A esa conclusión llegó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de condena contra el Estado colombiano dada a conocer este lunes. En apartes de la decisión, lanzó fuertes críticas a la institucionalidad por no frenar ese desangre y deja claro que tuvo participación directa e indirecta en los crímenes.
Una dura condena contra el Estado colombiano acaba de proferir la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) tras encontrarlo responsable y condenarlo por los hechos que condujeron al exterminio de partido político Unión Patriótica (UP), que dejó más de 8 mil muertos entre dirigentes, militantes y simpatizantes en el país, y otros tantos desaparecidos, torturados y desplazados.
De acuerdo con las valoraciones realizadas por este tribunal internacional, detrás de esos asesinatos selectivos, ocurridos desde mediados de la década de los años ochenta hasta entrado el siglo XXI, hubo una alianza “entre grupos paramilitares, con sectores de la política tradicional, de la fuerza pública y de los grupos empresariales, para contrarrestar la subida en la arena política de la UP”.
Se trataba de frenar el ascenso político de este partido, que vio la vida el 28 de mayo de 1985 tras un acuerdo preliminar suscrito por el gobierno del entonces presidente de la República, Belisario Betancur (1982-1986), y el Secretariado de la extinta guerrilla de las Farc, como parte de los diálogos de paz que se venían teniendo en las montañas del suroriente del país con el fin de alcanzar una salida negociada a la confrontación armada.
De acuerdo con lo pactado entre las partes, el gobierno nacional se comprometió, según la Corte IDH, a “otorgar las garantías y seguridades indispensables para que la UP pudiera actuar en las mismas condiciones que los demás partidos políticos”.
Con ese aparente respaldo, la UP obtuvo éxitos rotundos en los comicios locales y regionales entre 1986 y 1994, alcanzando varias curules en el Senado y la Cámara de Representantes, así como en Concejos, Asambleas, Alcaldías y la Asamblea Nacional Constituyente de 1990, cuya primera presidenta fue Aida Avella, integrante de ese nuevo movimiento político. Además, participó en las elecciones presidenciales de 1986 y 1990 con las candidaturas de Jaime Pardo Leal y de Bernardo Jaramillo Ossa, respectivamente.
Pero el Estado, a través de sus diversas instituciones, no cumplió con lo prometido. Ante los resultados electorales, la reacción fue en extremo violenta y comenzaron a acribillar a sus simpatizantes, integrantes y dirigentes, entre ellos a Pardo Leal, quien fue asesinado el 11 de octubre de 1987, y a Jaramillo Ossa, muerto el 22 de marzo de 1990.
A finales de la década de los años ochenta y durante los noventa, sus cerca de 190 mil militantes carnetizados, enfrentaron graves señalamientos que provenían de diversos sectores estatales, políticos y económicos, que reiteraban que la UP era el “brazo político de la guerrilla”, pese a que desde febrero de 1987 habían decidido separar a la extinta guerrilla de su actividad política.
La decisión de la Corte IDH fue celebrada por las víctimas de la UP, quienes tuvieron que esperar 29 años para que la justicia internacional se pronunciara y condenara al Estado colombiano por los crímenes cometidos contra sus integrantes y simpatizantes. Justamente Avella, en diálogo con este portal, calificó este lunes como “el día de la justicia”.
Exacerbar el odio
En sus argumentaciones, la Corte IDH estableció que los crímenes perpetrados contra integrantes de la UP estuvieron precedidos por “declaraciones de altas autoridades que asociaban a la Unión Patriótica con los grupos guerrilleros de las FARC y que pudieron legitimar, contribuir, y fomentar la violencia, aún la de los actores no estatales”.
Al respecto, este tribunal recordó que en otros casos tratados allí que “la violencia, alimentada por discursos de odio, puede dar lugar a crímenes de odio”. En ese sentido, referenció declaraciones de varios funcionarios de gobierno que alimentaban ese sentimiento.
