A esa conclusión llegó un juzgado especializado en restitución de tierras de Cúcuta tras resolver solicitud de un campesino de la región de los Montes de María. Directivos de la empresa defienden su gestión.

A la empresa cementera Argos no le fue bien ante los jueces especializados en restitución de tierras. En una sentencia proferida por un tribunal de Cúcuta, los magistrados concluyeron que la firma antioqueña no pudo probar “la buena fe exenta de culpa” en la compra de un predio rural del municipio del Carmen de Bolívar, región de los Montes de María, en el departamento de Bolívar.

Los magistrados consideraron que los argumentos expuestos por los representantes de Argos durante el proceso “no son de recibo, pues pese a que el opositor realizó acciones previas a la adquisición del bien para establecer la normalidad del negocio jurídico celebrado, las mismas tan solo resultan ser las que de manera normal y lógica debe realizar cualquier empresa de su envergadura en cualquier parte o región del país”. (Lea la sentencia aquí)

Al revisar la documentación que soporta la transacción a través de la cual Argos se hizo a una parcela de 17 hectáreas, los magistrados concluyeron que esta firma cementera incurrió en por lo menos cuatro falencias a la hora de hacer el negocio: primero, omitió el conocimiento sobre el grave conflicto armado que azotó la región por varias décadas que generó un desplazamiento masivo de campesinos, entre ellos el propietario original del predio reclamado; segundo, no fue diligente al analizar la historia del inmueble, de haberlo hecho se hubiera percatado que no podía ser comercializado por cuanto no fue registrada la autorización que debía emitir el Comité Municipal de Atención a la Población Desplazada de El Carmen de Bolívar.

Una tercera falencia fue que Argos no constató la situación del campesino reclamante ni los detalles sobre cómo esta víctima vendió sus tierras inicialmente; y cuarto, la empresa cementera no demostró que hubiera indagado si sobre el predio reclamado había algún mecanismo de protección como consecuencia del conflicto armado que padeció la región de los Montes de María por varias décadas.

“El comportamiento negocial de la sociedad adquiriente, se dirigió a expandir sus negocios en zonas que fueron azotadas por la violencia y a costa de la situación de desplazamiento y abandono sufrida por los propietarios de los fundos adquiridos”, se afirma en la sentencia.

Dado que, según los magistrados, se incurrió en un despojo jurídico, Argos deberá devolver el predio al campesino reclamante; no tendrá derecho a una compensación porque la cementera no es considerada como una compradora de buena fe exenta de culpa; y no podrá, una vez proferida esta sentencia, conciliar con el campesino afectado con el fin de continuar con su proyecto forestal.

Esta última decisión se sustenta en el artículo 94 de la Ley 1448, o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que indica que la conciliación no es admisible en actuaciones o trámites durante los juicios de restitución. Al respecto, desde el 18 de diciembre de 2015 cursa en la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra apartes de ese artículo, presentada por el abogado Maximiliano Londoño Arango. (Leer más en: ¿Argos, detrás de demanda a Ley de Restitución de Tierras?)

Historia de las tierras reclamadas

La parcela restituida data de 1996, cuando el antiguo Instituto Colombiano para la Reforma Agraria (Incora) les compró dos grandes fincas a las familias Palis Torres y Palis Fuentes, ubicadas en la región de los Montes de María, las dividió en 12 predios y tituló 11 de ellas a campesinos que carecían de tierras. Una de ellas fue adjudicada al campesino que acaba de ser restituido.

Pero aquellos labriegos, como cientos de ellos más, padecieron durante las últimas décadas las consecuencias de un conflicto armado desenfrenado y cruel, que generó grandes desplazamientos de las comunidades. La grave situación vivida en Montes de María quedó retratada en varias sentencias de restitución.

En esas decisiones se ha documentado detalladamente que esta región fue cercada en la década del setenta por la guerrilla del Eln; luego en los noventa por las Farc, que secuestaron, asesinaron y desplazaron a sus pobladores. La violencia empeoró desde 1997, cuando los paramilitares llegaron al territorio a confrontar a las guerrillas. El rótulo de las Auc (Autodefensas Unidas de Colombia) proliferó a través del temido Frente Héroes de los Montes de María, un tentáculo del Bloque Norte.

Con el arribo de los paramilitares a Montes de María, comenzaron las masacres, entre ellas la de Pijiguay y Chengue, en Sucre, y El Salado, en Carmen de Bolívar. Según testimonios recopilados para el juicio contra Argos, los campesinos de la vereda Villa Florida de este municipio comenzaron a sentir miedo en 1997 tras los asesinatos de sus vecinos y también parceleros, Feliciano, Félix y Guido Rivero, y Humberto Oviedo. Se desplazaron tres años después, luego de la masacre de El Salado, y muchos no han regresado.

