Los enredos sobre la libertad de los ex paramilitares

      
Un pronunciamiento de la Corte Suprema abrió el debate sobre cuándo podrán salir libres los paramilitares. La reforma a Justicia y Paz tendrá que solucionar el vacío legal para evitar una crisis.
    
Se van a cumplir ocho años de la Ley de Justicia y Paz y todavía no hay claridad de como y cuándo volverán a la libertad los ex paramilitares que hacen partye del proceso. Foto: VerdadAbierta  

Al cumplirse siete años de la entrada en vigencia de la Ley de Justicia y Paz que ofreció rebajas de penas  a los paramilitares que se desmovilizaran, aún no son claras las condiciones bajo las que los ex miembros de las autodefensas recuperarán su libertad.

La ley de Justicia y Paz establece que luego de que los desmovilizados cumplan con su pena y reparen a sus víctimas, podrán pedir la libertad condicional, pero lo que no aclara es desde qué momento se descontará la pena, si es desde su captura, desde su postulación, la imputación de cargos o desde que son condenados.

Este vacío legal ha permitido que varios ex ‘paras’ que ya han sido condenados y los que están a punto de recibir una sentencia por parte de los magistrados de Justicia y Paz,  hayan empezado a pedir su excarcelación, o les deja la posibilidad de que queden en libertad condicional en menos de diez meses.

De igual forma, debido a la congestión de procesos en Justicia y Paz,  se prevee que muchos desmovilizados demanden al Estado por haber incumplido con los plazos en sus juicios.

El problema según defensores de víctimas consultados por VerdadAbierta.com, es que muchos de estos desmovilizados podrían quedar libres a pesar de que no han cumplido con los requisitos de la reparación de las víctimas, no han entregado bienes para indemnizarlas e incluso algunos, aún tienen verdades que no le han contado la justicia.

En materia legal, la Corte Suprema se ha pronunciado en tres ocasiones acerca de la excarcelación de los paramilitares, sin embargo no existe una jurisprudencia clara sobre el tema.

Según el senador Juan Fernando Cristo, ponente de la reforma a la Ley de Justicia y Paz entrevistado por VerdadAbierta.com, aunque no se ha tomado una decisión sobre cómo se presentará el tema en la reforma, está prevista una reunión con el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, con el Fiscal General, Eduardo Montealegre y con los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para lograr un consenso que permita tener claridad sobre cuándo serán liberados los paramilitares.

Para los abogados de la víctimas y los defensores de los desmovilizados, si no se toman decisiones pronto, la confusión terminará afectando la credibilidad del proceso de Justicia y Paz.

Los pronunciamientos de la Corte
Mientras persisten los vacíos jurídicos, en las salas de Justicia y Paz, ya son varios los casos que se han presentado de paramilitares que consideran haber cumplido consus condenas y que piden su excarcelación.  José Rubén Peña Tobón, alias “El Sargento”, Wilmer Morelo Castro, alias ‘Boqui’ y José Manuel Hernández, alias ‘Platino’, ex paramilitares del Bloque Vencedores de Arauca,  fueron condenados el 1 de diciembre de 2011 a ocho años de prisión por los delitos de homicidio, acceso carnal violento, entrenamiento para actividades ilícitas, secuestro, robo, y desplazamiento forzado.

Aunque en la justicia ordinaria sus condenas serían de 40 años, por acogerse a la ley de Justicia y Paz los ex paramilitares recibieron una pena alternativa de ocho años de prisión.

En este caso, los tres ex miembros del Bloque Vencedores de Arauca fueron capturados el 20 de marzo de 2003, razón por la que sus abogados pidieron su libertad ante el Tribunal de Justicia y Paz, argumentando, que a la fecha, los desmovilizados llevaban nueve años en prisión, tiempo que supera sus condenas.

Para la defensa de los ex paramilitares, la pena de ocho años debe empezar a contar desde la fecha de la captura, por eso, según los abogados, al haber cumplido su condena sus defendidos ya deberían estar en libertad.

