Inhabilidad por 20 años a los ex congresistas Gamarra y Saade por parapolítica

      
La Procuraduría General de la Nación destituyó e impuso la más alta sanción de inhabilidad general para el ejercicio de cargos públicos, 20 años, al ex senador Salomón de Jesús Saade Abdala y al ex representante a la Cámara José Rosario Gamarra Sierra, por sus acuerdos políticos con el paramilitarismo en el departamento del Magdalena.

La Procuraduría encontró que existen pruebas para responsabilizar a los ex congresistas del Magdalena por la promoción y auspicio del bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia, organización delictiva que les facilitó el camino para que lograran curul en el Congreso de la República en las elecciones 2002 – 2006.

Al no admitir la prescripción de la acción disciplinaria, pese a la condición de sentencia anticipada a la que se acogieron los ex parlamentarios, el Ministerio Público dejó claro que por su condición de ser representantes de la comunidad, deben responderle a la sociedad por su cuestionada elección promovida por organizaciones al margen de la ley.

El Ministerio Público estableció que tanto el ex senador Saade Abdala y el ex representante Gamarra Sierra, hicieron parte de la conformación de distritos electorales en el departamento del Magdalena, diseñados por el bloque norte al mando de Jorge 40, para consolidar la hegemonía de la organización delictiva y acceder a escenarios de poder y decisión.

Para el Ministerio Público, los resultados electorales que registraron los entonces candidatos, en los municipios con marcada influencia paramilitar, encuentran lógica explicación en los acuerdos a que llegaron los ex congresistas con Jorge 40, comandante del bloque norte de las autodefensas.

Estos acuerdos encuentran soporte en los documentos hallados en la caleta de Jorge 40, entre ellos el denominado Convenio Político para el Debate electoral del 10 de marzo del año 2002, en la elección de Cámara de Representantes y Senado de la República.

Los resultados electorales constituyeron prueba plena de responsabilidad contra los disciplinados, en razóna que la distribución territorial, solo se llevó a cabo entre los candidatos del Bloque Norte de las autodefensas, mientras que otros candidatos, no pudieron hacer proselitismo en esa región porque las AUC se los impidió. Una vez elegidos tenían la capacidad de legislar sobre los acuerdos a que habían llegado con los paramilitares, lo cual se materializó en el ejercicio de las funciones legislativas, como la de participar en la aprobación de la Ley de Justicia y Paz, con el propósito de favorecer a los miembros de las autodefensas.

El órgano de control señaló que no es razonable ni tiene justificación que funcionarios públicos de las calidades de los congresistas, recurrieran a maniobras ilícitas para llegar a ocupar una curul y se amparen bajo las funciones que en principio deberían cumplir, para favorecer a un grupo armado ilegal olvidando que su prioridad es defender los intereses de la Nación colombiana.

Según la Procuraduría esta sanción, la más alta sanción disciplinaria a dos ex congresistas, se impuso como reproche disciplinario por el proceder ilegal de quienes ejercieron uno de los cargos públicos de mayor exigencia moral, ética y profesional del país.