Los pobladores de este consejo comunitario buscan, desde hace 24 años, la titulación colectiva de un predio de 1.114 hectáreas para, entre varias razones, vivir como pueblo negro, bajo sus prácticas culturales y cuidar el medioambiente. A inicios de 2021 invasores desataron hechos de violencia que terminaron en tragedia. En las dilaciones hay gran responsabilidad de agencias del Estado.
El pasado 7 de enero, un grupo de personas irrumpió de manera violenta en tierras del consejo comunitario Rincón Guapo Loverán en medio de la disputa por la titulación del predio. En la refriega resultó muerto Juan Soto, a quien la comunidad describe como uno de los invasores, y sufrió heridas Antolín Álvarez, presidente de esa organización afro.
Los hostigamientos contra esta comunidad asentada en el corregimiento Tierra Nueva, municipio de Puebloviejo, departamento de Magdalena, comenzaron cuatro días antes, cuando los mismos invasores llegaron al lugar y desmontaron una de las cercas; además, hurtaron y destruyeron la vivienda de Antolín Álvarez.
La lucha de este pueblo negro para alcanzar la titulación de una parte de su territorio ancestral, con una extensión de 1.114 hectáreas según el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), ha pasado por los escritorios de la autoridad agraria (Incora, Incoder y hoy Agencia Nacional de Tierras), resistido al conflicto armado, atravesado por intereses agroindustriales y victimizado por la inacción del Estado.
Su pretensión de vivir en comunidad también ha chocado con los datos que registran las entidades estatales. En el documento Caracterización del Daño y Afectaciones Consejo Comunitario de Comunidades Negras Rincón Guapo Loverán, preparado en febrero de 2020 por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), se registraron 237 familias, conformadas por 934 personas.
La cifra es distinta a la consignada en el Informe de Visita Técnica realizado por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en 2018, que registró 44 familias, conformadas por 175 personas. La diferencia radica, según voceros del consejo comunitario, en que sólo tuvo en cuenta a las familias que habían retornado al predio y descartó a aquellas que se encuentran desplazadas en municipios vecinos.
Como víctimas del conflicto y sujetos de reparación colectiva, reconocidas desde el 9 de diciembre de 2015 por la UARIV, los habitantes de Rincón Guapo Loverán buscan, desde hace casi 24 años, la titulación del territorio ancestral para acceder a medidas integrales de reparación y garantías de no repetición. Sin embargo, sus pretensiones han sido obstaculizadas por las demoras estatales, que han derivado en confrontaciones violentas con aquellos que se oponen a ese objetivo, entre ellos personas señaladas de ostentar poder político y económico en la región.
Una larga historia
Los solicitantes de la titulación del territorio ancestral son descendientes de las comunidades negras asentadas en el periodo de la Colonia, en los años en que se fundó el municipio de Puebloviejo, Magdalena, en la segunda década del siglo XVI.
Según registra el documento Caracterización del Daño y Afectaciones Consejo Comunitario de Comunidades Negras Rincón Guapo Loverán, la ocupación de este territorio se dio a través del río Magdalena y la Ciénaga Grande de Santa Marta, siendo el afluente la conexión de la región Caribe con los Andes y la vía a la integración con las economías nacional e internacional.
“Nuestros antepasados llegaron a este territorio ancestral por el Camino del Agua (el río Magdalena y la Ciénaga Grande). ‘Los Bogas’ como eran conocidos por las actividades de navegación desde Santa Marta y Cartagena en el Mar Caribe, lugar donde se une el agua dulce (río) con el agua salada (mar), por su labor tenían permanente movilidad y estaban en contacto con la naturaleza, lo cual les permitió conocer el territorio al cual huían a medida que hacían sus faenas”, recoge el documento sobre un testimonio de un miembro de la comunidad.
Los bogas que huían a lugares de difícil acceso los llamaban “cimarrones”. En esos sitios construían sus fortalezas, conocidas como palenques, y las convertían en un espacio de expresión de sus costumbres ancestrales, el gobierno propio y los saberes tradicionales.
“Los asentamientos ancestrales (palenques) de Tierra Nueva, La Isla de Cataquita, El Triunfo o el Pleito, Loverán y Negrini conforman el territorio colectivo ancestral de Rincón Guapo, ubicado en el municipio de Puebloviejo, Departamento del Magdalena, conociéndose desde la época como el pueblo de los negritos”, se lee en el informe de la UARIV.
Así, asentada durante décadas sobre 9 mil hectáreas del departamento caribeño —como lo constatan las cartografías del IGAC—, vivió la comunidad de Rincón Guapo, hasta que la concentración de la propiedad rural, marcada por procesos irregulares de adjudicación realizados por el extinto Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora), fueron despojando a los afros de su territorio ancestral.
Ante esas circunstancias y por los consecuentes efectos de la agroindustria, que deforestaba, captaba y contaminaba el agua para sostener los monocultivos de palma de aceite, la comunidad afro se vio obligada a realizar desplazamientos forzados internos y, desde 1970, se refugió en la última parte del territorio de Rincón Guapo que quedaba disponible, en inmediaciones del Caño Los Micos o Caño San Joaquín.
Años después se sumarían a su trasegar forzado las consecuencias del conflicto armado: desaparición y asesinato de los líderes, sabedores y representantes de la comunidad, quienes ejercían la defensa de sus derechos territoriales y colectivos.
