Por casi 30 años, los indígenas U’wa lucharon jurídicamente para que el Estado colombiano garantice la protección de sus derechos territoriales y culturales, pues aseguran que estos han sido vulnerados durante décadas. La sentencia proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos es un precedente para las luchas territoriales de los pueblos indígenas en América Latina.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) falló a favor del pueblo indígena U’wa y sus miembros en el Caso 11.754, en el que se evaluaba la responsabilidad internacional de Colombia por la ejecución de una serie de actividades petroleras, mineras, turísticas y de infraestructura, en perjuicio de los derechos del pueblo U’wa. (Descargar sentencia)
Después de analizar las alegaciones hechas por la parte peticionaria, que representa a 34 comunidades ubicadas en Arauca, Casanare, Boyacá, Santander y Norte de Santander, y las respectivas respuestas por parte del Estado colombiano, el día de hoy hizo pública su decisión, en la que concluyó que la nación le vulneró 13 derechos al pueblo indígena. Entre ellos están el derecho a la propiedad colectiva, el derecho de acceso a la información, el derecho a libre determinación de los pueblos indígenas, el derecho al medioambiente sano, el derecho a la vida digna, entre otros consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Para reparar a esta comunidad de manera integral, la Corte emitió 11 órdenes al Estado colombiano, tendientes a garantizar la permanencia en su territorio ancestral con garantías jurídicas; clarificar títulos de origen colonial que la Corona Española les otorgó; mitigar daños ambientales causados por proyectos minero energéticos y el conflicto armado; pedirle perdón; y crear un fondo de desarrollo comunitario a raíz de la afectaciones a la participación en la vida cultural, la vida digna y la integridad personal.
Entre las decisiones orientadas al pervivir de la comunidad bajo sus usos y costumbres, se destacan dos. La primera dicta que “el Estado involucrará al Pueblo U’wa en la administración y conservación en la zona de traslape del Parque Nacional El Cocuy con el Resguardo U’wa, de forma que su cosmovisión sea considerada y que existan beneficios tangibles para dicho Pueblo”.
Mientras que la segunda establece que “el Estado deberá realizar un proceso de participación respecto de los proyectos extractivos vigentes y que fueron objeto de análisis en la presente Sentencia, y deberá garantizar que aquellos ubicados en el Resguardo U’wa o en áreas adyacentes no generen impactos en el ejercicio del derecho a la participación en la vida cultural del Pueblo U’wa”.
En la mayoría de estas disposiciones la Corte no emite una fecha límite, tan sólo lo hace para tres de ellas. Y fijó que dentro de un año el Estado colombiano deberá rendir un informe de cumplimiento.
“Nosotros los U’was esperamos mucho tiempo para llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ir a la declaración de la Corte fue una alegría para toda la Nación U’wa, desde las autoridades tradicionales, hasta niños, mujeres y jóvenes. Por fin podremos pedir que se nos respeten los derechos que nosotros tenemos como pueblo ancestral, y también hacer las declaraciones de todos los atropellos que se han cometido en contra nuestro”, declaró Daris María Cristancho, lideresa de la comunidad Guan-uwa Rauri-uwa.
Lucha jurídica
Según la misma comunidad, durante más de 30 años, los proyectos extractivos en su territorio han causado despojo de tierras, contaminación de ríos y pérdida de biodiversidad, por lo que han afectado tanto a la Nación U’wa como al equilibrio ecológico de la región. Además, la militarización, impulsada para proteger a las empresas, ha resultado en violencia e intimidación hacia la comunidad, limitando su movilidad y afectando su vida diaria.
Todo comenzó en 1992, cuando la multinacional estadounidense Occidental Petroleum Corporation (Oxy) firmó con Shell y Ecopetrol un contrato para la exploración del Bloque Samoré, en Norte de Santander. En 1994, el extinto Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (Inderena) emitió el Concepto Técnico No. 008 mediante el cual consideró viable la ejecución del programa sísmico del bloque.
En enero de 1995, en Arauca, se llevó a cabo una reunión de información y consulta con el pueblo U’wa para la realización del proyecto de adquisición sísmica en el Contrato de Asociación Samoré, celebrado entre Ecopetrol y Occidental de Colombia —sucursal de la Oxy—. Según detalla un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), durante la exposición del proyecto, un líder indígena expresó que las comunidades indígenas de la etnia U’wa no sabían que existía dicho negocio.
