Cómo resolvieron los puntos más controversiales de la justicia transicional

      

Quiénes acudirán a la Jurisdicción Especial de Paz, cómo será la amnistía, quiénes podrán ser extraditados y qué pasará con las protestas sociales y la justicia indígena.

El 23 de septiembre de 2015 pactaron las bases de la Jurisdicción Especial de Paz. Foto: archivo Semana.El nuevo modelo de justicia transicional abarca a todos los responsables, sean combatientes o civiles, y la sanción depende de qué tanta verdad digan y qué tan rápido lo hagan. Esas fueron las bases principales que el Gobierno y las Farc dieron a conocer en septiembre de este año cuando anunciaron al pacto sobre la Jurisdicción Especial de Paz. Desde entonces, las discusiones se extendieron por casi tres meses, hasta esta semana que por fin mostraron el texto completo.

La justicia transicional es para acabar con largos período de guerra en un tiempo relativamente corto pero a diferencia de otros países como El Salvador, Sudáfrica y Guatemala, donde los conflictos duraron entre 12 y 36 años, en Colombia se trata de una guerra de más de medio siglo.

Y la Jurisdicción Especial de Paz no sólo juzgará a las dos partes negociadoras, es decir a la guerrilla y el Estado, sino que allí también entran civiles, políticos, financiadores, personas con procesos jurídicos en curso y hasta algunos condenados.

Por ejemplo, en el acuerdo quedó explícito que la nueva jurisdicción se informará acerca de más de 15.000 procesos que Justicia y Paz trasladó a los juzgados ordinarios para que investigaran a políticos, militares y civiles. Esos casos se pausaron casi por completo al llegar a los juzgados convencionales y tal parece que el nuevo modelo de justicia transicional aprendió la lección.

Este sistema judicial será completamente aparte del ordinario y, a diferencia de Justicia y Paz, no planea remitir casos a otros juzgados a menos que no sean de su competencia. La Jurisdicción Especial de Paz tendrá su propia unidad de investigación, que jugará un papel similar al que tiene la Fiscalía en la justicia ordinaria. Además, tendrá diferentes salas para sancionar, revisar los fallos, recibir impugnaciones e incluso para encargarse de los casos que algún órgano de la justicia ordinaria pretenda tumbar. También crearán una unidad independiente por fuera de la Jurisdicción para investigar y desmantelar organizaciones criminales, sus redes de apoyo, entre otros. Esta se conformará antes de la firma.

La Jurisdicción Especial de Paz se regirá principalmente por leyes internacionales y no tanto por la colombiana. Desde antes de que empezaran a discutir cuál sería el modelo de justicia, las Farc manifestaron que no estaban de acuerdo en que el mismo Estado al que combatieron, los investigara y condenara. Pues bien, el acuerdo especifica que “respecto a la responsabilidad  de los  integrantes de las FARC-EP se tendrá en cuenta como referente jurídico el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Penal”.

Las sanciones para todos los responsables van desde hacer trabajos comunitarios en lugares monitoreados sin que sea una cárcel, hasta 20 años de prisión. Aún no se sabe a dónde llevarán a los responsables pero el acuerdo da algunas pistas: habrá “un  mecanismo de consulta con los representantes de las víctimas residentes en el lugar de ejecución, para recibir su opinión y constatar que no se oponen al mismo”.

Tampoco se conoce quiénes serán los más de 20 magistrados de este tribunal, cómo los escogerán; ni cuál será el acceso real de la Jurisdicción a los documentos y fuentes de investigación.

Como pasó con los otros acuerdos, quedan algunas cosas pendientes pero lo grueso ya está dicho. Estos son los puntos que han generado más controversia y la manera en la que el Gobierno y las Farc les salieron al paso.

¿Quiénes serán juzgados?

justicia transicional 3La guerrilla pide insistentemente en que alias ‘Simón Trinidad’ salga de la prisión de Estados Unidos en la que se encuentra para incorporarse a los diálogos en La Habana. Foto: archivo Semana.“El componente de justicia del Sistema Integral de verdad, justicia, reparación, y no repetición se aplicará a todos los que participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado” se lee en el acuerdo, es decir, desde agentes del Estado hasta financiadores del paramilitarismo serán competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz.  En cuanto a los combatientes,  solamente se aplicará el componente de justicia a quienes firmen el acuerdo final de paz con el Gobierno, los demás serán investigados en la justicia ordinaria.
 
