Una finca de 13 hectáreas que estaba a nombre del ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso será para su padre y no para las víctimas. Así lo decidió la Corte Suprema.
Salvatore Mancuso fue jefe paramilitar del Bloque Catatumbo. Foto archivo Semana -El Cortijo: ¿para las víctimas o para el papá de Mancuso? |
El ‘ping-pong’ judicial que se desarrolló sobre quién tenía derecho sobre la finca El Cortijo, en Córdoba, terminó. El 14 de diciembre de 2011 la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió que este terreno de 13 hectáreas es de Salvatore Mancuso D’angiolella, el padre del ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso, y que por tanto la Unidad de Justicia y Paz no pude disponer de este bien para reparar a las víctimas del conflicto armado. (Lea el fallo aquí)
La decisión se produjo después de que la Subunidad de Bienes de Justicia y Paz y Acción Social apelaron la decisión emitida por la Magistrada de Justicia y Paz de Bucaramanga, que el 22 de agosto de 2011 levantó la medida cautelar que había contra El Cortijo. Es decir, que la magistrada le dio la razón al padre del ex jefe paramilitar y ahora el Alto Tribunal confirmó esa decisión.
En el fallo, la Corte argumentó varios puntos, entre ellos, que después de su postulación a la Ley de Justicia y Paz Salvatore Mancuso, ex jefe del Bloque Catatumbo y vocero de las Auc, confesó en versión libre por lo menos 25 predios que estaban a su nombre para reparar a las víctimas. Sin embargo, el 17 de mayo de 2007 le aclaró a la Fiscalía que con El Cortijo había una excepción.
Para entonces Mancuso explicó que el predio existía, que en los títulos aparecía su nombre pero que en realidad éste ere de su padre y por eso no lo podía ofrecer para reparara a las 70 mil víctimas que dejaron los paramilitares en el oriente del país.
Entre sus argumentos, la Corte favoreció la confesión de Mancuso, explicando que el ex jefe paramilitar había hecho tal aclaración en su versión libre, y después de estudiar el trámite judicial por el que pasó este predio, concluyó que el padre del ex jefe paramilitar fue comprador de buena fe y empezó a trabajar la tierra mucho antes que su hijo empezar a delinquir con las Auc.
En relación con las medidas cautelares, que son medidas para proteger y evitar la comercialización de un bien que es reclamado por las víctimas, el Alto Tribunal señaló que estas son temporales y además de la declaración de un ex funcionario del antiguo Instituto Colombiano de Reforma Agraria, Incora hoy Incoder, que dijo ser testigo de la posesión por parte del padre de Mancuso, la Corte indicó que el 16 de febrero de 2010 el Juzgado Segundo Civil de Montería concluyó que El Cortijo era de Mancuso D’angiolella por prescripción administrativa del dominio.
Este término jurídico significa que Mancuso D’angiolella llevaba viviendo más de 20 años en el predio y por tanto esa finca es de su propiedad.
“Siendo ello así resulta acertada la decisión adoptada por la Magistrada de Control de Garantías de Bucaramanga por cuanto dentro del trámite incidente el señor Salvatore Mancuso D’angiolella logró demostrar que ostenta un mejor derecho que el del postulado Salvatore Mancuso Gómez sobre el inmueble El Cortijo, razón por la cual procede el levantamiento de la medida cautelar”, concluyó la Corte Suprema en la sentencia.
Por tratarse de una decisión del Alto Tribunal, la Fiscalía, Acción Social ni las víctimas podrán interponer algún recurso. El Cortijo ya no tiene medida cautelar o de protección y por tanto, el padre de Mancuso podrá disponer de él.
La historia
La disputa por El Cortijo data desde hace cinco años, pero volvió a los estrados judiciales en agosto de 2011. Después de pasar por varias instancias y cuando la Fiscalía esperaba un fallo a favor, una magistrada de Justicia y Paz en Bucaramanga los sorprendió con la decisión. Después de escuchar a las partes, le dio la razón al papá de Mancuso y anuló la medida de protección que había sobre El Cortijo. La Fiscalía apeló y el caso había quedado de nuevo en suspenso mientras la Corte tomaba una decisión.
VerdadAbierta.com cuenta paso a paso cómo una finca que era para Reforma Agraria, con destino a campesinos sin tierra, terminó a nombre del ex jefe paramilitar del Bloque Catatumbo. También cuáles fueron las reclamaciones sobre el predio y cuáles fueron los argumentos de las partes durante los trámites judiciales.
La permuta
El 22 de abril de 1983 el Instituto Colombiano de Reforma Agraria, Incora, le adjudicó El Cortijo 1 Parcela 2 a un campesino que no tenía tierra. A cambio de recibir el título, el campesino se comprometía a explotar la tierra durante 15 años y a pagarle al Estado durante este mismo tiempo un crédito como precio simbólico por esa tierra que le adjudicaron.
