La Juez Segunda Penal de Cartagena concluyó que no hubo desplazamiento en esta antigua hacienda del sur de Bolívar, donde campesinos fueron víctimas de paramilitares. La decisión evidencia un panorama crítico para las comunidades que exigen justicia y tierras.
Entre los campesinos que reclaman la hacienda Las Pavas hay desasosiego. Aunque dos veces fueron desarraigados por paramilitares en su lucha por estas tierras en el sur de Bolívar, Mercedes Estela Bueno Bustos, Juez Segunda Penal del Circuito Especializado de Cartagena, negó esa condición y absolvió, en primera instancia, a las seis personas que afrontaban cargos por concierto para delinquir agravado y desplazamiento forzado.
La decisión benefició a Gustavo de Jesús Sierra Mayo, Mario Mármol Montero, Gustavo Ernesto Pérez Flores, Gregorio Martínez Redondo, Santander Martínez Redondo y Luis Alberto Machuca Barrios. Los tres últimos, según la Fiscalía, son desmovilizados de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc). (Lea la sentencia)
De acuerdo con abogados de la Clínica Jurídica sobre Derecho y Territorio de la Pontificia Universidad Javeriana y el Programa de Desarrollo y Paz del Magdalena Medio, que representan a los campesinos, la decisión de la Juez genera controversia porque de manera indirecta estaría avalando el paramilitarismo y, además, tendría implicaciones en procesos agrarios históricos afectados por el conflicto armado.
“La sentencia es grave en materia de derechos humanos, va en contravía del ordenamiento jurídico colombiano”, afirma el abogado Juan Felipe García, de la Clínica Jurídica.
Por su parte, Jorge Niño, del Programa de Desarrollo y Paz, asegura que la decisión genera incertidumbre y desconfianza: “Nos preocupa porque está borrando de tajo todo el esfuerzo, no sólo del equipo jurídico, sino de la comunidad campesina que ha luchado por permanecer en el territorio. Como el fallo no está en firme, interpondremos los recursos de Ley necesarios porque aquí lo que se busca es justicia con base en la verdad”.
Las víctimas y sus abogados se enteraron de la sentencia por un comunicado que apareció publicado en la edición del viernes 7 de diciembre del diario El Heraldo, de Barranquilla, y que fue pagado por la empresa opositora a la restitución de Las Pavas.
“Después de 10 años de litigio, un fallo judicial de primera instancia, salva y recupera la confianza en la inversión y destapa el mayor fraude para el robo de tierras en la historia de Colombia”, indica el titular del comunicado de Aportes San Isidro S.A.S., la empresa que alega la propiedad de Las Pavas y desarrolla sobre las tierras un cultivo de palma de aceite. (Ver comunicado de la empresa)
Las Pavas es una hacienda de 3 mil hectáreas en el corregimiento de Buenos Aires, del municipio de El Peñón, Bolívar. Su historia está marcada por el narcotráfico, el paramilitarismo y la persistente violencia contra la comunidad. La finca perteneció a Jesús Emilio Escobar Fernández, quien, según el jefe paramilitar Carlos Castaño, era el testaferro de su hermano y narcotraficante del Cartel de Medellín, Gustavo Escobar Fernández, asesinado por hombres de Fidel Castaño el 8 de noviembre de 1988 en Bogotá.
En 1997, cuando Jesús Emilio abandonó la hacienda, 123 familias campesinas entraron allí a cultivar alimentos, pero fueron desplazadas de manera forzada. Primero, en 2003, por paramilitares del Bloque Central Bolívar de las Auc, en apoyo a Gustavo Sierra Mayo, al parecer lugarteniente de Jesús Emilio. Y luego, en 2006, por el propio Jesús Emilio, quien antes de vender la finca volvió con un grupo armado para expulsarlos. Por eso, en lo penal, el caso era estudiado por el Juzgado Segundo Penal de Cartagena. (Lea: ¿Qué pasa alrededor de la hacienda Las Pavas?)
