Luego de más de una década de intenso debate jurídico, el alto tribunal le terminó dando la razón a los reclamantes y ordenó la devolución de los predios que, en el pasado, fueron vendidos bajo presión de comisionistas de tierras apoyados por el Frente Arlex Hurtado de las Auc, que impuso el terror en la región.

“Más contento no puedo estar”, respondió Carlos Páez, integrante de la organización Tierra y Paz, que agrupa víctimas de despojo de tierras del Urabá antioqueño, cordobés y chocoano, luego de conocer la decisión proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que ordena restituir material y jurídicamente 12 predios a siete familias campesinas en la vereda Guacamayas, de Turbo, Urabá antioqueño.

Entre los bienes a restituir se encuentra La Candelaria, una finca de 168 hectáreas que el padre de Páez tuvo que vender en abril de 1997 tras recibir presiones y amenazas por parte de comisionistas de tierras respaldados por miembros del Frente Arlex Hurtado del Bloque Bananero de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc). El negocio, recuerda el vocero de Tierra y Paz, se cerró por 36 millones de pesos, de los cuales solo recibieron 20 millones de pesos y la orden perentoria de abandonar la región.

“Por ahora estamos estudiando bien la sentencia, a ver qué otras órdenes trae, a ver si trae protocolos para implementación de proyectos productivos, apoyos para vías, carreteras. Pero la verdad estamos muy contentos”, reiteró Páez. Y no es para menos. Con esa providencia, la Sala de Casación Penal de la Alta Corte puso fin a un intenso litigio que comenzó en los estrados de Justicia y Paz, en 2008, y terminó escalando en diferentes escenarios jurídicos, entre ellos la Corte Constitucional.

Justicia cojeó, pero llegó

La decisión proferida por la Corte Suprema no concede a los empresarios actuales poseedores de las tierras compensación económica alguna. Foto: Juan Diego Restrepo E.

En la sentencia del pasado 11 de diciembre, este alto tribunal ordenó revocar la decisión adoptada por Olimpo Castaño, magistrado con función de control de garantías de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, quien, en decisión del 21 de abril de 2014, negó las solicitudes de restitución presentadas por las siete familias campesinas de la vereda Guacamayas. (Descargar sentencia)

En la reclamación, presentada el junio de 2012, los campesinos alegaron que comisionistas de tierra, aprovechándose del contexto de guerra que padecía la región finalizando la década de los noventa por cuenta de los enfrentamientos entre el Frente Arlex Hurtado y distintas unidades de la extinta guerrilla de las Farc que se movían por todo el Urabá antioqueño, presionaron, expulsaron e intimidaron a los labriegos para que malvendieran sus tierras.

Fiscales de Justicia y Paz expusieron en los estrados de esta justicia transicional que el ingreso de paramilitares a esta zona del sur de Turbo, comandados por Raúl Emilio Hasbún, alias ‘Pedro Bonito’, generaron altos niveles de violencia en Las Guacamayas. Según el ente investigador, en 1996 se cometieron en esta vereda unos 26 homicidios; se registraron cinco desapariciones forzadas; y se presentaron 43 hechos de desplazamientos forzados masivos. (Leer más en: Guacamayas, ¿otro caso de despojo en Urabá?)

Fue precisamente en este contexto que varios comisionistas de tierras, liderados por Jairo Lopera, terminaron adueñándose de los predios, quienes luego emprendieron un proyecto ganadero a gran escala denominado Sociedad Guacamayas S.A, que posteriormente fue adquirido por la firma Inversiones e Inmobiliaria ASA LTDA, actual poseedora de las tierras objeto de restitución. (Leer más en: Los desplazamientos, despojos y desalojos que rodean a Guacamayas)

El magistrado Castaño argumentó que ni la Fiscalía ni los labriegos lograron probar que hubieran sido intimidados y amenazados por los comisionistas con quienes negociaron sus predios, sino que, por el contrario, se trató de una transacción comercial “de carácter consciente, voluntaria, libre de todo apremio en el que primó el acuerdo de voluntades y el consenso entre las partes contratantes” y, por tanto, no se configuró ningún despojo. (Leer más en: Niegan restitución a reclamantes de tierras de Guacamayas)