A raíz de la sanción de la Ley 70 de 1993, que le reconoció a las comunidades negras la propiedad de las tierras baldías, es decir, de la Nación, que habían venido ocupando ancestralmente, se conformó, en 1995, el Consejo Comunitario de Comunidades Negras Rincón Guapo Loverán, pero, ese año, no lograron obtener su registro por trámites burocráticos y demora injustificada del Estado.
Pese a esas dificultades legales, en 1997, la comunidad presentó la solicitud de titulación colectiva ante el Incora en medio de hechos victimizantes del conflicto armado. Para ese año, estructuras paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) atacaban las organizaciones sociales y comunitarias, asesinando a los líderes promotores de la titulación colectiva y defensores de los derechos territoriales.
A esa tragedia se sumó, recuerdan en la comunidad, la pérdida de valiosos documentos tras el incendio ocurrido en el 2000 en las instalaciones del Incora en el municipio de Zona Bananera; y la posterior ocurrencia de tres desplazamientos masivos, en los años 2002, 2005 y 2007, que ocasionó el debilitamiento del ejercicio organizativo y frenó la solicitud de titulación.
En 2004, reanudaron el proceso de titulación, esta vez ante el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder, que reemplazó al Incora), pero, a raíz de la violencia paramilitar de esos años, sólo en 2007 se pudo reestructurar la Junta Directiva del Consejo Comunitario de Comunidades Negras de Rincón Guapo Loverán.
El 28 de Julio de 2008, los representantes del consejo comunitario le solicitaron al Incoder “la titulación colectiva en calidad de TIERRAS DE LAS COMUNIDADES NEGRAS (sic), de un globo de terreno baldío con una extensión aproximada de MIL DOSCIENTAS (1.200 Has) (sic)”.
Con esos procesos en marcha, y una vez reorganizados, la comunidad afro volvió a solicitar ante el Ministerio del Interior el reconocimiento como consejo comunitario. Sólo hasta el año 2011 esa cartera de gobierno expidió la Resolución No. 356, que registró y reconoció al Consejo Comunitario de Comunidades Negras Rincón Guapo Loverán, paso necesario para continuar el trámite de titulación de su territorio ancestral en el Incoder, bajo las normas de la Ley 70 o Ley de Comunidades Negras.
El 6 de agosto de 2012, el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Santa Marta falló una acción de tutela a favor del consejo comunitario. En atención a esa decisión, la autoridad agraria expidió la Resolución No. 2251, del 9 de noviembre de 2012, mediante la cual ordenó visita técnica a las tierras solicitadas, que se realizó del 3 al 6 de diciembre del año 2012.
Luego, mediante las resoluciones No. 0473, del 22 de marzo de 2013, y la No. 0589, del 15 de abril de ese mismo año, el Incoder ordenó realizar el levantamiento topográfico y cartográfico del globo de terreno denominado Rincón Guapo Loverán, con el fin de delimitar el territorio ancestral de las comunidades afro.
Pero esas medidas se quedaron en el papel. Durante los años 2014 y 2015, el consejo comunitario presentó varios derechos de petición queriendo conocer el avance del proceso, sin respuesta alguna.
Sólo fue hasta el 5 de julio de 2016 que la comunidad recibió notificación de la entrada en vigencia del Decreto 2363 del 7 de diciembre de 2015, mediante el cual se suprimió el Incoder y, en su reemplazo, se creó la Agencia Nacional de Tierras (ANT), entidad competente para ejecutar la política de ordenamiento de la propiedad rural formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Ante la demora para la culminación de este proceso de titulación colectiva, el consejo comunitario instauró otra acción de tutela contra la ANT tras considerar que estaban siendo vulnerados los derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la propiedad colectiva, a la identidad cultural, a la vida y a la subsistencia, entre otros.
La tutela fue decidida por el Juzgado 2 Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santa Marta. Mediante fallo del 13 de agosto de 2018, resolvió amparar la petición del Consejo Comunitario de la Comunidad Negra Rincón Guapo Loverán, ordenándole a la ANT que “en un término no superior de dos meses realizara las actuaciones tendientes, interna y externamente (con otras instituciones), para finalizar el proceso de titulación”.
Acatando el fallo, la ANT, mediante la Resolución No. 5459 del 31 de agosto de 2018, ordenó practicar una visita técnica con el fin de realizar actualización de los estudios socioeconómico, de tenencia, topográfico, agronómico y/o ambientales. La diligencia se realizó entre el 17 y 21 de septiembre de ese año.
Pero de nuevo se detuvo el proceso, esta vez por un aparente traslape cartográfico con predios privados. La comunidad insistió y presentó un incidente de desacato contra la ANT y envió un derecho de petición al IGAC para que realizara la clarificación predial del aparente traslape. En su respuesta, esta entidad afirmó que sobre el predio reclamado no existía ningún tipo de traslape.
Consultada por este portal al respecto, la ANT explicó que están resolviendo las oposiciones presentadas por dos personas que alegan afectaciones a sus derechos con el proceso de titulación colectiva al identificar un presunto traslape con predio de propiedad privada. Pero ¿quiénes son esos opositores?
