Un equipo de abogados de varias organizaciones defensoras de derechos humanos se reunió este jueves con el equipo de la CPI encargado de estudiar el caso colombiano. Alegan que la Justicia Especial para la Paz que aprobó el Congreso y avaló la Corte Constitucional no responde a sus aspiraciones frente a la justicia transicional y piden investigar crímenes contra defensores.
Implementación de la JEP: persiste la deuda con las víctimas).
Las recientes modificaciones que ha sufrido la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en el Congreso de la República y en la Corte Constitucional tienen en máxima alerta a las organizaciones defensoras de derechos humanos del país. El tema, que ha sido llevado al Legislativo y se discute con preocupación en foros y reuniones, saltó al plano internacional el pasado 24 de noviembre, cuando se cumplió un año de la firma del Acuerdo Final de paz entre el gobierno y las Farc en el Teatro Colón de Bogotá. (Lea más:Ese día, 69 organizaciones colombianas y 24 asociaciones de colombianos exiliados en países de Latinoamérica, Centroamérica y Europa le enviaron una carta a la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda; al presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Sebastiano Cardi; y al relator especial de las Naciones Unidas sobre Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición, Pablo de Greiff. (Ver carta)
En ella, los firmantes anunciaron la creación de un Equipo de Litigio Internacional conformado por abogados defensores de derechos humanos, cuyo objetivo será presentarle a la CPI comunicaciones periódicas referidas a casos de su competencia “sobre los cuales pesa el riesgo de impunidad”, para que evalúe la eventual apertura de investigaciones sobre los máximos responsables de esos crímenes. Ello, teniendo en cuenta que la Corte Constitucional eliminó la comparecencia obligatoria ante la JEP de civiles y agentes estatales no armados responsables de graves violaciones a los derechos humanos y avaló los requisitos con los que la mesa de diálogos y más tarde el Congreso limitaron el juzgamiento de integrantes de la Fuerza Pública por responsabilidad de mando. (Lea más: ¿Corte Constitucional dejó a medias la justicia transicional?).
Entre las organizaciones firmantes se encuentran algunas de las que apoyaron con mayor insistencia la firma del Acuerdo Final, incluyendo a varias de las que prestaron asesoría jurídica o técnica para la construcción del punto sobre víctimas en la mesa de diálogos de La Habana: el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (CCEEU), el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH) y el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice).
Conocedoras en detalle de la JEP que se pactó en Cuba, las organizaciones declararon en esa carta que “la implementación efectiva del Acuerdo Final y en particular del punto de víctimas era nuestra esperanza para alcanzar verdad y justicia en los crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y graves violaciones a los derechos humanos, pero vemos con preocupación cómo se está diluyendo dicha aspiración”.
El objetivo de incidir políticamente ante la CPI para que asuma las investigaciones sobre máximos responsables que no irán a la JEP empezó a materializarse este jueves. En La Haya, el equipo de trabajo de la CPI encargado de realizar el examen preliminar sobre Colombia se reunió con Luis Guillermo Pérez, representante del Cajar; Soraya Gutiérrez, del Movice y la CCEEU; y Andreas Schüller, del Centro Europeo por los Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR).
El objetivo de la reunión fue entregar formalmente esa misiva, así como presentar el resumen ejecutivo de la primera comunicación que radicará el Equipo de Litigio Internacional en marzo de 2018, que se refiere a la impunidad en el juzgamiento de los responsables de crímenes contra defensores de derechos humanos en Colombia.
El problema de máximos responsables
El ‘toque’ de los militares a la Jurisdicción Especial para la Paz)
El debate por el juzgamiento de los máximos responsables en la JEP fue intenso durante la negociación del Acuerdo Final y se agudizó tras el triunfo del No en el plebiscito del 2 de octubre de 2016. Tras la renegociación que realizaron el gobierno y las Farc atendiendo las solicitudes del sector que ganó esa votación, las partes eliminaron del Acuerdo la definición de la responsabilidad penal de los militares de alto rango contenida en el artículo 28 del Estatuto de Roma. (Ver más en:Además de ello, el gobierno nacional y las Farc establecieron nuevas exigencias para determinar esa responsabilidad, que se extendieron y endurecieron aún más en el Acto Legislativo 01 de 2017 que aprobó el Congreso y que avaló la Corte Constitucional el pasado 14 de noviembre.
Entre esas condiciones, que no figuran en el Estatuto de Roma, se encuentran que, para ser juzgado por crímenes ejecutados por un subalterno, un superior determinado debía tener “los medios a su alcance para prevenir que se cometa o se siga cometiendo la conducta punible, siempre y cuando las condiciones fácticas lo permitan” y tener “conocimiento basado en la información a su disposición antes, durante, o después de la realización de la respectiva conducta”. Asimismo, se incluyó la condición de que “las conductas punibles hayan sido cometidas dentro del área de responsabilidad asignada a la unidad bajo su mando”.