En el acervo probatorio que reposa en el expediente se encuentran declaraciones dadas a la prensa por altos funcionarios del gobierno del entonces presidente Virgilio Barco (1986-1990) que reiteraban la estigmatización contra la UP como frases como “[…] usted sabe muy bien que las FARC eran el brazo armado del Partido Comunista y que el Partido Comunista se llama hoy UP” y “[…] en las elecciones del 11 de marzo el país votó contra la violencia y derrotó al brazo político de las FARC, que es la Unión Patriótica”.
Esos señalamientos contra una fuerza política en crecimiento y consolidación exacerbaron el sentimiento anticomunista y, de acuerdo con la Corte IDH, se convertirían en las justificaciones “de las fuerzas del orden y de grupos paramilitares en contra de militantes y dirigentes de la UP”.
Este tribunal recoge las valoraciones realizadas por el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) consignadas en su informe “Todo pasó frente a nuestros ojos. El genocidio de la Unión Patriótica 1984-2002” para resaltar que la violencia contra los integrantes y simpatizantes de la UP tuvo una alta dosis de selectividad.
De esa forma – agregó la Corte citando al CNMH –“cuando se perpetran crímenes todos los días, pero con una, dos o tres víctimas, el mecanismo opaca las dimensiones, apuntala la impunidad y la negación, dificulta su investigación, reduce su notoriedad y minimiza o niega los hechos”.
Y complementó: “[…] el nivel de prevalencia de los asesinatos selectivos y las desapariciones forzadas sobre quienes ejercían liderazgos y funciones de representación apuntaba a dejar acéfala a la UP y buscaba que el movimiento político colapsara por la pervivencia de una violencia que mataba o desparecía”.
De acuerdo con los análisis del CNMH, la violencia contra los militantes de la UP atravesó por cuatro períodos: “El primero va de 1984 a 1988 y se caracteriza por una violencia con tendencia creciente que tiene su momento crítico en 1988. Coincide con la creación de la UP hasta su umbral de éxito político como tercera fuerza en las elecciones legislativas y presidenciales de 1986 y las elecciones locales y regionales de 1988. Es durante este período que se registra la mayor participación de agentes del Estado de forma directa”.
El segundo período va desde 1989 hasta 1994 y de acuerdo con el CNMH “se caracteriza por un decrecimiento de la violencia, aunque esta se mantiene. Los hechos de violencia en este período se centran en la dirigencia local, regional y nacional” y son los grupos paramilitares los que cobrarán protagonismo en los ataques contra la UP.
El tercer período se centra entre 1995 y 1997 y se destaca “por ser el más violento”, en particular en la región del Urabá antioqueño, donde la UP se fortaleció políticamente y obtuvo resultados electorales significativos. En ese periodo, y en esa zona del país, se consolidaba el proyecto paramilitar en alianza con sectores de la Fuerza Pública, ganaderos, bananeros y políticos locales y regionales. (Leer más en: César Pérez y el exterminio de la UP en Antioquia)
El último período propuesto por le CNMH va desde 1998 hasta 2002 “y está marcado por un primer período de decrecimiento de la violencia, para luego vivir un recrudecimiento de esta. Esta fase se distingue por una mayor prevalencia de la violencia no letal, en particular del desplazamiento forzado y las amenazas”.
De acuerdo con el Informe Final presentado a mediados del año pasado por la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad, la cifra de víctimas de la UP llegó a por lo menos 8.300 casos, lo que se convierte en una “cifra inédita de lo que hasta ahora se consideraba la victimización de este partido político”.
Las balas y las intimidaciones contra la dirigencia y la base social y política de la UP tuvieron sus efectos: el 30 de septiembre de 2002, mediante la Resolución No. 5659, el Consejo Nacional Electoral resolvió suprimir la personería jurídica de ese partido político. Esa decisión se erigió sobre más de 8 mil muertos, así como de otros tantos desaparecidos, torturados y desplazados.
Ante una demanda presentada contra esa decisión, el Consejo de Estado ordenó restablecerle la personería mediante fallo proferido el 4 de julio de 2013.
Detrás de esa tragedia se erigió un aparato criminal en el que confluyeron múltiples intereses, legales e ilegales, con un punto en común: su radical postura anticomunista y antisubversiva.
