‘Diego Vecino’, Edwar Cobos Téllez

      

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Bloque Montes de María

 

Nació el 25 de julio de 1968 en Santander. En 1994, Cobo Téllez llegó a Sucre como administrador de ‘Las Melenas’, una hacienda en la zona del golfo de Morrosquillo donde a través de las controvertidas cooperativas de seguridad Convivir, se inició en el paramilitarismo. Alias “Diego Vecino” dijo ante la fiscalía que en un principio los grupos de autodefensas hicieron presencia militar en varios municipios de Sucre, y después por medio de líderes comunitarios entraron a la vida política y social de la región.

A principios del 2000, abandonó Sucre dejándoselo a ‘Jorge 40’, y se quedó con Bolívar. Tiene en su contra, cargos de narcotráfico, de aliarse para fines criminales con el frente de Rodrigo Mercado ‘Cadena’ y de actuar como mediador para acuerdos con gobernadores vinculados a la ‘parapolítica’.

Sus versiones libres se llevaron a cabo en Barranquilla. Aunque la fiscalía tenía registradas mil novecientas sesenta y cinco víctimas, a sus audiencias llegaron unas pocas.

El pasado 17 de febrero, la Corte Suprema de Justicia negó su extadición a Estados Unidos. La justicia norteamericana lo estaba solicitando para que respondiera por delitos relacionados con narcotráfico en ese país.

Pero el Alto Tribunal consideró que ‘Diego Vecino’ no ha terminado su proceso en Justicia y Paz y por lo tanto no puede ser extraditado a Estados Unidos en donde es requerido por cargos de narcotráfico.

En el concepto, la Corte sostiene que los delitos cometidos por Vecino en Colombia deben ser juzgados con prioridad. “La Corte ha precisado que se deben privilegiar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas del accionar de los grupos armados al margen de la ley, máxime si la gravedad de los delitos imputados en el extranjero, “palidece frente a los delitos de genocidio, homicidio en persona protegida, desaparición y desplazamiento forzados, tortura y otros, cometidos durante las últimas décadas por los miembros de los grupos paramilitares desmovilizados”.

Además que tal imperativo tiene una connotación superior cuando se trata de delitos de lesa humanidad, situación en la que se encuentran los desmovilizados que han sido postulados a la Ley de Justicia y Paz, en tanto que su obligación consiste en rendir versiones libres en las que deben confesar de manera veraz y completa los delitos cometidos. 

Esta fue la segunda vez que la Corte negó la extradición de un jefe paramilitar que está vinculado en el proceso de Justicia y Paz. En agosto del 2009 negó la extradición de Luís Edgar MedinaFlórez, alias ‘Comandante Chaparro’, desmovilizado del Bloque Resistencia Tayrona de las Auc.

Alias usados: Diego Vecino

Estructura: Bloque Montes de María.

Ubicación geográfica: Los departamentos de Sucre y Bolívar.

Víctimas que le atribuye la justicia: fue acusado por la Fiscalía de ser coautor de la masacre de Mampuján en Sucre, y enfrenta un juicio. Su bloque tiene registradas 6.686 víctimas en el Sistema de Información de Justicia y Paz (SIJYP)

Número de delitos confesados: No ha enunciado ningún hecho en versión libre

Bienes entregados: El día de su desmovilización el bloque entregó 365 armas (265 largas, 75 cortas, 25 de apoyo), 93.230 unidades de munición de diferente calibre, 410 granadas, 73 radios portátiles, 11 radiosde base y 4 vehículos.

Los crímenes conocidos: La muerte de 11 personas en María La Baja, ocurrida el 10 de marzo del 2000. Las masacres de Macayepo, Chengue, Chinulito, Pigiguay y El Salado. Según El Tiempo, a su bloque “Montes de María” se le adjudica el desplazamiento forzado de 70 mil personas en Sucre, la muerte de 90 miembros de la extinta Unión Patriótica y el exterminio de organizaciones como la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (Anuc).

Fecha de desmovilización: 14 de julio del 2005

Situación a julio de 2010: La Corte Suprema negó su extradición y rinde versiones libres en Justicia y Paz. Fue condenado por un tribunal de Justicia y Paz a ocho años por el desplazamiento de Mampuján.