Rosario González, quiso dejar en claro que el solo hecho de que un paramilitar cuente los crímenes que cometió e involucre a otras personas, deba creérsele todo lo dicho, aunque digan detalles puntuales; para la Sala Penal es igualmente importante que el Estado “emprenda una tarea de verificación en procura de constatar si son ciertos o no”.
La Corte por tanto condenó a los dos antiguos miembros de las Autodefensas a 40 años de prisión y a pagar una multa de $1.732 millones.
Publicado por El Espectador 25/02/2009