Articulación de violencia
Para la Corte IDH, los perpetradores de los crímenes contra la dirigencia y militancia de la UP provenía de grupos paramilitares y de agentes estatales, sobre todo de miembros del Ejército Nacional y la Policía, y respalda esa apreciación en pronunciamientos de agencias multilaterales.
“En el ámbito internacional –expuso ese tribunal– los Relatores Especiales de Naciones Unidas sobre la cuestión de la tortura y sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, indicaron que los responsables por los actos de violencia en contra de miembros de la Unión Patriótica parecían ser en algunos casos los grupos paramilitares, sicarios bajo las órdenes de dueños de tierras y narcotraficantes, así como miembros de las fuerzas de seguridad del Estado”.
En el fallo también se recogen los análisis que viene haciendo la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que, justamente, abrió el Caso 06, para investigar los crímenes contra dirigentes, militantes y simpatizantes de la UP.
La Corte IDH destacó la visión que tiene la JEP sobre la relación entre fuerzas paramilitares y agentes del Estado: […] “la violencia material y directa en contra de los miembros de la UP fue masivamente ejecutada por grupos paramilitares, pero que en un conjunto de crímenes cometidos por estructuras paramilitares contra la militancia upecista, hubo contribuciones sistemáticas de agentes estatales pertenecientes a unidades operativas de la Fuerza Pública”.
Y retomó esta conclusión: “[…] en hechos de violencia en contra de militantes upecistas hubo contribución sistemática de agentes estatales pertenecientes a unidades operativas de la Fuerza Pública, aun cuando la ejecución material de los crímenes corrió por cuenta de grupos paramilitares”.
Cifras de la base de datos del Observatorio de Memoria y Conflicto del CNMH incluidas en el fallo proferido por la Corte IDH indican que “entre los 2.967 casos en los que se reconoce el presunto perpetrador, 71.5% fueron perpetrados por grupos paramilitares, 16.4% por agentes de Estado y 6.2% por agentes de Estado en acción conjunta con los grupos paramilitares”.
Al respecto, el CNMH aseveró en su informe que “la participación de los agentes de Estado no se restringió a las acciones directas perpetradas de forma clandestina o a las acciones conjuntas con los grupos paramilitares, también a la omisión frente al accionar de los grupos paramilitares, lo que se reitera una y otra vez en las denuncias de la violencia contra la UP. Omisiones que en muchos casos respondieron más a una intencionalidad que a una limitación de recursos para reaccionar”.
A esa visión se sumó el entonces presidente de la República, Juan Manuel Santos (2010-2018). En respuesta a un compromiso acordado con la extinta guerrilla de las Farc realizado el 15 de septiembre de 2016, el mandatario admitió la responsabilidad del Estado en los crímenes contra la UP y reconoció que “el Estado no tomó medidas suficientes para impedir y prevenir los asesinatos, los atentados y las demás violaciones, a pesar de la evidencia palmaria de que esa persecución estaba en marcha”.
La Corte IDH evocó la sentencia T-439-92 de la Corte Constitucional para reiterar la responsabilidad del Estado en los crímenes perpetrados contra dirigentes, militantes y simpatizantes de la UP. En esa decisión, el alto tribunal colombiano aseveró que “las simples cifras de muertes y desapariciones de sus militantes o simpatizantes durante los años 1985 a 1992, suministradas por la Unión Patriótica a esta Corte, muestran de manera fehaciente la dimensión objetiva de la persecución política contra ella desatada, sin que por parte del Estado se hubieran tomado las medidas suficientes para garantizar su protección especial como partido político minoritario, sistemáticamente diezmado a pesar de su reconocimiento oficial”.
Para el tribunal internacional, “todos estos datos, demuestran el carácter sistemático y la voluntad de eliminar a la UP como fuerza política”. A lo que debe sumarse el tejido de impunidad que rodea esos crímenes. De acuerdo con la sentencia de la Corte IDH, “las investigaciones sobre esos hechos de violencia no fueron efectivas y estos se caracterizan por altos índices de impunidad que operaron como formas de tolerancia por parte de las autoridades frente a los mismos”.
