Eduardo Castellanos Roso, detenido por la Fiscalía General de la Nación por supuestamente entregarle información reservada a ese narcotraficante, lo expulsó de la justicia transicional en 2015 acogiendo la petición del mismo ente investigador. En 2017, el togado levantó ampolla por una decisión en el proceso contra el Bloque Tolima.
Por presuntamente haber entregado información reservada sobre el extraditado narcotraficante Miguel Ángel Mejía Múnera fue capturado en la tarde de este jueves el magistrado Eduardo Castellanos Roso, de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá. Según la Fiscalía General, el togado habría recibido “altas sumas de dinero” a cambio de datos sobre el proceso que hasta 2015 cursó en esa jurisdicción contra ese narcotraficante, actualmente preso en Estados Unidos.
La captura del magistrado ocurre en medio de la investigación que adelanta la Fiscalía por las supuestas irregularidades que se habrían cometido en el proceso judicial contra varios exparamilitares del desaparecido Bloque Vencedores de Arauca de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), del que Mejía Múnera fue postulado a Justicia y Paz en calidad de comandante. En junio de 2017, la entidad consiguió una orden de captura contra la entonces fiscal de la Dirección de Justicia Transicional Hilda Niño Farfán, que durante años había dirigido la investigación contra ese bloque paramilitar.
De acuerdo con varios comunicados públicos de la Fiscalía, Niño se habría aliado con su esposo, Gustavo Adolfo Calero; su asistente, Iván Darío González; el abogado Juan Carlos Restrepo; y la esposa del excomandante paramilitar Orlando Villa Zapata, Milena Paz, para realizar gestiones que impidieran la exclusión de Villa Zapata de Justicia y Paz, así como para buscar beneficios para otros exintegrantes de las Auc. Por esas gestiones, que supuestamente incluyeron la venta de información reservada, Niño y su esposo habrían recibido cuantiosas sumas de dinero.
Este mismo jueves, la Fiscalía anunció que consiguió medidas cautelares para cuatro bienes propiedad de la pareja, ubicados en Florida, Estados Unidos; Bogotá; Sesquilé, Cundinamarca; y Motavita, Boyacá, así como para 175 millones de pesos en efectivo que se encontraban en poder de la fiscal el día de su captura. Los bienes, cuyo valor superaría los 3.800 millones de pesos, “son equivalentes a los valores de los dineros que recibieron por su actividad ilícita”, de acuerdo con la entidad. Todas esas acusaciones, sin embargo, deberán ser estudiadas por un juez.
La expulsión de Mejía Múnera
La acusación de la Fiscalía sobre presuntas relaciones delictivas entre el magistrado Castellanos y Mejía Múnera llama la atención porque fue el propio Castellanos el que ordenó la expulsión de ese narcotraficante de Justicia y Paz, exponiéndolo a pagar las altas penas de la justicia ordinaria. (Vea aquí la decisión)
En una decisión de julio de 2015, Castellanos acogió los argumentos de la Fiscalía, que, conminada por la Corte Suprema de Justicia, solicitó la exclusión por considerar que Mejía nunca estuvo vinculado en el conflicto armado colombiano y que sus relaciones con las Auc se limitaron a proteger sus negocios de tráfico de cocaína y a obtener los beneficios de la justicia transicional. Para esto último, Mejía acordó con las Auc que sería presentado como comandante general del Bloque Vencedores de Arauca.
Al respecto, Castellanos consignó en su decisión: “los diversos elementos materiales probatorios incorporados al trámite por la Fiscalía, y de acuerdo con la postura de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, permiten verificar que estamos en presencia de un narcotraficante puro que tras una falacia al momento de la desmovilización del grupo Vencedores de Arauca posó como comandante y financiador del mismo, para así, de una parte, impedir su extradición, y de otra, obtener los beneficios de la justicia transicional”.
Asimismo, el magistrado consideró: “De ahí que no pueda considerarse a Miguel Ángel Mejía Múnera miembro activo del grupo de autodefensa (…) como que tal adjetivo le corresponde a aquel individuo que comparte los ideales de la organización, o también, a quien con independencia de su ideología y por razón de la paga que se le otorga, se somete a las actividades ordenadas al interior de la organización”.
Castellanos también se refirió a los argumentos de las víctimas y sus defensores, que señalaban que la exclusión de ese ‘narco’ las dejaría sin posibilidades de acceder a la verdad, la justicia y la reparación.
