Esta comunidad chocoana fue beneficiada con un fallo de jueces especializados en restitución de tierras. Es el tercer grupo étnico de ese departamento que recibe garantías para la supervivencia y progreso en su territorio.
El pasado 29 de noviembre el Juez Primero Especializado en Restitución de Tierras de Quibdó le dio una buena noticia a los indígenas de Mondó-Mondocito, una comunidad desplazada por todos los actores armados, afectada por las minas antipersonal, la minería ilegal y de forma reciente, por la violencia perpetrada por el Ejército de Liberación Nacional (Eln) y las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (Agc): le ordenó a diferentes entidades del Estado trabajar en la restitución de los derechos territoriales de este resguardo del municipio de Tadó, que tiene una extensión de 1.759 hectáreas. (Esta decisión se convierte en la séptima sentencia de restitución étnica del país, en aplicación a la Ley 1448, o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que favorece a 572 personas víctimas del conflicto armado, y es también el tercer fallo que beneficia a una comunidad indígena de Chocó, después de la restitución de las comunidades Emberá Katío del Alto Andágueda, en el municipio de Bagadó, y la comunidad Emberá del Resguardo Dóbida Dogibi, en Unguía. (Lea: Benefician a los Emberá-Katíos con primera sentencia de restitución étnica en el país y Los Embera recuperan el “aroma de la montaña”)
Entre las órdenes proferidas por el Juez, la Unidad Nacional de Víctimas tendrá cuatro meses para que, tras realizar el respectivo proceso de consulta previa, documente los daños sufridos por esta comunidad y con base en ellos ponga en marcha un Plan de Reparación Colectiva. Por su parte, la Agencia Nacional de Tierras (ANT), en concertación con la comunidad, deberá “alinderar y amojonar” el territorio de Mondó-Mondocito, ya que como lo expresaron los integrantes del resguardo existen falencias en la delimitación y demarcación del territorio colectivo.
De las tres comunidades que integran el Resguardo, que corresponden a Mondó, Sabaletera y Buratá-Alto, las dos últimas están en el territorio afrodescenciente del Consejo Mayoritario del Alto de San Juan (Asocasan). La delimitación, que debe ser consignada en folios de matrícula y actualizada en los mapas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac), es clave para las comunidades, teniendo en cuenta que Asocasan también están en proceso de restitución.
Las medidas incluyen al Ministerio de Medio Ambiente y la Corporación Regional Autónoma para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechocó), que tienen un plazo de tres meses para elaborar un diagnóstico sobre los daños a la fauna y la flora que hay dentro del territorio colectivo.
Codechocó, la autoridad ambiental local, tendrá, además, tres meses para realizar un análisis del estado de las fuentes hídricas que surten al resguardo, así como revisar y analizar si el permiso de aprovechamiento forestal concedido a Andrés Mauricio Pino Hinestroza se traslapa con el territorio y si este ha generado daños ambientales. De ser así, el Juzgado exigió aplicar las respectivas sanciones.
Para que la comunidad pueda retornar y progresar en el territorio, el Ministerio de Agricultura, el Departamento para la Prosperidad Social (DPS) y la ANT tendrán tres meses para implementar proyectos de agricultura y producción de alimentos para la comunidad. Adicional a ello, la Unidad Nacional de Protección debe analizar las condiciones de seguridad de los líderes y la Fiscalía investigar los hechos de violencia cometidos contra la comunidad, sobre todo contra los docentes del pueblo Emberá.
El Juez Especializado hizo un llamado a las autoridades para que desarollen una estrategia que permita combatir la minería ilegal; al Centro Nacional de Memoria Histórica para que documente de manera diferencial todas las vulneraciones a los derechos humanos; y al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) para que ofrezca cursos técnicos de producción agropecuaria a la comunidad. La Unidad de Restitución de Tierras (URT) tiene 15 días para realizar la entrega simbólica del territorio colectivo.
Expulsados y confinados
El Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional, que reitera la urgencia de proteger a las comunidades desplazadas, advierte que los Emberá de Chocó hacen parte de los pueblos étnicos en riesgo de desaparecer por el conflicto armado. Y el resguardo Mondó-Mondocito estuvo a punto de ello. Como lo documentó el equipo de contexto de la URT, desde los años ochenta, hasta ahora, ha sido violentado por guerrillas, paramilitares y, recientemente, por bandas criminales, así como por operativos realizados por el Ejército.
