Una reciente decisión del Tribunal Superior de Antioquia ordenó restituir materialmente predios que eran reclamados por familias campesinas. Se trata de una decisión sin precedentes toda vez que revierte decisiones proferidas previamente por jueces de tierras que ordenaron compensar.
A José María Calle no le cabe tanta dicha entre “pecho y espalda”. Y no es para menos: luego de 20 años de haber sido desterrado por los paramilitares de su finca y tras haber vagado como ‘judío errante’ durante todos estos años por media Colombia conociendo todas las penurias posibles, la justicia por fin le devolvió el predio que el conflicto armado le obligó a abandonar. Y lo hizo por cuenta de una decisión sin precedentes.
El pasado 8 de julio, el Tribunal Superior de Antioquia decidió “modular” las órdenes contenidas en cinco sentencias proferidas por los juzgados civiles especializados en restitución de tierras de Antioquia, en donde si bien se reconocía que un grupo de campesinos del corregimiento Macondo de Turbo fue víctima de presiones indebidas para malvender sus tierras a través de negocios espurios durante los años más álgidos de la confrontación armada en el Urabá antioqueño, se decretaba compensar a los reclamantes con tierras en otras regiones del país.
José María fue uno de los reclamantes provenientes de Macondo a quien la justicia ordenó compensar. La decisión de los jueces se sustentaba, por un lado, en que Macondo hacía parte de la Reserva Forestal Protectora del Río León, que abarca 34 mil hectáreas y que fue creada mediante Acuerdo 023 de 1971 del desaparecido Inderena; y, de otro lado, en conceptos técnicos emitidos por la Corporación Autónoma Regional de Urabá (Corpourabá), que señalaban que dichas tierras no eran aptas para la ocupación campesina debido a que eran terrenos altamente inundables.
Para los campesinos, dicha decisión era condenarlos a desaparecer como labriegos. Y así se lo hicieron saber a los magistrados del Tribunal en “Audiencia de control postfallos de restitución de tierras” celebrada en Apartadó, Urabá antioqueño, los días 18, 19 y 20 de mayo del presente año. Allí, los miembros del Alto Tribunal escucharon las razones de los reclamantes para no aceptar la compensación. Entre otras, señalaron los labriegos, consideraban injusto que en la misma zona que según la corporación ambiental no era apta la ocupación campesina permanecieran grandes terratenientes dedicados a la ganadería extensiva mientras ellos debían emigrar hacia nuevos rumbos.
A lo anterior también se sumó el relato de los campesinos sobre cómo promediando la década del sesenta colonizaron las tierras que hoy constituyen el corregimiento Macondo y de cómo han convivido todo este tiempo en la región sin mayores sobresaltos que aquellos que generan las lluvias torrenciales de cuando vez. De cómo el verdadero obstáculo para que sus proyectos de vida lleguen a buen puerto ha sido la violencia generada por los grupos armados ilegales.
El Alto Tribunal pidió informes técnicos a la Corporación Autónoma Regional del Chocó (Codechocó), entidad que también tiene competencia en la región y que señaló que los riesgos generados por las inundaciones eran mínimos y que en aquella zona, considerada una reserva natural, era compatible con la ocupación campesina y con la explotación privada en los términos que lo permite el artículo 12 del Decreto 2372 de 2010 del Ministerio del Medio Ambiente, concepto abiertamente contrario a lo sustentado por su homóloga Corpourabá.
De allí que la Alta Corporación decidiera “escuchar el clamor de los reclamantes y contribuir a su bienestar y calidad de vida, máxime que no hay estudios fidedignos del riesgo y además la comunidad ha venido explotando el suelo de la zona donde se permite, también, el disfrute de la propiedad privada sin previa sustracción, pero con uso limitado tal como lo señala el Ministerio del Medio Ambiente”.
Por ello, teniendo en cuenta que no hay “estudios actuales y objetivos al respecto”, el Tribunal Superior de Antioquia reversó las decisiones proferidas por los jueces en cuanto a la compensación y, más bien, ordenó restituir materialmente los predios que los labriegos llevaban años reclamando a la justicia, decisión que le permitió a José María Calle regresar a su finca Bonaire, un predio de 35 hectáreas en pleno corazón de Macondo.
“Hombre, la alegría es inmensa. Ya por fin en mi finca, pero ahora sí de verdad, verdad”, relata emocionado el labriego tras recordar aquel momento en 2009 cuando decidió retornar por su propia cuenta y riesgo a Bonaire, situación que le valió varios desalojos por cuenta de la Fuerza Pública tras considerarlo un invasor.
