En decisión de segunda instancia, la Corte Suprema de Justicia ordenó restituir la propiedad a grupo religioso víctima de paramilitares que les asesinó a su pastor y los obligó a abandonarla. La casa está ocupada por una persona que demostró su buena fe en la adquisición del predio. Estado tendrá que indemnizarlo.
La justicia de los hombres terminó por escuchar la petición que la comunidad cristiana Evangelismo Vivo tanto le hacía a la justicia divina: que le restituyeran un inmueble que debieron abandonar en enero de 2003 tras una orden impartida por paramilitares bajo el mando de Diego Fernando Murillo, alias ‘Don Berna’, quienes operaban en las comunas del noroccidente de Medellín.
La restitución fue ordenada por la Corte Suprema de Justicia tras ratificar lo dicho en primera instancia por un magistrado con función de control de garantías de Justicia y Paz de la capital antioqueña en abril de 2013, que le exigió a Rubén Santa Muñetón, quien figura como propietario de la vivienda, ubicada en el barrio Robledo Aures II de la comuna 7, devolverla a la comunidad cristiana Asociación Evangelismo Vivo.
“En caso de no proceder así, se comisionará a la inspección de Policía que tenga competencia en el sector, para que ejecuta y materialice la entrega del bien, llevando a cabo el desalojo de sus ocupantes, de ser necesario”, ordenó la Corte en decisión de segunda instancia.
Detrás de esta decisión hay una historia de barbarie cuyos detalles se han conocido en los tribunales de Justicia y Paz, en donde se juzga a exparamilitares que hicieron parte de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) y que fueron postulados a los beneficios de la Ley 975, entre ellos una pena alternativa de 8 años de prisión.
Según los relatos consignados en el proceso y las confesiones de exparamilitares, en la noche del 23 de enero de ese año tres miembros del Bloque Héroes de Granada que operaban en esa zona noroccidental de Medellín, entre ellos Deivis Ferney Vela Velásquez, conocido con el alias de ‘Saraviao’, se dirigieron hasta la vivienda donde residía Octavio Geimar Bedoya Jaramillo, junto con su esposa y sus dos hijos.
Bedoya Jaramillo era pastor de la Asociación Evangelismo Vivo y habitaba allí desde 1989. En esta edificación, adecuó un salón de culto para congregarse con los demás fieles de su iglesia al que llamaron Comunidad Cristiana Dios es Amor.
“Eran las diez y media de la noche. Llegaron golpeando fuerte la puerta y al, abrir, el pastor le pidieron la cédula, luego ingresaron a la casa y procedieron a cortar el cable de la línea telefónica”, relató la fiscal que, en 2011, le imputó cargos a alias ‘Saraviao’.
De acuerdo con lo confesado por este exparamilitar, Bedoya Jaramillo fue sacado de la vivienda en contra de su voluntad. En un momento dado, opuso resistencia y se aferró a la ventana de la calle, para que se soltara alias ‘el Saraviao’ sacó un puñal y empezó a chuzarles los dedos de las manos delante de su familia. Una vez se desprendió de allí, lo subieron a un taxi y se lo llevaron hacia el corregimiento San Cristóbal.
El pastor cristiano hizo repulsa dentro del vehículo y en medio del forcejeo recibió un tiro en el abdomen; no obstante, logró salir del carro y correr en busca de ayuda. En la huida, se cayó y fue alcanzado por alias ‘el Saraviado’, quien le propinó un disparo en la cabeza y lo mató.
En diligencia de versión libre realizada el 13 de abril de 2009, alias ‘Saraviao’ reconoció su participación en ese crimen y explicó que lo había cometido, junto con dos hombres bajo su mando, por orden de Elkin de Jesús Loaiza Aguirre, alias ‘el negro Elkin’, quien había sido informado que el pastor Bedoya Jaramillo estaba tomándoles fotos a los integrantes de las Auc del barrio Robledo Aures y las enviaba a las autoridades.
