Fiscalía tiene 47 solicitudes de libertad de exparamilitares

      
En las próximas semanas, el Ente acusador deberá resolver si extiende los “paz y salvos” correspondientes y exponer los casos ante magistrados de Justicia y Paz, quienes en últimas resuelven si los dejan libres o no. En este proceso, ya hay cuestionamientos.

Por lo menos 161 desmovilizados cumplen ocho años de cárcel en 2014.Por lo menos 47 solicitudes de libertad condicional ya fueron radicadas ante la Fiscalía General de la Nación de exparamilitares detenidos y postulados a la Ley de Justicia y Paz, norma transicional que otorga beneficios a quienes se sometieron a este proceso transicional luego de su desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), entre ellos ocho años de cárcel

Así lo confirmó el Ente acusador y de paso reiteró que esas libertades, que técnicamente se llaman sustitución de medida de aseguramiento, es decir que pasan de la prisión a la casa, pero continúan vinculados a los procesos que se les sigue, deberán seguir un procedimiento especial.

Héctor Eduardo Moreno, coordinador de la dirección nacional de Justicia Transicional (antes Unidad de Fiscales para la Justicia y la Paz) aseguró que los postulados no obtienen la libertad “de manera automática”, pues el caso de cada uno se someterá a un proceso de verificación.

Según datos de esa dependencia, este año 161 excombatientes cumplen los ocho años de reclusión, tope máximo de prisión establecido en la Ley 975 de 2005, conocida como de Justicia y Paz, y 47 de ellos ya radicaron su respectiva solicitud ante la Fiscalía para iniciar su proceso de libertad condicional o sustitución de medida de aseguramiento. Hasta el momento cinco exparamilitares han recibido ese beneficio.

Entre los solicitantes hay once poderosos exjefes paramilitares que, en aplicación de las normas transicionales, alegan que ya cumplieron los requisitos para quedar en libertad condicional, ellos son: Arnubio Triana Mahecha, alias ‘Botalón’; Édgar Ignacio Fierro Flórez, ‘Don Antonio’ ; Ramón Isaza, alias ‘El Viejo’; Edwar Cobos Tellez, alias ‘Diego Vecino’; Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’; Jorge Iván Laverde Zapata, ‘El Iguano’;
Uber Banquez, alias ‘Juancho Dique’; Rodrigo Pérez Alzate, alias ‘Julián Bolívar’Jesús Ignacio Roldán Pérez, alias ‘Monoleche’Iván Roberto Duque Gaviria, alias ‘Ernesto Báez’, y Manuel de Jesús Pirabán, alias ‘Jorge Pirata’.

Esas solicitudes están siendo revisadas al detalle por el Ente acusador bajo los criterios consignados en una circular interna que envió Eduardo Montealegre, Fiscal General de la Nación, el pasado 4 de agosto, con el fin de determinar si el postulado cumplió con los requisitos que demanda la ley.

Los requisitos
Caterina Heyck Puyana, directora de articulación de fiscalías nacionales especializadas, explicó que el documento enviado por el Fiscal General aclara que la certificación de las solicitudes de libertad condicional estará supeditada al cumplimiento a las siguientes condiciones: haber permanecido como mínimo ocho años en un establecimiento de reclusión luego de su desmovilización; participado en actividades de resocialización; colaborado en el esclarecimiento de la verdad en las diligencias de Justicia y Paz; entregado bienes para la reparación de las víctimas, y no haber cometido ningún delito posterior a su desmovilización.

Frente al tema de la contribución al esclarecimiento de la verdad, la Fiscalía tendrá que certificar si los datos suministrados por los postulados en sus confesiones durante las versiones libres permiten establecer la información general del grupo armado ilegal, los crímenes que cometieron en sus áreas de influencia, las relaciones con políticos, empresarios o miembros de la Fuerza Pública, mecanismos de financiación, identificación de las redes de apoyo, los vínculos con el narcotráfico, nombres de los desaparecidos y la ubicación de sus restos.

También deberá precisar el Ente acusador si el postulado aún es solicitado para asistir a las diligencias de confesión y los hechos que están por verificarse. Cuando recobran su libertad condicional, los excombatientes se comprometen a presentarse ante la justicia cuando sean requeridos, de lo contrario perderán sus beneficios.

Otra de las verificaciones que debe hacer la Fiscalía es que los postulados no hayan cometido ninguna clase de delitos luego de la entrega de sus armas y su postulación a los beneficios de la Ley de Justicia y Paz.

“Hemos establecido que debe recopilarse información de otros procesos, en caso de que existan procesos en otras direcciones, para lo cual hemos activado un mecanismo interno de verificación y de averiguación”, comentó Heyck.

Al respecto, esa labor de verificación permitió que se rechazara una solicitud de libertad condicional. El pasado 6 de agosto, al exjefe del Bloque de Cundinamarca, Luis Eduardo Cifuentes, alias ‘el Águila’, se le negó su solicitud al encontrarse que desde febrero de 2013 tenía pendiente un proceso ante la justicia ordinaria, en el que está sindicado del secuestro y posterior asesinato del estudiante universitario Humberto Sarmiento Villate, quien bajo engaños fue llevado a una zona rural de Yacopí (Cundinamarca) a desenterrar una supuesta guaca. Este crimen fue cometido el 9 de noviembre de 2012, y uno de sus autores materiales confesó su participación y vinculó al exparamilitar.

