Fallos de Justicia y Paz muestran diversas facetas de las Auc

      

La reciente sentencia, que pone en duda la idea de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) como una confederación de ejércitos a la cabeza de los hermanos Castaño, deja al descubierto que entre los magistrados de Justicia y Paz no existe una única versión sobre el fenómeno paramilitar.

sentencias jyp 1Un reciente fallo negó que las Auc fueran una confederación jerárquica con un mando único. Foto: revista Semana.

Las Auc fueron “una alianza temporal e inestable de diferentes dueños de ejércitos privados regionales y narcotraficantes” que se aliaron para aprovechar el proceso de paz. Esta fue la hipótesis que el magistrado Eduardo Castellanos expuso en la más reciente sentencia del Bloque Tolima. Su tesis resultó polémica. (Ver: “Las Auc fueron una alianza criminal de ejércitos privados”)

Días después de que fuera difundida por los medios de comunicación, un grupo de organizaciones lideradas por la Corporación Arco Iris y Marcha Patriótica publicaron un pronunciamiento en el que califican el fallo como preocupante “por cuanto intenta desconocer los hechos, suficientemente documentados”. Aseguran que no resulta apropiado en momentos en que se pone en duda la sistematicidad de los asesinatos a líderes sociales.

Su versión, más cercana a la que el propio Castaño divulgaba, indica que las Auc “fue mucho más que una organización criminal, convirtiéndose en un proyecto político de derecha armada con presencia en casi todo el territorio nacional”. Agregaron, entre otras cosas, que la unidad de mando de Carlos Castaño era “absoluta”.

Sin embargo, este es solo un ejemplo más de los debates propios de los tribunales de Justicia y Paz, pues sus magistrados no tienen una versión única sobre el fenómeno paramilitar. Revisando las sentencias, se pueden identificar distintas visiones sobre el origen de las Autodefensas, su configuración, los grados de responsabilidad del Estado y las verdaderas motivaciones de la guerra.

Esta pluralidad de versiones ha suscitado interesantes polémicas entre las salas de Justicia y Paz, especialmente en las de Bogotá y Medellín. VerdadAbierta.com resume algunos de los enfoques.

¿Qué tan culpable es el Estado?

sentencias jyp 2Las sentencias han expuesto diferentes versiones sobre el origen de las Autodefensas Unidas de Colombia y sus motivaciones. Foto: revista Semana.

Si en algo coinciden la mayoría de los fallos en su contexto es que durante casi 20 años existieron leyes que incentivaron la creación de los grupos paramilitares. En las primeras sentencias, proferidas en su mayoría por la magistrada Uldi Teresa Jiménez, del Tribunal Superior de Bogotá, se le da especial énfasis a las leyes que permitieron la aparición de estos grupos, como el Decreto de Estado de Sitio 3398 de 1965, que decía que “todos los colombianos, hombres y mujeres no comprendidos en el llamamiento al servicio militar obligatorio, podrán ser utilizados por el Gobierno en actividades y trabajos con los cuales contribuyan al restablecimiento de la normalidad”. Las 10 verdades que deja Justicia y Paz

Así aparecieron grupos que supuestamente defendían a los ganaderos de la guerrilla, como Acdegam que auspició a los ‘paras’ del Magdalena Medio; el grupo de ‘Chepe’ Barrera en el sur del Magdalena, que después se unió a las Auc; el de Francisco Piedrahita que dio cabida más adelante al Bloque Montes de María, autor entre muchas otras de la masacre del Salado; ‘Los Carranceros’ en los Llanos Orientales; y ‘Los Huelengues’, la banda que originó el Bloque dirigido por Fredy Rendón Herrera, alias ‘El Alemán’.

