Para los magistrados de la Sala Especializada de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia, el exmagistrado sacó provecho de la situación de violencia que imperó en el norte de Urabá a finales de la década de los 90, para hacerse con parcelas adjudicadas por el Incora a campesinos de bajos recursos para luego englobarlas en una gran hacienda ganadera.
Dos de los cinco predios que conforman La Corona, una hacienda de 245 hectáreas dedicada a la ganadería extensiva, ubicada en el corregimiento San José Mulatos, de Turbo, Antioquia, propiedad del exmagistrado de la Corte Constitucional, Jorge Ignacio Pretelt, deberán ser restituidos a sus legítimos dueños.
Así lo decidió la Sala Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia en sentencia proferida el pasado 9 de marzo, donde ordena la restitución de los predios Alto Bonito; y No Hay como Dios (también llamado La Corona), a las familias campesinas Hernández Soto y Villalba Alarcón, respectivamente.
Ambos predios se encuentran ubicados en la vereda Puya Arriba del corregimiento San José Mulatos de Turbo, una región extensa que colinda con los municipios de San Pedro de Urabá y Necoclí, donde fueron constantes y masivos los desplazamientos forzados de campesinos particularmente después de la década de los 90, cuando también fueron constantes y masivos los asesinatos, las desapariciones forzadas y los combates entre las guerrillas, primero del Epl, luego las Farc; y los grupos paramilitares que allí conformaron y comandaron los hermanos Castaño Gil.
Aunque en sus alegatos de oposición, el exmagistrado Pretelt Chaljub trató de minimizar el impacto de la violencia en el norte del Urabá antioqueño e, incluso, negó el flagelo del desplazamiento forzado, en este caso, la justicia determinó que tanto los Villalba Alarcón como los Hernández Soto sí fueron víctimas de un éxodo forzado cuando se vieron obligados a dejar sus tierras en San José Mulatos por cuenta de la violencia guerrillera y paramilitar.
Fue precisamente bajo este contexto que, según la Sala, ambas familias campesinas perdieron sus fincas mediante un despojo jurídico; esto es, los parceleros “fueron constreñidos por los paramilitares para que vendieran sus predios, lo que los obligó inicialmente a abandonar las tierras para después venderlas a quienes solicitaron comprarles”.
En su análisis, la Sala consignó que en el norte del Urabá antioqueño “hubo un contexto de violencia generalizado que generó desplazamiento y el despojo de tierras mediante negocios jurídicos celebrados por los reclamantes donde estuvo ausente la voluntad y el libre consentimiento de los vendedores. El miedo y la zozobra generada por los irregulares influyó en el libre albedrío de los propietarios”.
En el caso particular de los predios No Hay como Dios y Alto Bonito, la Sala consideró que “hubo sendos negocios de compraventa ampliamente permeados por el conflicto armado que estropeó la región de ubicación de los mismos, y que influyó en forma directa y ruinosa sobre quienes fungían como vendedores”.
Para la Sala, el exmagistrado Pretelt Chaljub no logró probar su buena fe exenta de culpa, negándole además la condición de segundo ocupante que esgrimió a lo largo del trámite judicial y por ende, el beneficio de compensación que solicitó a la Sala Especializada en Restitución de Tierras.
Génesis de un despojo
¿Cómo adquirió estos predios el exmagistrado Pretelt Chaljub y por qué consideró la Sala Especializada en Restitución de Tierras que no obró de buena fe exenta de culpa? La génesis de ambos casos se remonta a los años 80, cuando el desaparecido Instituto de Reforma Agraria (Incora) adjudicó tierras baldías en todo el norte del Urabá antioqueño a campesinos de bajos recursos.
Uno de los beneficiarios de dicho proceso fue Manuel Gregorio Hernández Soto. El 13 de julio de 1987, el Incora le entregó la Resolución 1549 donde le adjudicaba unas 45 hectáreas de tierra, ubicadas en la vereda Puya Arriba del corregimiento San José Mulatos. El predio fue bautizado como Alto Bonito y como buena parte de los parceleros de la región, se dedicó al cultivo de pancoger, a la tenencia de animales domésticos y alquilar pastos para ganado.
También fueron beneficiarios de reforma agraria Manuel Soto Pérez y Pascualina del Carmen Ibarra. Mediante Resolución 1608 del 17 de diciembre de 1979, el Incora les adjudicó un baldío de 64 hectáreas, también ubicado en la vereda Puya Arriba, al que nombraron No Hay como Dios. Años después, la pareja de labriegos decidió vender su tierra a los hermanos Pascual Villalba. El negoció se legalizó mediante escritura pública N° 197 del 16 de junio de 1989 de la Notaría Única de Arboletes. Un año más tarde, cuatro de los cinco hermanos decidieron venderle su parte a Reinaldo Pascual quien, para darle formalidad al negocio, celebró un contrato de compraventa con ellos donde, además, rebautizó la tierra con el nombre de La Corona.