Ante los graves problemas generados por la confrontación armada y las denuncias de los labriegos, el Comité de Atención Integral a la Población Desplazada de El Carmen de Bolívar expidió una resolución con la que declaró que el corregimiento El Bálsamo y su área rural de influencia, incluyendo la vereda Villa Florida, se encontraban en estado de desplazamiento forzado, razón por la que los predios fueron protegidos y no podían ser comercializados.

No obstante, en 2008, estando aún desplazados, los once parceleros, incluyendo al campesino ahora restituido, fueron contactados por Otto Nicolás Bula. Según la investigación Ganar la paz; perder la tierra, de VerdadAbierta.com, Bula es un excongresista que llegó al Senado en 2000 como suplente de lista de Mario Uribe y en 2002 fue su principal ficha política en Córdoba.

El narcotraficante Juan Carlos ‘El Tuso’ Sierra, quien fue extraditado a Estados Unidos, en mayo de 2008, le dijo a la justicia colombiana que Bula era el testaferro del exsenador Uribe, quien fue condenado por sus nexos con grupos paramilitares. Sin embargo, el político cordobés le dijo entonces a VerdadAbierta.com que solo eran amigos y que sus negocios se limitaban a la compra de leche.

Así como en 2008 Bula compró tierras en la vereda San Francisco, en Ovejas, Sucre, a campesinos desplazados de esta región, lo hizo en la vereda Villa Florida, en Carmen de Bolívar. Ese año le compró las parcelas a las once familias, incluyendo la del campesino ahora restituido. Según la sentencia, le ofreció 23 millones de pesos; pero sólo le entregó 7 millones, y el parcelero accedió a vender “porque le dijeron que si no vendía, iba a perder la tierra, pues el comprador iba a tomar posesión de los predios y no iba a acceder al suyo”. Sin embargo, tal ‘negocio’ no fue registrado en el folio de matrícula, la ‘hoja de vida’ que consigna la historia de un predio.

Aunque cuatro años atrás el Comité de Atención Integral había protegido los predios de la zona por la violencia, en octubre de 2008 decidió expedir una autorización para que el predio le fuera transferido a Otto Nicolás Bula. Sin embargo, en el folio no fue registrado. Cosa distinta ocurrió el 15 de febrero de 2010, cuando quedó consignado que por 64 millones 400 mil pesos Luz Helena Pérez de Mora le compró el predio al campesino. En dicha transacción, la compradora no anexó el aval del Comité.

Durante el juicio, el campesino dijo que no conoció a la señora con la que celebró la compraventa y que para tal diligencia le otorgó poder a “Luis Estrada, un muchacho del mismo Comité para que realizara la venta, pues fue él quien contactó a la compradora”.

En mayo de 2010 Pérez de Mora registró en el folio un aval que le concedió el Comité de Atención Integral a la Población Desplazada para poder transferirle la parcela al fideicomiso Fiducor S.A., bajo el control de Argos. No obstante, el Secretario Técnico del Comité de Justicia Transicional de El Carmen de Bolívar le informó a la Unidad de Restitución de Tierras que la autorización otorgada para que el predio fuera comercializado no reposa en sus archivos.

Según la sentencia, Otto Nicolás Bula y Luz María Mora de Pérez son accionistas y miembros de la junta directiva de la Sociedad Agropecuaria Montes de María S.A. El informe de situación registral de predios rurales en los Montes de María, de la Superintendencia de Notariado y Registro, advierte que esta Sociedad realizó compras masivas de predios de origen baldío en esta región, entre 2008 y 2010, para luego transferirlas a otras sociedades ya existentes o fideicomisos. (Leer página 104 del informe publicado en línea)

El 5 de noviembre de 2010 Luz Helena Pérez de Mora le transfirió “el derecho de dominio y posesión” en la Notaría 29 de Medellín a un fideicomiso constuido por Cementos Argos S.A. y administrado por la Fiduciaria Fiducor S.A., registrado por 47 millones 907 mil pesos. A partir de 2010, Cementos Argos S.A. comenzó a realizar un proyecto forestal proyectado a 25 años sobre 6.600 hectáreas en predios en los municipios de Carmen de Bolívar y San Jacinto, en Bolívar, y en Ovejas, Sucre, entre los que estaba la parcela ahora restituida.