¿Tema resuelto?
Ahora, lo que esperan tanto los labriegos como las autoridades es que la decisión del Alto Tribunal realmente ayude a desactivar el intenso conflicto social que vive Macondo desde mediados de 2012 y que tiene enfrentados a campesinos reclamantes, colonos llegados hace menos de una década a estas tierras y a poderosos terratenientes por la tenencia de la tierra.
José es optimista y cree que sí: “yo sí creo porque ya los campesinos tendrán su tierra para poder trabajar, para poder sembrar, para volver a levantar a su familia, porque otra vez somos dueños de nuestra tierra”.
Para Paola Cadavid, directora de la Unidad de Restitución de Tierras, Territorial Antioquia, la decisión del Tribunal es importante en la medida que “ayudará a bajar la tensión que hay en estos momentos en Macondo, se facilitará la entrega material de los predios y, por tanto, la salida de los grandes tenedores de tierra que aún tienen presencia en la región”.
Por su parte, Gerardo Vega, director de la Fundación Forjando Futuros, que acompaña y asesora jurídicamente víctimas de despojo de tierras en Antioquia, espera que con la decisión del Tribunal se comience a clarificar, de una vez por todas, la titularidad sobre la tierra en ese rincón del Urabá antioqueño y con ello, empiecen las acciones judiciales contra quienes están atentando contra los reclamantes.
“A los campesinos les reconocieron un derecho que tenían. Y comienza a quedar claro quiénes son realmente los dueños de la tierray quienes se aprovecharon del contexto de violencia paramilitar para despojar y enriquecerse con las tierras”, declaró Vega.
La decisión del Tribunal también abre otro interrogante que, de seguro, será tema de análisis en próximas sentencias que profieran los jueces civiles especializados en restitución de tierras: a la hora de ordenar restituir un predio, ¿se deben tener en cuenta acuerdos y leyes que datan de mediados del siglo XX, mediante los cuales se crearon zonas de reserva forestal las cuales hoy cuenta con colonización campesina arraigada hace más de 30 años? ¿Se deben contemplar leyes o acuerdos donde lo que se pretendía proteger en materia ambiental, simplemente ya no existe?
Vega cree que los jueces deben variar su criterio: “Esa figura de la sustracción no sirvió y el caso de Macondo es diciente: solo cuando los magistrados visitaron la zona y constataron que en esa zona de reserva forestal viven comunidades, no de ahora, de hace treinta años y más, solo hasta ahí se convencieron que era posible la restitución. Creo que los jueces deben cambiar su criterio a la hora de fallar”.
De acuerdo con Cadavid, el país está en mora de revisar y actualizar los mapas de las zonas de protección ambiental en Colombia. “Muchas de esas zonas ya perdieron su vocación. Además, por cuenta de una norma que no guarda relación con la realidad, a los campesinos no se les puede restituir”, declaró la directora de la Unidad de Restitución de Tierras en Antioquia, quien sostuvo que, en todo caso, los jueces deben mirar en detalle cada caso a la hora de emitir sus fallos.
“También se puede pensar en estímulos para los campesinos que viven en zonas de reserva para que sean ellos quienes cuiden a la vez que habitan allí. Ahora, diría que, en principio, los jueces deberían tener en cuenta la legislación sobre zonas de reserva forestal, pero cuando la realidad muestra un contexto muy diferente al del papel, las decisiones se deben modular, máxime en una instancia de justicia transicional”.
Lina Correa, exdirectora de la Unidad de Restitución de Tierras, Territorial Antioquia, actual consultora en temas de tierras, señala que en casos como el del corregimiento Macondo, que plantean un complejo conflicto socioambiental, no solo bastan los criterios técnicos y legales; también se debe incluir las historias de los colonos que permitan entender cómo se pobló el territorio protegido y cómo ha sido su utilización.
“Esas zonas que se han definido dentro del ordenamiento medioambiental como de protección han tenido un proceso histórico de poblamiento y ocupación”, sostuvo Correa, quien plantea: “lo importante para poder hacer un buen ordenamiento medioambiental es poder contar con los campesinos que están al interior. De manera que ellos no se vean como una amenaza sino como un activo, como unos aliados que pueden apoyar esas estrategias de conservación y protección medioambiental”, argumentó.