Lo que también reveló este exparamilitar es que las fotos que había tomado el pastor le fueron entregadas a alias ‘el negro Elkin’ por miembros de la Fiscalía, quienes se enteraron de las denuncias. “Por eso dio la orden de que mataran al pastor cristiano”, reconoció ‘Saraviao’. (Ver: La barbarie del Bloque Héroes de Granada)
¿Qué pasó con la vivienda?
Luego del asesinato de Bedoya Jaramillo, su familia fue obligada a desalojar no sólo su residencia sino el lugar de culto que había construido el pastor para su comunidad. Desde esa época, la familia de la víctima no ha podido regresar al barrio y recuperar la propiedad, entre otras razones porque después de la ocupación por hombres de las Auc, la casa fue vendida varias veces.
El litigio por la reclamación de la edificación reveló que la real propietaria era la Comunidad Cristiana Evangelismo Vivo. El pastor había comprado, en 1987, una posesión de ocho años. Tras su muerte y el posterior desplazamiento de su familia, la comunidad religiosa ni designó alguien más para hacerse cargo de la casa de culto ni realizó ningún acto jurídico sobre el inmueble.
Igualmente, en varias diligencias de versiones libres ante fiscales de Justicia y Paz de Medellín, alias ‘Saraviao’ señaló que nunca fue intención del grupo despojar este bien urbano, el cual, al parecer, permaneció abandonado por varios años y por ello nunca fue ofrecido para reparar a las víctimas del Bloque Héroes de Granada.
La última transacción sobre esa propiedad se adelantó en la Notaría 15 de Medellín el el 26 de marzo de 2009 por valor de 20 millones de pesos. El comprador, Rubén Santa Muñetón, se enteró de la oferta de venta gracias a un comisionista de propiedad raíz. Los vendedores tenían toda la documentación en regla gracias a un proceso de legalización y formalización que adelantó la Alcaldía de Medellínen esa zona de la ciudad y que quedó consignado en la Resolución 0039 de 2007.
Una vez cerrado el negoció, Santa Muñetón se mudó a su nueva vivienda en abril de 2009, la mima que tendría que abandonar unas semanas después tras ser desplazado forzosamente por bandas criminales que operan en ese sector de Aures; no obstante, pasados varios meses pudo retornar a la casa, que aún habita.
Tanto para el magistrado con función de control de garantías como para la Corte Suprema de Justicia es claro que existen elementos para acreditar la condición de “tercero de buena fe exenta de culpa” del actual propietario, pues, según ambos fallos, se pudo demostrar que su posesión se fundamentaba en un proceso de compraventa realizado bajo la decisión de legalización de predios adelantado por la Alcaldía de Medellín lo que les permitió inferir a ambos tribunales que “no es testaferro del postulado Deivis Ferney Vela ni del grupo delincuencial al cual pertenecía”.
No obstante, según la Corte, queda probado que era la comunidad cristiana Evangelismo Vivo la que ejercía posesión del bien, “derecho que fue interrumpido abruptamente cuando los integrantes del grupo delincuencial asesinaron al pastor Octavio Geimar Bedoya Jaramillo, quien en nombre de la comunidad ejercía la administración del bien”.
De igual forma, este alto tribunal conceptuó que si bien la negociación del bien, realizada en 2009, se hizo ajustada a derecho, “esta solo vino a ser factible con ocasión del desplazamiento de la familia del pastor asesinado (…) existe un nexo de causalidad entre el desplazamiento del que fuera víctima la familia del fallecido pastor con el cambio de propietario del inmueble, pues de no haber sido así, la comunidad cristiana no hubiera perdido la posesión que estos ejercían en su nombre”.
Con esta decisión, la Corte Suprema de Justicia pretende resarcir, en la medida de lo posible, el dolor que la violencia paramilitar produjo entre la comunidad cristiana Evangelismo Vivo; asimismo, le dice a Rubén Santa Muñetón que, en su calidad de “tercero de buena fe exento de culpa”, le asiste el derecho de solicitar indemnización o compensación ante las entidades correspondientes, dado que quedó demostrada su buena fe. En este caso, la justicia de los hombres y la justicia divina obraron por igual.