En 2012 el campesino solicitó la restitución de su parcela, pero como quedó consignado en la sentencia, éste intentó desistir de la reclamación argumentando que a él ni a su familia les interesaba retornar, pues ya vivían en otra ciudad y él debía someterse a unas cirugías. Entre sus explicaciones, el parcelero mencionó que acudió a la restitución para “conseguir ayudas para nosotros como desplazados”. Sin embargo, los magistrados le negaron tal petición, entre otras razones porque había dudas sobre la elaboración de la solicitud, muy refinada para un hombre analfabeta, y el proceso siguió adelante.

Ante las presuntas irregularidades registradas en este proceso, los magistrados compulsaron copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue “la conducta de los integrantes” del Comité de Justicia Transicional, al Notario de San Jacinto y al Registrador de Instrumentos Públicos de Carmen de Bolívar, “quienes aparecen expidiendo sendas autorizaciones tanto al solicitante como a la compradora para vender el inmueble que estaba sujeto a una medida de inminencia de riesgo de desplazamiento”.

También solicitaron compulsar copias a la Fiscalía para que investigue a “las personas naturales y jurídicas que intervinieron en las negociaciones [de los predios] en la conformación y financiación de los grupos paramilitares de la zona”, pues a juicio del Tribunal la información recopilada en el proceso pone en evidencia que “el desplazamiento y despojo de los predios sirvió al propósito de concentración de la propiedad en cabeza de un único propietario a través de una triangulación de negocios que llevó a que aprovechándose de la situación de violencia se privada arbitrariamiente y por ínfimos valores a los campesinos que allí eran propietarios de la Unidad Agrícola Familiar”.

Para la investigadora experta en temas agrarios, Yamile Salinas, asesora del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz), “la sentencia reitera que la buena fe exenta de culpa debe ser ampliamente probada por los opositores, máxime cuando se trata de grupos que afirman estar comprometidos con el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y sus áreas en derechos humanos y anticorrupción, como es el caso del Grupo Empresarial Antioqueño”.

Salinas también afirmó que “más allá de restituir la parcela a su legítimo titular, es deber Argos reconocer su responsabilidad en el aprovechamiento de la violencia para acumular tierras y reparar los daños causados. Esos deberes no pueden soslayarse con anuncios de donar 6.600 hectáreas a la Fundación Crecer en Paz para implementar el laboratorio de paz en el postconflicto”.

Habla directivo de Argos

caso argos 2El Tribunal de Tierras de Cúcuta halló la “buena fe” del Grupo Argos pero no lo encontró “exento de culpa” al considerar que no realizóla debida diligencia para verificar los antecedentes de los predios que compró. Foto: archivo Semana.En su defensa, los representantes de Argos reiteraron que en ningún momento se opusieron a la restitución y que compraron los predios luego de que “el Estado invitó al sector privado a invertir para impulsar el desarrollo económico y social de la región”. También indicaron que el proyecto forestal que pretendió desarrollar buscaba “contribuir a que estas regiones superaran la postración en las que las tenían sumidas la violencia y el conflicto armado”. (Leer página 6 de las sentencia y Posicionamiento oficinal, comunicado emitido el 11 de abril de 2016 por la empresa).

Camilo Abello, vicepresidente de Asuntos Corporativos del Grupo Argos, le explicó a VerdadAbierta.com que en la actualidad existen dos procesos relacionados con tierras en los que la compañía tiene dos posturas y decisiones distintas. La primera corresponde a las 6.600 hectáreas que adquirieron en los municipios de Carmen de Bolívar y San Jacinto, en Bolívar, y el municipio de Ovejas, en Sucre. La otra, a 2.300 hectáreas también pensadas para proyecto de reforestación en San Onofre, Sucre.

Abello indicó “que de las 6.600 hectáreas sólo logramos cultivar 1.100 hectáreas” y que al finalizar el último trimestre del año 2014 decidieron cambiar la visión de la compañía en el territorio de “un proyecto forestal a uno social”, por lo que le donaron las tierras a la Fundación Crecer en Paz.

El directivo señaló que la empresa fomentó la creación de la Fundación. En la actualidad, de los 10 integrantes que componen la junta directiva, solo uno es representante de la empresa. Tal decisión no sólo se produjo a causa de las reclamaciones de tierras, sino a complejidades para trabajar en el territorio, como la informalidad: “Encontramos un fenómeno de concentración en los municipios urbanos, con mucho deseo de trabajar, pero trabajar de forma informal”.

En un comunicado, Argos explicó que “la Fundación recibió las 6.600 hectáreas y 18 mil millones de pesos en recursos para impulsar proyectos productivos en beneficio único de familias campesinas. Este aporte de Argos totaliza cerca de 50 mil millones de pesos”.

