Mientras la Fiscalía señala que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín no ofrece garantías de imparcialidad y transparencia para juzgar a este exjefe paramilitar y confeso narcotraficante, los abogados que representan a víctimas afirman que el Ente Acusador no ha investigado a fondo los crímenes.
A los aplazamientos y cancelaciones de audiencias que han generado serios retrasos en el proceso de Justicia y Paz que se le sigue a Diego Fernando Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’, quien estuvo al frente de los bloques Cacique Nutibara, Héroes de Granada y Héroes de Tolová de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), se sumó una compleja discusión jurídica que demorará aún más la posibilidad de proferir una sentencia contra este exjefe paramilitar y confeso narcotraficante.
Se trata de las solicitudes de recusación presentadas en Medellín tanto por la Fiscalía 45 de Justicia y Paz, Albeiro Chavarro, quien pidió a la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín declararse impedida para continuar el juzgamiento de alias ‘Don Berna’ al considerar que no ofrece las garantías de imparcialidad necesarias; como por el jurista Eduardo Carreño Wilches, abogado de la exsenadora Piedad Córdoba en el caso que se sigue contra el exjefe paramilitar por su secuestro, ocurrido el 21 de mayo de 1999 en Medellín, quien aseguró que la Fiscalía “no ha sido diligente en la documentación de los hechos criminales perpetrados por los bloques mencionados ni tampoco en develar sus patrones de macrocriminalidad”.
El Ente Acusador y el defensor de la exsenadora sustentaron sus peticiones en el Auto proferido por la Sala de Justicia y Paz el 4 de septiembre de 2013, en el que no solo se excluyó de los beneficios de la Ley de Justicia y Paz a siete postulados del Bloque Cacique Nutibara de las Auc, sino porque allí se ordenó compulsar copias para que se investigara a importantes dirigentes políticos, militares activos y en retiro, empresarios y al expresidente y Senador electo, Álvaro Uribe Vélez.
Según el Fiscal 45, en dicho Auto, la “Sala emitió conceptos sobre el postulado que, a criterio del Ente Investigador, sonjuicios y opiniones anticipadas que a la postre afectan la legalización de cargos contra Murillo Bejarano”.
En ese Auto, la decisión de exclusión se sustentó en que los postulados que hicieron parte del Boque Cacique Nutibara no cumplieron con los requisitos para acceder a los beneficios de la Ley 975 en tanto no colaboraron con la justicia, la desmovilización de esta estructura armada fue considerada “un montaje” y su máximo jefe, alias ‘Don Berna’, tampoco ha contribuido con la verdad sobre las acciones perpetradas por este grupo armado ilegal, que se desmovilizó en Medellín el 25 de noviembre de 2003.
Para el fiscal Chavarro, con esa decisión, la Sala de Justicia y Paz de Medellín prejuzgó la integridad de Murillo Bejarano y, de paso, quedó en tela de juicio la imparcialidad, objetividad y transparencia de este tribunal, toda vez que las pruebas presentadas en el proceso de exclusión de los siete postulados del bloque Cacique Nutibara hacen parte del escrito de acusación contra alias ‘Don Berna’. “La Sala ya valoró los elementos que también serán materia de análisis en esta audiencia concentrada del señor Murillo Bejarano”, argumentó el fiscal.
Chavarro agregó que en dicha decisión se afirmó que la llamada ‘Oficina de Envigado’, estructura fundamental en la conformación de los bloques Cacique Nutibara y Héroes de Granada, liderada por alias ‘Don Berna’, aún continúa activa y que sus cabecillas guardan algún tipo de relación con el hoy extraditado exjefe paramilitar, “quedando por sentado que el señor Murillo Bejarano continúa delinquiendo, lo que lleva a la Fiscalía a preguntarse: ¿cómo estaría llamada a prosperar la pretensión de formulación y legalización de cargos, si la Sala desde un asunto que no tenía por qué resolver dio por sentada la continuidad delictiva del postulado Murillo Bejarano, aún después de su extradición?”.
Para el Fiscal 45, la Sala de Justicia y Paz de Medellín juzgó de manera anticipada a alias ‘Don Berna’, pues en el Auto de exclusión ya mencionado se consignaron juicios de valor sobre su poca colaboración brindada a la justicia y su renuencia a contar toda la verdad, aspectos que no eran de su competencia “en tanto lo debatido era si se legalizaban o no los cargos contra Juan Fernando Chica Atehortúa y seis postulados más del bloque Cacique Nutibara, más no las versiones que hasta ese momento había rendido Diego Fernando Murillo Bejarano, además de valorarlas y calificarlas como carentes de verdad. ¿Qué elementos tenía la Sala para llegar a esa conclusión?”, se preguntó Chavarro.
