Un fallo contra dos integrantes de la Convivir Papagayo contradice al Fiscal de Medellín que precluyó una investigación contra Chiquita y otras empresas bananeras por nexos con ‘paras’.
Alto Tribunal en Antioquia asegura que Convivir Papagayo es creacion de las Auc. |
El debate sobre los vínculos entre bananeros y paramilitares volvió a quedar nuevamente sobre el tapete luego de que el Tribunal Superior de Antioquia confirmara la condena contra dos ex directivos de la convivir Papagayo.
“El dominio de las autodefensas sobre la Convivir Papagayo era de tal magnitud, que prácticamente ambas organizaciones, una de origen legal y la otra una organización criminal, confluían en objetivos, actores y directivos”, dice en un aparte del fallo de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia.
El pronunciamiento del Alto Tribunal, del 17 de abril de 2012 que conoció VerdadAbierta.com, se originó tras resolver la apelación presentada por los abogados defensores de Arnulfo Peñuela Marín, Gerente administrador de la Asociación de Vigilancia y Seguridad Privada Papagayo, y ex alcalde de Carepa y ex sargento de la Brigada XVII del Ejército, y Epitasio Antonio Arboleda Vélez, coordinador de zona, quienes fueron condenados en primera instancia por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia en agosto de 2010.
Los hechos se remontan al 8 de febrero de 2008, cuando la Fiscalía General de la Nación ordenó investigar a quienes hubieran hecho parte de la cooperativa Papagayo, pues se tenía información que a través de ella los sectores bananero y ganadero del Urabá antioqueño habían financiado a las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) entre 1997 y 2004.
Las pesquisas permitieron identificar a Arnulfo Peñuela Marín y a Epitasio Antonio Arboleda Vélez, como miembros de Papagayo, quienes fueron capturados, vinculados a la investigación y acusados el 19 de marzo de 2009 por el delito de concierto para delinquir agravado.
Una vez valoradas las pruebas y los testimonios, entre ellos los de varios ex jefes paramilitares del Urabá antioqueño, el 4 de agosto de 2010 el juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia decidió condenar a Peñuela Marín y a Arboleda Vélez a seis años de prisión.
La decisión que fue apelada sus abogados defensores y le tocó resolverla a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia.
La decisión
El fallo del Tribunal se basa en dos argumentos para demostrar que a través de Papagayo se financiaron a las autodefensas y demuestran los vínculos de los dos investigados, Peñuela Marín y Arboleda Vélez, con los paramilitares.
El primero los testimonios de los ex jefes paramilitares Salvatore Mancuso Gómez, Rodrigo Tovar Pupo, Fredy Rendón Herrera, Evert Velosa García y Raúl Hasbún Mendoza, quienes en diversas ocasiones admitieron que las Convivir fue una fachada del paramilitarismo en el Urabá antioqueño y en el departamento del Magdalena.
El Alto Tribunal encontró creibles las declaraciones de los ex comandantes de las Auc, contrario a lo expuesto por la Defensa de los condenados, que argumentó que esos testimonios “eran de oídas”.
“Estos testigos son coherentes en sus declaraciones”, afirma la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia. “Y aunque ellos mismos manifiestan que era el señor Raúl Hasbún la persona encargada de toda la parte de financiación y acopio de los dineros aportados por estas compañías fruteras, es evidente que ellos sí fueron testigos directos de las reuniones que se celebraron entre los jefes paramilitares para coordinar todo lo relacionado con los recaudos ilegales”.
A juicio del Alto Tribunal, en estos encuentros aquellos ex jefes paramilitares de las Auc, que rindieron testimonio durante este proceso, “se pudieron enterar, de manera directa como funcionaban las maniobras financieras para realizar estos cobros y cómo operaban los ardides para que el capital fuera a parar a manos de las autodefensas”.
Y el segundo aspecto que sirvió para confirmar la sentencia contra Peñuela Marín y Arboleda Vélez fue el acuerdo de aceptación celebrado en marzo de 2007 entre la Chiquita Brands International y el Departamento de Justicia de Estados Unidos de haber pagado a las Auc entre 1997 y 2002 cerca de 1,7 millones de dólares, lo que le significó una multa de 25 millones de dólares impuesta por las autoridades norteamericanas.
Sobre este acuerdo de aceptación, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia asegura que en ese documento se dijo que la comercializadora multinacional de banano admitió que no recibieron “por parte de ninguna Convivir servicios de seguridad o equipos de seguridad efectivo a cambio de los pagos”.
Con lo anterior, dice este Tribunal, “se derrumba la teoría de la Defensa cuando quiere hacer creer que los pagos realizados por las bananeras se dieron como contraprestación de servicios de vigilancia, pues el señor Hasbún acepta que las Convivir, y esto incluye a Papagayo, surgieron para financiar las autodefensas, y así lo hicieron, pues una de las empresas más grandes del Urabá antioqueño lo confirma”.
¿Qué es Papagayo?
La Asociación de Vigilancia y Seguridad Privada Papagayo se creó a mediados de la década del noventa bajo el amparo del Decreto 356 o Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada de 1994 y de la Resolución 368 de 1995, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Ambas normas autorizaban el porte de armas de uso privativo de la Fuerza Pública a estas organizaciones conformadas por civiles. Para 1997, se habían creado 414 asociaciones en todo el país y según cifras de la época llegaron a tener ciento veinte mil efectivos.