Navegue la siguiente línea del tiempo para conocer detalladamente la lucha del Consejo comunitario Rincón Guapo Loverán.
“Un fantasma”
Uno de los opositores es Álvaro Valle Blanco, quien, con documentos en mano, se presentó ante el Incoder el 24 de enero 2012 y solicitó su vinculación al proceso de titulación colectiva de Rincón Guapo Loverán. En esa ocasión, afirmó que “conozco que en el área que se pretende titular existen abundantes predios de propiedad privada”. Para demostrarlo, entregó copias de once certificados de tradición y libertad, que corresponden a predios adjudicados por el Incora en agosto de 1982.
Uno de ellos aparece a nombre de Valle Blanco, se trata del predio Porvenir Uno, de 450 hectáreas, que le habría sido adjudicado mediante la Resolución N. 450, fechada el 16 de agosto de 1982. Esa información está registrada en el certificado de tradición y libertad bajo la matrícula inmobiliaria 222-6799.
Este portal le consultó a la ANT sobre la información presentada por ese opositor. La Agencia respondió que estudia 14 resoluciones de adjudicación de baldíos expedidas por el Incora en agosto de 1982, “las cuales se encuentran en proceso de análisis y espacialización por la Oficina de Topografía de la entidad”. (Ver Respuestas ANT)
Para complementar su respuesta, la ANT afirmó que de esas 14 adjudicaciones, “según la información suministrada por la ORIP —Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la SNR—, hasta el momento, siete (7) resoluciones se encuentran debidamente registradas y, por ende, el derecho real de dominio o propiedad se encuentra consolidado”. Y entregó el siguiente listado:
Al cotejar la información aportada por la ANT con la presentada por Valle Blanco en 2012, se concluye que de los 11 certificados que entregó, siete de ellos, que corresponden al listado anterior, fueron estudiados por la autoridad agraria, dejando por fuera cuatro adjudicatarios, entre ellos a este opositor y a tres personas más: Libardo Gómez, Adaulfo Pérez y Pedro Ramírez Gómez.
Sobre Blanco Valle y el predio el Porvenir Uno, voceros del consejo comunitario y de la comunidad aseguran que nunca antes habían escuchado hablar de ese ciudadano ni de algún predio con ese nombre como colindante.
Además, genera sospecha que luego de acreditarse como opositor, no se haya presentado a las diligencias de inspección ocular y de clarificación de linderos fijadas por el Incoder, la ANT y el IGAC con el fin de que mostrara en terreno dónde está su predio, muy a pesar de haber sido notificado en la dirección que figura en el escrito de oposición, así como mediante avisos, edictos y llamados por emisoras locales.
Al respecto, en la comunidad afro concluyen que con ese tipo de actuaciones, Valle Blanco, a quien describen como un “fantasma”, pretende obstaculizar el avance del proceso de titulación colectiva sin tener un respaldo claro para ejercer esa posesión.
El palmicultor
El otro opositor a la titulación colectiva es Pedro Manuel Dávila Jimeno, reconocido empresario palmero de la región. Su participación en este proceso ha estado nutrido de inconsistencias, en especial con la identificación de los predios que dice poseer y que, según él, resultarían afectados en caso de que la comunidad afro obtenga el territorio solicitado.
La primera de esas inconsistencias surge de lo consignado en un acta fechada el 3 de diciembre de 2012, que resume lo ocurrido durante una reunión informativa a la comunidad sobre el proceso de titulación solicitado por el Consejo Comunitario Rincón Guapo Loverán en la que estuvieron presentes funcionarios del Incoder.
Durante un recorrido para establecer los linderos del predio se presentó el abogado Diego Armando García Noriega, en representación de Dávila Jimeno, quien aportó varios documentos para demostrar la tenencia de propiedades alrededor del territorio solicitado por la comunidad afro e indicó que “la intención que tiene su representado es de no oponerse a la titulación colectiva siempre y cuando no se vean afectados sus derechos de propiedad”.
Entre los documentos que presentó este abogado se encontraba la escritura pública N. 2793; una copia del certificado de libertad y tradición correspondiente al folio de matrícula inmobiliaria 222-37653; la escritura pública N. 775 del 23 de agosto de 2012; y una declaración extraproceso de Fredy Omar Pertuz a favor del empresario Dávila Jimeno.
Este portal se dio a la tarea de verificar esos documentos y encontró varias inconsistencias. Se revisó, inicialmente, una copia actualizada del certificado de tradición y libertad del folio de matrícula inmobiliaria 222-37653, que corresponde a la finca La Transacción, de 387 hectáreas, propiedad de la empresa Inversiones Padornelo S.A., representada por Dimas Rafael Martínez Morales. En el historial de tenencia, no aparece Dávila Jimeno.