La negativa de restituir los predios fue acompañada con una orden de compulsar copias contra dos de los reclamantes: Carlos Páez e Iván Darío Vélez, pues según el magistrado con función de control de garantías, sus testimonios fueron mentirosos y falaces. El fallo fue apelado, pero mediante decisión proferida el 13 de abril de 2016 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la ratificó tras señalar que “no se probó que los reclamantes fueron objeto de despojo de sus bienes inmuebles, a pesar de lo que adujeron repetidas veces la Fiscalía y los apoderados de las presuntas víctimas”. (Leer más en: En Guacamayas no habrá restitución de predios)

Dispuestos a no “dar su brazo a torcer”, las familias campesinas interpusieron una acción de tutela tras considerar que la Corte Suprema de Justicia había violado su derecho al debido proceso por cuanto “no aplicó el concepto de víctima establecido por la Ley 1448 de 2011 y desarrollado por la Corte Constitucional, sino que se reduce a exigir demostración de las amenazas y pruebas del desplazamiento forzado. Tampoco aplica principios como el pro víctima, que señala la aplicación e interpretación de las normas en favor de las víctimas”.

El caso llegó hasta la Corte Constitucional que, mediante sentencia SU-648 del 19 de octubre de 2017, ordenó dejar sin ningún efecto jurídico la providencia de la Corte Suprema de Justicia del 13 abril de 2016, que resolvió el recurso de apelación planteado por las víctimas luego de la decisión adoptada por el magistrado con función de control de garantías de Justicia y Paz de Medellín.

Esa decisión significó un nuevo estudio del caso por parte de la Corte Suprema de Justicia para resolver el recurso de apelación y en ella, por mandato de la Corte Constitucional, se tenían que tener en cuenta “las reglas juridiccionales pertinentes (…) en especial, se deberán valorar y proteger las garantías procesales que en materia probatoria tienen las personas que, alegando ser víctimas del conflicto armado, presentan reclamos de restitución de tierras”. (Leer más en: Corte Suprema de Justicia, a revisar decisión que afectó a reclamantes de tierras)

Sí hubo despojo

Según la Corte Suprema de Justicia, quedó demostrado el contexto generalizado de violencia en Urabá y el aprovechamiento que hicieron de ella los empresarios para hacerse con las tierras.

Tras valorar nuevamente el caso bajo los parámetros ordenados por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia sentenció que en la vereda Guacamayas de Turbo sí se presentó un despojo de tierras por cuanto las negociaciones entre los labriegos y los comisionistas de tierra, que luego transfirieron los predios a la Sociedad Guacamayas S.A, “no fueron producto de la libre voluntad de dispocisión de sus titulares, sino que estuvieron condicionadas por los múltiples actos delictivos –homicidios, desapariciones– que cometían permanentemente en la región los miembros de las Autodefensas bajo el mando de Raúl Emilio Hasbún”.

La violencia producida por la incursión del Frente Arlex Hurtado de las Auc, continuó explicando la Corte, “es el común denominador de todas las transacciones; subyacen a ellas flagrantes vulneraciones al Derecho Internacional Humanitario y los graves crímenes contra los derechos humanos que los habitantes de la región sufrieron directa o indirectamente”.

Asimismo, precisó que “el ambiente de perturbación desatado por la violencia generalizada que se daba en Urabá propició la apropiación de la tierra lográndose la transferencia jurídica de los derechos de propiedad, es decir, esta fue el resultado de la presencia del actor armado en la región”.

Para la Corte Suprema de Justicia existe otro elemento que prueba que en la vereda Guacamayas se celebraron negocios espurios que ameritan la suspensión o nulidad de los mismos. Uno de ellos guarda relación con el artículo 39 de la Ley 160 de 1994, vigente para la época en que se celebraron las supuestas transacciones de compraventa entre los comisionistas y los labriegos. Esa norma indica que los terrenos baldíos adjudicados en su momento por el Instituto Colombiano de Reforma Agraria (Incora), como fueron todos los predios de la vereda Guacamayas, sólo podían ser enajenados solamente 15 años después de adjudicados a familias campesinas de escasos recursos.

