Ahora que el Tribunal Especializado de Cartagena dictó sentencia sobre un caso histórico de reclamación de tierras en el departamento de Magdalena, la tarea de diversas entidades estatales es garantizar que no estalle un conflicto entre los restituidos y quienes ocupan los predios actualmente, a los que también se les reconoció su condición de vulnerabilidad.

La restitución de nueve fincas en estas dos veredas del municipio de Chibolo es más compleja de lo que parece, pues de fondo enfrenta a dos grupos de campesinos, en similares condiciones sociales y económicas, ambos afectados por la guerra que azotó esta región del norte del país.

El Tribunal de Restitución de Cartagena ordenó devolver los predios “Las Miradas”, “San José” y “Los Farallones”, de la vereda El Encanto; y “Jesuralén”, “La Reformita”, “Las Malvinas”, “El Milagro”, “Las Cuatro Hermanas” y “Nueva Villa María”, de Bejuco Prieto, a sus antiguos dueños, 11 en total, quienes fueron beneficiarios de procesos de reforma agraria en 1991 y, luego, desplazados por la confrontación armada y el interés de paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) de apropiarse de esas tierras.

El asunto es que esas fincas están en manos de otros campesinos, quienes compraron y explotaron los predios durante varios años. Así lo admitió la decisión judicial y por ello también los cobijó, ordenando que se deben compensar económicamente dado que les reconoció la “buena fe exenta de culpa”, es decir, que no se aprovecharon del conflicto armado para hacerse a esos predios. (Descargue la sentencia)

Al devolverles la titularidad a quienes fueron beneficiados por el Incora y, a su vez, reconocer la condición de vulnerabilidad de quienes habitan y explotan en la actualidad esos predios, las magistradas le plantean un reto grande a las entidades del Estado, que deberán evitar que entre unos y otros se presenten conflictos en el proceso de la devolución material de los predios.

Errores y obstáculos

Restitución de tierras en Chibolo, Magdalena
En la reciente sentencia de restitución del Tribunal de Cartagena, las magistradas ordenaron en la mayoría de casos restituir a las familias tituladas por el antiguo Incora y compensar económicamente a los segundos ocupantes, a quienes declaró compradores de “buena fe”. Foto: archivo Unidad de Restitución.

Pero, ¿cómo se llegó a esa situación? Antes del 1 de enero de 2012, cuando entró en vigencia la Ley 1448, conocida como de Víctimas y Restitución de Tierras, los tribunales de Justicia y Paz, creados por la Ley 975 de 2005, atendían las reclamaciones de predios presentadas por campesinos que alegaban que habían sido despojados en medio del conflicto armado.

En el caso de Chibolo, magistrados de Justicia y Paz decidieron sobre la reclamación de 12 parcelas de la vereda El Encanto, y las demás solicitudes ingresaron al proceso de restitución a través de la Ley de Víctimas.

Si bien se determinó que el entonces jefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, se había aliado con funcionarios del Incora para despojar tierras en Magdalena, la realidad en las veredas El Encanto y Bejuco Prieto mostraba que no todos los predios eran explotados por cómplices y testaferros del grupo armado ilegal.

VerdadAbierta.com conversó con abogados que conocen el caso de Chibolo y explicaron que la Unidad de Restitución de Tierras (URT) se equivocó cuando hizo la primera caracterización del despojo, documento base para formular la demanda ante jueces especializados.

El error de la URT, según los conocedores, se produjo cuando, tras recibir las solicitudes en 2012, documentó las reclamaciones de las familias tituladas por el Incora y que fueron desplazadas por los paramilitares, pero no de las de otras familias que vivían en los predios reclamados y que las magistradas concluyeron que compraron “sin aprovecharse del conflicto”.

Sólo hasta 2015 la Unidad identificó este fenómeno como “segundos ocupantes” y diseñó un reglamento para su atención. Sin embargo, para esa fecha las fincas de El Encanto y Bejuco Prieto ya estaban en etapa judicial, de manera que las primeras familias fueron representadas por la Comisión Colombiana de Juristas y las segundas por la Corporación Yira Castro, en calidad de “opositoras”.

Ahora que la sentencia ordena que se restituyan nueve predios a las primeras familias poseedoras y a las segundas se les compense económicamente, ambas organizaciones no gubernamentales trabajan para que las entidades estatales cumplan las órdenes emitidas por el Tribunal Especializado de Cartagena, pero que éstas en lo posible sean “acciones sin daño”. En otras palabras, que no causen revictimización.