Pero para el Tribunal de Justicia y Paz la respuesta es diferente. El 29 de marzo de este año, los magistrados del tribunal negaron la solicitud de libertad de los tres paramilitares de Arauca al considerar que la pena de ocho años debería empezar a descontarse, no desde la captura, sino desde el 25 de julio de 2005, fecha en que entró a regir la ley de Justicia y Paz.

Según los magistrados de la Sala, como los ex paramilitares fueron capturados por la justicia ordinaria en 2003, momento en el que aún no estaba en vigencia la ley, el tiempo de prisión que pagaron de 2003 a 2005 no se puede entender como parte del cumplimiento de la pena dentro de Justicia y Paz.

Así las cosas, los tres ex paramilitares saldrían libres el 25 de julio de 2013, fecha en la que se cumplen los ocho años desde la entrada en vigencia de la Ley de Justicia y Paz. (Ver pronunciamiento de la Corte caso Vencedores de Arauca)

Esta versión fue complementada por la Corte Suprema en la sentencia a Jorge Iván Laverde Zapata, alias ‘El Iguano’, condenado a 8 años de prisión por el asesinato de 170 personas en 25 masacres y de cuatro funcionarios en Cúcuta, Norte de Santander y sus alrededores. 

En esa oportunidad la defensa de ‘El Iguano’ había solicitado que dentro del cumplimiento de la pena se incluyera el tiempo que el ex jefe paramilitar estuvo participando en las negociaciones de Santafé de Ralito.

A esta petición la Corte Suprema respondió que para el descuento de la pena alternativa, “solo se tendrá en cuenta el tiempo que el ex paramilitar estuvo preso en los establecimientos de Justicia y Paz administrados por el Inpec”. (Ver Sentencia Corte Suprema contra ‘eL iguano’)

Esta consideración del Alto Tribunal excluye entonces, el tiempo que algunos ex paras pasaron en Ralito negociando con el gobierno y el tiempo en prisión que hayan pagado por cuenta de la justicia ordinaria.

Versiones encontradas

En el caso de José Rubén Peña, alias “El Sargento”, ex jefe paramilitar del Bloque Vencedores de Arauca y de sus dos subordinados, Wilmer Morelo y José Manuel Hernández,  las dudas persisten a pesar de que el Tribunal estableció como inicio de la pena el 25 de julio de 2005. En este sentido, los tres desmovilizados salrían libres en diez meses.

Para la Fiscalía, la Procuraduría y algunos abogados de las víctimas, la pena debió empezar a contar desde la fecha en la que se realizó la postulación a la ley de Justicia y Paz, es decir desde el 20 de febrero de 2006. Si se partiera de este momento, a los tres desmovilizados les faltaría cumplir con dos años más de prisión.

Sin embargo, a esta posición se suma otra teoría. Abogados de víctimas del mismo Bloque aseguran que la pena no debe empezar a descontarse ni desde la captura, ni desde la postulación, sino desde que los desmovilizados fueron cobijados con medida de aseguramiento en 2007. Esta versión le agregaría un año más a la deuda con la justicia de los tres ex autodefensas.

Frente a la decisión del Tribunal que negó la solicitud de libertad y ordenó descontar la pena desde la entrada en vigencia de la ley, los abogados de las víctimas pidieron a la Corte Suprema de Justicia que se pronuncie para que unifique los criterios y se cierre una posible ventana de impunidad.

Por errores de forma al apelar la decisión del Tribunal de Justicia y Paz, la Corte Suprema se abstuvo de pronunciarse frente a este caso.  

Adicionalmente, la Corte en su sentencia aseguró que “si toma una decisión, esta atentaría contra la autonomía de los jueces”, por tal motivo cumplido, agrega la decisión,  cuando los desmovilizados sentenciados cumplan con su condena y pidan su libertad, será el Tribunal el encargado de interpretar la ley para aceptar o denegar la petición.

