En fallo de segunda y última instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia les dio plena validez a los testimonios de exparamilitares que explicaron las relaciones del cacique político Luis Alfredo Ramos con las Auc. Se confirma así la condena a 95 meses de prisión. ¿Pero qué se planteó en la sentencia condenatoria sobre este departamento?

“Fue precisamente en el Departamento de Antioquia, como de ello da cuenta la historia judicial que lo atestigua inocultablemente, en donde emergieron con abrumadora fuerza grupos armados ilegales, autodefensas o carteles de la droga, que culminaron por adherir a diversos actores políticos y desencadenaron en bandas o combos que aún a la fecha constituyen motivo de desestabilidad social”, se lee en la sentencia proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte en su decisión contra Luis Alfredo Ramos Botero.

El fallo, que tuvo como ponente al magistrado Gerson Chaverra Castro, desarrolló un amplio contexto sobre el paramilitarismo en Antioquia, para sustentar lo ocurrido con Ramos Botero, a quien lo responsabilizó penalmente de aliarse con varias estructuras de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) y del crimen organizado, como la llamada ‘Oficina de Envigado’, para impulsar su campaña electoral al Senado de la República para el periodo 2002-2006 a cambio de gestiones legislativas y para la Gobernación de Antioquia entre 2008 y 2011 con el fin de que influyera en las autoridades y “los dejara trabajar”.

Con esa decisión, el alto tribunal resolvió el recurso de apelación interpuesto por el connotado político antioqueño y su defensor contra la sentencia proferida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia el 1 de octubre de 2021, y ratificó la condena a 95 meses de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado con el fin de promover grupos armados ilegales. (Leer más en: Luis Alfredo Ramos: “congresista amigo de las Auc”)

En su análisis, hizo un recuento de las organizaciones armadas ilegales de corte paramilitar que tuvieron incidencia en el departamento y “ejercieron poder de facto”, resaltando los bloques Central Bolívar, Metro, Cacique Nutibara, Bananero, Héroes de Tolová, Héroes de Granada, Mineros y Elmer Cárdenas.

Asimismo, referenció a la llamada ‘Oficina de Envigado’, una antigua estructura del crimen organizado con asiento en el área metropolitana del Valle de Aburrá que articula narcotraficantes y combos, “que permearon […] también el poder político local y nacional hasta nuestros días. Este es un conocimiento prolijamente documentado”.

¿Y cuál fue su impacto?

Audiencia de Luis Alfredo Ramos en la Corte Suprema de Justicia. Foto: Corte Suprema.
Comparecencia de Luis Alfredo Ramos (primero a la derecha) ante la Corte Suprema de Justicia. Foto: CJS

Para la Sala de Casación Penal es claro que esas organizaciones armadas ilegales tuvieron una notable influencia en el departamento de Antioquia, convirtiéndolo en uno de los más martirizados por la violencia paramilitar, que dejó una estela de sangre y miles de víctimas.

Además de ello, el alto tribunal sostuvo que las estructuras paramilitares tuvieron “un influjo […] en los procesos electorales a lo largo y ancho del departamento de Antioquia”, que fue “notable a través de mecanismos de intimidación, compra de apoyos, así como mediante la complicidad de algunos miembros integrantes de la policía, las Fuerzas Militares y líderes políticos”.

Citando varias decisiones condenatorias contra otros congresistas, expuso que las organizaciones paramilitares, además de fusionarse “en determinados escenarios, con las fuerzas militares del Estado y con el narcotráfico”, también hicieron lo propio “con autoridades públicas del orden local, regional y nacional”.

De esa manera, insistió, influyeron “en forma preponderante en procesos electorales, mediante el apoyo directo o indirecto a aquellos candidatos afines a sus propósitos e intereses, a través de la compra de votos, propaganda, soborno a funcionarios, financiación subrepticia de campañas políticas [y] prácticas indebidas de presión a electores que llevaban implícita la mediación de pactos corruptos”.

Para sustentar esas afirmaciones, la magistratura también se respaldó en las declaraciones de los otrora jefes paramilitares Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’: Rodrigo Pérez Alzate, alias ‘Julián Bolívar’; Freddy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’; Iván Roberto Duque, alias ‘Ernesto Báez’; Pablo Hernán Sierra, alias ‘Alberto Guerrero’; Hebert Veloza, alias ‘HH’; y Raúl Emilio Hasbún, alias ‘Pedro Bonito’.