También se constató que el documento registrado en el acta como “escritura pública 775 del 23 de agosto de 2012” es una declaración que “no constituye título traslaticio de dominio ni es objeto de inscripción ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos competente”, presentada por el abogado García ante la Notaría Cuarta de Santa Marta el 23 de agosto de 2012, en la que pone bajo custodia de esa dependencia una carta de compraventa del 19 de abril de 1978, que registra la supuesta venta que hizo Guillermo Pertuz Barrios del predio La Gloria, de 100 hectáreas, al empresario Dávila Jimeno. (Ver Declaración y Compraventa)
Con respecto a lo que el acta registra como “declaración extraproceso de Fredy Omar Pertuz a favor de Pedro Manuel Dávila”, también se observa un error, pues el expediente sí contiene una declaración extraproceso, pero de Guillermo Antonio Pertuz Rodríguez, hijo de Guillermo Pertuz Barrios, quien afirmó, bajo la gravedad del juramento, que fue testigo de la venta del predio La Gloria que le hizo su padre a Dávila Jimeno. Esta declaración fue registrada el 25 de abril de 2011 ante la Notaría Primera de Santa Marta. (Ver Declaración extraproceso)
Y sobre la escritura pública N. 2793, no encontró ningún documento en el expediente que aclarara a qué predio corresponde, si está ligado al terreno solicitado por la comunidad afro y si, efectivamente, es de propiedad de Dávila Jimeno. Este portal le preguntó mediante cuestionario enviado al abogado García por esa escritura y no dio ninguna respuesta. Luego se le contactó telefónicamente y dijo que no tenía la documentación a la mano, que no recordaba ese número de escritura y que podría tratarse de un error en el registro del acta.
Si bien en aquella reunión informativa del 3 de diciembre de 2012, el abogado García afirmó que su apoderado no ejercería ningún tipo de oposición, esa decisión cambió radicalmente y así se lo hizo saber al Incoder en carta fechada el 5 de mayo de 2013, tras considerar que el predio que pretende la comunidad afro incluía una parte de la finca La Gloria.
En esa misiva, volvió a exponer que Dávila Jimeno era propietario de La Gloria recurriendo a la carta de compraventa de abril de 1978 y a la declaración extrajuicio de agosto de 2012. Y reiteró que el predio solicitado en titulación colectiva hace parte de la finca La Gloria que “es propiedad de mi poderdante Pedro Dávila Jimeno, razón por la cual durante más de 30 años mi apadrinado ha ejercido posesión respecto a esos terrenos, la cual se materializa con la realización de canales de drenaje, cercados y la evidente siembra de pastos”.
En esta ocasión, el representante del empresario Dávila Jimeno presentó también unas supuestas coordenadas geográficas del lindero sobre el cual se reclama, pero esa información fue desestimada por no provenir de un proceso convencional de captura y presentación de información espacial, acreditado por un profesional o institución idónea para el desarrollo de la toma de datos georreferenciados o levantamientos topográficos correspondientes. (Ver Oficio)
El abogado García volvió a aparecer el 5 de julio de 2016, cuando radicó un nuevo escrito ante la ANT en el que reiteró la oposición de su apoderado al proceso de titulación colectiva impulsada por la comunidad afro.
Una carta enviada por la subdirectora de Asuntos Étnicos de la ANT, Lizbeth Omira Bastidas, al Juzgado Primero Civil del Circuito de Ciénaga, fechada el 15 de diciembre de 2016, aportó un dato que llama la atención: en esa misiva se afirma que Dávila Jimeno es propietario de un predio llamado Venecia, lo que no es cierto, y así lo confirma el folio de matrícula inmobiliaria. (Ver Carta ANT)
El predio Venecia, de 450 hectáreas, le fue adjudicado a Pedro Ramírez Gómez por el Incora, en su programa de titulación de baldíos, mediante la Resolución 0477 del 16 de agosto de 1982. Dávila Jimeno se quiso apropiar de esa propiedad y presentó contra este ciudadano una demanda de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ciénaga, que fue admitida el 17 de julio de 2013.
La prescripción es una figura consagrada en el Código Civil a la que recurren demandantes, abogados y jueces para resolver litigios sobre predios que tienen una tradición de dominio privada (esto es, su dueño es un particular). En esencia, la norma regula las relaciones entre particulares sobre predios cuando su dueño legal se desentiende de ellos y otro particular los habita y explota, por lo que se convierte en su nuevo propietario. (Leer más en: Tras los baldíos de la Nación)
Ese proceso de pertenencia fue inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria mediante el Oficio 1124 del 5 de agosto de ese mismo año remitido por el Juzgado, tal como consta en el certificado de tradición y libertad revisado por este portal. Pero, Dávila Jimeno, a través de su abogado Diego García, desistió de esa demanda, y así se lo hizo saber al juez en una audiencia celebrada el 8 de mayo de 2014: “En este estado de la diligencia, el apoderado del demandante manifiesta su deseo de desistir de continuar con el trámite del presente proceso, como quiera que habrá de presentar la respectiva demanda nuevamente, pero alegando una especie de prescripción distinta de la que planteó en las pretensiones”. (Ver Acta de audiencia)
El desistimiento de la demanda no fue registrado en el folio de matrícula inmobiliaria y dos años después, Dávila Jimeno era considerado en la ANT como propietario del predio Venecia, cuando la evidencia demostraba que no era cierto.
Una última inconsistencia apareció en un acta levantada a mano, fechada el 20 de septiembre de 2018, que resumió una visita en la que se discutió la “situación actual relacionada con colindancia entre el consejo comunitario y predios del señor Pedro Dávila”. En ese encuentro, que contó con la presencia de funcionarios de la ANT y miembros de la comunidad afro, el abogado del empresario insistió en que una parte del predio solicitado en titulación está en áreas de propiedad privada. (Ver Acta de reunión)
Y explicó el abogado García que el predio afectado se llama La Gloria, que fue registrado con el nombre Venecia y entregó un número de cédula catastral que acabó de enrarecer la situación porque corresponde a un predio que se llama La Esperanza. La ANT así lo reconoce y se respalda en los registros del IGAC, que muestran un lote con una extensión de 293 hectáreas, y que, en todo caso, no corresponde con las extensiones que tienen La Gloria y Venecia.
