Corte Suprema negó la extradición de ‘Don Mario’

      
El Alto Tribunal negó por tercera vez la extradición de un ex jefe paramilitar. Nuevamente argumentó, en el caso de ‘Don Mario’, que los paramilitares primero deben responder por sus crímenes en Colombia.

Daniel Rendón Herrera, alias ‘Don Mario’.

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Concepto de la Corte en el que niega la extradición de ‘Don Mario’

La justicia de Estados Unidos había solicitado la extradición de Daniel Rendón Herrera, alias ‘Don Mario’, en agosto del año pasado, para que responda por delitos asociados con terrorismo y narcotráfico.

El pasado 4 de febrero la Procuraduría le solicitó a la Corte que aprobara la extradición del ex paramilitar que delinquió con el Bloque Centauros, pero que se desmovilizó con el Bloque Élmer Cárdenas, al mando de su hermano, conocido con el alias de ‘El Alemán’.

El Ministerio Público consideró que la solicitud de extradición de Estados Unidos cumplía con los requisitos exigidos por la Ley y los tratados internacionales para conceder el pedido de extradición.

Además, la procuradora delegada Nancy Yanira Muñoz Martínez, cuestionó que ‘Don Mario’ se haya ratificado como postulado a la Ley de Justicia y Paz, porque, según la funcionaria, él abandonó el procedimiento transicional, faltó a tres diligencias de versión libre y reincidió en actividades delictivas.

No obstante, la Corte Suprema ratificó que los ex paramilitares primero deben reparar a sus víctimas, contar la verdad del conflicto y responder por sus crímenes en Colombia, antes de resolver sus cuentas con la justicia de otros países.

Bajo esa línea, el Alto Tribunal ha negado hasta el momento la extradiciónde otros dos ex jefes ‘paras’. En agosto del año pasado, la Corte negó la extradición Luís Edgar Medina Flórez, alias ‘Comandante Chaparro’, desmovilizado del Bloque Resistencia Tayrona.

En esa ocasión argumentó que la extradición de ‘Comandante Chaparro’ vulnera el espíritu de la Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y Paz, en cuanto esta tiene como principio fundamental garantizar el acceso de las víctimas de grupos paramilitares a los derechos de verdad, justicia y reparación.

La segunda extradición que negó el Alto Tribunal fue la de Edwar Cobo Tellez, alias ‘Diego Vecino’. En esa ocasión la Corte consideró que “se deben privilegiar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas del accionar de los grupos armados al margen de la ley, máxime si la gravedad de los delitos imputados en el extranjero, “palidece frente a los delitos de genocidio, homicidio en persona protegida, desaparición y desplazamiento forzados, tortura y otros, cometidos durante las últimas décadas por los miembros de los grupos paramilitares desmovilizados”.

El caso de ‘Don Mario’
Después de dejar las armas en 2006 con el Bloque Élmer Cárdenas de Urabá, comandado por su hermano Freddy Rendón Herrera, ‘Don Mario’ creó un grupo armado ilegal dedicado al narcotráfico: las Autodefensas Gaitanistas.

Tras ser considerado como el nuevo capo del narcotráfico, ‘Don Mario’ fue capturado el pasado 15 de abril en área rural de Necoclí, urabá antioqueño. Por ser muy cercano a los hermanos Castaño y Miguel Arroyave, ‘Don Mario’ sabe muchos secretros del paramilitarismo que empezó a confesar en noviembre del año pasado.

Entre las confesiones que ha hecho ante la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía, se encuentran el asesinato de Vicente Castaño, el inicio de la guerra entre los paramilitares del Bloque Centauros y las Acc, los presuntos falsos positivos que miembrosdel Batallón XXI Vargas cometieron con los ‘paras’, supuestos casos de parapolítica y las diversas maneras en las que las Auc delinquieron en los Llanos Orientales.

La Corte negó la extradición de ‘Don Mario’ para que cumpla con los principios de la Ley de Justicia y Paz. Por esta razón, al final de su concepto, aclara que en el caso que el ex paramilitar “no contribuya con el esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas que de él se reclama, incurra en causal de exclusión del trámite y beneficios de la ley de justicia y paz (sic), resulte absuelto por los delitos que se le imputan en el proceso transicional, incumpla las obligaciones y compromisos derivados de la pena alternativa, u ocurra cualquier supuesto similar a los anteriores, quedarán sin sustento los argumentos que ahora han llevado a emitir un concepto desfavorable a la petición de extradición”.

Igualmente, la Corte establece que si ‘Don Mario’ llega a incumplir con sus compromisos como postulado a Justicia y Paz, las autoridades competentes pueden hacer de nuevo la solicitud para su extradición.