El Estado, responsable
En los análisis finales, la Corte IDH reiteró el carácter sistemático de la violencia ejercida contra dirigentes, militantes y simpatizantes de la UP, expresada a través de diversos actos “de distinta naturaleza como desapariciones forzadas, masacres, ejecuciones extrajudiciales y asesinatos, amenazas, atentados, actos diversos de estigmatización, judicializaciones indebidas, torturas, desplazamientos forzados, entre otros”.
Y volvió sobre la responsabilidad del Estado colombiano en esos crímenes. Para ese tribunal, dichos actos “constituyeron una forma de exterminio sistemático contra el partido político Unión Patriótica y sus miembros y militantes y contaron con la participación de agentes estatales, y con la tolerancia y aquiescencia de las autoridades”.
“Esos hechos –agregó– fueron protagonizados por actores estatales y por terceros que contaron con la tolerancia, la colaboración, la aquiescencia o la falta de prevención de las autoridades. También se ha verificado que esa violencia ha sido caracterizada como sistemática y que la misma constituyó una forma de ‘exterminio’ y asesinato masivo”.
La Corte IDH insistió en que el exterminio sistemático que enfrentó la UP se orientó a eliminarlo como fuerza política en crecimiento y consolidación, y precisó que “existe una relación directa entre el surgimiento, la actividad y el apoyo electoral a la UP y el homicidio de sus militantes y dirigentes en regiones donde la presencia de estos grupos fue interpretada como un riesgo al mantenimiento de los privilegios de ciertos sectores”. (Leer más en: Exterminio de la UP fue un genocidio político)
“Para esta Corte –complementó– todo el emprendimiento sistemático contra los dirigentes y militantes de la Unión Patriótica configura un crimen contra la humanidad, porque es claro que las acciones y omisiones o aquiescencias estatales emprendidas con el propósito de aniquilamiento de un grupo humano de cualquier naturaleza configuran siempre un crimen de lesa humanidad”.
Con respecto a las relaciones del Estado con organizaciones armadas de origen paramilitar, la sentencia fue particularmente dura al dejar clara la comprobación “en distintos períodos y contextos geográficos, [de] la existencia de vínculos entre miembros de actores estatales de Colombia y grupos paramilitares”.
Según ese tribunal, ese vínculo habría consistido en dos aspectos concretos: de un lado, en “acciones concretas de colaboración, tolerancia, aquiescencia, apoyo o colaboración”; y de otro, en “omisiones que permitieron o facilitaron la comisión de graves delitos por parte de actores no estatales”. En resumidas cuentas, agregó, “el vínculo de la Fuerza Pública con el paramilitarismo en Colombia ha sido un hecho notorio e innegable y encuentra sustento en varias fuentes internacionales, nacionales y oficiales del Estado colombiano, incluyendo su Poder Judicial”.
La Corte fue contundente al precisar que “las acciones llevadas a cabo por los paramilitares contra los integrantes y militantes de la UP podrían ser atribuibles al Estado en la medida que hasta 1989, cuando la Corte Suprema de Justicia se pronunció sobre la inconstitucionalidad del Decreto 3398, actuaron bajo el auspicio legal del Estado”.
El decreto referido fue promulgado el 24 de diciembre de 1965 por el entonces presidente de la República Guillermo León Valencia y todo su gabinete. En esa norma se “ordenó la defensa nacional” e incluyó la creación de grupos de “autodefensa civil” y el amparo de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas por parte de las autoridades. La medida, que inicialmente fue transitoria, se convirtió en permanente mediante la Ley 48 de 1968.
Solo mediante sentencia emitida el 25 de mayo de 1989, la Corte Suprema de Justicia declaró “inexequible” la disposición que autorizaba el porte de ese tipo de armas.
En su valoración de ese entramado normativo, la Corte IDH conceptuó que en las fechas comprendidas entre 1965 y 1989 “se puede considerar que los grupos paramilitares ejercían atribuciones de poder público, por lo cual sus acciones podrían responsabilizar directamente al Estado por una falta al deber de respeto sin que sea necesario mayor análisis sobre la participación de un actor estatal o sobre la obligación de prevención a cargo del Estado”.
