El enredo en la libertad de ‘Don Antonio’

      
En una decisión sin precedentes, una juez de Justicia y Paz dijo que ‘Don Antonio’ no cumplió sus compromisos y tendrá que pagar 40 años prisión, a pesar de que hace una semana la Corte Suprema le concedió la libertad al exparamilitar. Este caso muestra los líos jurídicos a los que se enfrentan los postulados que pidan su libertad.

‘Don Antonio’ se hizo conocido porque al momento de su captura las autoridades le incautaron un computador de ‘Jorge 40’ que tenía información de parapolíticos y numerosos crímenes.Edgar Ignacio Fierro Flores, alias ‘Don Antonio’, quien fue la mano derecha de Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, en el Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), fue el primer exjefe paramilitar en solicitar su libertad tras cumplir ocho años, luego de su desmovilización y posterior reclusión el 28 de marzo de 2006. Sobre su libertad se expidieron dos decisiones judiciales que en principio son opuestas.

Por un lado, hace una semana, la Corte Suprema de Justicia le concedió a alias ‘Don Antonio’ la sustitución de medida de aseguramiento por una no privativa de la libertad, es decir que consideró que el postulado cumplió con sus compromisos y que, por lo tanto, podía quedar en libertad condicional. (Ver fallo de la Corte Suprema). En este fallo de segunda instancia los magistrados de la Corte respaldan la decisión de la magistrada del Tribunal de Justicia y Paz de Barranquilla tomó hace dos meses. (Ver: Por qué alias ‘Don Antonio’ no va a quedar aún en libertad)

Por otro lado, en un auto que se conoció ayer, la juez de ejecución de sentencias de las Salas de Justicia y Paz, Luz Marina Zamora, no solo le negó la libertad por pena cumplida a alias ‘Don Antonio’, sino que le revocó la rebaja de pena, lo que significa que Fierro Flores pasaría de estar recluido 8 años a 40 años en la cárcel. Esto porque consideró que el exparamilitar no les pidió perdón públicamente a sus víctimas, como se lo exigió una condena de la Corte Suprema en junio de 2012. La defensa del postulado apeló esta decisión que ahora está en manos de los magistrados del Tribunal de Justicia y Paz de Bogotá. (Ver decisión del Tribunal de Justicia y Paz)

Aunque las dos decisiones resultan contradictorias, el fallo de la Corte Suprema aclara que para solicitar la libertad hay dos figuras diferentes: una es la libertad por pena cumplida que la concede una juez de ejecución de sentencias y que aplica a los postulados que ya tengan una condena en la Ley de Justicia y Paz; y la otra es la sustitución de medida de aseguramiento que la concede un magistrado de control de garantías de Justicia y Paz a quienes aún no han sido condenados por delitos que cometieron mientras hicieron parte del grupo.

Eso quiere decir que como Fierro Flores fue condenado en junio de 2012 debe solicitar la libertad por pena cumplida. En término prácticos implica que la libertad que le concedió la Corte no tiene ningún efecto hasta que no se resuelva el proceso de libertad por pena cumplida con los magistrados de Justicia y Paz. (Ver: La primera sentencia de ‘Don Antonio’ en Justicia y paz)

Por lo pronto, alias ‘Don Antonio’ seguirá en la cárcel condenado a 40 años de prisión y cualquier decisión que se tome al respecto será un referente para las demás solicitudes de excarcelación de otros exjefes paramilitares que llevan ocho años tras las rejas.

Estos dos proceso jurídicos (el de la sustitución de medida de aseguramiento que terminó en la Corte Suprema y el de libertad por pena cumplida que se decidió a manos de un juez) corrieron paralelamente porque el abogado de alias ‘Don Antonio’ solicitó la libertad de su cliente por las dos vías.

Al mismo tiempo, la Fiscalía inició un proceso contra Fierro Flores por falso testimonio en contra de Silvia Guette, exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe a la que se le sindica de haberse aliado con las Auc, pero esto no tiene relación alguna con la negación de la libertad, pues aún no existe una decisión judicial sobre este asunto.