“Este es un proceso particular porque muestra los matices de la restitución en el territorio. De cómo se dio el repoblamiento en medio del conflicto armado. El reto está en que las instituciones sean diligentes en el cumplimiento de las órdenes”, indica Paula Villa, abogada de la Comisión Colombiana de Juristas.

En esto coincide Irene López, directora de la la Corporación Yira Castro, quien explica que esperan, por ejemplo, celeridad del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) para que realice los avalúos comerciales de los predios y con base en ellos, la URT pueda compensar económicamente a los segundos ocupantes: “Esto nos preocupa. Porque en el cumplimiento de otras sentencias el Igac se ha demorado, expresando que no cuentan con disponibilidad de recursos”.

Ambas organizaciones defensoras de derechos humanos concuerdan en que debe haber una coordinación de las entidades estatales en la entrega de los predios y las compensaciones. Para lograrlo, las organizaciones buscarán en las próximas semanas una reunión con altos funcionarios de la URT para que les informen sobre la disponibilidad de recursos y predios del Fondo de Tierras.

Esa información es clave dada la preocupación que genera la decisión judicial: aunque la sentencia ordena la entrega de un predio equivalente y un proyecto productivo para un segundo ocupante en Bejuco Prieto, aclara que estas medidas quedan condicionadas a “que no se ponga en riesgo la sostenibilidad fiscal de la política de restitución”, lo que podría convertirse en una manera de dilatar la ejecución de las medidas ordenadas en el fallo.

Despojo masivo

Alias JOrge 40
El exjefe paramilitar del Bloque Norte de las Auc, ‘Jorge 40’, se alió con varios funcionarios del antiguo Incora para revocar los títulos que el Gobierno había entregado a familias beneficiarias de la reforma agraria. Foto: archivo Semana.

Las fincas reclamadas en las veredas Bejuco Prieto y El Encanto hicieron parte de procesos de reforma agrararia que el gobierno nacional impulsó en varias regiones del país, incluido el departamento de Magdalena. Según registró la sentencia, el ganadero Jaime Barros las vendió al Incora después de que el 23 de mayo de 1990 la guerrilla del Eln asesinó a su cuñada, Aminta Isabel Jaraba, quien, junto a Antonio Barrios, eran dueños de la vecina finca El Pavo.

El Incora parceló los predios y los tituló a campesinos entre agosto y septiembre de 1991. Como ocurrió en otros departamentos, los beneficiarios posteriormente quedaron en el medio de una guerra desatada entre guerrilleros y paramilitares, entre otras razones porque algunas de esas regiones eran estratégicas para la guerra. Chibolo y sus veredas no fueron la excepción.

Los campesinos sólo pudieron cultivar las tierras, con relativa calma, durante dos años. Entre 1993 y 1994 varios parceleros de Bejuco Prieto se desplazaron después de que la guerrilla de las Farc amenazó al secretario de la Junta de Acción Comunal y asesinó a Guillermo Buelvas y Juan Orozco.

La violencia arreció en 1996 cuando comandos paramilitares llegaron a El Encanto y asesinaron a Jesús Olivo Vega, representante del comité de adjudicatarios; a Astrid Contreras, promotora de salud; y a Iris Andrade Ortiz. El desplazamiento masivo ocurrió el 29 de julio de 1997, tras el homicidio del profesor Roberto Barrios Andrade.

La Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía documentó cómo, en 1997, el entonces jefe paramilitar alias ‘Jorge 40’ se instaló en la región. La razón la explicó a la justicia uno de sus subalternos, Lino Antonio Torregrosa: “Era una zona estratégica, contaba con montañas altas, hay quebradas muy profundas, se podría esconder cualquier cosa, había vía para Plato, para Chibolo, para Pivijay. Si el Ejército se metía por un lado, ellos se podían salir por el otro, y erran tierras muy prósperas”.

Inicialmente, alias ‘Jorge 40’ llegó a la hacienda La Pola, donde el Incora no pudo terminar los procesos de titulación, porque el entonces jefe paramilitar amenazó a los campesinos, mató al pastor Antonio Rodríguez Felizzola y con las tierras abandonadas, las cercó con electricidad y las ocupó con ganado. En la conocida “casa del balcón” montó una especie de “despacho” desde donde coordinó el despojo que se extendió a sangre y fuego por los municipios de Plato, Sabanas de San Ángel, Pivijay, Ariguaní, Aracataca y Ciénaga.