Frente a ello, el magistrado señaló que el derecho a la verdad no se vería afectado porque Mejía solo había visitado Arauca en tres oportunidades y no tenía conocimiento sobre el funcionamiento del bloque, así como sobre “la planificación y determinación de acciones militares”, por lo que no podía ofrecer información sobre los hechos victimizantes. En cuanto a la justicia y la reparación, Castellanos aseguró que los delitos que cometió Mejía serían juzgados en la justicia ordinaria y que, pese a la exclusión, sus bienes serían usados para la reparación en el marco de la justicia transicional, tal como había dispuesto la Corte Suprema.
La condena contra Villa Zapata
En el proceso que cursa en Justicia y Paz contra el Bloque Vencedores de Arauca, Castellanos tuvo a su cargo la ponencia de la sentencia emitida en abril de 2012 contra Villa Zapata, el ‘expara’ que presuntamente sobornó a la fiscal Niño. Otras dos condenas han sido proferidas en esa jurisdicción contra exintegrantes de esa estructura, a cargo de dos magistradas del Tribunal Superior de Bogotá.
En su sentencia, el togado hizo un recuento del conflicto armado colombiano la conformación de las estructuras paramilitares y la trayectoria del Vencedores de Arauca. En esta última, recordó que nació en el 2000 por decisión de Vicente Castaño e hizo un recuento sobre aspectos como conformación del grupo, estructura militar, número de hombres, armamento, finanzas y principales hechos victimizantes.
En el fallo, Castellanos argumentó por qué ese bloque fue una organización militar que participó en el conflicto armado y que tuvo al narcotráfico como una de sus principales fuentes de financiación. Al respecto, señaló que surgió como “una estrategia de ampliación del paramilitarismo” dirigida por la Casa Castaño; le disputó “la hegemonía tradicional” al Eln en Arauca; buscó “rentas asociadas al narcotráfico, combustibles y extorsiones” para sostener “su ejército y sus operaciones”; se condujo por un “régimen disciplinar y el uso de armas de largo alcance”; y contó con la participación de dirigentes políticos regionales y el “respaldo de funcionarios de los organismos de seguridad del Estado”.
La sentencia también señaló que la Fiscalía había documentado a la fecha múltiples hechos victimizantes presuntamente cometidos por el Bloque Vencedores de Arauca, entre ellos 15 masacres, 860 homicidios selectivos, 203 desapariciones forzadas y 418 desplazamientos.
Tras el análisis de la investigación realizada por la Fiscalía, la Sala condenó a Villa Zapata a la pena alternativa de siete años de prisión, uno menos del máximo contemplado por la Ley de Justicia y Paz. (Leer más en: Condenado en Justicia y Paz el ‘para’ que reclutó niños para ‘Los Mellizos’)
Otras decisiones
El recién capturado magistrado Eduardo Castellanos es uno de los más prolíficos de Justicia y Paz. A la fecha, fue ponente de diez sentencias condenatorias, contra los exparamilitares Orlando Villa Zapata, alias ‘La Mona’ (2012); Hébert Veloza García, alias ‘HH’ (2013); José Baldomero Linares, alias ‘Guillermo Torres’ (2013); Ramón Isaza, alias ‘El Viejo’ (2014); Luis Eduardo Cifuentes Galindo, alias ‘El Águila’ (2014); Arnubio Triana Mahecha, alias ‘Botalón’ (2014); José Gregorio Martínez Lugo, alias ‘Carlos Tijeras’ (2015); Wilson Salazar, alias ‘El Loro’ (2016); Eugenio Reyes, alias ‘Geño’ (2017); e Indalecio Jaramillo, alias ‘Fredy’ (2017).
Por esta última decisión, el togado fue noticia en junio de 2017. En el fallo contra Jaramillo y tras analizar las decisiones proferidas hasta ahora en esa jurisdicción, Castellanos concluyó que las Auc no fueron un proyecto nacional con mando central, sino “una alianza temporal e inestable de diferentes dueños de ejércitos privados regionales y narcotraficantes, que convergieron a inicios del siglo XXI”. (Lea más: “Las Auc fueron una alianza criminal de ejércitos privados”)
La tesis contradecía lo planteado hasta ahora por los demás magistrados, así como la esencia misma de Justicia y Paz, dado que conducía a la conclusión de que el Estado colombiano había creado un sistema de justicia transicional para juzgar “ejércitos privados”. En febrero pasado, tras considerar que la decisión era contradictoria, la Corte Suprema de Justicia la anuló y ordenó iniciar desde cero el proceso de juzgamiento contra Jaramillo, lo que dejó en el limbo la reparación de las víctimas. (Lea más: Anulan decisión que definió a las Auc como “alianza criminal de ejércitos privados”)
Ahora, un juez deberá decidir la suerte de Castellanos, procesado por los delitos de revelación de secreto, cohecho propio y soborno en actuación penal.