Sin embargo, los expresidentes no serán objeto de investigación de este sistema, estos seguirán regidos por el artículo 174 de la Constitución Política,  el cual establece a la Cámara de Representantes como el organismo encargado de formular acusaciones.  De esta manera,  los procesos adelantados contra Álvaro Uribe, como el caso de la Masacre de El Aro, seguirán su curso de investigación sin ser intervenido en algún momento por el  Tribunal.
 
De igual manera, cobra relevancia que dentro de la competencia de la Jurisdicción esta revisar las sanciones o investigaciones disciplinarias y administrativas contra las personas naturales, teniendo la facultad de anularlas o extinguirlas.  Es decir, que casos como el de la  exsenadora Piedad Córdoba y el profesor universitario Miguel Ángel Beltrán, ambos destituidos e inhabilitados por más de 10 años por supuestos nexos con la guerrilla de las Farc, podrán ser analizados por el ente.
 
Lo que todavía no está tan claro es el tema de los miembros de la Fuerza Pública. Ellos quieren que los traten diferente a los guerrilleros, pues desde la legalidad tienen el deber de combatir grupos irregulares. En efecto, la Jurisdicción Especial aclaró que sí tendrán un tratamiento diferenciado, con equidad y equilibrio, pero no especificó cuáles son los tipos de sanciones que recibirán en caso tal de ser sentenciados.

De guerrilleros a políticos
Desde el pasado 23 de septiembre, cuando se anunció el acuerdo en el punto de Justicia, quedó establecido que era de mutuo acuerdo la transformación de las Farc en un movimiento político legal. Sin embargo, había quedado en vilo si los máximos comandantes, a quienes se les investiga por crímenes de guerra y delitos internacionales, iban a poder participar en política y representar al  partido, movimiento u organización que se establezca luego de dejar las armas.
 
La situación quedó resuelta en el numeral 36 del acuerdo, el cual establece que cualquier sanción impuesta por el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición  no “inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política”, con lo cual se abre la posibilidad a que miembros del Secretariado de las Farc y los jefes de bloques participen de elecciones y ocupen cargos de representación.  Es decir, Iván Márquez podría volver a ser congresista por el departamento del Caquetá, como lo fue en la década del 80 con la Unión Patriótica.
 
Sin embargo, a pesar que el Gobierno se comprometió a dar todas las garantías necesarias a la guerrilla para su existencia como movimiento político, las pasadas elecciones regionales son un ejemplo que en los territorios hacer política de oposición no es tarea sencilla. La estigmatización y el señalamiento llevaron a que se cometieran atentados contra los candidatos, como ocurrió con Hugo Sánchez aspirante a la Alcaldía de Los Palmitos por la UP, o que desde la cárcel se adelantara campaña como lo hizo Marino Grueso en Guapi, Cauca.

Amnistía e indulto con excepción

justicia transicional 1En La Habana aún no se ha hablado públicamente de qué pasará con los cerca de 10.000 civiles que le colaboran de alguna manera a la guerrilla. Foto: archivo Semana.Este es quizá uno de los puntos que más ampolla ha levantado. Antes de que se pensara en la Jurisdicción Especial de Paz, el Gobierno se la jugaba por el Marco Jurídico para la Paz.  Ese fue el primer escenario en el que el procurador Alejandro Ordóñez y varios sectores, incluido el uribismo, criticaron que los crímenes de lesa humanidad y genocidio (como la desaparición generalizada o el asesinato sistemático) pudieran ser amnistiados si se les vinculaba con el delito político.

Sin embargo, el acuerdo de La Habana detalla que ninguna persona que haya cometido delitos  de  lesa humanidad, genocidio ni graves crímenes de guerra recibirá indulto ni amnistía, como lo indicael Estatuto de Roma. Pero para los responsables de delitos políticos habrá una amnistía “lo más amplia posible”. Esto cobijará a guerrilleros, personas acusadas de ser subversivos y hasta algunos presos actuales.