El Auto referido tuvo como magistrado ponente a Rubén Darío Pinilla Cogollo, quien ha sido crítico de la aplicación de la Ley de Justicia y Paz, a la que ha considerado que como un mecanismo aplicado sólo para rebaja de penas, tal como se lo expresó a VerdadAbierta.com en una entrevista el 25 de junio de 2012; también ha cuestionado el trabajo de la Fiscalía, sobre la que ha dicho, en algunos casos, que cumple una tarea “tardía y omisiva y no responde a los fines de la ley de justicia y paz y los intereses y derechos de las víctimas”; y se atrevió a decir en algún momento que por lo menos un fiscal delegado de la Unidad de Justicia y Paz presentó sólo “la versión de los victimarios”.
Fiscal recusado
Paradójicamente, el documento utilizado por el Fiscal 45 para sustentar su recusación contra la Sala de Justicia y Paz, fue el mismo al que aludió Carreño Wilches para pedirle a Chavarro que se declarara impedido para continuar con la documentación de los bloques que lideró en su momento alias ‘Don Berna’.
Tal como lo recordó este abogado, el Auto ordenó expedir copia de dicha decisión al Fiscal General de la Nación para que evaluara el cumplimiento de las funciones de varios fiscales, entre ellos, a Albeiro Chavarro.
Según el jurista, si bien la Corte Suprema de Justicia estudia actualmente la apelación a este fallo tanto por la Fiscalía 45 de Justicia y Paz como por los defensores de los siete postulados, hasta tanto no haya un pronunciamiento en sentido contrario, la decisión de que se evalúe la conducta del funcionario judicial sigue en firme, razón suficiente para que sea recusado y se designe a otro fiscal para que continúe con la documentación de los bloques paramilitares que conformó y lideró alias ‘Don Berna’.
Carreño Wilches fue más allá al expresar que Murillo Bejarano, en su calidad de inspector general de las Auc, debió conocer los altos mandos militares que cohonestaron con el proyecto paramilitar, nombres que aún no ha revelado ante los fiscales de Justicia y Paz, quedándose solo en enunciados generales y señalamientos a personas ya fallecidas como los integrantes de la banda La Terraza y el mismo Carlos Castaño Gil, situación que termina por darle la razón a quienes piden su exclusión de la Ley de Justicia y Paz.
En ese mismo sentido se pronunció Sebastián Escobar Uribe, quien representa en este proceso a los familiares de los investigadores del Cinep, Mario Calderón y Elsa Alvarado, asesinados en Bogotá el 19 de mayo de 1997 por orden de Castaño y cuyo crimen se ejecutó bajo la dirección de alias ‘Don Berna’. Según este abogado, la solicitud de recusación presentada por el Fiscal 45 de Justicia y Paz tiene el objetivo de evitar las exigencias que le ha hecho la Sala de Justicia y Paz para que documente con rigurosidad los crímenes de las estructuras paramilitares bajo el mando de este postulado,con el fin de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
“La Fiscalía no ha actuado con la debida diligencia. La documentación de los hechos es deficiente y no cumple con las mínimas exigencias plantadas en la Ley 1592 que acoge un nuevo esquema de investigación criminal por el cual se establecen la priorización de casos para que se develen además los patrones de macrocriminalidad”, aseveró Escobar Uribe, quien además manifestó su preocupación porque, en su caso, “las víctimas que yo represento tenían la condición de defensores de derechos humanos y ahora no, hecho grave porque se pierde la oportunidad de dejar en evidencia la política criminal que los grupos paramilitares adelantaron contra los defensores de derechos humanos”.
Oscar Correa, abogado que representa al Instituto Popular de Capacitación (IPC), organización defensora de derechos humanos que padeció el secuestro de cuatro de sus investigadores y un atentado dinamitero contra sus instalaciones en febrero y agosto de 1999, respectivamente, a manos de hombres al servicio de alias ‘Don Berna’, aseveró que la petición de la Fiscalía constituiría una estrategia para evitar que sea la Sala de Justicia y Paz de Medellínla que continúe con el juzgamiento de este postulado.
“Resulta contradictorio que la Fiscalía diga que la Sala prejuzgó al indicar que el Bloque Cacique Nutibara no se desmovilizó cuando en su escrito de acusación consignó que en la génesis del bloque Héroes de Granada participaron miembros del Cacique Nutibara que recibieron la orden de trasladarse al (municipio) San Carlos para conformar otra estructura paramilitar. ¿Acaso no se reconoce ahí que no hubo desmovilización total?”, argumentó Correa, quien de pasó destacó que situaciones como ésta dejan al descubierto las graves falencias que encierra la Ley de Justicia y Paz, la cual considera un “proceso de justicia transaccional”.
En los próximos días será la misma Sala de Justicia y Paz la que resuelva las recusaciones, de no aceptarse los impedimientos o se apelen, será la Corte Suprema de Justicia la instancia que, finalmente, resuelva este lio jurídico.
Con todo y la defensa que hizo el propio ‘Don Berna’ deeste proceso, al señalar que “ha permitido que se sepan muchas verdades en el país”, lo cierto es que tras ocho años de vigencia de la Ley 975 y con debates jurídicos como éste, las miles de víctimas que dejó el accionar de los bloques Cacique Nutibara, Héroes de Granada y Héroes de Tolová aún siguen esperando una justicia que parece que no llega, una verdad que no aparece y una reparación que cada vez se ve más lejana.