El proyecto que ataca el ‘alma’ de la reforma agraria integral

      

El Acuerdo de Paz con la guerrilla de las Farc establece cambios que buscan un mayor acceso a tierras por parte de comunidades que carezcan de ella o que no tengan la suficiente. No obstante, varios congresistas y organizaciones sociales alertan sobre un proyecto de Ley que contradice lo acordado.

reforma agraria 1En una carta, varios congresistas, organizaciones campesinas y étnicas, y ong advierten que el Gobierno Nacional quiere tramitar vía fast track (trámite legislativo extraordinario) un Proyecto de Ley que va en contravía de los temas agrarios del Acuerdo de Paz. Foto archivo Semana.El concepto de reforma agraria fue acogido en 1960 cuando el gobierno nacional de aquella época reconoció que gran parte de la violencia se derivó de la falta de acceso a tierras. El conflicto armado de los últimos treinta años revirtió ese intento de redistribuir la propiedad rural, por lo que el Acuerdo de Paz firmado con la guerrilla de las Farc reiteró la necesidad de lograr una Reforma Rural Integral. El problema ahora es que un nuevo proyecto de Ley contraría lo acordado entre las partes, pues su fondo es dejar sin efecto la Ley 160 de 1994, la ‘madre’ de la Ley Agraria en Colombia.

Así lo advierten varios congresistas del Polo Democrático, el Partido Verde, organizaciones campesinas y étnicas, y organizaciones sociales defensoras de derechos humanos y por tal razón, el pasado el 18 de abril, decidieron enviarle una carta a la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (Csivi), advirtiendo la “inconstitucionalidad” y contradicciones del borrador del proyecto de Ley “Por el cual se adoptan disposiciones de ordenamiento social de la propiedad y tierras rurales y se dictan otras disposiciones”. (Lea la carta)

La Comisión está integrada por tres miembros del gobierno nacional y tres de las Farc para velar por el cumplimiento de los seis puntos del Acuerdo de Paz. Las leyes necesarias para implementar el Acuerdo tienen un trámite preferente, uno legislativo extraordinario conocido como fast track. El proceso funciona así: el gobierno presenta sus propuestas a la Comisión, que es el órgano en el que los proyectos son discutidos. De ser concertados, entonces hay vía libre para radicarlo en el Congreso.

Eso explica la preocupación de quienes envían la carta a la Comisión, pues de no ser modificado el proyecto de Ley en esta instancia, el Congreso ya no podrá hacerlo, de no ser que cuente con la venia del gobierno nacional.

Varias fuentes le aseguraron a VerdadAbierta.com que quien presentó la propuesta fue Miguel Samper, director de la Agencia Nacional de Tierras. De ser así, sería una contradicción de la política nacional agraria, pues el gobierno nacional liquidó el antiguo Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) reconociendo que era necesaria una nueva institución para resolver los problemas agrarios históricos del país y ayudar en la transición al posconflicto.

Precisamente la carta señala que el proyecto busca desconocer la Ley Agraria, cuyo principio es la reforma agraria, que en el Acuerdo va más allá de la entrega de títulos de propiedad a campesinos y comunidades étnicas, garantizándoles además los medios, la infraestructura y asistencia técnica para progresar en el campo. (Lea: La tarea titánica de cumplir con el punto agrario)

Este medio se comunicó con la Agencia Nacional de Tierras, pero la Oficina de Comunicaciones indicó que la institución no podía ser vocera en ese caso, remitiendo la solicitud al Ministerio de Agricultura. La jefe de prensa del Ministerio, a su vez, indicó que el tema debía ser abordado por la Agencia. Buscamos una respuesta de Miguel Samper al respecto, esperando aún su versión frente al cuestionado proyecto de Ley.

Las preocupaciones

reforma agraria 2El Proyecto de Ley propone modificar el conceptode Unidad Agrícola Familia (UAF), reemplazándola por el de Unidad de Producción Rural, permitiendo la acumulación de baldíos.Si el Goabierno no recupera los baldíos, difícilmente puede construir un Fondo de Tierras que garantice la Reforma Rural Integral. Foto archivo Semana.La carta advierte que la principal preocupación es que el proyecto plantee dejar sin efecto la Ley 160 de 1994 o Ley Agraria, y de paso proponga reformular el capítulo sobre territorialidad indígena sin realizar la consulta previa requerida. También que no exista claridad sobre la formalización y acceso al fondo de tierras a las que tienen derecho las comunidades afrocolombianas, palenqueras y raizales según sus usos y constumbres. ( Lea el borrador de proyecto aquí)

La misiva señala, además, la gravedad que significa el desconocimiento del mandato constitucional sobre los baldíos (las tierras de las Nación), cuyo uso preferente son los sujetos de la reforma agraria (comunidades carentes o con insuficiente tierra).

El Acuerdo de Paz establece que para lograr la prometida Reforma Rural Integral es necesario crear un Fondo de Tierras que distribuya 3 millones de hectáreas durante los primeros 10 años. Y para nutrir ese fondo, el Estado debe recuperar por lo menos un millón 200 mil hectáreas de baldíos que le fueron despojados (Lea: El lío de organizar los baldíos en Colombia).

