En una decisión de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó que son legales las imputaciones parciales de cargos contra paramilitares que rinden versión libre en Justicia y Paz.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia(Auto 31115), ratificó que la figura de imputación parcial de cargos contemplada en la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005), no viola las garantías fundamentales de los procesados, ni desconoce el debido proceso, y no lesiona los derechos de las víctimas.
El auto fechado el 16 de abril de 2009 establece que la figura de la imputación parcial de cargos permite que la Fiscalía siga escuchando en versión libre al desmovilizado, y de manera paralela, a medida en que esclaresca ciertos delitos, ponga dicha información en conocimiento de los jueces de Justicia y Paz. De esta forma las víctimas pueden ir conociendo la verdad, sin que tengan que esperar a que el desmovilizado termine de confesar todos sus delitos.
De esta manera, la Corte Suprema decidió un recurso de apelación interpuesto por la Fiscal 48 de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz de Medellín, por la apoderada de víctimas y por el defensor del postulado, contra la decisión adoptada por un Magistrado de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, que declaró ilegal una imputación parcial adelantada contra Fredy Rendón Herrera ‘El Alemán’, ex jefe del bloque Élmer Cárdenas de las Auc.
La decisión del Magistrado de Control de Garantías ocurrió en enero de 2009, cuando rechazó las pretensiones de la Fiscalía de imputar de forma parcial siete delitos entre los que estaban: homicidio múltiple, homicidio en persona protegida, tortura y secuestro, a alias ‘El Alemán’ recluido en el pabellón de máxima seguridad de la Cárcel de Itagüí y uno de los pocos jefes que no fue extraditado a Estados Unidos el pasado 13 de mayo.
En ese momento, y tal como lo informó Verdad Abierta (ver artículo), en dicha audiencia, la representante de la Procuraduría le pidió al magistrado que rechazara las pretensiones de la Fiscalía, por considerar inconveniente la ruptura de la unidad procesal en el caso de Rendón Herrera.
Basado en esa misma posición y en que la ley de Justicia y Paz solo permite la ruptura cuando la Fiscalía no haya recopilado todos los elementos probatorios indispensables para la imputación o cuando el postulado acepte que omitió algunos datos y detalles de los hechos investigados, “que no es el caso”, el magistrado Cerón levantó la audiencia.
Antes de concluir, dio traslado a las partes para que se manifestaran sobre la decisión tomada y tanto la Fiscalía como la defensa anunciaron apelación ante la Corte Suprema de Justicia, con el argumento de que el mismo alto tribunal en una sentencia reciente ya había permitido imputaciones parciales.
En ese mismo sentido se pronunció la representante de las víctimas, la abogada de la Defensoría del Pueblo, Gloria Inés Ramírez Osorio, al explicar que la sentencia permite el rompimiento de la unidad procesal con la que se garantiza una reparación integral para las víctimas. Antonio García, abogado de Rendón Herrera, sostuvo que en los procesos para nada benefician la ruptura ni las imputaciones parciales, pero sí satisface la ilusión de muchas víctimas, pues se les va dando respuestas sobre homicidios, desaparecidos y amenazas. (ver artículo).
La decisión de la Corte ratifica de esta forma la jurisprudencia emanada por la propia Sala de Casación en decisiones de julio de 2008 (Auto 30120), febrero de 2009 (Auto 30955 y Auto 30775). En esta decisión, la Corte le llama la atención al Magistrado de Control de Garantías para que en el futuro se someta a la Jurisprudencia de la Sala de Casación Penal, no sólo por su función constitucional de unificación del derecho nacional, sino por el carácter obligatorio como también lo ha establecido la Corte Constitucional.
La Corte revocó la decisión que declaró ilegal una imputación parcial adelantada contra ‘El Alemán’.
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