Adicional a ello, la autoridad agraria aseveró que el predio La Esperanza estaba siendo ocupado por Juan Enrique Soto Velásquez, pero consigna en uno de sus informes que no demostró su “justificación al derecho de propiedad”. Este ciudadano fue el que resultó muerto en la refriega del pasado 7 de enero.
El resto de predios colindantes a la tierra solicitada en titulación colectiva, según un plano que reposa en el expediente de la ANT sobre el caso, son baldíos de la Nación o pertenecen a empresarios de la palma de aceite, como Inversiones Padornelo S.A., representada por Dimas Rafael Martínez Morales, y El Roble Agricola S.A., representada por Alberto Mario Lacouture Pinedo, hijo del empresario Carlos Aurelio Lacouture Dangond, ya fallecido, quien estuvo envuelto en una disputa por un predio y daños ambientales en la región. (Leer más en: La Conquista, una lucha que no termina entre palmicultores y campesinos)
Toque los polígonos del mapa para conocer información de cada uno de los predios que rodean el territorio objeto de titulación del Consejo Comunitario Rincón Guapo Loverán.
Empresario se defiende
VerdadAbierta.com le envió un cuestionario a Pedro Davila a través de su abogado, Diego García, para conocer sus puntos de vista sobre las inconsistencias que este portal encontró para oponerse a la titulación colectiva de la comunidad afro y conocer los documentos que demostrarían la posesión del predio del que aduce ser dueño y que resultaría afectado si se toma una decisión a favor del consejo comunitario.
En sus respuestas, García explicó que el origen de la oposición del empresario palmero radica en considerar que los puntos de colindancia que el consejo comunitario había aportado el día 30 de abril del año 2013, para el desarrollo de una diligencia topográfica ordenada por Incoder, afectan por lo menos 80 hectáreas del predio al que llama en su respuesta “La Gloria y/o La Esperanza”, que identifica con cédula catastral 47570000300000027000, y del que dice que Dávila lo adquirió el 26 de mayo del año 1978 mediante compra a Guillermo Pertuz Barrios.
“El topógrafo adscrito a esa entidad se limitó tomar los puntos de colindancia en los lugares indicados por parte del Consejo Comunitario —sostiene García— excluyendo los indicados por mi representado, los cuales diferían ostensiblemente, lo anterior se llevó a cabo bajo el pretexto que, según su dicho, en el expediente existía un proceso de concertación previo mediante el cual se establecieron los puntos que este recopiló, los cuales fueron exactamente los indicados por el Consejo peticionario, lo cual no correspondía a la realidad”.
En el Informe Técnico de Visita Topográfica el Incoder explica que ese día García se presentó ante los funcionarios que adelantaban dicha diligencia sin escritura u otro sustento legal, ante lo cual la entidad le solicitó que hiciera de nuevo presencia en los días siguientes hasta el 2 de mayo de 2013 con el debido soporte documental.
Sin embargo, García no regresó al predio en las fechas solicitadas por el profesional designado por el Incoder para la visita de levantamiento topográfico y se limitó a presentar oposición al procedimiento de titulación colectiva mediante un escrito fechado el 9 de mayo de 2013.
A este portal le indicó que no regresó tal como se lo pidieron los funcionarios del Incoder para “salvaguardar” su integridad personal, pues señaló que en esas diligencias no estaban haciendo presencia miembros de la Fuerza Pública, “quienes serían los llamados a evitar que las continuas situaciones de tensión que se generan, por cosas tan simples, como el hecho de controvertir si quiera (sic) alguna afirmación realizada por parte del consejo Comunitario en las diligencias”.
En relación al predio Venecia, García explicó que a partir de revisar el expediente y encontrar los 11 certificados de tradición y libertad adjuntados por el opositor Valle Blanco, su representado decidió presentar una demanda de pertenencia con la pretensión de que un juez aplicara prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio en contra de Pedro Ramírez Gómez, beneficiario de un baldío adjudicado por el Incora, por considerar que ese título de propiedad abarcaba áreas del predio La Gloria, que Dávila insiste en reclamar como suyo.
“No obstante, al momento de hacer un análisis más exhaustivo del asunto y por no tener la certeza que dicha porción de terreno correspondería al área poseída por mi cliente, se resolvió por parte este (sic) desistir del proceso, esperar las resultas del trámite de titulación o buscar alguna otra alternativa jurídicamente valida (sic)”.
En su respuesta a este portal, García, en nombre de Dávila, condenó los hechos de violencia de inicios de este año en los que resultó muerto Juan Soto y herido Antolín Álvarez y fue enfático en aclarar que su representado no tuvo nada que ver con ese asunto, “como tampoco tenía relación de afinidad alguna con la persona que resultó asesinada en dichos hechos”.