Según la confesión de Óscar Ospino Pacheco, alias ‘Tolemaida’, ‘Jorge 40’ pasó de La Pola a la finca El Pavo, que también convirtió en una “base paramilitar”. El entonces jefe paramilitar se mantuvo en esta zona fraguando alianzas con políticos y funcionarios locales. En septiembre de 2000, promovió la firma del llamado “Pacto de Chibolo”, cuando el grupo armado ilegal escogió varios de los candidatos a la Asamblea de Magdalena, a concejos y alcaldías de 13 municipios, para las elecciones de marzo de 2001. (Lea: “Yo estuve el Pacto de Chibolo”)

Un año después, en 2002, logró que el antiguo Incora revocara de forma masiva los títulos que había entregado a los campesinos beneficiarios de la reforma agraria, incluidos los del El Encanto y Bejuco Prieto, quienes estaban en condición de desplazamiento. El instituto tomó la decisión indicando “abandono de las tierras”, sin evaluar los efectos de la violencia paramilitar.

En el caso de El Encanto, la Unidad de Justicia y Paz documentó que varias de las revocatorias se basaron en los testimonios de Víctor y Pedro Pimienta, dos ganaderos que participaron luego en las compras tierras. En 2003, el Incora emitió nuevas resoluciones, esta vez de readjudicación, a favor de varios cómplices de las Auc. (Lea: La toma del Incoder)

Pero en terreno, la realidad era compleja. La justicia transicional encontró que aunque ‘Jorge 40’ quiso poner las tierras a nombre de sus aliados, no todas eran explotadas o cultivadas por personas afines a su grupo. La investigación comenzó en 2006, después de la desmovilización del Bloque Norte de las Auc, cuando el Ejército encontró una caleta en una finca en Sabanas de San Ángel, donde el jefe paramilitar también solía despachar. Allí había una carpeta que contenía los documentos de 36 parcelas del El Encanto y Bejuco Prieto con el rótulo de “predios a legalizar”.

El hallazgo fue el punto de partida para que la Fiscalía dilucidara cómo ‘Jorge 40’ quiso feriarse las tierras junto a Miguel Gnecco, alias ‘Don Armando’; César Augusto Castro, conocido como ‘Tuto Castro’; Omar Montero Martínez, alias ‘Codazzi’; y Óscar Ospino Pacheco, alias ‘Tolemaida’. (Lea: El Incora, ’40’ y sus ladrones de tierras)

En 2007 las comunidades retornaron bajo riesgo y hasta 2010, con el panorama más claro, las autoridades comenzaron a emitir órdenes de captura contra los despojadores y sus cómplices (Lea: Ordenan captura de ‘Tuto’ Castro por robo de tierras, asesinatos y desplazamiento y Ex gerente de Incora acepta que se reunió con ‘Jorge 40”).

El 2012 fue un año en el que se tomaron algunas decisiones de fondo para remediar la situación. Por orden de la Corte Suprema de Justicia, el Incoder comenzó a revocar las resoluciones con las que el Incora quiso legalizar el despojo. Además, en sentencia anticipada, fue condenado José Fernando Mercado Polo, el exgerente regional del Incora, quien, en 2003, firmó las resoluciones; y continuó el juicio contra otros exfuncionarios del instituto. (Lea: A juicio exfuncionarios del Incora por despojo de tierras en Chibolo).

Pero la búsqueda de soluciones a un problema creado por la alianza entre paramilitares y funcionarios del Incora generó riesgos para los reclamantes, quienes comenzaron a recibir amenazas, sin que se haya determinado su origen. (Lea: Chibolo en Riesgo)

Desde hace cinco años, las reclamaciones han sido resueltas, unas en Justicia y Paz, y las otras por Jueces y Magistrados Especializado en Restitución de Tierras. Las comunidades han llamado la atención sobre la demora en los procesos, también en la aplicación de las medidas ordenadas por las sentencias y las condiciones de seguridad. (Lea: Las dos caras de la restitución en Chibolo y Devuelven tierras a campesino de Magdalena en medio de difíciles condiciones de seguridad)

Por ahora sigue pendiente que los jueces especializados en restitución de tierras se pronuncien sobre otras parcelaciones, como Parapeto, en Chibolo; Tranquilandia y Macaraquilla, en Aracataca; y Oceanía, en Sabanas de San Ángel. Mientras tanto, sobre la reciente sentencia de El Encanto y Bejuco Prieto, las instituciones tienen una tarea crucial: garantizar el cumplimiento de las medidas dictadas para los restituidos y segundos ocupantes, de manera que ambas comunidades tengan estabilidad socioeconómica y no se repitan las condiciones que dejó la guerra.