Teniendo en cuenta, además, distintos pronunciamientos de autoridades estatales y de organismos internacionales, ese tribunal concluyó que “existen claros patrones de participación estatal tanto de manera directa como mediante actos de aquiescencia, tolerancia y colaboración en los hechos de violencia sistemática con los integrantes y militantes de la UP”.
Con respecto a los altos niveles de impunidad, el fallo ahondó en sus implicaciones y consideró que “esas faltas al deber de prevenir o de investigar, tuvieron en este caso efectos que se extienden más allá de una omisión constitutiva de responsabilidad indirecta por parte del Estado y operaron como una forma de tolerancia generalizada y estructural frente a los hechos de violencia contra los integrantes de la UP, la cual propició que los mismos continuaran produciéndose”.
En conclusión, sentenció la Corte IDH, “existen diversos elementos que permiten concluir que en el caso existe una responsabilidad internacional del Estado por incumplimiento de su deber de respetar los derechos humanos de los integrantes y militantes de la Unión Patriótica, aún en las situaciones en las cuales solo se ha podido comprobar una falta al deber de prevención y/o de investigación”.
Y agregó: “En la determinación de la atribución al Estado de los hechos que vulneraron las obligaciones internacionales, se superponen formas responsabilidad directa que se desprenden tanto de la participación directa de agentes estatales y de actores no estatales, en diferentes momentos de los hechos de violencia contra los integrantes y militantes de la Unión Patriótica, como de diversos mecanismos de tolerancia, aquiescencia y colaboración, en los términos expuestos”.
Medidas de reparación
Tras condenar al Estado colombiano, la Corte IDH planteó varias medidas que se deberán adoptar en el corto, mediano y largo plazo para reparar a las víctimas, en consonancia con lo dispuesto en la Convención Americana que en uno de sus apartes indica que “toda violación de una obligación internacional que haya producido daño comporta el deber de repararlo adecuadamente, y que esa disposición recoge una norma consuetudinaria que constituye uno de los principios fundamentales del derecho internacional contemporáneo sobre responsabilidad de un Estado”.
En consecuencia, este tribunal dispuso, entre otras medidas, que el Estado colombiano debe “iniciar, impulsar, reabrir, dirigir y continuar, en un plazo no mayor de dos años, y concluir, en un plazo razonable y con la mayor diligencia investigaciones amplias y sistemáticas y con los procesos pertinentes, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos y determinar las responsabilidades penales que pudieran existir, y remover todos los obstáculos de facto y de jure que mantienen en la impunidad varios de los hechos relacionados con este caso”.
Con respecto a las 521 víctimas de desaparición forzada y que hacían parte de UP, se consideró necesario que el Estado “efectúe una búsqueda rigurosa por las vías que sean pertinentes, en la cual realice todos los esfuerzos para determinar, a la mayor brevedad, el paradero de las víctimas desaparecidas cuyo destino aún se desconoce, la cual deberá realizarse de manera sistemática y contar con los recursos humanos, técnicos y científicos adecuados e idóneos y, en caso de ser necesario, deberá solicitarse la cooperación de otros Estados”.
Sobre las violaciones y los daños sufridos por las víctimas de la UP, la Corte IDH estimó necesario ordenar medidas de rehabilitación orientadas a dar una atención integral y gratuita a los padecimientos físicos, psíquicos y psicosociales sufridos por las víctimas de violaciones establecidas en esta sentencia.
También dispuso que el Estado colombiano realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en Colombia, en relación con la totalidad de hechos de este caso. “En dicho acto se deberá hacer referencia a las violaciones de derechos humanos declaradas en la presente sentencia. Asimismo, deberá llevarse a cabo mediante una ceremonia pública en presencia de altos funcionarios del Estado y las víctimas del caso”.
Y entre las medidas de reparación se incluyó la orden de realizar una campaña nacional en medios públicos con el fin de “sensibilizar a la sociedad colombiana respecto a la violencia, persecución y estigmatización a la que se vieron sometidos los dirigentes, militantes e integrantes de la Unión Patriótica durante décadas y en varias partes del territorio nacional”.
