Estado pagará 6 mil millones de pesos por masacre de El Naya

      
La Sección Tercera del alto tribunal ordenó al Estado indemnizar con cerca de 6 mil millones de pesos a 82 indígenas, de los cuales 52 eran menores de edad que fueron desplazados de sus veredas.

 
Sentencia del Consejo de Estado sobre la masacre de El Naya.

El Consejo de Estado condenó a la Nación por omisión y falla en el servicio por no evitar la masacre en la que murieron por lo menos 40 personas en el 2001.

El Estado recibió una de las condenas más altas de su historia por parte del Consejo de Estado al comprobar que la Fuerza Pública, a pesar de tener información suficiente, no evitó una de las incursiones paramilitares más cruentas de los últimos años. Por los menos 40 indígenas fueron asesinados y 3.000 personas fueron desplazados en el Alto Naya (Cauca).

Cuatro meses antes de la incursión de las AUC pobladores de la zona denunciaron los hostigamientos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las que varias comunidades de la región solicitaban medidas de protección por la presencia de grupos armados. Incluso la Defensoría del Pueblo expidió una alerta temprana sobre la posible incursión de grupos paramilitares en la zona.

El 27 de mazo del 2001, la CIDH  exigió al estado colombiano establecer medidas cautelares para proteger a la población, sin embrago, ocho días después un grupo de al menos 500 hombres del bloque calima de las AUC, al mando de José Éver Veloza, alias “H.H” se apoderó de la zona.

El 12 de abril los paramilitares se dividieron en tres grupos e incursionaron en 15 poblaciones de la región, en donde asesinaron más de 40 personas señalas de ser auxiliadoras de la guerrilla.

Ante la demanda el Ministerio de Defensa argumento que “se ejecutaron operaciones militares ofensivas contra grupos insurgentes y generadores de violencia en la región del Alto Naya” y que no hay elementos en la demanda que sustenten la culpabilidad del Estado en la masacre.

Por su parte el Consejo de Estado encontró que sí existió omisión y falla en el servicio para evitar la incursión paramilitar. Una prueba fue el oficio que la Defensoría del Pueblo envió el 11 de abril, un día antes de la masacre, a autoridades civiles y militares alertando de la movilización de autodefensas en la región.

“Si bien de conformidad con el acervo probatorio se tieneque no aparece prueba alguna de la cual se pueda inferir la participación directa y activa de miembros de la Fuerza Pública en la incursión armada, sí se encuentra debidamente acreditado que dicha incursión no fue sorpresiva; por el contrario, estaba anunciada”, Agregó el alto tribunal.
    
Como resultado de la condena el estado deberá reparar a los desplazados por daños morales y alteración grave de las condiciones de existencia. De igual forma el Ministerio de Defensa  publicará la síntesis del fallo en un diario de circulación nacional.