La parcela tiene 13,75 hectáreas y está ubicada en la vereda Los Pericos, en zona rural de Montería en la vía que comunica a la capital de Córdoba con el municipio de Planeta Rica. Según lo documentó la Fiscalía,el campesino no pudo pagar el crédito y en lugar de llegar a un acuerdo con el Estado accedió a una permuta que le ofreció Salvatore Mancuso D’Angiolela. “El señor se enamoró de El Cortijo y le propuso al campesino que le diera esa finca a cambio de un terreno y unas bestias en otra zona”, dijo un investigador que estudió el caso.
Sin embargo, como lo establece la Reforma Agraria, el campesino no podía hacer un trueque de la finca y por eso el 31 de enero de 1986, pese a que Mancuso padre ya vivía en el predio, el Incora emitió una resolución de caducidad administrativa. Es decir, anuló la adjudicación de 1983 y el predio pasó a ser bien fiscal o de la Nación.
“Pero el señor Mancuso D’Angiolela seguía insistiendo en el predio y le pidió al Incora que se lo adjudicara. Sin embargo, uno de los requisitos para ser beneficiario de Reforma Agraria es tener nacionalidad colombiana, y el señor es italiano. Todo indica que el señor buscó a un hijo que sí tenía la nacionalidad y que era técnico agrario”, contó el investigador.
Así el 11 de junio de 1991 el Incora le adjudicó El Cortijo a Salvatore Mancuso Gómez, quien para entonces tenía 27 años y había estudiado administración agropecuaria. Mancuso ingresó a la ilegalidad a finales de la década de 1990 cuando se volvió cómplice de los hermanos Carlos y Vicente Castaño que, como su familia, tenían tierras ganaderas en Córdoba. La Casa Castaño lo encargó del ala militar de las Auc y de combatir el Eln en el Catatumbo, el Nudo de Paramillo y el Sur de Bolívar.
A finales de 1997 un fiscal de la Unidad de Derechos Humanos de Cúcuta emitió una orden de captura contra Mancuso, por los crímenes ocurridos en la región. El 31 de diciembre de 1997 Mancuso comenzó el trámite para transferirle El Cortijo a su padre y lo hizo ante la Notaría 1 de Montería. Sin embargo, el ex jefe paramilitar ni la familia nunca registraron esa escritura en la Oficina de Instrumentos Públicos, como lo estipula la Ley para que la propiedad quedara en firme. Desde 1991, entonces, el predio sigue siendo de Mancuso hijo.
Mancuso en Justicia y Paz
El 10 de diciembre de 2004 Salvatore Mancuso participó en la desmovilización del grupo paramilitar que delinquió desde 1999 en el Catatumbo, una rica región con relieve montañoso y selvático al nororiente del país, donde los paramilitares asesinaron a 5.700 personas y desplazaron a otras 40.000, según el estudio ‘Tantas vidas arrebatadas’ de la Fundación Progresar.
Antes de ser extraditado a Estados Unidos por cargos de narcotráfico, el 17 de mayo de 2007 Salvatore Mancuso confesó ante un fiscal de Justicia y Paz los bienes, adquiridos legal e ilegalmente, que estaban bajo su nombre. Ese día ofreció para reparar a las víctimas por lo menos 20 propiedades, entre ellas una isla, pero hizo claridad en que no ofrecía El Cortijo. “Está con mi nombre pero no es mío”, dijo en la audiencia.
Ese día Mancuso anunció que sobre El Cortijo cursaba un proceso de pertenencia, es decir, que alguien lo estaba reclamando. Ese alguien era su padre, quien el 26 de enero de 2007 lo había demandado. El tipo de demanda que presentó el padre de Mancuso argumentaba ‘prescripción adquisitiva de dominio’, es decir, que debían declararlo dueño del predio porque llevaba viviendo allí los 20 años que estipula la Ley.
El 8 de marzo de 2007 Mancuso hijo fue notificado de la demanda y el 12 de junio del mismo año, en una respuesta favorable hacia su padre, dijo que pese a que su nombre aparecía en los papeles de la finca, en Montería sabían que su papá era el propietario. Para que la justicia corroborara eso, el ex jefe paramilitar solicitó que se practicaran varias pruebas para que la justicia tuviera certeza sobre lo que solicitaba la demanda. La justicia no practicó las pruebas señalando que esta petición debía ser personal y Mancuso estaba preso.
En junio de 2007,una vez el ex jefe paramilitar mencionó el listado de propiedades a su nombre, un magistrado de Justicia y Paz decretó una medida cautelar de embargo sobre estos bienes, entre ellos, El Cortijo. En otras palabras, los bienes de Mancuso fueron protegidos y embargados para entregarlos al Fondo de Reparación de Víctimas.