Con el auspicio y apoyo de la Gobernación de Antioquia y la Brigada XVII del Ejército, en el Urabá antioqueño se constituyeron 13 asociaciones Convivir en diversos municipios de esa subregión, las cuales mediante un proceso de reunificación se agruparon alrededor de Papagayo.
Al respecto, el Tribunal Superior de Antioquia conceptúa que ésta se “convirtió en la zona del Urabá antioqueño en una poderosa organización que tuvo influencia en todos los sectores de la región, en lo militar, político, social y religioso, con tentáculos en las diferentes poblaciones que componen esta rica zona del occidente colombiano”.
De acuerdo con el análisis de este Alto Tribunal, los líderes y empleados de Papagayo, entre los que se destacaban Peñuela Marín y Arboleda Vélez, “eran respetados y reconocidos por toda la comunidad de Urabá, que veían en ellos una figura de autoridad, pues la Convivir tenía el apoyo de las fuerzas legalmente constituidas del Estado, Ejército y administraciones municipales, y por otro lado, eran protegidos y respaldados por sus verdaderos creadores, las Autodefensas Unidas de Colombia”.
Dos circunstancias resalta esta sentencia en segunda instancia relacionada con la actuación de la Convivir Papagayo: de un lado que “fue creada y manejada por la autodefensa, brindando al grupo ilegal apoyo logístico y de inteligencia, fruto de lo cual los armados ilegales realizaron acciones militares en la región”; y de otro, que “el dominio de las autodefensas sobre ella era de tal magnitud que, prácticamente, ambas organizaciones, una de origen legal y la otra una organización criminal, confluían en objetivos, actores y directivos”.
Muestra de ello, justamente, lo representaban Peñuela Marín y Arboleda Vélez. Si bien nunca fueron vistos armados o vistiendo prendas militares, mostraban una doble función dentro de la comunidad: “por un lado hacían obras sociales que beneficiaban a los habitantes de la región, y por el otro ejercían su labor como integrantes de grupos paramilitares”, asegura el Alto Tribunal.
Por todo ello, los magistrados Yamil Cylenia Martínez Ruiz, Juan Carlos Cardona Ortiz y Plinio Mendieta Pacheco, quienes integran la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia, confirmaron la sentencia condenatoria contra Peñuela Marín y Arboleda Vélez proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Antioquia fechado el 4 de agosto de 2010, ante la cual le cabe el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
Tribunal Vs Fiscalía 33
Las argumentaciones expuestas por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia contradicen en diversos puntos las expuestas por el Fiscal 33 Especializado de Medellín, Humberto Villamizar Corzo, quien al resolver el pasado 6 de mazo la situación jurídica de los directivos y ex directivos de la Chiquita Brands International, C.I. Banadex S.A. y Banacol, decidió abstenerse de dictar medida de aseguramiento y precluyó la investigación.
Una primera contradicción se centra en el tratamiento que se le dio al acuerdo de la Chiquita Brans Internacional con la justicia norteamericana. Mientras que el fiscal 33 no lo tuvo en cuenta como prueba contra los empresarios, para el Tribunal fue esencial para determinar el delito de concierto para delinquir contra Peñuela Marín y Arboleda Vélez.
La segunda contradicción está relacionada con el peso que le otorgan, Fiscalía y Tribunal, a los testimonios de los ex comandantes paramilitares. Mientras que para la Fiscalía 33 Especializada lo dicho por los ex jefes paramilitares que actuaron en Urabá no tenían ninguna validez por cuanto tuvieron ninguna injerencia o participación en la conformación de las Convivir en Urabá, particularmente en Papagayo; para la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Antioquia son “coherentes en sus declaraciones”, por lo cual respaldan su decisión.
Una tercera contradicción es la manera cómo unos y otros valoraron la actuación de los empresarios de la Chiquita Brans International ante las Auc.
Si bien el fiscal Villamizar Corzo concluyó que no existían indicios que determinaran que los empresarios bananeros hicieron acuerdos con los jefes paramilitares de Urabá para financiar sus actividades contrainsurgentes; los magistrados del Alto Tribunal consignaron que la aceptación que hiciera la multinacional en Estados Unidos era un indicio incuestionable de que realmente sí hubo acuerdos de financiación, pues admitieron que en contraprestación no recibieron servicios de seguridad.
Tales diferencias son importantes de destacar por cuanto la preclusión de la Fiscalía 33 Especializada de Medellín a favor de los directivos y ex directivos de las firmas comercializadoras de banano fue apelada tanto por el ex jefe paramilitar Raúl Hasbún Mendoza como por abogados de la Corporación Jurídica Libertad y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, que representan a varias víctimas en ese proceso, y tendrá que ser decidida en instancias superiores en los próximos meses.
Asimismo, otra apelación que tendrá que resolverse, pero esta vez en caso contrario, fue la instaurada por los abogados del empresariobananero, ganadero y minero, Guillermo Gaviria Echeverri y de su hombre de confianza Juan Esteban Álvarez, contra quienes pesa desde la semana pasada una medida de detención domiciliaria dictada por la Fiscalía 51 Especializada de Medellín que los investiga por sus presuntos aportes económicos a las Auc en el Urabá antioqueño.
Los argumentos de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín se abre un debate jurídico de grandes proporciones en el país sobre la manera cómo vienen siendo argumentados y respaldados los procesos penales contra los empresarios bananeros en relación con sus supuestos aportes a las Auc en el Urabá antioqueño entre los años 1997 y 2004.