En el Consejo de Estado, por su parte, cursa la revisión de dos procesos agrarios que, de resultar positivos, permitirían la titulación a los campesinos: Uno de extinción de dominio por inexplotación económica sobre 1.300 hectáreas de la hacienda, en aplicación a la Ley 160 de 1994, que permite adoptar esa figura cuando las tierras no son explotadas por el propietario; y otro de clarificación sobre 1.700 hectáreas, que verifica si sobre esta área hay títulos de propiedad o siguen siendo baldíos, es decir, tierras de la Nación que el Estado puede recuperar y adjudicarlas a labriegos sin tierra. (Ver línea de tiempo)
Fallo cuestionado
En la sentencia, la Juez reconoce que Gustavo Sierra Mayo, presunto lugarteniente de Jesús Emilio Escobar Fernández, participó en la reunión del 26 de octubre de 2003 en la que los paramilitares obligaron a los campesinos a desplazarse. Ese día, dos hombres conocidos con los alias ‘Rapidito’ y ‘Raúl’, integrantes del Bloque Central Bolívar de las Auc, les dijeron que si no se iban los mataban.
Para la Juez, aunque Sierra Mayo actuó de forma arbitraria, lo ocurrido no es un desplazamiento porque los campesinos eran tenedores de la hacienda. Es decir, reconocían que las tierras tenían dueño. “Pese a que los hechos son reprochables, este episodio no alcanza a tipificarse como desplazamiento forzado ya que no se estableció con certeza la legitimidad de la posesión”, se lee en la sentencia.
Al respecto, los abogados de las víctimas cuestionan: “¿Si fuera cierto que los campesinos reconocían los derechos del propietario, por qué había que hacer la reunión con los paramilitares?”.
En su explicación, la Juez cita la Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, señalando que para reconocer el desplazamiento los campesinos debían acreditar la propiedad, ser poseedores u ocupantes de baldíos.
Para García, de la Clínica Jurídica, tal explicación contraría los derechos de comunidades afectadas por el conflicto, lo califica de “gravísimo yerro jurídico” y asegura que confunde el concepto de desplazamiento con el concepto de despojo.
“En efecto, por vía jurisprudencial, está solicitando a los desplazados los mismos requisitos que se le piden a quien pretende ser beneficiario del proceso especial de restitución de tierras. Esta construcción vía jurisprudencial es abiertamente ilegal y se encuentra en contra de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, de la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos”, conceptúa este jurista.
En otro aparte de la sentencia, la Jueza reiteró lo siguiente: “Si el desplazamiento forzado se tipifica como delito a partir de la expropiación de un territorio ocupado legítimamente, en el caso contrario, si el desalojo se realiza para defender la propiedad legítima de un territorio no existe fundamento para tipificar esta última acción como delito”.
Sobre el particular, García advierte que, en otras palabras, “la Jueza está avalando el uso de la fuerza de los paramilitares contra los campesinos que reclaman un derecho sobre un predio cuando el propietario se encuentra registrado en la oficina de registro público”.
Para los abogados de las víctimas la sentencia anula quién es Jesús Emilio Escobar Fernández, la relación con el narcotráfico y el detalle sobre el contexto del paramilitarismo en el pasado de la hacienda.
“Después de analizar el fallo, uno encuentra que 80 por ciento del contenido es sobre la desacreditación de las víctimas. En una sentencia penal esto es atípico, porque debería concentrarse en estudiar las acciones de los acusados en términos dogmáticos. Pero es más una decisión para protegerle la tierra a la empresa palmera y borrar la historia, que para juzgar la conducta de los acusados”, reiteran los abogados defensores de los campesinos reclamantes.
Reacción y efectos
En el comunicado, la empresa Aportes San Isidro S.A.S. expresó satisfacción por el fallo, reiteró que lo de Las Pavas en un caso de “falsas víctimas” y que organizaciones no gubernamentales y diversas instituciones del Estado “se orquestaron para montar el más increíble fraude procesal encaminado a engañar a la administración de justicia, en especial a las altas Cortes”.