Congestión de Justicia y Paz

Desde el inicio del proceso de Justicia y Paz,  solo 13 desmovilizados han sido sentenciados por sus crímenes.  Están en fila  once ex paramilitares que se encuentran en el incidente de reparación, etapa previa a la sentencia en la que se determina como el paramilitar indemnizará a las víctimas.

Dentro de Justicia y Paz aparecen registrados 2.490 desmovilizados, de los cuales 1.100 no han iniciado el proceso jurídico y 800 se encuentran en la primera etapa de seis que lo componen.

Uno de estos desmovilizados es Diojanol Gallego Castrillón, alias ‘Miguel de Jesús’, ex miembro del Bloque Libertadores del Sur y preso desde febrero de 2003 por haber cometido extorsiones con los paramilitares de Nariño. Gallego también solicitó su libertad condicional a pesar de encontrarse apenas en la primera etapa de Justicia y Paz.

“La legalización de los cargos, el incidente de reparación y la sentencia no se han podido realizar debido a la demora y retraso de las autoridades responsables, lo cual ha impedido definir la condena alternativa del desmovilizado”, aseguró la defensa de alias ‘Miguel Ángel’.

Por esta situación, el 22 de marzo el abogado de Diojanol Gallegó sustentó su petición asegurando que la demora en el trámite no era responsabilidad de su defendido sino del Estado.

De acuerdo al Senado Juan Fernando Cristo, “se van a cumplir los ocho años de Justicia y Paz y la mayoría de los desmovilizados no van a tener sentencia. Frente a esto hay dos posiciones. La primera es que para que los desmovilizados puedan quedar en libertad condicional necesariamente deben cumplir condiciones de verdad y reparación que solo pueden ser confirmadas por medio de una sentencia. En este sentido a pesar de que se cumplan los ocho años si los desmovilizados no han sido condenados por medio de una sentencia no podrían quedar en libertad”.

Sin embargo existe otra posición que asegura que se deben respetar las negociaciones que se hicieron para llegar a la desmovilización. “En este sentido al no ser sentenciados los ex paramilitares en el plazo de los ocho años, estos podrían solicitar su libertad apelando a las garantía que se pactaron en la desmovilización”, agregó el senador Cristo.

La Corte Suprema optó por la primera opción y aseguró en susentencia del caso Diojanol Gallego que independientemente de la diligencia de las autoridades en el proceso, no se podrá dejar en libertad a ningún desmovilizado que no haya sido condenado. “La sentencia es el único momento del proceso que reconoce la pena alternativa y la libertad condicional”, agregó el Alto Tribunal. (Ver pronunciamiento Corte Suprema caso Diojanol Gallego)

Mientras en este caso la posición de la Corte es clara al asegurar que la pena empezaría a contarse desde la postulación del desmovilizado, es otro el concepto que surje en el caso de los tres ex paramilitares de Arauca que si bien fueron sentenciados el Tribunal de Justicia y Paz ordenó empezar a contar su condena desde el 2005, cuando empezó a regir la norma y no desde 2006, cuando los desmovilizados fueron postulados.

Frente al evidente problema de congestión en Justicia y Paz, el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, ha dicho que si se cumplen los ocho años y la justicia no se ha pronunciado se podría generar una cadena de demandas al Estado por parte de los desmovilizados.

“En la Constitución y los tratados que ha suscrito Colombia en materia de derechos humanos sobresalen como una garantía del proceso el derecho a ser juzgado dentro del plazo razonable. Por lo tanto, si la justicia no adopta los fallos dentro de los plazos razonables, existe el riesgo de demandas”, aseguró Montealegre en entrevista con el diario El Tiempo.

Así, no existe un criterio unificado a solo un año de cumplirse 8 de la entrada en vigencia de la ley de Justicia y Paz. Esta situación, según el Fiscal Montealegre, puede poner en tela de juicio la credibilidad del proceso y la capacidad de respuesta del gobierno en futuras negociaciones.