‘Ping-pong judicial’
Pese a la medida cautelar y el embargo, el papá de Mancuso siguió insistiendo. Con base en la demanda que había presentado en junio de 2007, en la que argumentaba posesión por 20 años, solicitó al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Montería que lo declarara propietario. El 16 de febrero de 2010 un juez de ese circuito le dio la razón y profirió sentencia a su favor sin tener en cuenta que el predio estaba protegido.
Con la sentencia a favor Mancuso padre aún no podía registrar El Cortijo como suyo. Para registrarlo en la Oficina de Instrumentos Públicos, necesitaba que a la finca le levantaran la medida de protección y el embargo. Así el caso volvió a los tribunales en Barranquilla, donde se llevan los juicios de los paramilitares que delinquieron en la Costa Atlántica y el nororiente del país, y en abril de 2010 un magistrado negó que se levantara la medida cautelar.
Mancuso padre apeló esta decisión y el caso pasó a la Corte Suprema. En octubre de 2010 el Alto Tribunal consideró que el magistrado no estudió la pretensión del padre de Mancuso y se limitó a “fallar conforme a la Ley” pero desconociendo lo que la Ley establece respecto a la participación de terceros en el proceso de Justicia y Paz, en este caso, el padre de Mancuso (Lea la nota: Papá de Mancuso reclama finca que su hijo entregó a víctimas).
La Corte devolvió el proceso nuevamente al magistrado, señalando que debía escuchar los argumentos y recibir las pruebas. Tras la descentralización de la Unidad de Justicia y Paz y el nombramiento de magistrados especializados en otras ciudades del país, el caso fue presentado en los Tribunales de Santander donde ahora se lleva el juicio contra Mancuso.
En agosto de 2011 la magistrada de Justicia y Paz en esa ciudad escuchó a las partes y en su decisión levantó la medida de protección que había sobre la finca. La Subunidad de Bienes de la Fiscalía apeló la decisión y de nuevo, el caso fue llevado a la Corte Suprema. Eso significa que El Cortijo seguirá en manos del Fondo de Reparación de las Víctimas y no podrá ser negociado.
Los argumentos
En los alegatos presentados ante las diferentes instancias judiciales, Mancuso padre argumenta que tiene posesión desde 1986 cuando negoció la tierra con el campesino beneficiario de El Cortijo. Que no pudo tener el título porque el Incora le dijo que era extranjero y que por eso acudió a su hijo que tenía estudios en agronomía y administraba la finca de su esposa.
Mancuso padre hace cuentas y asegura que en su caso si funciona la prescripción adquisitiva de dominio, es decir, que se le debe declarar dueño porque la Ley otorga dominio cuando alguien acredita 20 años de posesión. En sus cálculos, teniendo en cuenta que presentó la demanda en 2007, hay precisamente 20 años contando desde 1986 cuando negoció con el campesino.
En la versión libre, Salvatore Mancuso explicó que incluyó a El Cortijo en el listado de sus bienes porque no quería ocultar nada pero insistió, como lo hizo en respuesta a la demanda, que su padre era el dueño real de la finca.
Pero otros son los argumentos de la Subunidad de Bienes de Justicia y Paz. Para la Fiscalía, el “Incora actuó de forma irregular” cuando autorizó que Mancuso Gómez transfiriera el dominio de la finca El Cortijo a su padre sin haberla explotado durante 15 años, como lo estipula la Ley.
Además considera que Mancuso padre no tiene derecho a la propiedad por “prescripción adquisitiva de dominio” porque ésta solo se acredita cuando la posesión es ininterrumpida durante20 años. Y según constan los documentos del Incora, Mancuso padre no fue poseedor legal entre 1986 y 1991, porque durante ese período el Incora emitió una resolución de caducidad y el bien pasó a ser de propiedad de la Nación. Solo hasta 1991, con la nueva adjudicación, el predio tuvo un nuevo propietario que es Mancuso hijo.
Según las cuentas de la Fiscalía, si Mancuso padre interpuso una demanda en 2007 y argumenta posesión desde 1986 no lo puede hacer. Porque en realidad solo puede acreditar 16 años (entre 1991, fecha de la adjudicación a su hijo, y 2007 fecha de la demanda).
A partir de esto, la Fiscalía solicitó una compulsa de copias para investigar al Juez Segundo del Circuito de Montería, por considerar que actuó de forma irregular al proferir sentencia a favor de Mancuso padre sin que éste cumpliera los requisitos de Ley. Es decir, los 20 años de posesión.
Después de cinco años en los estrados judiciales, la Corte decidió confirmar la decisión de la Magistrada de Justicia y Paz en Bucaramanga, es decir, le dio la razón al padre de Mancuso.