De acuerdo con las organizaciones defensoras de derechos humanos, esas disposiciones limitan la capacidad de los magistrados de la JEP para juzgar a los máximos responsables de crímenes graves. En una comunicación dirigida en enero pasado al entonces presidente de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, Telésforo Pedraza, el director de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, declaró que la eliminación de la mención al Estatuto de Roma ocurrió “horas antes de que el acuerdo fuera firmado (…), luego de que oficiales activos y retirados del Ejército presentaran quejas sobre esta disposición”.
En su carta a la fiscal Bensouda y a los altos representantes de Naciones Unidas, los representantes de las organizaciones no gubernamentales expresaron que esa modificación fue “el primer aviso de incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado” y aseguraron que los criterios para la definición de responsabilidad de mando aprobados “elevan desproporcionadamente los estándares de juzgamiento, lo que impide efectivamente la lucha contra la impunidad”.
También en enero pasado, la propia fiscal Bensouda, en un artículo para la revista Semana, controvirtió varias de las disposiciones que contenía al respecto el proyecto de acto legislativo 01, que por entonces debatía el Congreso.
Luis Guillermo Pérez, representante del Cajar en la reunión ante la CPI, asegura que “una de las intenciones de este encuentro es advertir que la decisión de la Corte Constitucional sobre la responsabilidad de mando no tomó en cuenta las consideraciones que expresó la fiscal Fatou Bensouda, quien mediante comunicación a la Corte solicitó de manera oportuna que se tuviera en cuenta el Estatuto de Roma”.
La otra preocupación que expresa la carta también está relacionada con el fallo de la Corte. Se trata de la eliminación de la comparecencia obligatoria ante la JEP de civiles y agentes estatales no armados que participaron de manera activa y determinante en la comisión de graves violaciones a los derechos humanos en desarrollo del conflicto armado.
De acuerdo con la misiva, la decisión “desconoció la evidente participación de los terceros civiles en la comisión directa de graves violaciones a los derechos humanos, o en el financiamiento o colaboración con grupos armados, así como la participación en dichas violaciones de agentes del Estado no armados como alcaldes, gobernadores, registradores, funcionarios de organismos de seguridad, entre otros”.
Al respecto, Pérez asevera que “buscamos reiterarle a la CPI que en Colombia hay una ausencia total de voluntad política para investigar y juzgar a los determinadores de crímenes de su competencia. Para la muestra, las más de 15 mil compulsas de copias emitidas por la Fiscalía y los tribunales en el marco del proceso de Justicia y Paz, sobre los cuales no ha habido ninguna consecuencia penal”. (Lea más: ¿Se perdió la oportunidad de juzgar a los colaboradores del paramilitarismo?).
Es por esas razones que los firmantes anunciaron la creación del Equipo de Litigio Internacional, concluyendo que “ante la inactividad de la justicia ordinaria y la exclusión de responsables de la justicia transicional el único camino que nos queda para alcanzar la justicia y luchar contra la impunidad son los estrados internacionales”.
Al respecto, Juan Carlos Ospina, coordinador de incidencia de la CCJ, asegura que “como la decisión de la Corte es de cierre, no tenemos a quién más acudir internamente. Se suponía que la JEP se creaba porque la justicia ordinaria había sido inoperante, y la Corte lo que hizo fue mantener la competencia sobre un grupo de personas sin fortalecer el sistema judicial. Por lo tanto, ya no hay nada que esperar y la tarea que se viene para las organizaciones es empezar a detallar sobre qué personas o conductas cabe la competencia de la CPI”.
El resumen ejecutivo de la primera comunicación elaborada por las organizaciones para ser entregada a la CPI, que se presentó hoy en La Haya, fue conocido por VerdadAbierta.com y se refiere a un tema espinoso: el juzgamiento de los responsables de crímenes contra defensores de derechos humanos en la JEP.
Asesinatos de defensores, ¿por fuera de la JEP?
Llevan caso de Chiquita Brands a la Corte Penal Internacional).
Ya en el pasado, varias organizaciones defensoras de derechos humanos le han entregado comunicaciones a la CPI solicitando la apertura de investigaciones sobre hechos de violencia sexual, violencia antisindical, desplazamiento forzado y ejecuciones extrajudiciales. La más reciente se presentó en marzo de este año y se refería a la responsabilidad de directivos de la multinacional Chiquita Brands en los crímenes ejecutados por paramilitares en la subregión del Urabá antioqueño. (Lea más:Sin embargo, la presentada de manera preliminar este jueves no solo pone en tela de juicio la capacidad de la justicia ordinaria para investigar esos hechos, sino también la competencia de la JEP para sancionar a los responsables de uno de los fenómenos violentos más graves ocurridos en el país: los crímenes contra defensores de derechos humanos.