También se ha cuestionado el Decreto 356 de 1994, creado durante la Presidencia de César Gaviria y siendo ministro de Defensa Rafael Pardo, que permitió la creación de las cooperativas de vigilancia y seguridad privada, conocidas como Convivir. Según explicó el magistrado Eduardo Castellanos en la sentencia contra Hébert Veloza, alias ‘HH’, de octubre de 2013, éstas fueron la fachada bajo las cuales “los grupos paramilitares consolidaron y expandieron sus redes criminales y sus nexos con sectores económicos, políticos y estatales”.

No cabe duda tampoco de los nexos de paramilitares con políticos, militares y funcionarios públicos. El debate surge, sin embargo, a la hora de definir si el origen de estos grupos paramilitares fue una política auspiciada desde los entes estatales.

En el fallo contra el Bloque Nutibara de octubre de 2015, el magistrado Rubén Darío Pinilla dejó en evidencia los nexos de militares con grupos paramilitares en Medellín y agrega: “la promoción, organización y apoyo de los grupos paramilitares se convirtió en una política trazada, auspiciada o permitida y facilitada desde los altos mandos de las Fuerzas Militares”; y, a su juicio, no se trató de hechos aislados, responsabilizó al Estado colombiano en su conjunto por los delitos cometidos por los grupos paramilitares, pues asegura que “el Estado sabía de esas actividades de sus agentes”. La sentencia del Tribunal de Medellín: más allá de Uribe

En Bogotá, La primera sentencia contra Salvatore Mancuso en octubre de 2013, con ponencia de la magistrada Alexandra Valencia, se enfocó en encontrar las redes de apoyo que permitieron la entrada y expansión del Bloque Catatumbo en Norte de Santander. El fallo menciona funcionarios de la Fiscalía, del Das, del Ejército, de la Policía, alcaldías y gobernaciones que facilitaron el accionar del grupo paramilitar

Valencia aseguró en su decisión que, para cumplir con el componente de verdad prometido por la Ley de Justicia y Paz, era necesario que estas personas que prestaron un apoyo funcional al grupo respondieran, como autores mediatos o, de acuerdo a la teoría del derecho, como ‘el hombre de atrás’. Planteó la figura del reloj de arena que en su parte inferior representa la estructura jerárquica del bloque paramilitar y la parte superior la jerarquía de los organismos del Estado que le sirvieron al grupo armado.
Esto encendió la polémica en el Tribunal.

En esa sentencia, el magistrado Eduardo Castellanos hizo un salvamento de voto aclarando que no encontraba pruebas suficientes para que los funcionarios públicos fueran juzgados como parte de la estructura paramilitar: “aun cuando tales personas pudieron haber ocupado cargos de notable importancia en las dependencias que representan, ello de ninguna manera constituye pruebade peso para concluir desde lo oficial, a nivel nacional o regional se trazó una política para auspiciar las acciones de bloque Catatumbo (…) tal grado de generalización atenta contra la honra, el buen nombre y la dignidad de quienes como servidores públicos cumplieron adecuadamente sus deberes”, aseguró.

La magistrada Lester González también se opuso a la tesis de Valencia y en una segunda sentencia contra Mancuso -que fue proferida solo un mes después de la primera- dijo que “el paramilitarismo no constituyó en sí mismo una política estatal que tuviera proyección en el tiempo ni que fuera diseñada expresamente por algún órgano constitucional ni legítimo”, y agregó que aunque hubo participación de miembros del Estado, se deben resaltar los esfuerzos estatales que se adelantaron durante la expansión del paramilitarismo a fin de fortalecer la Fuerza Pública.

El origen y las motivaciones

sentencias jyp 3Ha generado polémica definir el grado de participación de los entes estatales en la creación y promoción de grupos de Autodefensas.  Foto: revista Semana.

Estos son tal vez los criterios que han evolucionado con el pasar de los fallos en Justicia y Paz. A medida que ha pasado el tiempo, se han complejizado las explicaciones sobre el origen de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (Accu) y la posterior creación de las Auc. También se ha investigado más a fondo cada uno de los bloques paramilitares para desmontar la idea de sus motivaciones puramente contrainsurgentes.