Al respecto, VerdadAbierta.com obtuvo copia de la carta que alias ‘Don Antonio’ le remitió el pasado martes al Fiscal General de la Nación, en la que rechaza esa sindicación del Ente acusador, calificándola de “falsa acusación”. En uno de sus apartes, el exparamilitar dice que “Teniendo en cuenta que he recibido de parte de mi abogado de confianza copia de la denuncia que en mi contra instaurara el abogado Luis Arturo Jiménez Cely defensor de Silvia Guette Ponce el día 19 de febrero de 2014, es mi deber hacer algunas precisiones para dar claridad a falsas acusaciones que ha hecho el abogado Jiménez Cely en mi contra, omitiendo convenientemente para los intereses de su defendida, información que obra en el proceso que se adelanta en mi contra y en contra de la Guette por el homicidio de Fernando Cepeda Vargas”. (Ver copia de la carta)

¿De dónde surgió este enredo?
La ley 975 de 2005, más conocida como la Ley de Justicia y Paz establecía que cuando los exparamilitares cumplieran su pena debería solicitar su libertad ante un juez de ejecución de penas utilizando la figura de la libertad por pena cumplida, pero en  2012, cuando  el Congreso de la República reformó la Ley de Justicia y Paz se creó la figura de la sustitución de medida de aseguramiento.

La preocupación en ese entonces era que muy pocos postulados tenían una sentencia en firme y por lo menos 50 de ellos cumplirían con los ocho años de cárcel en diciembre de 2014. Por tal razón, la idea fue crear estemecanismo para que estos desmovilizados pudieran pedir su libertad sin necesidad de haber sido condenados.

Eso quiere decir que postulados como alias ‘Don Antonio’, que ya tienen una condena en firme, deben pedir su libertad ante un juez de ejecución de penas; en cambio, quienes no tengan una condena, como ha ocurrido en el caso de los cinco exparamilitares que ya se encuentran en libertad, deben pedir su libertad con un magistrado de control de garantías.

La Corte Suprema aclaró en su reciente fallo que las exigencias de una y otra medida son diferentes, mientras que para un desmovilizado que no ha sido condenado se le debe mirar “su grado de lealtad para con el proceso de Justicia y Paz, así como su conducta en el establecimiento de reclusión”, para quienes ya fueron condenados como ‘Don Antonio’  es necesario revisar no solo que haya pasado 8 años en la cárcel sino que haya cumplido con la obligaciones impuestas en su sentencia.  

El perdón que no llegó a las víctimas
Aunque la Juez de ejecución de sentencias reconoce que Fierro Flores ya cumplió ocho años de prisión desde que fue condenado a Ley de Justicia y Paz, aclara que no cumplió con las obligaciones que le impuso la sentencia de la Corte Suprema en junio de 2012. En dicho fallo le exigieron que en un plazo de seis meses debía publicar unas disculpas públicas en un diario de alta difusión nacional y hacer un evento en  público en los municipios de Atlántico, Cesar y Magdalena  donde delinquió.

El fallo muestra que, en efecto, dos años después de haber sido condenado, ‘Don Antonio’ no ha cumplido con sus obligaciones y por eso le quitó los beneficios de una pena alternativa de ocho años. El exparamilitar se defiende diciendo que remitió un borrador de las disculpas públicas a la Unidad de Víctimas el 28 de enero de 2013 con el fin de que le ayudara a la socializarlo con las víctimas, pero que le contestaron un año y cinco meses después la entidad le respondió diciendo que dicha socialización era responsabilidad del victimario. Sobre la logística del evento para pedir perdón también culpa a la Unidad de Víctimas.

La juez encontró que no era justificación suficiente para cumplir con un compromiso que en principio era del postulado. Agregó que tampoco ha cumplido a cabalidad su compromiso de reparación, pues se rehusó a entregar bienes, pues los únicos bienes que están en manos del Fondo de Reparación a las Víctimas son los que le fueron incautados al momento de su captura.