El resumen ejecutivo de la comunicación, elaborada por el Cajar y el ECCHR, asegura que “la mayoría de la violencia contra defensores no hace parte del conflicto armado con las guerrillas”, por lo que “no sería apropiado que la Jurisdicción Especial para la Paz se ocupara de esos crímenes”.
El argumento de que los asesinatos y otros delitos cometidos contra defensores no hacen parte del conflicto armado se basa, de acuerdo con el documento, en los móviles de los homicidios y las amenazas. Según el texto, “los conflictos por la tierra y los recursos, y los relacionados con la justicia social, son los que generan la represión contra los defensores de derechos humanos. Aquellos que develan los crímenes cometidos por las fuerzas de seguridad y los grupos armados, apoyan a las víctimas para obtener verdad y justicia, luchan por las comunidades marginalizadas, especialmente respecto a la tierra, o buscan transformar proyectos mineros, son una amenaza para sectores de la élite económica y política, por lo que frecuentemente son atacados para silenciarlos”.
Muestra de ello, dice el documento, es que tras la firma del Acuerdo de Paz con las Farc, hace ya un año, la violencia contra defensores no ha disminuido. La organización Somos Defensores reportó 80 asesinatos de ese tipo en 2016, así como 51 en el primer semestre de 2017. El Cajar y el ECCHR aseguran en el informe preliminar que esas muertes están relacionadas con conflictos asociados a esos fenómenos, pero también con el hecho de que “los acuerdos de paz prevén una serie de reformas sociales, incluyendo reformas por la tierra”, por lo que “quienes se oponen al proceso de paz parecen acudir a los asesinatos y la violencia para minar su credibilidad”.
Juliette Vargas, abogada e investigadora de la comunicación, insiste en que la persistencia de los ataques tras la firma del acuerdo y las razones detrás de los homicidios son indicios de que esos hechos no están relacionados con la guerra y, por tanto, no deberían ser juzgados en la JEP.
“La competencia de la JEP está planteada de manera bastante amplia e incluye crímenes relacionados de manera indirecta con el conflicto. Por eso, nos preocupa el abordaje de este tipo de violencia en la jurisdicción, dado que es evidente que este tipo de violencia no tiene conexión directa con el conflicto armado”, sostiene Vargas.
Por su parte, Pérez opina que “la mayoría de los crímenes que se han documentado no tienen que ver con el conflicto. Cuando se ha asesinado a dirigentes sindicales por el ejercicio de su actividad, porque, por ejemplo, incomodan al empresario en la negociación colectiva y éste ordena su asesinato a través de grupos paramilitares, no hay ninguna relación. O cuando se asesina a un dirigente indígena, campesino o afro para despojarlo de su tierra por ambición de algún terrateniente o empresa, eso tampoco tiene que ver con la confrontación”.
En el informe preliminar de la comunicación a la CPI, las organizaciones incluyeron 10 casos de homicidios, amenazas y encarcelamientos contra igual número de defensores, que no han sido resueltos en la justicia ordinaria. Entre ellos se encuentran el asesinato del sindicalista Adán Alberto Pacheco en Barranquilla (2005) y los homicidios de los dirigentes afro del Bajo Atrato chocoano Orlando Valencia (2005) y Manuel Ruiz (2012), por los que han sido procesados varios paramilitares y frente a los cuales se desconocen los autores intelectuales. Esos casos, de acuerdo con Vargas, buscan ilustrar modus operandi y dan cuenta de los obstáculos que han enfrentado las víctimas para obtener justicia en el sistema ordinario.
De ahí que las organizaciones hayan expresado en el documento que “las investigaciones de la CPI contra los máximos responsables de crímenes contra la humanidad perpetrados contra defensores de derechos humanos reforzarían la justicia transicional y el proceso de paz. Los defensores representan comunidades que defienden sus derechos a la tierra y al acceso a los recursos, ayudan a las víctimas de violencia a obtener verdad y justicia y representan a grupos vulnerables, por lo que su trabajo es necesario para que la sociedad colombiana pueda cerrar el ciclo de 50 años de violencia”.
La decisión sobre la competencia, en todo caso, residirá en los magistrados de la JEP, que desde ya enfrentan un escenario adverso por cuenta de la decisión del Congreso de impedir la posesión en sus cargos de quienes hayan representado víctimas en litigios relacionados con el conflicto. De lo que ocurra allí dependerá buena parte de la decisión de la CPI, que vigila de cerca la implementación del acuerdo de paz y, desde hace varios años, el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Colombia en el juzgamiento de graves violaciones a los derechos humanos.