El abogado concluye su respuesta ilustrando que su cliente “no es la persona malévola que algunas piezas periodísticas pretenden hacer ver”; indica que ha realizado inversión social en la zona a través de proyectos educativos integrales; y que “desde hace más de 40 años es un generador de empleo en una región apartada en donde la intervención estatal es casi nula”. (Ver Respuestas cuestionario)
Pese a que este portal insistió en solicitarle al abogado García los documentos que demostraran que Dávila es dueño del predio que llama La Gloria/La Esperanza, no fue posible obtenerlos. Los que ha revisado la ANT demuestran una posesión informal del predio del que dice ser dueño. Siendo así, ¿por qué la autoridad agraria no aclaró de manera diligente las inconsistencias a la hora de contemplarlo como opositor cuando carece de soportes legales para demostrar que es propietario?
¿Dilación de la ANT?
La comunidad de Rincón Guapo Loverán sostiene que el proceso de titulación colectiva está viciado por demoras injustificadas de la ANT. De nada valió la tutela fallada a su favor instaurada por la entonces representante legal del consejo comunitario, Sixta Tulia Álvarez Torres, el 13 de agosto de 2018, y en cuya decisión se ordenó que titulara en dos meses. Tampoco fue suficiente oficiar a la Procuraduría General de la Nación para Asuntos Étnicos que vigilara el acatamiento de esa tutela.
Se creó, eso sí, la Mesa Técnica de Tierra, la cual debe ser convocada por la Procuraduría para hacer seguimiento al proceso; sin embargo, desde entonces, la ANT sólo ha presentado el informe de la visita técnica de septiembre de 2018. Al preguntársele a la entidad al respecto, se limitó a reiterar el interés de “atender las invitaciones a estos espacios cuando se requiera”.
El Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santa Marta también ha insistido en el tema. Mediante Auto fechado el 30 de abril de 2019, le ordenó a la ANT que, cada 30 días calendario, le informara sobre los avances en el proceso de titulación, pero la comunidad afro denuncia que eso no se ha cumplido y advierte que están en mora de presentarse los informes de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero de este año.
Este portal conoció uno de esos informes, fechado el 5 de septiembre de 2020, en el que una de las abogadas de la Agencia detalla varios procesos que se adelantan de cara a la titulación colectiva y afirma que “se puede evidenciar que la entidad se encuentra desarrollando todas las actividades correspondientes y a su alcance de conformidad con la normatividad y procedimientos acordes con el proceso de titulación colectiva solicitada por la comunidad accionante. Actuaciones que han sido puestas en conocimiento de todas las partes interesadas”. (Ver Informe)
En esa ocasión, también le explicó al Juzgado que, en relación con las oposiciones presentadas, ya se tenía proyectada una resolución que resolvía ese asunto y agregó que “se encuentra en revisión para la posterior firma de la Subdirectora de Asuntos Étnicos. Firmada y numerada esta resolución, se realizarán las correspondientes notificaciones de la misma, la cual es susceptible de recurso de apelación”.
En una comunicación interna de la ANT, fechada el 2 de octubre, remitida por la subdirectora de Asuntos Étnicos, Andrea Calderón, a la jefe de la Oficina Jurídica, Yolanda Sánchez, se dijo con respecto a los opositores: “Se proyectó resolución que resuelve oposiciones presentadas dentro del trámite, la cual se encuentra en revisión para la posterior firma de la Subdirectora de Asuntos Étnicos. Firmada y numerada esta resolución, se realizarán las correspondientes notificaciones de la misma, la cual es susceptible de recurso de apelación”. (Ver Comunicación Interna)
Un mes después, la subdirectora de Asuntos Étnicos, Andrea Calderón, le respondió una consulta sobre el tema de la titulación a Judith Salazar, directora de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior. Con fecha del 3 de noviembre, le informa, a través de 26 puntos, sobre las labores que ha realizado la autoridad agraria desde el 2008 en este caso.
El último punto de ese informe, reitera lo dicho internamente entre dependencias de la ANT e informado al Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Santa Marta: “Se proyectó resolución que resuelve oposiciones presentadas dentro del trámite, la cual se encuentra en revisión para la posterior firma de la Subdirectora de Asuntos Étnicos. Firmada y numerada esta resolución, se realizarán las correspondientes notificaciones de la misma, la cual es susceptible de recurso de apelación”. (Ver Respuesta)
Si bien, la ANT en esas tres misivas ha reiterado que se tiene proyectada la resolución que resuelve las oposiciones presentadas, en una respuesta dada por la Agencia a este portal el pasado 25 de enero, expuso otra realidad: “Actualmente nos encontramos resolviendo dos oposiciones presentadas por personas que consideran se ven afectados sus derechos con el proceso de Titulación Colectiva”.
“Para tal fin —continúa la entidad— la Oficina de Topografía y Cartografía de la ANT, se encuentra adelantando procesos de cruces catastrales, con información cartográfica incluso remontándonos a información oficial de los años ochentas y noventas. Actuaciones que se han realizando (sic) en compañía de la comunidad y diversas entidades de orden nacional, en reuniones técnicas que se realizaron el 6 de noviembre de 2020, además de un espacio de cartografía realizado el día 29 de noviembre de 2020”.
