El paso a paso de cómo las Farc le entregarán sus armas a la ONU

      

Tras la firma del Acuerdo Final en Cartagena, se activarán los protocolos que permitirán la concentración de los subversivos, su posterior desarme y el inicio del camino hacia la vida legal.

El día siguiente a la firma del Acuerdo Final en Cartagena, empezará funcionar la ruta pactada en La Habana para la concentración de las Farc bajo la supervisión de la ONU. Foto: archivo Semana.Este 27 de septiembre, el día posterior al último apretón de manos entre el presidente de la República, Juan Manuel Santos, y del jefe máximo de las Farc, Rodrigo Londoño Echeverri, alias ‘Timoleón Jiménez’, esel famoso Día D+1 que se concertó en La Habana para iniciar el proceso de desmovilización de las Farc y su camino a la vida legal.

Desde el pasado 5 agosto, día en el que las delegaciones de paz pactaron siete protocolos para fijar las reglas del cese al fuego y de hostilidades bilateral y definitivo, y la posterior dejación de armas de la guerrilla más grande del país, se empezó a hablar en clave de días D. Sin embargo, no existía certeza de cuándo sería.

Para el gobierno nacional, el Día D+1 será este martes, pero algunos jefes de las Farc han puesto varias objeciones y aseveran que el proceso de desarme solo iniciará una vez sea ratificado acuerdo final a través del plebiscito del 2 de octubre; otros insinúan que cuando sea aprobada la Ley de Amnistía, que beneficiará a quienes deben responder por el delito de rebelión y sus crímenes conexos.

En el capítulo del fin del conflicto, tras el largo trabajo de una subcomisión técnica integrada por generales activos de las Fuerza Armadas y de jefes militares de las Farc, se acordó crear una comisión tripartita de verificación y monitoreo, en la que además de las dos partes en negociación, tendrá asiento un componente internacional con delegados de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).

Dicha comisión tripartita se encargará de verificar que no haya agresiones entre la Fuerza Pública y los subversivos, y monitoreará que las dos partes cumplan con las normas pactadas de cese al fuego.

Para la concentración de las Farc se establecieron 20 Zonas Veredales Transitorias de Normalización y 7 Puntos Transitorios de Normalización, ubicados en 15 departamentos del país. En ellas, la organización guerrillera entregará de manera gradual sus armas a la ONU, que estará encargada de su custodia y posterior destrucción para la elaboración de tres monumentos que serán instalados en su sede de Nueva York, así como en Cuba y en Colombia.

A continuación, presentamos las fechas y el cronograma con el que las Farc dejarán las armas con las que sostuvieron una guerra por 52 años, partiendo de la fecha establecida por el gobierno nacional. Si no hay ninguna alteración, en seis meses dejarán de existir como grupo armado ilegal y harán tránsito hacia una organización política sin armas y en la legalidad.

Los sitios para la transición

Las Farc se concentrarán durante seis meses en 27 de veredas de los departamentos de La Guajira, Cesar, Norte de Santander, Arauca, Córdoba, Antioquia, Chocó, Tolima, Cauca, Nariño, Putumayo, Caquetá, Guaviare y Meta. Pase el mouse por los círculos en el mapa para desplegar su correspondiente información.

Fuente: Fundación Ideas para la Paz.

Las normas para silenciar los fusiles

En uno de los siete documentos que las partes publicaron en la página web de la Mesa de Negociaciones, que contiene los 23 protocolos y dos anexos, se encuentran las 35 reglas que fijarán el fin de la confrontación armada. 16 deben ser cumplidas por las dos partes, nueve porel gobierno nacional y diez por las Farc.

A continuación reproducimos la totalidad de su contenido:

“REGLAS QUE RIGEN EL CESE AL FUEGO Y DE HOSTILIDADES BILATERAL Y DEFINITIVO (CFHBD) Y DEJACIÓN DE LAS ARMAS (DA)

Las conductas que se describen aquí son el núcleo principal de la actividad que tendrá el mecanismo de monitoreo y verificación (MM&V).

Son reglas que buscan evitar situaciones que pongan en riesgo el cumplimiento del acuerdo de CFHBD y DA.

Son conductas que NO deben ser realizadas, y que buscan que la población civil no sea afectada en sus derechos.

El Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones

1. Entrar en contacto armado.

2. Impedir u obstaculizar la labor del MM&V.

3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del MM&V y la implementación del acuerdo del CFHBD y DA.

4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) – Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y Zonas de Seguridad (ZS), bajo las condiciones definidas en el Acuerdo del CFHBD y DA.

5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.

6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.

7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.

8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.

9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el MM&V.

10. Interferir en la labor del CI-MM&V frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las FARC-EP.

11. Usar las Rutas de Desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, las ZVTN, los PTN y las Zonas de Seguridad para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del CFHBD y DA.

12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las ZVTN y los PTN.

13. Hacer presencia temporal ó permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.

14. Transgredir los compromisos adquiridos en el Acuerdo sobre CFHBD y DA.

15. Afectar los derechos y libertades de la población civil.

16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia –T-455 de 2014- de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas (guerrillas y milicias).

El Gobierno gacional se compromete a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones

1. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.

2. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.

3. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las FARC-EP (guerrilla – milicias) que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de CFHBD y DA.

4. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las ZVTN y los PTN.

5. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las ZVTN y PTN.

6. Ingresar a las ZVTN, PTN y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el MM&V.

7. Hacer propaganda hostil en contra de las FARC-EP.

8. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las FARC-EP hacia las ZVTN y los PTN.

9. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las FARC-EP.

Las FARC-EP se comprometen a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:

1. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.

2. Salir de las ZVTN o de los PTN sin cumplir los procedimientos acordados en materia de seguridad para los desplazamientos.

3. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del CFHBD y DA.

4. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.

5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.

6. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.

7. Incrementar su capacidad de combate.

8. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.

9. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.

10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las FARC-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al MM&V”.

Especial Firma de la Paz