VerdadAbierta.com le preguntó al Vicepresidente de Asuntos Corporativos si la empresa iba a interponer denuncias penales contra Luz Helena Pérez de Mora, por el caso de las parcelas en la vereda Villa Florida, y contra Álvaro Ignacio Echeverría Ramírez, por el caso de las parcelas de la antigua hacienda La Emperatriz, en el corregimiento de El Salado. Abello afirmó que no lo hará pues es ésta es una solicitud que ya hicieron los magistrados en la compulsa de copias a la Fiscalía que ordenan en el fallo, y porque además es una “decisión que tendrá que tomar la Fundación”.

A través de un comunicado, Argos aclaró que “compró las tierras a diferentes inversionistas, cuando ya no había violencia en la región, antes de la expidición de la Ley de Víctimas, y no contó con ninguna clase de intermediarios para la compra de tierras”. Al respecto, la compañía considera que tanto Luz Helena Pérez Mora como Álvaro Ignacio Echeverría Ramírez fueron “inversionistas del sector agropecuario” que previamente estaban en la zona o desarrollaban proyectos allí.

Frente a la compulsa de copias ordenada por los magistrados, en la cementera sostienen “que ésta no aplica para nosotros”, pues la orden está dirigida a personas naturales o jurídicas que participaron en las negociaciones previas del predio. Y para ello, citan la parte final de la página 47 de la sentencia, que indica que “no aparece acreditado que Cementos Argos S.A. tiene relación alguna, directa oindirecta con los grupos ilegales causantes del conflicto interno que vivó el municipio de ElCarmen de Bolívar, y que ocasionó el desplazamiento y despojo del campesino y su familia…”.

Esta última  postura fue reiterada en el comunicado oficial, en el que indican “que los hechos que dan lugar a la restitución se originaron en la compraventa anterior a la adquisición del predio por parte de Argos. El Tribunal consideró que las actuaciones de Argos eran de buena fe”. Sin embargo, VerdadAbierta.com le preguntó a Abello por qué “no los halló exentos de culpa”, a lo que respondió que los magistrados consideraron que a la empresa le faltó hacer una diligencia adicional en la verificación de los predios que estaban comprando.

“Hicimos todas las averiguaciones que una persona diligente y buen administrador debe hacer. Pero el Tribunal nos indica que debimos no solo conversar con quien les vendió sino con la persona anterior, y en qué condiciones estaba esa persona. Uno indaga a partir de documentos. Pero lo relevante es que somos compradores terceros de buena fe que no participan ni se benefician del desplazamiento y el despojo”, apuntó Abello.

Durante el juicio, representantes de la compañía les propusieron a los jueces que contemplaran la figura de la conciliación durante el posfallo, para darle continuidad entonces al proyecto forestal: … “que posterior a la sentencia, se autorice a Cementos Argos S.A., como adquiriente de buena fe exenta de culpa, a celebrar un contrato con el solicitante beneficiario de la restitución”.

Aunque desde finales de 2014 quien dispone de estas tierras es la Fundación, VerdadAbierta.com le preguntó a Abello si la empresa comulgaba con “la conciliación”, guardando la esperanza de que en la Corte prospere la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 94 de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

El Directivo respondió que “si el reclamante cumple con todos los requisitos para obtener la restitución de tierras, es muy interesante que pudieran permitirse acuerdos para la entrega anticipada de los predios y, en este caso particular, que el reclamante no tenga que esperar todo el proceso largo de restitución y un fallo, y poder beneficiarse de recibir anticipadamente la tierra y de los proyectos que le ofrecen todas las entidades y la Fundación”. Abello aclaró que “no estamos pensando en conciliaciones para terminación de procesos con compensaciones económicas”.

La sentencia contra Argos marcará la pauta para las otras más de 6 mil hectáreas reclamadas en Carmen de Bolívar y San Jacinto, Bolívar, y en Ovejas, en Sucre, cuyo proceso está ante un tribunal de Cartagena.

“Estamos de acuerdo con la restitución de tierras, con la Ley de Víctimas, en este que es un momento histórico para el posconflicto, simpre y cuando se cumplan con los requisitos previstos para que las personas sean legítimos reclamantes. Lo que le pedimos al Estado es que investigue quiénes son claramente los reclamantes y que se investigue a los falsos reclamantes, y que las denuncias penales avancen”, indicó Abello.

Aunque la Unidad de Restitución de Tierras publica en su página web los avances del proceso en relación con decisiones de fondo de los fallos, no hizo visible la decisión del Tribunal de Restitución de Cúcuta, que fue la primera en pronunciarse sobre un grupo empresarial. Si bien la sentencia fue proferida el 17 de febrero de 2016, la Oficina de Comunicaciones de la Unidad informó que “desconocía la decisión” y que solo supieron deésta por un reportaje publicado en el diario El Espectador el pasado 7 de abril.