“Hasta tanto no se discuta, consulte y apruebe las propuestas que se formulen … [solicitamos que] se pare lo proyectado por la Oxy para el futuro. Permitirlo sería destruir la naturaleza y en general la pérdida de nuestra cultura”, declaró. En el mismo año, el Ministerio de Medio Ambiente otorgó la licencia ambiental a la sociedad Occidental de Colombia para la realización de las actividades de prospección sísmica del Bloque Samoré.
A finales de agosto de ese año, la Defensoría del Pueblo interpuso una acción de tutela contra el Ministerio de Medio Ambiente y la sociedad Occidental de Colombia en representación del pueblo U’wa por otorgar la licencia sin consulta previa, pues afirmaba que las reuniones hechas en Arauca en enero de 1995 no deben ser consideradas como tal.
En 1997, la Corte Constitucional, como tercera instancia, mediante la Sentencia SU-039/97, declaró que sí se violó el derecho de la comunidad y ordenó que en los siguientes 30 días hábiles se efectuara la consulta. En el mismo año, los U’wa y organizaciones de derechos humanos presentaron ante la CIDH una petición alegando la vulneración de sus derechos colectivos.
Luego, el Ministerio del Interior expidió el Decreto N°1320 de 13 de julio de 1998, que regula la consulta previa con comunidades indígenas y afrodescendientes para la explotación de recursos naturales dentro de sus territorios. A pesar de las dificultades legales, el conflicto en torno al Bloque Samoré no se resolvió, y los U’wa seguían rechazando la exploración en su territorio.
Al año siguiente, 1999, el área del Bloque Samoré se redujo y se convirtió en el ‘Proyecto Gibraltar’. También se creó el Resguardo Unido U’wa, área que no corresponde con la totalidad del territorio ancestral y que dejó por fuera el pozo Gibraltar, para evadir las consultas previas obligatorias, según la comunidad.
En el 2000, AsoU’wa, la organización que representa al pueblo U’wa, presentó una nueva acción legal para frenar las actividades en Gibraltar. La comunidad también se tomó el área en varias ocasiones de manera pacífica, pero el Estado bloqueó el acceso de alimentos, agua y otros suministros para forzar a los U’wa a irse. Aunque la comunidad continuó con su resistencia, las operaciones se reestructuraron en los Bloques Sirirí y Catleya.
En las siguientes décadas, el Estado otorgó concesiones mineras de carbón; otorgó una licencia para perforaciones exploratorias; declaró como zonas de reserva petrolera a tierras que hacen parte del territorio ancestral, sin consultar a los U’was; se otorgó una licencia para la construcción del gasoducto de Gibraltar – Bucaramanga, y se ignoraron las recomendaciones que habían hecho los U’wa para el funcionamiento del Parque Nacional Natural El Cocuy.
Además, los grupos armados ilegales hicieron ataques violentos de forma constante dentro de sus territorios, como en 1999, cuando las antiguas Farc secuestraron y asesinaron a tres defensores de los derechos indígenas estadounidenses que trabajaban en estrecha colaboración con los U’wa, o como en 2014, cuando el Ejército de Liberación Nacional (ELN) hizo un atentado contra el Oleoducto Caño Limón-Coveñas, dentro de Resguardo Unido U’wa.
Asimismo, los habitantes denunciaron una fuerte militarización en tierra indígena, con la finalidad de brindar seguridad a las empresas y a los proyectos. Según ellos, esto ha dado pie a hechos violentos que han quedado en la impunidad, como homicidios, bombardeos e instalación de minas antipersonales. Aseguran que la presencia militar limita el tránsito dentro del Resguardo Unido U´wa, genera intimidaciones, desplazamiento forzado y confinamiento y hace inviable el proyecto de vida del colectivo indígena.
Durante todos esos años, las autoridades indígenas solicitaron al Estado colombiano en repetidas ocasiones que se garantizara el cumplimiento de sus derechos. Acudieron a las instancias nacionales en busca de justicia, pero sus demandas no fueron atendidas de manera satisfactoria, por lo que decidieron buscar justicia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en 1997.