Poco pudo disfrutar su tierra. En marzo de 1992, según declaró en estrados judiciales, Reinaldo recibió la visita de un grupo de hombres que vestían camuflado y portaban armas largas y cortas. “Me dijeron que el patrón mandaba a decir que le vendiera la finca y que, si no aceptaba, que negociaban con la viuda. Yo les dije que no la vendía y ellos se fueron. Al poco tiempo, volvieron y me sacaron al patio de mi finca y me dijeron que les hiciera el favor de vender de nuevo la finca (…) yo regresé a la casa, volví con lágrimas en los ojos y le dije a mi esposa e hijos que teníamos que salir inmediatamente”, consignó la providencia.
Después de pasar penurias con su familia en varios caseríos cordobeses, Reinaldo se instaló en el barrio El Dorado de Montería. Un día de 1998, fueron a visitarlo hasta su vivienda dos hombres que ya conocía. Uno de ellos era Teófilo Hernández, el otro era Evelio Díaz Yáñez, conocido con el alias de ‘El Burro’, hasta ese entonces un mayordomo de fincas que años más tarde ingresó a las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).
Ambos presionaron a Reinaldo para que vendiera su finca, pero este se negó rotundamente. Sin embargo, semanas después, ‘El Burro’ volvió a visitar a Reinaldo y, luego de intimidarlo, terminó pactando el precio de No Hay como Dios en 14 millones de pesos; le entregó siete millones al labriego y le pidió que suscribiera un poder a favor del abogado Saúl Caballero Pupo para que este legalizara el despojo en la Notaría Única de San Pedro de Urabá. Finalmente, mediante escritura pública N° 348 del 30 de diciembre de 1999 de la Notaría Única de Arboletes, Reinaldo Pascual Villalba y sus cinco hermanos terminaron vendiendo el predio a Evelio Díaz Yáñez.
Fue por esa misma época que Manuel Gregorio Hernández perdió su predio Alto Bonito. Tal como narró ante los magistrados de la Sala Argenida María Hernández, hija de Manuel Gregorio, su padre decidió resistir la violencia que azotaba la vereda Puya Arriba en momentos en que los grupos paramilitares provocaban el éxodo forzado de esta y todas las veredas del corregimiento San José Mulatos bajo el pretexto de expulsar a los colaboradores del Epl, primero; y luego de las Farc.
Pero el 4 de enero de 2002, Manuel Gregorio recibió la visita de Teófilo Hernández quien le advirtió que era mejor que vendiera su tierra. Días después llegaron hasta su finca los paramilitares de la denominada ‘Casa Castaño’, quienes amenazaron de muerte al labriego. “Le dijeron que debía vender o entregar las escrituras de la tierra. Mi padre, al ver su vida amenazada les entregó las escrituras y se fue sin sacar nada”, declaró en estrados Argenida María. Manuel Gregorio falleció sin retornar a su finca. Murió el 31 de enero de 2014. Pero años antes de su deceso, le entregó poder a su hija Argenida María para que adelantara el trámite de restitución.
La conexión Pretelt
Al finalizar el siglo XX, las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) lograron imponer su dominación violenta sobre buena parte del norte del Urabá antioqueño. Tal como lo han consignado diversas decisiones proferidas por las Salas de Justicia y Paz de todo el país, tribunal de justicia transicional donde se juzgó a los paramilitares desmovilizados, en corregimientos como El Tomate (San Pedro de Urabá); San José Mulatos (Turbo); El Guadual y Santo Domingo Fabra (Valencia, Córdoba) funcionaron tenebrosas escuelas de entrenamiento.
La Acuarela, La Eca, La 15, Las Flores, La 35, fueron algunas de las más reconocidas escuelas donde fueron entrenados cientos de combatientes que engrosaron las filas de las Auc en todo el país. De igual forma, el material probatorio recopilado por la Sala Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia indica que en veredas como Puya Arriba, Platas Arriba, Las Naranjitas, La 37 y la 40, todas de San José Mulatos, funcionaron bases paramilitares desde donde se ejercía un férreo control militar y social.
De ahí que para la Sala haya sido poco creíble el argumento esgrimido por el exmagistrado Pretelt a lo largo del proceso judicial según el cual, la región donde se encuentran los predios No Hay como Dios y Alto Bonito se encontraban lejos del influjo paramilitar.