El fallo hace referencia a dos testimonios dados por alias ‘Don Berna’ el 1 de agosto de 2013 y el 26 de febrero de2014 desde su sitio de reclusión en Estados Unidos, a donde fue extraditado en mayo de 2008 junto a un grupo de antiguos jefes de estructuras paramilitares ligadas a las Auc. Para el alto tribunal no hay “margen a dudas, que dentro del ámbito de influencia de los paramilitares no existía oportunidad de que un candidato a elecciones lo fuera sin su beneplácito”.

De lo dicho por alias ‘Don Berna’ la Sala de Casación infirió que tanto el municipio de Medellín como el de Bello “estuvieron bajo el absoluto control de la Oficina de Envigado” y con relación a la capital antioqueña “aseguró que todos los políticos de Medellín de alguna manera u otra tenían relación con ellos, toda vez que había barrios a los que no se podía acceder sin su autorización”.

Si bien la sentencia precisó que los apoyos políticos no son en sí delictivos, lo ilícito se adquiere cuando “se ofrece por un grupo armado que controla y tiene poder general en un sector de potenciales electores” y, especialmente, cuando “el acceso a zonas determinadas de población o para hacer política, sólo era posible si el grupo armado lo permitía, o en todo caso con su aquiescencia”.

Aparece fachada

Grafitti alusivo a la Corporación Democracia en una de las calles del la comuna centro-oriental de Medellín. Foto: Juan Diego Restrepo E.

Un especial interés quedó evidenciado en el fallo condenatorio sobre la Corporación Democracia, organización no gubernamental creada en Medellín el 16 de enero de 2004 por desmovilizados del Bloque Cacique Nutibara a la que luego se acogieron los reinsertados del Bloque Héroes de Granada, alcanzando cerca de 4 mil asociados. Ambas estructuras criminales, así como esa institución, seguían las directrices de alias ‘Don Berna’.

De acuerdo con el documento de constitución, esta corporación se creó con el objetivo de fortalecer social y económicamente el proceso de reincorporación de los exparamilitares desmovilizados bajo los acuerdos con el Estado colombiano, permitiéndole gestionar contratos, acuerdos y convenios con entidades públicas y privadas.

Su origen se gestó el 10 de diciembre de 2002 con la firma del Acuerdo de paz entre el Gobierno Nacional y los reincorporados del Bloque Cacique de las Autodefensas Unidas de Colombia. Ese documento fue rubricado por Fabio Acevedo Monsalve, Giovanni Marín y Jaime Oviedo Ávila, como miembros representantes de los desmovilizados del Bloque Cacique Nutibara; el Alto Comisionado de Paz Luis Carlos Restrepo por el gobierno nacional; y como testigos, Luis Pérez Gutiérrez, alcalde de Medellín (2000-2003); y Sergio Fajardo, alcalde electo (2004-2007).

Según estableció este documento, “el Gobierno Nacional reconoce a la organización no gubernamental denominada Corporación Democracia como la organización representante de los reincorporados del Bloque Cacique Nutibara, con quien se mantendrá una interlocución permanente para el seguimiento, desarrollo y apoyo del proceso de reincorporación”.

No obstante, su trabajo y presencia en los barrios de Medellín fue cuestionada no sólo por las comunidades, sino por organizaciones defensoras de derechos humanos que veían en esa corporación una estrategia para mantener la hegemonía que lograron con el brazalete de las Auc.

Casi dos décadas después, la Sala de Casación Penal de la Corte retomó ese tema para reiterar que “la Corporación Democracia fue una fachada de la ‘Oficina de Envigado’” a través de la cual “se manejaban por igual los apoyos económicos y de otra clase a políticos, pero también se daban órdenes para la ejecución de actividades criminales y se proveían armas”.

Al cuerpo directivo de esa corporación pertenecieron dos antiguos miembros de la llamada ‘Oficina de Envigado’: Daniel Alberto Mejía Ángel, alias ‘Danielito’, y Carlos Mario Aguilar Echeverri, alias ‘Rogelio’. Ambos le pusieron la impronta de esa organización criminal y fortalecieron sus prácticas ilegales. El primero fue desaparecido en 2006 y su cuerpo jamás hallado; y el segundo se entregó en 2008 a las autoridades norteamericanas para responder por delitos asociados al tráfico de drogas.