Pero el proyecto de Ley no está en sintonía con el Acuerdo: “(…) permite entregar los baldíos a personas que no cumplen con los requisitos de vulnerabilidad y pobreza que caracteriza a los sujetos de reforma agraria, estableciendo incluso mecanismos de acceso a título oneroso para personas que ya tengan propiedad y que ostenten patrimonio neto superior a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes”, indica la carta enviada a la Comisión de Seguimiento.

Contrario al espíritu de la reforma agraria integral pactada, el Proyecto propone que se permita la adjudicación de baldíos a quienes desarrollen proyectos de “utilidad pública e interés social” tales como empresas mineras o petroleras; y de paso pone un obstáculo a los campesinos de escasos recursos para acceder a la propiedad rural exigiéndoles un nuevo requisito: estar en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (RESO).

Quienes advierten a la Comisión de las contradicciones de este proyecto aseguran que la propuesta modifica además el concepto de la Unidad Agrícola Familiar (UAF), legalizando la acumulación de baldíos y el despojo de tierras. La UAF fue creada con la Ley 160 de 1994 como las extensiones de tierra que, según la riqueza del territorio, permiten a una familia campesina sobrevivir y progresar. La Ley Agraria prohíbe la acumulación de UAF porque atentaría contra la redistribución, es decir, la reforma agraria.

Sin embargo, el proyecto de Ley propone cambiar la definición de UAF, omitiendo las condiciones agroecológicas de la zona y borrando el concepto de familia, que es lo que lo vincula con la agricultura familiar y campesina. Por el contrario, propone la Unidad de Producción Rural, que puede ser adjudicada a “beneficiarios” y permite exceder las extensiones de la UAF. Desde 2012, la Contraloría y Procuradurías Delegadas Agrarias han advertido sobre la acumulación irregular de baldíos en regionescomo la Altillanura, impidiendo el acceso a tierras a comunidades pobres y legalizando los despojos derivados del conflicto. Por “ineficiente” en larecuperación de baldíos fue que el Incoder fue liquidado (Lea: Procuraduría Agraria, a la ‘yugular’ del Incoder).

Por eso la carta es enfática en sostener que “es inaceptable que el Estado en lugar de profundizar en las herramientas para lograr la recuperación de esas tierras [baldíos acumulados] y la anulación de esas negociaciones fraudulentas, pretenda legalizarlas y sanearlas”.

Otros cuestionamientos al proyecto de Ley están relacionados con la participación. La propuesta le resta a las autoridades municipales la capacidad de decisión sobre el uso del suelo, dejando una buena parte de las decisiones al nivel central. A esto se suma la incorporación de otros temas que ni si quiera están contenidos en el Acuerdo de Paz, como el derecho real de superficie, una figura que habilita otros derechos sobre el suelo; la profundización en el modelo de las Zonas de Desarrollo Económico y Social (Zidres), cuestionadas por legalizar la acumulación de baldíos; y las barreras para que pueda aplicarse la extinción de dominio, clave en la recuperación de propiedades para alimentar el Fondo de Tieras. (Lea: Las potenciales regiones para crear Zidres)

En ese sentido, quienes hacen el llamado a la Comisión de Seguimiento afirman que el Gobierno no puede usar el fast track para tramitar iniciativas normativas “que ha tenido proyectadas con anterioridad bajo otros enfoques de política pública, que se apartan totalmente del espíritu del Acuerdo de Paz”. Para que un Proyecto de Ley vaya vía fast track debe cumplir con requisitos de “conexidad, finalidad y estricta necesidad” en función del Acuerdo y por los cuestionamientos señalados, “el cumplimiento de dichos requisitos resulta ampliamente cuestionable”.

Precisamente, el pasado 9 de marzo, la Corte Constitucional tumbó el decreto 2204 de 2016, que establecía que la Agencia para la Renovación del Territorio Rural quedaba a cargo del Departamento Administrativo para la Presidencia de la República y no del Ministerio de Agricultura. El Alto Tribunal aseguró que para tramitar normas vía Fast Track se deben cumplir unos requisitos que fueron previstos en la Sentencia 699 de diciembre de 2016.

Yamile Salinas, asesora del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz), explica que el contenido del proyecto de Ley menciona la Reforma Rural Integral como apellido del Fondo de Tierras, pero que su contenido está más ajustado a las recomendaciones de la Misión para la Transformación del Campo que a la implementación del punto 1 del Acuerdo de Paz. (Lea análisis: Proyecto en el fast track para sanear la acumulación de UAF)

En el análisis, Salinas indica que el Proyecto de Ley tiene consonancia con la Ley Zidres, advirtiendo que la propuesta de legalizar administrativamente la acumulación de baldíos impide documentar los “fenómenos de violencia, corrupción, proyectos económicos y estrategias de despojo disfrazadas de negocios legales”, como lo ha señalado en varias sentencias la Corte Constitucional.

El llamado a la Comisión de Seguimiento también es que vía fast track el gobierno nacional busca aprobar de forma expedita leyesque, además de contradecir el Acuerdo de Paz, deben surtir el trámite ordinario en el Congreso.