El quid del asunto está en lo que se entienda por delito político y sus conexos. En el acuerdo, por ejemplo, se asegura que esto incluye rebelión, porte ilegal de armas, muertes en combate compatibles con el Derecho Internacional Humanitario, aprehensión de combatientes durante operaciones militares, entre otros. Sin embargo, los congresistas serán quienes decidan hasta dónde va el delito político al redactar la Ley de Amnistía. (Lea ‘Delito político: ¿qué tanto se puede estirar?).

Lo que queda claro en este punto es que los amnistiados e indultados también tienen la obligación de decir la verdad y reparar a las víctimas.

Protesta social

Dentro del  acuerdo quedó establecido que la protesta pacífica y la defensa de los derechos humanos no pueden ser tipificados penalmente ni juzgados, por lo cual a las personas que hayan sido sancionadas, por hechos relacionados a dichas actividades, se les otorgarán tratamiento especial que puedan llegar hasta suprimir la pena. “La Sala de Amnistía e Indulto y la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz serán competentes para decidir si extingue, revisa o anula las sanciones, investigaciones y sentencias impuestas en los anteriores supuestos” dice el numeral 35 del acuerdo.
 
En ese sentido, casos como el paro agrario del año 2012 y 2014 adelantados por la Cumbre Agraria, donde se presentaron desmanes con la Policía que dejaron varios capturados (condenados por rebelión, terrorismo y violencia contra servidor público) podrán ser  amnistiados o indultados luego de pasar por la Sala de definición de situaciones jurídicas.

Extradición

justicia transicional 2Ricardo Palmera, alias ‘Simón Trinidad’, en el momento de su extradición hacia Estados Unidos. Foto: archivo Semana.Los guerrilleros no quieren que los extraditen, de hecho, en reiteradas ocasiones han catalogado este punto como garantía del fin del conflicto y el regreso al país Ricardo Palmera, alias ‘Simón Trinidad’ ha sido su caballo de batalla.

En efecto, la Jurisdicción Especial de Paz los blindó delas extradiciones, a ellos y hasta su segundo grado de consanguinidad, que va desde los abuelos hasta los hijos. Pero no es clara en cuál es la situación específica de otros responsables como agentes del Estado, combatientes de otros grupos armados o civiles.

Frente a las Farc, no importa si tienen o no amnistía o si cometieron graves delitos. “La garantía de no de extradición alcanza a todos los integrantes de las Farc-Ep y a personas acusadas de formar parte de dicha organización, por cualquier conducta realizada con anterioridad a la firma del acuerdo final”, reitera el acuerdo. La única manera para que los juzguen en el extranjero es que el hecho lo hayan cometido después de la rúbrica del proceso de paz e incluso en esas condiciones, la Jurisdicción Especial de Paz estudia el caso.

El Gobierno y las Farc no quieren que se repita lo que pasó en Justicia y Paz, cuando de la noche a la mañana 12 comandantes paramilitares fueron trasladados de sus cárceles a Estados Unidos. Por eso, el acuerdo especifica que en el acuerdo de paz final se tomarán todas las medidas para “evitar  que  otras  personas  que  estén  ofreciendo  verdad […] sean extraditadas antes de que terminen de ofrecer verdad”.

Autonomía de justicia indígena

Cuando los indígenas Nasa sentenciaron a fuetazos y a trabajos forzosos a siete guerrilleros por haber matado a dos de sus líderes en 2014 en el Cauca, se reanudó el debate de cuáles delitos deben ir a un juzgado común y cuáles se resuelven en los cabildos. Diferentes etnias exigieron que les respetaran su forma de justicia, pues es parte de su autonomía, tal como la Corte Constitucional lo ha dicho en diferentes ocasiones desde 1996.

Ahora, la Jurisdicción Especial de Paz se alineó con esas decisiones previas y advirtió que el Estado tiene que consultar con los pueblos indígenas “la forma y la oportunidad” en las que ciertos casos pasen del cabildo al nuevo modelo de justicia transicional.