Corte Suprema traslada caso de coronel Mejía a Bogotá

      
La Corte Suprema de Justicia ordenó trasladar el proceso contra el coronel Hernán Mejía y otros cuatro militares por sus presuntos vínculos con paramilitares que operaron en Cesar.


La investigación contra el coronel Mejía se inició hace tres años y todavía se encuentra en etapa de juicio.

Auto sobre el cambio de radicación del proceso contra Mejía

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió trasladar desde Valledupar hacia Bogotá el proceso contra el coronel Hernán Mejía, José Pastor Ruiz Mahecha, Nelson Javier Llanos Quiñónez, Aurelio Quejada Quejada y Efraín Andrade Perea, procesados por sus presuntos vínculos con grupos paramilitares.

Los cinco militares son sindicados del delito de concierto para delinquir agravado por sus presuntos nexos como miembros del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, situado en Valledupar, con el grupo paramilitar que fue comandado por Rodrigo Tovar Pupo alias ‘Jorge 40′.

El Alto Tribunal aceptó la solicitud elevada por el Fiscal 14 Especializado de la Unidad de Derechos Humanos, quien pidió el traslado del proceso argumentando que en Valledupar “no se encuentra garantizada la seguridad e integridad personal de los sujetos procesales y de los funcionarios judiciales”.

En su petición, el Fiscal aseguró que dentro de la región aún operan autodefensas que “pueden alterar ostensiblemente la capacidad de la justicia generando ambiente impropio para el juzgamiento, lo que permite inferir que en Valledupar no existen las condiciones de imparcialidad e independencia plenas para administrar justicia”.

En este sentido, la Corte señaló que “no obstante la vigencia y aplicación de la Ley 975 de 2005, el proceso de desmovilización todavía está en trámite, de modo que la denunciada relación de los paramilitares con la clase política (y con miembros de la fuerza pública, debe agregarse ahora) participante de los acuerdos irregulares, podría continuar en algunos casos, a pesar de que dirigentes implicados se encuentren privados de la libertad, máxime que los desmovilizados cuentan aún con el apoyo de sus seguidores, lo cual comporta elevado riesgo para el normal desarrollo de la administración de justicia”.

“La Sala debe hacer uso del mecanismo del cambio de radicación en orden a precaver cualquier atentado encaminado a poner en peligro la vida de los servidores judiciales, garantizando de esa forma la tramitación y decisión de este asunto en condiciones normales”.

De igual forma, la Corte rechazó los argumentos planteados por la defensa del coronel Mejía que le pidió a la Corte en una carta que no se trasladara eel proceso considerando porque afectaría su derecho a la defensa. El coronel Mejía aseguró en su carta que “de accederse a la solicitud (del fiscal), el cambio de radicación (debería) ser ordenado a cualquier ciudad diferente a Bogotá, “a fin de evitar más injusticias en este viacrucis”.

Con esta decisión, el proceso contra los cinco militares pasa a manos de los Juzgados Especializados de Bogotá, quienes llevaran a cabo el juicio “en consideración a que la distancia y la cobertura de este distrito revisten capacidad para neutralizar las circunstancias anómalas de seguridad antes reseñadas”.

El caso contra Mejía
Desde hace tres años, el coronel Hernán Mejía Gutiérrez es investigado por presuntos nexos con paramilitares del Bloque Norte, cuando entre el 2002 y el 2004 se desempeñaba como comandante del Batallón La Popa, en Valledupar. Pero la investigación judicial ha sido difícil: han muerto dos testigos en su contra, otros se han retractado de sus declaraciones después de amenazas. Y el último episodio sucedido en octubre de 2008: la coordinadora de la unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, Sandra Castro, informó al fiscal general Mario Iguarán que el investigado estaba obstruyendo la justicia,

Los testigos Fredys Oñate y José Trinidad Pacheco, quienes tenían información sobre el supuesto vínculo que tenía Jorge 40’ con los hombres que comandaba el coronel Mejía, fueron asesinados. Oñate apareció muerto a comienzos del año pasado en Valledupar, luego de que un investigador lo ubicara y le pidiera declarar ante las autoridades lo que sabía del tema. Y Pacheco murió en Atánquez (Cesar), luego de haber rendido indagatoria.