Día de la Justicia
“Para nosotros hoy es el día de la justicia”, le dijo a este portal Aida Avella, actual presidenta de la UP y Senadora de la República, y una sobreviviente de atentados en su contra. “Se ha demorado 29 años, pero llegó. Pensamos que es una forma de reparación y así lo recibimos”.
Para llegar a la sentencia de la Corte IDH se recorrió un camino largo y revictimizante por parte de algunos abogados en representación del Estado. La demanda ante esa instancia internacional se instauró en diciembre de 1993. “En esa época llevábamos 1.117 asesinatos”, recordó la líder política y explicó por qué se acudió al sistema interamericano: “En una solicitud que le hicimos a la Fiscalía de la época, el 97,6 por ciento estaba en la impunidad; es decir que no había posibilidad de saber la verdad en el país”.
A su juicio, este fallo va más allá de lo que se ha hecho en Colombia sobre el caso de la UP. “Aquí a la Unión Patriótica nos hicieron de todo: torturas, asesinatos, desapariciones, estigmatizaciones, ¿qué no hicieron pensando que nunca pasaría nada? Y pasó por medio del derecho internacional.
Avella considera que aún falta mucha verdad por saber, especialmente sobre quiénes fueron los determinadores del genocidio. La Corte IDH le ha dado al Estado colombiano dos años para investigue a fondo lo ocurrido con la UP, un tiempo que esta líder política considera suficiente.
No obstante, devela su desconfianza en el actual Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa. “Yo no tengo muchas esperanzas con este fiscal, que mira para otro lado cuando las cosas no son de su partido. Pero confío en que, por lo menos, haga algo digno en toda su gestión: iniciar el esclarecimiento de los autores intelectuales del exterminio de la Unión Patriótica”.
Además, Avella espera que se inicie la reparación de verdad. “Nos hicieron mucho mal. Intentaron desaparecernos del panorama político, enterrar nuestras ideas y ya. Y no lo pudieron hacer, porque ni el grupo político desapareció ni las ideas nos las quitaron”.
Y agregó: “Estos muertos de la Unión Patriótica, nuestros desaparecidos, la gente que entró a la cárcel, tienen nombres y apellidos, rostros, una profesión u oficio. En la Unión Patriótica todos fueron emblemáticos: los candidatos presidenciales, los parlamentarios, los concejales, los diputados, el campesino que mataron en su vereda, el obrero asesinado llegando a la fábrica”.
Es por todo ello que esta congresista propone que el drama vivido por la UP lo deben conocer el país, especialmente los jóvenes. “Tienen que conocer parte de la verdad que siempre se quiso ocultar en Colombia”.
Otra de las mujeres víctimas, Imelda Daza, sobreviviente del exterminio de la UP, exiliada durante 26 años y actual Senadora de la República, le expresó a este portal los sentimientos encontrados que le produjo la sentencia de la Corte IDH.
“Por una parte siento la satisfacción, la complacencia, de que por fin se rompieron años y años de impunidad, y se asoma la justicia con las víctimas del genocidio de la Unión Patriótica. Pero, al mismo tiempo, reaparece el dolor por los que perdieron la vida y a quienes les negaron el derecho a continuar. Vuelve a doler tanto horror y a sangrar la herida”, dijo.
Para Daza, este fallo tiene un profundo significado reparador porque “se hace justicia y se rompe la impunidad”. Y coincide con Avella en la necesidad de que sea divulgado con amplitud, tal como lo dispuso la Corte IDH.
“Hay una o dos generaciones de colombianos que ni siquiera saben que la Unión Patriótica padeció un genocidio. Por eso me complace mucho que la Corte diga que debe crearse una Comisión de la Verdad que analice lo que ocurrió, que identifique a los responsables y que se busque a los desaparecidos”, reflexionó.
“Esas medidas son justas y necesarias”, complementó. “Hay muchos menores de 40 años que no conocen la historia de la Unión Patriótica, que no saben lo que ocurrió aquí. En muchas partes he hablado de la Unión Patriótica y nadie sabe que existió, a pesar de que hoy tiene a dos senadoras”.
(Descargue aquí Sentencia UP)