Esa caracterización de la Sala Penal de la Corte coincidió con la expuesta en abril de 2009 por la Fiscal 14 especializada de Bogotá, Berta Cecilia Díaz Neira. Durante la legalización de la captura e imputación de cargos ante un juez de garantías de José Leonardo Muñoz Martínez, conocido con el alias de ‘Douglas’, quien estaba al frente de la llamada ‘Oficina de Envigado’ en reemplazo de alias ‘Rogelio’, aseveró que la Corporación Democracia “era el brazo político” de esa estructura criminal.

Lo particular de este caso es que el primer presidente de esa corporación y su rostro más visible, Jovani Marín Zapata, nunca fue judicializado y desapareció de cualquier escenario público de reincorporación de las Auc. (Leer más en: El ocaso de la Corporación Democracia)

Detalles de la condena

Luis Alfredo Ramos fue uno de los grandes electores de Antioquia y de los líderes del Partido Conservador. Fotograma tomado de Twitter.

Ramos Botero no es una figura marginal de la política antioqueña; por el contrario, es uno de sus más connotados representantes. Surgido de la empresa privada bajo el padrinazgo de Augusto López Valencia en Cervecería Unión, fue elegido para la Cámara de Representantes durante los períodos 1982-1986 y 1986-1990, así como al Senado de la República en los períodos 1990-1994 y 2002-2006.

Alternó los cargos de congresista con el de Alcalde de Medellín entre 1992 y 1994; Embajador de Colombia ante la Organización de Estados Americanos entre 1998 y 2001; y Gobernador de Antioquia de 2008 a 2011.

Forjado políticamente en el Partido Conservador, creó su propio movimiento, llamado Equipo Colombia, impulsado por su figura y representatividad. Sus logros electorales al Senado de la República para el periodo 2002-2006 fueron destacables: obtuvo la mayor votación para esa corporación legislativa (217.952 votos) y con ello tres escaños (el suyo y el de Gabriel Ignacio Zapata Correa y Jaime Bravo Mota).

Adicional a ello, adhirió su movimiento a la campaña por la Presidencia de la República del entonces candidato Álvaro Uribe Vélez, quien a la postre ganó en primera vuelta para el periodo 2002-2006.

El éxito electoral de Ramos Botero se refrendó en las elecciones legislativas de 2006. Tras la fusión con el grupo orientado por el cacique político del Cesar Álvaro Araujo, crearon el movimiento ALAS-Equipo Colombia, obteniendo 418.124 votos y cinco escaños en el Senado de la República. Además, consolidaron su apoyo a la reelección de Uribe Vélez (2006-2010).

El político antioqueño renunció a su curul en 2007 y se candidatizó para la Gobernación de Antioquia para el periodo 2008-2011, ganando con solvencia: obtuvo 848.031 votos.

Lo que se vendría a saber después, con la comparecencia de varios exjefes paramilitares y narcotraficantes ante tribunales de justicia transicional, es que por varios años apoyaron económicamente las aspiraciones de Ramos Botero al Congreso de la Republica y a la Gobernación de Antioquia.

Al revisar la apelación de su caso, la Sala de Casación Penal de la Corte concluyó que, efectivamente, Ramos Botero se concertó con varias estructuras de las AUC y dándole validez a los testimonios en su contra, determinó que “se logró conocer que en forma directa o indirecta se produjeron apoyos personales o a sus campañas políticas por ser considerado afín a su causa”.

En su decisión, consignada en un documento de 154 páginas y divulgada el pasado miércoles, esta alta instancia judicial abordó dos temas centrales con respecto a Ramos Botero: los apoyos económicos brindados para financiar sus campañas políticas; y el respaldo que este cacique político le dio en el Senado de la República al trámite de una ley de alternatividad penal que les daría estatus político a los paramilitares, lo que les garantizaría un alto nivel de impunidad por los crímenes cometidos

Dinero ilegal

Luis Alfredo Ramos en compañía de Álvaro Uribe Vélez en un encuentro con la comunidad cuando el primero fungía como Gobernador de Antioquia y el segundo como Presidente de la República. Foto: Juan Diego Restrepo E.

El alto tribunal consolidó información a partir de testimonios de exparamilitares y narcotraficantes sobre los aportes económicos a las campañas de Ramos Botero. Una de las primeras declaraciones la rindió en mayo de 2007 José Raúl Mira Vélez, quien integró el Bloque Metro desde los 13 años de edad.