En esto ha jugado un papel fundamental el compromiso de los magistrados de construir contextos en sus sentencias y la misma reforma que en 2012, a partir de la cual, la Fiscalía comenzó lo que denominaron investigación en contexto.

En la primera sentencia contra el Bloque Vencedores de Arauca, en 2012, por ejemplo, para explicar el origen de las Accu, se menciona aquel mito fundacional instaurado por los hermanos Castaño, según el cual, el surgimiento de los grupos paramilitares en los 80 está relacionado con el secuestro y posterior asesinato de su padre, Jesús Antonio Castaño González, a manos del Frente 4 de las Farc.

Este falso mito fundacional, desvirtuado en años recientes por investigaciones periodísticas y académicas, ha ido desapareciendo también de los fallos judiciales. El falso mito fundacional de las autodefensas de los Castaño

Se han configurado entonces versiones más complejas sobre la creación de las Accu que no desconocen que los hermanos Castaño eran narcotraficantes desde esa época y que contaron con el apoyo de los empresarios en Urabá.
De acuerdo en la sentencia contra el ‘El Alemán’, el paramilitarismo en Urabá fue “impulsado por los empresarios bananeros, con el propósito de mantener el orden social, alterado por las distintas manifestaciones legales y armadas. Bajo esta consideración, el referente más cercano a la creación de estas estructuras se encuentra en el modelo seguido por las Autodefensas Campesinas de Segovia, las cuales fueron impulsadas por los hermanos Fidel y Carlos Castaño, miembros activos en ese entonces del Cartel de Medellín”.

Sobre el origen de las Auc y sus motivaciones también hay diferencias.Por ejemplo, en la sentencia del Bloque Mineros de febrero de 2015, la magistrada María Consuelo Rincón hace un resumen de las cumbres y estatutos para definirlas: “La agrupación tomó el nombre de Autodefensas Unidas de Colombia (A.U.C.); se acordó agrupar las existentes en la lucha contrainsurgente, en torno a la organización de las “Autodefensas” de Colombia, con la misión primordial de combatir la subversión en el territorio nacional y mantenerla hasta tanto el enemigo demostrara una ferviente voluntad de paz”.

Esta fuente de información ha sido duramente criticada desde los estrados judiciales, sobre todo, luego de que en audiencia pública Salvatore Mancuso confesó nunca haber leído los estatutos. Además, cuando entre los mismos existen reglas tan inverosímiles como “no involucrarse en actividades de narcotráfico”.

Para dar cuenta de otras motivaciones que tuvieron los bloques paramilitares y desvirtuar la idea de que se trató de una simple guerra contra las guerrillas, los fallos de Justicia y Paz se han enfocado en encontrar las particularidades de por qué llegaron a cada región.

Por ejemplo, para explicar la llegada de los grupos paramilitares a Norte de Santander desde Urabá, la magistrada Alexandra Valencia expuso tres objetivos: erradicar los grupos guerrilleros; eliminar toda forma de sociedad política populista, representada entre otros por sindicatos y líderes comunales; y “la modificación del sector industrial, cuyo concepto estuvo dirigido a su fortalecimiento, con la instalación a gran escala de monocultivos de palma de aceite y otros proyectos de producción que llevaron a la transformación de la tradición agrícola”.

El magistrado Pinilla expuso cómo el origen de los frentes Pacífico y Héroes del Chocó, que luego integrarían el Bloque Pacífico, estuvo ligado a cuidar las rutas del narcotráfico a proteger las actividades mineras. De la misma forma, en la sentencia del Bloque Cundinamarca se explicó que su expansión estuvo guiada por el tubo del que se extraía la gasolina.

A través de los fallos, los jueces han aclarado que los contextos de estas sentencias siguen en construcción y que ninguna se constituye como una verdad definitiva.