Otro de los puntos que cuestiona la comunidad es el incumplimiento de la ANT a los espacios convocados por las mismas entidades del Estado para discutir sobre el tema de la titulación. Al respecto, la Agencia le explicó a este portal que para la última reunión del subcomité departamental de Tierras, Verdad, Justicia y Reparación Integral, convocada por la Gobernación de Magdalena para el pasado 13 de enero, se presentó un problema técnico y el funcionario citado no pudo conectarse.
El gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, le envió el pasado 25 de enero un oficio a Myriam Martínez, directora de la ANT, para saber qué hace falta para finalizar el proceso de titulación colectiva del pueblo negro, pero hasta el 4 de febrero pasado no había recibido respuesta.
En relación con las reuniones del 13 al 16 de octubre, del 2 al 5 de noviembre y del 9 al 12 de diciembre del año pasado, convocadas por la Unidad para las Víctimas, la ANT no respondió nada, simplemente se ocupó en precisar las reuniones a las que habían asistido algunos de sus funcionarios, pero para el 2020 sólo relacionó una, la del 6 de noviembre, en la que abordaron temas técnicos vinculados con la pretensión territorial de la comunidad.
En cuanto al mayor obstáculo para resolver de fondo la solicitud del Consejo Comunitario Rincón Guapo, la ANT le sostuvo a VerdadAbierta.com que ha sido de naturaleza técnica, traducido en la calidad de la información existente, que dificulta establecer con precisión la ubicación de los predios privados que respaldan las oposiciones, pese a que en tres ocasiones han informado que ya tienen la resolución que resuelve esas oposiciones.
“El proceso de Titulación Colectiva, tiene un rezago asumido por la ANT como herencia de la liquidación del INCODER (sic), con actuaciones administrativas incompletas o sin soporte en el expediente físico”, insistió la entidad en su respuesta a este portal.
Las demoras en la etapa de resolución tanto de las dos oposiciones presentadas como en aclarar supuestos traslapes entre predios privados y el terreno solicitado en titulación colectiva, son cuestionados por voceros de la comunidad afro, y resaltan que este proceso se está llevando a cabo en una Mesa Técnica de Tierra que, en principio, era el mecanismo idóneo para agilizar el proceso, pero parece no funcionar.
Conocedores del tema del conflicto por la tierra en el país, que prefirieron que se les protegiera su nombre, se preguntan por qué las entidades agrarias sólo se activan cuando hay decisiones judiciales que las obligan a atender las necesidades de las comunidades y si las demoras en la decisión de la ANT, en el caso de este consejo comunitario, se derivan de un conflicto de intereses.
Esta última preocupación surge del hecho de que el principal opositor en el proceso de titulación colectiva es un reconocido palmicultor, afiliado a Fedepalma a través de dos de sus empresas —P.M.D. y Cía S.C.A., y Agroindustrial Palmaceite Ltda.—. De esa organización gremial nacional proviene la actual directora de la ANT, Myriam Martínez, según se lee en su hoja de vida, donde ocupó el cargo de Líder Social en el área de gestión para la responsabilidad social.
Violencia advertida
Entidades estatales locales, regionales y nacionales están al tanto de la ardua lucha por la titulación colectiva de la comunidad de Rincón Guapo Loverán y del peligro que les ha significado reclamar sus derechos sobre territorios ancestrales.
En su respaldo, el Ministerio del Interior expidió la Resolución 016, del 16 de octubre de 2020, “por medio de la cual la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, acepta la solicitud de protección mediante la Ruta de Protección a los derechos territoriales de los Grupos Étnicos para el Consejo Comunitario de Comunidades Negras Rincón Guapo – Loveran (sic), ubicado en el Municipio de Puebloviejo – Departamento del Magdalena y se inician los trámites correspondientes”.
La perturbación del territorio ocupado por la comunidad afro ha sido constante desde el 2011, cuando vecinos agresivos invadían el predio, amenazaban a sus pobladores y ponían en riesgo a los miembros del consejo comunitario. En marzo de ese año, voceros de la comunidad solicitaron protección a la Alcaldía del municipio de Puebloviejo. Si bien se protegió el territorio, no se realizaron acciones efectivas para evitar los actos de perturbación.
Desde ese año, hasta la fecha, el consejo comunitario ha presentado siete denuncias ante la Fiscalía General de la Nación, de ellas cuatro están activas y tres más inactivas.
La Defensoría del Pueblo también estuvo al tanto de esos problemas y ante el escalamiento de la violencia, llamó la atención sobre sus consecuencias a través del Informe de Riesgo de Inminencia 010-2015, con el cual buscó la protección del Consejo de Comunidades Negras Rincón Guapo Loverán. (Ver Informe de Riesgo)
En ese documento, esta agencia del Ministerio Público registró las disputas con arma blanca entre integrantes del consejo comunitario y colonos que habitan y cultivan predios colindantes a Rincón Guapo, situación generada por la falta de resolución de los conflictos por la tenencia y propiedad de la tierra.
“Si bien hasta hace algunos meses los hechos de violencia eran considerados como de orden público y obedecían a conflictos sociales entre comunidades por la propiedad y el uso de la tierra, en los últimos meses esta situación ha venido escalando”, advirtió en aquel año la Defensoría del Pueblo.