Aseveró en una declaración que esa estructura armada ilegal, que consolidó un ‘cartel de la gasolina’, hurtando hidrocarburos de las tuberías de Ecopetrol en el Nordeste antioqueño, sostuvo contactos con el político desde finales del año 2000 hasta el 2003.

Mira Vélez aseguró que los acuerdos con Ramos Botero consistieron en intercambiar apoyo económico, razón por la cual le habrían entregado 500 millones de pesos y le ofrecieron “actividades de persuasión a electores”, para que, según la Corte, “las bandas o combos criminales (como La Terraza y La Pachelly) siguieran operando de manera ordenada en Medellín a efecto de limpiar la ciudad”.

Otro de los testimonios contra Ramos Botero fue el entregado a las autoridades judiciales por el exparamilitar y narcotraficante Juan Carlos Sierra Ramírez, conocido en el mundo criminal con el alias de ‘El Tuso Sierra’, oriundo del municipio de Andes, suroeste antiqueño.

En una declaración dada en junio de 2010 desde su sitio de reclusión en Estados Unidos, donde purgaba en ese momento una condena por delitos asociados al narcotráfico, aseveró que aportó diez millones de pesos a la campaña de Ramos Botero a través de un hombre de confianza de ambos: Francisco Zapata Ospina, un antiguo funcionario de la Gobernación de Antioquia y exdiputado a la Asamblea de Antioquia por el movimiento Equipo Colombia. Ese testimonio fue ratificado en mayo de 2011.

En el proceso, la Sala de Casación Penal también le dio crédito a un testigo, Andrés Vélez Franco, quien detalló en versión entregada a fiscales y jueces en junio de 2011 y enero de 2015 que Ramos Botero hacía parte de una lista de políticos cercanos a las Auc que había que apoyar y que, efectivamente, uno de los aportes lo habría dado el entonces jefe paramilitar Miguel Arroyave, del Bloque Centauros, que operó en los Llanos Orientales.

“Estamos hablando antes de las elecciones y a Luis Alfredo Ramos, digamos el interés de Arroyave en Luis Alfredo Ramos era superior al de cualquier otro político, pues ya sabían que iba a ser senador y presidente del Senado. Recuerde que él fue el Presidente del Senado en el 2002. Eso ya estaba cocinado”, declaró Vélez Franco.

Si bien la defensa del cacique político antioqueño reiteró que “ningún dinero ilegal ingresó al partido político o a la campaña de Ramos Botero” y planteó como prueba la cotejación con los libros de contabilidad y los testimonios de quienes tuvieron a cargo la responsabilidad de llevar esas cuentas, la Sala de Casación Penal de la Corte estableció que se “parte de una premisa carente de una seria y válida ponderación, pues evidentemente ningún dinero ilegal es reportado en los libros con los que se pretende formalizar ante el Consejo Nacional Electoral los gastos de una campaña”.

¿Y qué se pretendía con esos apoyos? Franco Vélez fue claro en su declaración: “Todo este apoyo a estos políticos tenía un objetivo, esto me lo dijo Arroyave, que en la Ley de Justicia y Paz se diera el delito político, de sedición”.

Ley favorable

El entonces gobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, rodeado de campesinos en el Bajo Cauca antioqueño. Foto: Juan Diego Restrepo E.

Con la llegada de Uribe Vélez a la Presidencia el 7 agosto de 2002, los entonces jefes paramilitares de las Auc comenzaron a pensar en acuerdos políticos para ponerle fin a la confrontación con las guerrillas y al desangre de las comunidades, y acogerse a un plan de reincorporación de sus integrantes a la vida legal.

Para ello requerían una legislación favorable que, entre otras cosas, les garantizara, además del delito de sedición, la no extradición a Estados Unidos para que respondieran por delitos asociados al tráfico de drogas, pues sobre varios de los jefes de las Auc pesaban peticiones del gobierno norteamericano.

El trámite de una ley bajo esas condiciones requería de todos aquellos senadores y representantes a la Cámara que recibieron apoyo de esa organización paramilitar, entre ellos, según el alto tribunal, Ramos Botero. Para hablar del tema, se reunió con varios jefes paramilitares en una finca de zona rural del municipio de Bello, de propiedad de Hugo Albeiro Quintero, un empresario del transporte público de pasajeros que fue procesado por sus nexos con grupos armados ilegales.