La ley de origen
Los indígenas U’wa rechazan los proyectos extractivistas en su territorio debido a su profunda conexión cultural y espiritual con la tierra. “Cuando Sira, nuestro Padre Creador, nos dio la vida en este planeta, nos mandó para que cuidáramos, protegiéramos y conserváramos nuestros territorios, para que hiciéramos el equilibrio natural de lo que hay en el planeta azul. Así mismo, a hacer el equilibrio espiritual de toda nuestra cosmovisión y a tener ese relacionamiento con la Madre Tierra, con todos los seres y los guardianes de cada una de las montañas, de cada uno de los ríos, de los animales, de todo lo existente”, explica la lideresa Cristancho.
Para los U’wa, el territorio no es sólo un recurso físico, sino un espacio de significado ancestral donde coexisten los elementos que sostienen su cosmovisión y su forma de vida. La extracción de recursos, especialmente de petróleo, es vista como una agresión directa a esta relación sagrada, pues implica la destrucción de lugares naturales que consideran hogar de los espíritus y la interrupción de los ciclos de vida de plantas, animales y cuerpos de agua, esenciales para su espiritualidad y sus prácticas culturales.
Además, la explotación petrolera trae consecuencias ambientales y sociales devastadoras para la comunidad. Las actividades de perforación y construcción generan contaminación en ríos y suelos, deforestación y pérdida de biodiversidad, afectando el acceso a fuentes de agua limpia y la salud de sus miembros.
La militarización del territorio, que acompaña a estos proyectos, también altera su vida cotidiana al imponer barreras de movilidad y generar riesgos de violencia. La comunidad teme que la continuidad de estos proyectos ponga en peligro su propia supervivencia, no sólo por las amenazas a su seguridad, sino por el daño irreversible que representa para su entorno natural y su cultura.
El fallo histórico
Después de recibir la petición presentada por la Asociación de Cabildos Mayores del Pueblo U’wa, la Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic) y la Coalition for Amazonian People and the Environment en 1998 y de aprobar el informe de admisibilidad en 2015; en 2019, la CIDH publicó el Informe No. 146/19 en el que ofrece su análisis del caso. Allí, la Comisión Interamericana concluyó que el Estado es responsable por la violación de los derechos del pueblo U’wa.
Desde ese momento, hizo recomendaciones al Estado colombiano, que incluyen adoptar todas las medidas necesarias para hacer efectivo el derecho a la propiedad colectiva y la posesión del pueblo indígena U´wa, reparar integralmente las consecuencias de las violaciones declaradas, sobre todo, los daños provocados por la falta de saneamiento de su territorio ancestral, así como los daños causados por los proyectos y por la incursión de agentes estatales y de terceros a su territorio.
“Hay algunos daños que son irreparables. Fue tan grande el daño en la parte espiritual, el daño psicológico, que muchos murieron de tristeza de saber que nuestro pueblo estaba muriendo lentamente, que estaba siendo llevado a un exterminio”, declara Cristancho.
A pesar de esto, que la Corte IDH finalmente haya publicado el fallo a favor de los U’wa le genera esperanza. “Nosotros esperamos que nos entreguen nuestras tierras ancestrales; que se nos devuelva el derecho a vivir dignamente, sin ser atropellados; que podamos volver a hacer nuestros usos y costumbres de una manera tranquila. Pero también esperamos ser reconocidos como autoridades ambientales, que nosotros podamos tener el derecho a proteger, cuidar y conservar el Zizuma, que es el Nevado del Cocuy”, finaliza. Sobre esto último, la decisión de la Corte los respalda.
Tanto Cristancho, como el pueblo U’wa y sus defensores, piensan que este fallo establece un precedente jurídico significativo, no sólo para los U’was, sino para otros pueblos indígenas en toda América Latina. Esto reforzaría la jurisprudencia en torno al derecho a la consulta previa, la autodeterminación y la salvaguardia de territorios ancestrales. Además, podría impulsar al Estado colombiano a reconsiderar sus políticas de desarrollo, promoviendo un mayor respeto hacia los derechos territoriales y culturales de las comunidades indígenas.
Fotos de portada: archivo pueblo U’wa.