Y la tragedia sobrevino el 6 de mayo de 2015, cuando fue asesinado, en el municipio de Zona Bananera, Gaspar Peña Santander, líder del consejo comunitario. Tras su muerte, la Defensoría Regional Magdalena le solicitó a la Policía presencia permanente de uniformados que garantizaran la seguridad de la comunidad, pero la situación se complicó cuando a inicios de junio, se presentó un ataque con armas de fuego contra los agentes allí destacados.
Las recomendaciones planteadas por la Defensoría a más de diez instituciones fueron exiguamente atendidas. La Alcaldía de Puebloviejo inició la construcción de las vías para que la Fuerza Pública pudiera llegar de manera más inmediata al corregimiento Tierra Nueva, pero por falta de presupuesto no se han terminado y la Unidad Nacional de Protección (UNP) no hizo el estudio de nivel de riesgo de la comunidad y sus líderes, ni siquiera se contactó con la comunidad. Sólo atendió el llamado el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que realizó un programa de atención a la primera infancia.
La situación volvió a recrudecerse en octubre de 2020, luego de las amenazas proferidas contra líderes y lideresas del consejo comunitario. En atención a ese riesgo, la Defensoría del Pueblo le solicitó con carácter urgente a José Pinedo, director Seccional de Fiscalías de Santa Marta; a Samir Giovanny Pava Ávila, comandante de Policía del Departamento del Magdalena; a Efraín Alberto Ortega Parejo, alcalde de Puebloviejo; y a Alfonso Campo Martínez, director de la UNP, la protección colectiva de Rincón Guapo Loverán. La situación sólo fue atendida por la Policía con patrullaje y frecuentes visitas policiales.
“Nos llama muchísimo la atención la inactividad de las alcaldías locales, cuya jurisdicción y respuesta inmediata serían los primeros respondientes en atender esta situación”, le dijo a este portal Anabel Zúñiga, jefa de la Oficina de Paz, Atención a Víctimas, Derechos Humanos y Posconflicto de la Gobernación del Magdalena. “Nosotros con la Alcaldía de Puebloviejo hemos tratado de hacer el llamado”, pero en la reunión del 13 de enero de la mesa del Subcomité de Tierras, no se presentó. “Llegó la Alcaldía de Zona Bananera, que si bien tiene un papel ahí por encontrarse cerca, el primer respondiente sería la Alcaldía de Puebloviejo”.
Por los hechos de violencia del pasado 7 de enero, la comunidad afro le insistió a la UNP que les brindara protección colectiva, pero en la entidad contestaron que debía realizar primero un estudio de riesgo. En 2019, ya le habían hecho una solicitud similar. La Defensoría citó a las partes en dos ocasiones en Santa Marta, pero en la comunidad aseveran que “nunca se concluyó el estudio de riesgo”.
VerdadAbierta.com se contactó con la Policía Metropolitana de Santa Marta, encargada de la seguridad de Puebloviejo, para saber qué conocimiento tiene de los hechos de perturbación del orden público y violencia contra la comunidad de Rincón Guapo de los últimos años y qué medidas de protección se han planeado y ejecutado para garantizar la vida y la integridad de los pobladores después del último episodio violento el pasado 7 de enero, pero el coronel Óscar Favián Solarte Castillo, comandante de esa unidad policial y el único autorizado en brindar información sobre la comunidad de Rincón Guapo, no respondió el cuestionario enviado.
El pasado 11 de enero, funcionarios de la Gobernación de Magdalena, apoyados por agentes de la Policía Nacional, adelantaron una inspección ocular tras los actos de perturbación del orden público y violencia ocurridos a inicio de este año. Dos días después, en el Subcomité de Tierras, Verdad y Reparación Integral, fueron expuestos los hallazgos de la visita realizada. Una de estas está relacionada con una casa construida en el predio del que Pedro Dávila indica ser dueño.
“Esa vivienda, que se encuentra en el predio del señor Dávila, se encontraba desocupada. Habían enseres, ropa colgada, los elementos básicos para que se habite, pero no había alguna persona ahí”, explicó Anabel Zúñiga de la Gobernación del Magdalena. Si bien, los miembros de la Fuerza Pública y de la administración departamental no iban directamente a un operativo de investigación, si lograron observar que “evidentemente era un lugar que, hasta hacía poco, estaba habitado por personas, por familias, porque vimos ahí que había ropa de niños, de niñas, en fin”.
Miembros de la comunidad señalaron que los invasores que atacaron el 3 y 7 de enero al presidente del consejo comunitario, Antolín Álvarez, vivían en dicha casa. Seis días después de la diligencia de inspección, la casa fue desmantelada.
Con todo y las presiones, en el Consejo Comunitario de Comunidades Negras Rincón Guapo Loverán continúan resistiendo, con miedo en el estómago, ante la posibilidad de que se pueda derramar más sangre sobre su tierra ancestral.
“No se puede entender el asesinato, la agresión y la persecución de nuestros líderes sin entender el territorio, la defensa del agua y del ambiente, cuando lo que necesitamos es la seguridad jurídica sobre nuestro territorio colectivo, en el cual hemos generado procesos de conservación”, afirma la lideresa Marly Molina, vocera de la comunidad afro. “Eso es lo que realmente cuidan y protegen los líderes y las autoridades tradicionales del consejo comunitario, por ello cuando asesinan a un líder conlleva al deterioro cultural de las mismas comunidades. No están matando a una sola persona, están acabando con un pueblo”.