Los que ya recobraron su libertad
Hasta el momento cinco exparamilitares han sido beneficiados con la medida de sustitución de la medida de aseguramiento y abandonado el penal, el último de ellos fue Jesús Noraldo Basto León, alias ‘Parabólico’ o ‘Móvil 15’, decisión que hizo pública esta semana el Juzgado de Ejecución de las Sentencias de Justicia y Paz de Bogotá.

Basto perteneció al frente Héctor Julio Peinado de las Auc y fue condenado en el 2013 a una pena alternativa de 7 años y 6 meses. El ex paramilitar permanecía recluido en la cárcel desde enero de 2007.

Los otros paramilitares que ya han salido de la cárcel son Víctor Asís Quintero, Jhon Jairo Álvarez Manco, Ramiro de Jesús Rojas Álvarez y José de Jesús Pérez. De ellos, Álvarez Manco fue el primero en recibir el beneficio. En diciembre de 2013, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín ordenó su libertad, la cual se hizo efectiva en abril pasado (Ver: Justicia y Paz comienza a dejar en libertad a ex paramilitares)

El camino no será fácil
Si bien la Fiscalía tiene claros los procedimientos para certificar o no las solicitudes de libertad condicional, el camino que deberá seguir ante los magistrados de las distintas salas de Justicia y Paz en el país no será nada fácil y podrá encontrar tropiezos, sobre todo en aquellos casos en los cuales alegue que los postulados no cumplieron con el esclarecimiento de la verdad.

Al hacer una revisión de las libertades, ya tuvo su primera derrota. Se trata del trámite de la solicitud de sustitución de la medida de aseguramiento del postulado José De Jesús Pérez Jiménez, alias ‘Sancocho’, quien se desmovilizó con el Bloque Calima de las Auc y estaba detenido desde el 29 de diciembre de 2005.

Tras considerar que había cumplido con todos los requisitos, solicitó a mediados de este año su libertad condicional, no obstante tras valorar su caso un magistrado con Funciones de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, se la negó en decisión tomada el pasado 28 de abril.

Los argumentos se negación se centraron en tres aspectos: no participó de manera activa en procesos de readaptación ni en actividades laborales, cometió actos de indisciplina durante su permanencia en el penal y no contribuyó con el esclarecimiento de la verdad.

Esta decisión fue apelada por el abogado de alias ‘Sancocho’ y el caso llegó hasta la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que tras valorar los argumentos de unos y otros resolvió revocar la medida tomada por el magistrado de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá y le otorgó la libertad condicional al postulado el pasado 2 de julio.

En su fallo, la Corte cuestionó el papel de la Fiscalía en este caso, pues en diversas ocasiones manifestó que no estaban dadaslas condiciones para que Pérez Jiménez obtuviera el beneficio de la sustitución de la medida de aseguramiento argumentando siempre que no contribuyó con la verdad, pese a que confesó 231 hechos criminales.

De acuerdo con el Ente acusador, citado por la Corte, este postulado “no ha contribuido de manera eficiente con la obtención de la verdad, ya que no ha ofrecido mayor información que conduzca a esclarecer los detalles relacionados, por ejemplo, con la vinculación de terceros al accionar paramilitar, tales como financiadores, colaboradores y vínculos de políticos”.

Al valorar esos argumentos, el alto tribunal aseguró que “carece de legitimidad para oponerse a la sustitución de la medida de aseguramiento, el fiscal que a estas alturas del proceso argumenta que el desmovilizado no ha colaborado de manera suficiente con el esclarecimiento de la verdad; ya que, de ser cierto, lo que debió hacer fue solicitar su expulsión tan pronto como tal comportamiento evasivo quedó evidenciado”.

Para sustentar su decisión, la Corte llamó la atención a los fiscales de Justicia y Paz sobre la enorme responsabilidad que tienen “en relación con la actividad que realiza el desmovilizado frente a su obligación de contribuir a dicha construcción, la cual, de no cumplirse, activa en dicho funcionario la legitimidad para perseguir su exclusión”.

Para reforzar sus conceptos, la Corte les recordó el papel activo que deben cumplir los fiscales en las versiones libres que rinde un postulado: “De modo que a la finalización de la versión libre la Fiscalía debe poder desentrañar si hay causal de archivo, de preclusión, si el desmovilizado ha desistido de su decisión de trasegar por la vía transicional, si hay razón para excluirlo, o si están dados los presupuestos para formular imputación, entre los cuales está, se insiste la versión completa y veraz; y actuar en consecuencia”.

Si bien los procesos de solicitud de libertad condicional están en marcha, no serán fáciles, sobre todo porque, en últimas, la decisión final la toman los jueces y, como lo ilustra este caso, en caso de que no haya una certificación en el concepto de esclarecimiento de la verdad se podrán chocar con argumentos como los expuestos por la Corte en el caso de la libertad de alias ‘Sancocho’.