“De la simple confrontación de las fechas en que fueron adjudicados todos y cada uno de los predios materia de reclamación, y las de suscripción de las escrituras de compra-venta por medio de las cuales fueron transferidos los derechos de dominio sobre ellos, se arriba a la conclusión que todas las traslaciones se presentaron cuando aún no se había cumplido el plazo legal aludido ni se contaba con autorización oficial para ese fin, visto que no reposa prueba en la actuación”, conceptuó la Alta Corte.

Gran expectativa

Las tierras que ordena restituir la Corte hoy son propiedad de Inmobiliaria e Inversiones ASA S.A, de propiedad de Humberto Duque y de los ganaderos, Jaime Uribe, Arley Muñoz y Francisco Castaño. Foto: Juan Diego Restrepo E.

“Esta sentencia de seguro le va a abrir la posibilidad a otros campesinos a los que, incluso, se les negó el derecho de restitución en primera instancia en la justicia transicional. Pero también abre la posibilidad de que se emitan sentencias colectivas”, declaró Carlos Páez, de Tierra y Paz y uno de los beneficiarios de la decisión. En efecto, la reciente decisión proferida por la Corte Suprema de Justicia alimentó las esperanzas de los reclamantes del consejo comunitario La Larga-Tumaradó, entre límites de Antioquia y Chocó.

Y tienen razones para ello. Gran parte de la vereda de Guacamayas está ubicada en el corregimiento Macondo de Turbo, siendo esta una de las 49 comunidades que hace parte del consejo comunitario de La Larga-Tumaradó, cuyo territorio, unas 107 mil hectáreas, inicia en el municipio de Riosucio, Chocó, y se interna en los corregimientos Macondo, Blanquiceth y Nuevo Oriente de Turbo, Urabá antioqueño.

Aunque el despojo fue generalizado en toda la región, los mecanismos para reclarmar los predios despojados no: de 69 predios que tiene registrados la vereda Guacamayas, por ejemplo, 12 iniciaron trámite ante la Ley de Justicia y Paz para ser finalmente restituidos por la Corte Suprema de Justicia; otros 44 predios continúan su trámite ante los jueces de tierras bajo la Ley 1448 (de Víctimas y Restitución de Tierras), mientras que los 13 restantes están siendo solicitados mediante el proceso de restitución colectiva del consejo comunitario La Larga-Tumaradó.

Según le dijeron a VerdadAbierta.com voceros del Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), que acompaña a las comunidades negras del consejo comunitario La Larga-Tumaradó, “hay motivos para tener esperanzas porque esta decisión puede sentar un precedente positivo para el caso de restitición coleciva”.

El caso ya se encuentra en manos de los jueces de tierras y en el territorio colectivo aguardan por la decisión que no solo les reconozca la titularidad sobre los predios, sino que, también, ayude a aliviar el complejo y tenso clima social que vive toda la región por cuenta de la decisión adoptada por cientos de afros y mestizos de retornar, por su propia cuenta y riesgo, a lo que consideran les fue arrebatado por la fuerza. La situación, que se presenta desde 2012, ha generado toda suerte de enfrentamientos entre los capataces de los terratenientes que poseen la tierra y los retornados.
.
De hecho, el Juez Primero Civil del Circuito Especializado de Restitución de Tierras de Quibdó, mediante Auto 00181 de diciembre de 2014, ordenó medidas cautelares para proteger a las comunidades retornadas al territorio colectivo, lo que a su vez supuso suspender todos los desalojos ordenados por autoridades civiles tanto de Turbo (Antioquia) como Riosucio (Chocó) hasta tanto se resuelva el lío de la titularidad de la tierra.

Mientras llega la decisión de fondo, representantes de las víctimas de despojo en el Urabá antioqueño y chocoano, entre quienes se cuentan integrante del consejo comunitario, familias de Las Guacamayas, sostendrán el próximo 15 de enero una reunión con el Alto Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos. En ese encuentro, de acuerdo con Páez, se pretende “analizar la sentencia que nos beneficia y si se pueden sacar adelante casos de restitución por la vía colectiva”.

Este reclamante, quien lideró el proceso en Guacamayas, no “cabe de la dicha” por la decisión de la Corte Suprema de Justicia. Después de once años, por fin podrá volver a su tierra, de la que nunca debió ser expulsado.