En este último caso hay elementos que despiertan dudas: Pacheco murió luego de haber dicho en versión oficial, extrañamente, que Oñate, Randys Julio Torres y Hugues Romero (otros testigos contra Mejía) eran integrantes de las Farc.

Precisamente en octubre de 2008, en la sede de la Fiscalía en Barranquilla, se presentó otro testigo contra el coronel Hernán Mejía. Se trata del desmovilizado Guillermo Augusto de Hoyos, quien denunció haber recibido cinco mensajes de texto a su celular que lo amenazaban de muerte a él y a su familia si declaraba en una audiencia que tenía en Barranquilla, el pasado 2 de octubre, sobre el caso del coronel.

Aunque De Hoyos asistió a la audiencia, no dijo ni una palabra contra el oficial del Ejército, ya que dijo desconfiar de la Fiscalía porque no le había brindado la seguridad que necesitaba. SEMANA conoció que, en efecto, porque consideró las amenazas como reales y su testimonio como valioso para el proceso, la Fiscalía ingresó a este testigo al Programa de protección de víctimas y testigos. El problema es que De Hoyos, quien al parecer no tolera el aislamiento al que debe someterse como testigo protegido, por decisión propia se ha salido ya en dos ocasiones. Hoy las autoridades de todos modos le están brindando protección especial.

De Hoyos, quien estuvo bajo las órdenes de alias ‘Jimmy’, comandante del Frente Mártires del Valle de Upar, asesinado a principios de 2008, aseguró que alias ‘Jimmy’ había manifestado interés en entregarse a las autoridades y confesar lo que sabía.

El caso de nexos entre paras y militares en La Popa, donde también están investigados otros dos coroneles, un teniente, dos sargentos y un cabo, podría resolverse en unos dos meses. La Fiscalía cuenta con seis testigos de estos hechos ilegales han hablado o hablarán en el proceso , además los fiscales aseguran que la fortaleza de la investigación está en la prueba técnica que comprobaría, entre otros hechos, que militares de este batallón mostraron falsos positivos a comienzos de la década del 2.000, en complicidad con los hombres de Jorge 40.

Además de persecución a testigos, la coordinadora de la unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, Sandra Castro, ha denunciado en días pasados obstrucción a la justicia por parte del coronel Hernán Mejía, quien se presenta a las audiencias con uniforme militar.

Una carta que Castro envió al fiscal general Mario Iguarán y al procurador Edgardo Maya hace un año, dice que el oficial Mejía ha acusado a los investigadores de la Fiscalía de elaborar un montaje en su contra, y que esto los ha puesto en riesgo, y por tanto se demuestra así una clara obstaculización a la justicia “que puede conducir a una decisión de exoneración de responsabilidad, pero no porque esté acreditada la inocencia del procesado, sino por la falta de pruebas generada por el temor de los testigos en afirmar sus imputaciones y de los investigadores de ahondar en la búsqueda de la verdad”.

En efecto, un funcionario de la Fiscalía está investigado disciplinariamente luego de una queja de la defensa del coronel Mejía ya que, supuestamente, no atendió las denuncias de amenazas contra el testigo José Trinidad Pacheco, asesinado el 16 de julio de 2007. Este funcionario ha realizado entrevistas a desmovilizados libres y presos para conocer si tienen algo qué decir en el caso del coronel Hernán Mejía, lo cual hace parte del oficio de un investigador judicial que está buscando la verdad. Sin embargo, Mejía y sus abogados, aseguran que el funcionario ha ofrecido millonarias prebendas y beneficios.

El coronel Mejía, quien está detenido en la sede de la PM-13 en el occidente de Bogotá, también asiste con uniforme militar a los contrainterrogatorios, hecho que según la fiscal Castro “intimida a los testigos”. Y agrega: “los hechos aquí denunciados son de inusitada gravedad y comprometen el éxito de la investigación, considerando que si bien el procesado goza de la presunción de inocencia y tiene derechos al debido proceso y a la defensa, deben éstos ponderarse con los que tienen las víctimas”.