De acuerdo con varios testimonios, en ese encuentro, realizado en los primeros meses del año 2005, se discutió con Ramos Botero el trámite de la ley que crearía las condiciones normativas para enfrentarse a la justicia y lograr un alto nivel de impunidad y que ese momento estaba siendo discutida en el Congreso.

Después de muchas discusiones, finalmente se aprobó el proyecto que dio origen la Ley 975, expedida el 25 de julio de 2005. En su articulado se incluyó, como lo habían sugerido los jefes paramilitares, el delito de sedición, y la extradición sólo sería aplicable para aquellos que continuaran delinquiendo.

No obstante, en su revisión, la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo que contenía el reconocimiento a los paramilitares como sediciosos “por vicios de procedimiento en su formación”, según la Sentencia C-370/06, proferida el 18 de mayo de 2006.

Para la Sala de Casación Penal de la Corte, aquella reunión en zona rural del municipio de Bello fue “un acto secreto, furtivo, indudablemente clandestino e ilegal, sólo explicable por supuesto por la índole de los sujetos, el momento y el objetivo que entrañaba; esto es, dirigido a promover a los integrantes de esa delincuencia organizada, concediéndoles un reconocimiento y un status que no podían tener, por las actividades al margen de la ley a las que se dedicaban”.

La decisión contra Ramos Botero se suma a once sanciones penales proferidas contra políticos antioqueños entre los años 2007 (cuando se dictó la primera sentencia) y abril de 2022. Los fallos condenatorios cobijan a los congresistas Rocío Arias Hoyos; Humberto de Jesús Builes Correa; Rubén Darío Quintero Villada; Ramon Antonio Valencia Duque; Mario Uribe Escobar; Cesar Augusto Andrade Moreno; Jesús Enrique Doval Urango; Manuel Darío Ávila Peralta; Etanislao Ortiz Lara; Oscar de Jesús Suarez Mira; y Guillermo León Gaviria Zapata.

A instancias internacionales

La revisión de su expediente permite establecer que tuvo todas las garantías procesales, pues fue juzgado bajo la doble instancia de juzgamiento, creada a partir del Acto Legislativo 01 de enero de 2018, mediante el cual se estableció que el primer juez para los aforados es la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte y la apelación quedaba bajo la tutela de la Sala de Casación Penal del alto tribunal, cuya decisión es de segunda instancia y definitiva.

Hasta antes de esa modificación, los fallos contra los llamados ‘parapolíticos’ eran de única instancia e inapelables, lo que generó un fuerte debate internacional que terminó con la adopción de cambios constitucionales para ofrecer mejores garantías procesales a los imputados.

Pese a ello, Botero Ramos considera que es un “perseguido político” y a través de la firma Víctor Mosquera Marín Abogados rechazó el fallo de la Corte indicando que “se han violentado y cercenado todas sus garantías judiciales internacionalmente reconocidas”, argumentando, entre otros aspectos, que el alto tribunal hubiese permitido que se “filtrara a los medios de comunicación proyectos no discutidos de sentencias condenatorias”, lo que habría ocasionado que se le vulneraran sus “derechos fundamentales al debido proceso y la presunción de inocencia”.

El político y sus abogados reiteraron que el proceso se basó en testimonios de personas que “se encuentran imputadas por la Fiscalía por el delito de Falso Testimonio y que hacen parte de un carrusel de falsos testigos”. Cabe destacar que dos de los testigos fueron asesinados: Carlos Enrique Areiza Arango y José Raúl Mira Vélez.

Finalmente, esa firma de abogados informó a través de su cuenta en la red social Twitter que acudirán “a todas las instancias nacionales e internacionales necesarias” para exponer lo que calificaron de “injusta condena”.

Más allá de las reacciones de Ramos Botero y sus defensores, la Corte Suprema de Justicia impuso nuevamente la tesis de que este tipo de alianzas, como las que pactó el político antioqueño para obtener beneficios electorales a cambio de trámites legislativos favorables a la causa paramilitar, “refleja como correlato de su parte, el patrocinio, impulso o promoción de la organización, pues como ha quedado en claro, dicha connivencia terminó necesariamente fortaleciendo, consolidando y afianzando la estructura ilegal”.