En la década del ochenta los primeros actores armados que hicieron presencia en su territorio fueron las guerrillas del M-19 y del Ejército de Liberación Nacional (Eln). En la siguiente década, llegaron las Farc y a comienzos del nuevo siglo paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), que instalaron retenes ilegales en los caminos que usan las comunidades para movilizarse hacia las ciudades de Quibdó y Pereira.
La guerra desatada por estos grupos armados generó un desplazamiento que tuvo su detonante en el año 2000, cuando las expulsiones alcanzaron los mil casos, frente a los casi 400 registrados en 1999, según señala el Registro Único de Víctimas (RUV), de la Unidad Nacional de Víctimas.
Guerrilleros y paramilitares amenazaron a los indígenas y reclutaron a varios de sus integrantes; además les impidieron la caza, la pesca y el tránsito libre por su territorio ancestral. Durante tres años, los comprendidos entre 2000 y 2002, los desplazamientos fueron masivos. (Ver cifras)
Como está relatado en la sentencia, las operaciones militares se intensificaron en 2007 cuando la Brigada Móvil XIV y el Batallón Manosalva Flórez realizaron la Operación Monarca para contrarrestar la acción de las Farc. Ya desmovilizados los paramilitares, la guerrilla se ensañó contra la comunidad, asesinando a profesores Emberá, instalando campamentos y dejando minas antipersonal.
La violencia recrudeció con la aparición de las llamadas bandas criminales, que en la región eran conocidas como ‘Rastrojos’ y ‘Urabeños’, siendo estos últimos los que en la actualidad siguen generando violencia en la región bajo el nombre de Agc, llamadas por las autoridades como ‘Clan del Golfo’ (Lea: Juez ordena medidas de protección para resguardo Urada Jiguamiandó).
La vulneración al resguardo de Mondó-Mondocito fue tal que en 2008 la Defensoría del Pueblo ordenó medidas cautelares para proteger a la comunidad. En 2009 se sumó el llamado de alerta de la Corte Constitucional, pero la situación siguió empeorando con la entrada, en 2010, de la minería ilegal, justo cuando la mayoría de los pobladores se encontraban en condición de desplazamiento.
Las retroexcavadoras ingresaron al resguardo por la comunidad de Churimo hasta la desembocadura de la quebrada Suepara, así como por la quebrada Alto Bonito, afectando la calidad del recurso hídrico de la comunidad. Los indígenas denunciaron el funcionamiento entre 2013 y 2014 de dos entables mineros sobre la quebrada La Platina, que terminaron contaminando el río Brubatá.
Hace apenas dos años el Ejército seguía reportando la presencia de minas antipersonal en el territorio indígena, así como la continuación de operativos militares en su combate contra el Frente Cacique Calarcá, del Eln. “Si bien las comunidades han retornado a sus territorios ha sido a costo de su hacinamiento y confinamiento en el mismo”, relata la sentencia, refiriéndose a la violencia perpetrada por esa guerrilla.
Este fallo se convierte en un mecanismo de protección integral para el resguardo, reconocido por el antiguo Incora a finales de los ochenta sobre los márgenes de los ríos Mondó, Brubatá y la quebrada Aguacatico. Aunque el juez requirió un concepto de la Agencia Nacional de Minería y de la empresa Anglogold Ashanti Colombia S.A. sobre la existencia de una solicitud de contrato de concesión minera a favor de esta esta compañía, ambos le expresaron al Juez Especializado que no fungen como opositores y que la solicitud minera no está relacionada ni con el conflicto armado ni con el ejercicio de los derechos de la comunidad étnica.
A diferencia del caso de la comunidad del Alto Andágueda, en la que el Juez ordenó la suspensión de los títulos mineros entregados y los que estaban en trámite; esta vez el despacho no encontró relación entre la solicitud minera y el conflicto armado, por lo que en sus medidas no se pronunció sobre suspensiones. “En efecto, la sola existencia de solicitudes de títulos mineros no ha causado abandono, confinamiento ni despojo del territorio ni ninguna otra limitación al goce efectivo de los derechos territoriales de la comunidad indígena del resguardo Embera Mondó-Mondocito”, indica la sentencia.
Mientras las entidades estatales cumplen las medidas ordenadas por el Juez, en el Pacífico norte comunidades como los consejos comunitarios Cocomopoca y Mayor del Municipio de Juradó están a la espera de una sentencia. Lo mismo ocurre para los consejos comunitarios de Asocasan y General de la Costa Pacífica Norte del Chocó Los Delfines, además de los indígenas de Santa María de Curiche, tienen la expectativa de que sus reclamaciones sean redactadas en demanda y puestas en conocimiento de un juez especializado de tierras.