La compañía señala a la Asociación de Campesinos de Buenos Aires (Asocab), que agrupa a las 123 familias reclamantes de Las Pavas, de engañar a las instituciones “para apropiarse ilegalmente de unas tierras que nunca ocuparon”.
También las culpa de maltratar a sus trabajadores, por lo que solicitarán a la “Fiscalía General de la Nación para que nos informe cuál es el estado de las actuaciones que se iniciaron con fundamento en las denuncias que hemos presentado”. Y reitera que esta controversia jurídica les ha generado “pérdidas incalculables”.
Tras la desmovilización del Bloque Central Bolívar en 2005, la tensión en Las Pavas ha estado asociada a la transferencia de la hacienda y a los procesos agrarios de extinción de dominio y clarificación de baldíos. Desde 2007, cuando Jesús Emilio Escobar Fernández vendió las tierras a C.I. Tequendama S.A., filial del grupo Daabon, de propiedad de la familia Dávila Abondano, con el 50 por ciento; y Aportes San Isidro S.A., de José Ernesto Macías, comenzaron los desalojos policivos.
Luego, desde 2011, cuando la hacienda pasó a propiedad de Aportes San Isidro, la comunidad denunció que los trabajadores de la empresa les quemaron los cultivos e intentaron dividirla con contratos de arrendamiento. Para entonces, la palmicultora negó los hechos. Hace apenas un año la preocupación volvió por nuevas amenazas y la reanudación del cultivo de palma por parte de la compañía. (Lea: Drama de la comunidad de Las Pavas no tiene fin, Las amenazas vuelven a Las Pavas y Nueva alerta en Las Pavas, Bolívar)
Tampoco es la primera vez que el caso de Las Pavas tiene reveses. En 2011, una fiscal de Cartagena archivó las diligencias de investigación sobre desplazamiento de Las Pavas. La funcionaria afirmó que en la zona no actuaron los paramilitares y que en la hacienda no había víctimas. (Lea: En Las Pavas sí hay víctimas).
La reciente decisión de la Juez Segunda Penal de Cartagena ocurre en un contexto que le pone más frenos que alas a la Reforma Rural Integral, prometida en el primer punto del Acuerdo de Paz firmado con la extinta guerrilla de las Farc.
De manera paralela a la rúbrica de ese pacto, el saliente gobierno del presidente Juan Manuel Santos (2010/2018) aprobó el Decreto Ley 902 de 2017 y su Ministro de Agricultura radicó el Proyecto de Ley 003 de 2018, ambos criticados por disponer los baldíos o tierras de la Nación a favor de proyectos económicos de gran escala y no de las comunidades que carecen de tierra o tienen insuficiente. (Lea: ¿El campo para quién?, en Acuerdo de Paz aún tiene oxígeno)
En el nuevo gobierno, presidido por Iván Duque, la senadora María Fernanda Cabal, del Centro Democrático, radicó un Proyecto de Ley que, juicio de expertos, modifica el espíritu de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. La propuesta, que pone en igualdad de condiciones a víctimas y opositores, está próxima a discutirse en la Comisión Primera del Senado. Según una investigación del medio Cuestión Pública, José Ernesto Macías, representante legal de Aportes San Isidro S.A.S., aportó en la financiación de la campaña de Cabal.
Después de 15 años desde que fueron desplazados, el caso de Las Pavas se sigue dilatado y los campesinos esperando una solución. “El gobierno está hablando de paz y de justicia, y eso no se está aplicando en nuestras regiones. Somos los campesinos los que hemos sufrido por la inoperancia del Estado y en esa espera, nos hemos vuelto viejos, muchos se han enfermado o murieron. Esto no camina y no sabemos qué pasa”, se lamenta Misael Payares, uno los líderes de la comunidad campesina. “Queremos estar en el campo, no migrar a las ciudades porque aquí somos útiles. Aquí sufrimos el dolor de la guerra, que no es nuestra, sino que nos la llevaron allá. El campesino es capaz de hacer la tierra productiva”.