En ese sentido, la Sala consignó que los predios pedidos en restitución “sí están dentro del perímetro donde los grupos paramilitares ejercían control territorial. Nótese que en la parte norte de los inmuebles Alto Bonito y No hay como Dios, en puntos distantes, concretamente en zonas denominadas La 37 y L a 40 había dos bases paramilitares, específicamente entre las veredas Puya Arriba, Platas Arriba y las Naranjitas. Y en sur había otras dos bases paramilitares, en las veredas El Tomate y Santa Rosa”.
Tampoco fue creíble para la Sala que se trató de negocios celebrados con el consentimiento y la libre voluntad de unas familias que querían vender porque, simplemente, querían irse de la región. Máxime cuando fue Evelio Díaz Yáñez, ‘El Burro’, quien transfirió el predio “No hay como Dios” a Marta Ligia Patrón, esposa del exmagistrado Pretelt Chaljub, tan solo seis meses después de legalizada la usurpación. El negocio se cerró por un valor de 35 millones de pesos, 20 millones más de los que pagó ‘El Burro’ al campesino Reinaldo Villalba. El acuerdo se materializó mediante escritura pública N° 1040 del 7 de junio de 2000 de la Notaría Segunda de Montería.
El nombre de Marta Ligia Patrón también aparece en el negocio celebrado con la finca “Alto Bonito”. En efecto, el 11 de agosto de 2003, mediante escritura pública N° 1513 de la Notaría Segunda de Montería, Manuel Gregorio Hernández vendió su predio a la esposa del exmagistrado por valor de 18 millones de pesos.
La mujer, por su parte, cedió ambos predios a su esposo, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, mediante escritura pública N° 1390 del 30 de junio 2005 de la Notaría Segunda de Montería. El exmagistrado, a su vez, englobó estos predios junto a otros tres más para conformar una hacienda de 245 hectáreas de extensión denominada “La Corona”, cuya vocación es la ganadería extensiva.
Además de reiterar que no hubo un consentimiento libre o voluntario por parte de los vendedores a la hora de concretar las ventas, la Sala Especializada señaló que, con los englobes realizados por el exmagistrado Pretelt constituyen una concentración indebida de tierras, “que inicialmente fueron destinadas para reforma agraria para campesinos necesitados de tierras pero que luego pasaron a manos de un solo propietario quien las destinó a ganadería”.
Este hecho, a juicio de la Sala constituye una transgresión a la Resolución 041 de 1996, expedida por el desaparecido Incora: “En su artículo segundo, la Resolución 041 de 1996 prevé para los municipios de municipios de Arboletes, Apartadó, Necoclí, Turbo, San Pedro de Urabá, San Juan de Urabá y Carepa, una Unidad Agrícola Familiar (UAF) según la potencialidad de explotación del siguiente tenor: agrícola, 14-20 hectáreas; mixta: 42-55 ha y ganadera 55-68 ha. Se observa entonces que se superó ampliamente el límite para ganadería, máxime cuando esos fundos fueron adjudicados por el Incora y con mayor razón tenía que respetarse ese máximo de área como el límite que constituía una UAF”.
Así, para la Sala Especializada, no puede acreditarse la buena fe exenta de culpa del exmagistrado Pretelt Chaljub cuando este acudió a terceras personas, como su esposa Martha Ligia Patrón, y los paramilitares Teófilo Hernández y Evelio Díaz Yáñez para adquirir parcelas adjudicadas por el Incora a labriegos de bajos recursos, que se vieron obligados a venderlas a precio de nada en complejos escenarios de violencia, para luego concentrarlos en una gran hacienda, bajo el argumento que se trató de negocios lícitos.
“Pero la realidad es otra. No hay justificación válida para que Martha Ligia Patrón, propietaria de los lotes ‘No hay como Dios’ y ‘Alto Bonito’ los transfiriera a su esposo (el exmagistrado Pretelt), pues no medió acto alguno de liquidación de sociedad conyugal o negocio alguno que respaldara el convenio, sino que sencillamente se hizo esa triangulación con el propósito de englobar tierras y lograr un crédito voluminoso ante Finagro por la suma de 512 millones de pesos (…) con ello lo que se quiso hacer fue darle una apariencia de legalidad a los negocios celebrados donde el conflicto armado sucumbió a la población civil, en detrimento de los derechos de los beneficiaros de Unidades Agrícolas Familiares otorgadas por el Estado para su auto sostenimiento”, concluye la decisión judicial.